Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 FORMACIÓN ACADÉMICA, ACREDITACIÓN DE CAPACITACIONES DE LA DNCP. Teniendo en cuenta que lo establecido en el requisito de “EVALUACIÓN DEL CONSULTOR INDIVIDUAL”, “FACTOR FORMACIÓN ACADÉMICA” de la página 18 del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES (PBC) que dice: “…Se otorgará 2 puntos por cada Certificado, Constancia, Diplomado y/o Especialización con relación a las contrataciones públicas como ser: Presupuesto Gubernamental, Administración Financiera (Ley 1535/99), Seguros en las contrataciones públicas y otros hasta un máximo de 6 puntos…” (sic), considerando que no se contempla expresamente la posibilidad de acreditar dicho criterio con los CURSOS DE CAPACITACIÓN REALIZADOS POR EL INSTITUTO TÉCNICO SUPERIOR (ITS) DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS (DNCP) QUE ES LA PRINCIPAL ENTIDAD DE CAPACITACIÓN EN MATERIA DE COMPRAS PÚBLICAS EN PARAGUAY, se solicita la modificación del requisito del PBC para permitir la acreditación con certificados de cursos en contrataciones públicas emitidos por la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS (DNCP), fundado en la necesidad de permitir la acreditación de las capacitaciones que son realizadas por la DNCP desde hace más de 20 años. 13-02-2025 17-02-2025
2 PLAN DE TRABAJO / SERVICIOS A SER PRESTADOS POR EL CONSULTOR Teniendo en cuenta que lo establecido en el requisito de “PLAN DE TRABAJO” previsto en las páginas 25 y 26 del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES (PBC) que dice: “…PLAN DE TRABAJO: El lugar de desarrollo de la consultoría será en las oficinas de la Unidad Operativa de Contrataciones (UOC) del Ente y otros sitios que el Contratante considere adecuados para los fines de la Consultoría. El lugar de trabajo principal será en las oficinas de la (UOC), de lunes a viernes de 07:30 a 15:30 u otro horario a ser consensuado con el administrador del contrato. De igual forma, el administrador del Contrato podrá establecer que los trabajos sean ejecutados en otros sitios que considere adecuados para los fines de la Consultoría…” (sic), considerando que la naturaleza de la contratación de una CONSULTORÍA EN CONTRATACIONES PÚBLICAS ES LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SIN RELACIÓN DE DEPENDENCIA CON LA CONTRATANTE Y EN FORMA INDEPENDIENTE DESDE LAS OFICINAS PARTICULARES DEL CONSULTOR, consultamos a la Municipalidad si la contratación incluye cumplir con asistencia obligatoria en la sede del Municipio desde 07:30hs a 15:30hs, o si dicho horario corresponde únicamente al tiempo de disponibilidad del profesional para prestar asesoría jurídica, pero siempre en forma externa e independiente. En el supuesto que se requiera la asistencia obligatoria en la sede de la Municipalidad y considerando que la consultoría no implica relación de dependencia entre las Partes, solicitamos respetuosamente la adecuación del requisito para establecer y garantizar con los servicios de asesoría jurídica a la UOC serán prestados en forma externa e independiente por parte del profesional que resulte adjudicado. 13-02-2025 17-02-2025
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