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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
ygirett
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
29-01-2025 - 09:03
Fecha de Fin
03-02-2025 - 09:05
Estado

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Se requiere la acreditación de la experiencia medidante la presentación de un solo contrato
Descripción
Se requiere la acreditación de la experiencia mediante la presentación de un solo contrato correspondiente a los años establecidos en el pliego de bases y condiciones en lugar de permitir la acreditación mediante la suma de varios contratos. Se solicita que se justifique técnicamente bajo responsabilidad exclusiva de la convocante porque resulta necesario mantener el criterio así establecido o en su caso la modificación del criterio establecido.
Comentario
La calificación máxima de este factor será de 30 puntos, otorgándose 5 puntos por cada año de contrato, 2.019 (5pts), 2.020 (5pts), 2.021 (5pts), 2.022 (5pts), 2.023 (5pts), 2.024 (5pts)) de trabajo realizado en Fiscalización de obras en institución pública o privada, (presentar copias de contratos con facturas de servicios, para validación de puntos)//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
Solicitamos a la convocante , indicar la segunda fecha de apertura del sobre (2) en el SICP //SICP: Solicitamos a la convocante indicar en el SICP ítems 1 , Solo el precio unitario , suprimir el monto mínimo y máximo //Error en la carga., observamos que el Sistema de Adjudicación es por Total y la carga realiza por Ítems ., Solicitamos subsanar el punto expuesto //Dictamen técnico : Solicitamos indicar el ID del proceso//PBC: Metodología o Plan de Trabajo: Consultamos a la convocante cual, es el requisito para alcanzar el puntaje de 20 ., solo le visualiza los 10 puntos //PBC: Consultamos si el consultor realizara horario de oficina , los dias que debe presentarse , horario , si debe llevar su materiales de trabajo ( computadora -notebook , cuaderno , utiles de oficina )//SEGURO DE RESPONSABILIDAD PROFESIONAL – CONSULTORÍAS: Solicitamos ajustarse a lo establecido en la Ley 7021, Artículo 71.- Garantías del contrato “se requerirá un seguro de responsabilidad profesional, cuyo porcentaje será del 10% (diez por ciento), del monto total del contrato. -//

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.