Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
51 Precio referencial Consultamos a la convocante el porque de esos precios tan irrisorios si cuando más grande la prenda el costo aumenta y sin embargo la convocante utiliza un mismo precio para todas las prendas, favor verificar el precio de mercado 22-01-2025 18-02-2025
52 Direccionamiento Alevoso Criminal y delictivo. ADVIERTEN QUE LICITACIÓN DE MÁS DE 50 MIL MILLONES DEL MEC ESTARÍA DIRECCIONADA PARA "AMIGO" DE CARTES ◾Un pliego a medida se preparó para la empresa Texcin Group en la licitación para la adquisición de 236.014 uniformes escolares de diferentes talles, convocada por el Ministerio de Educación y Ciencias, advirtieron los propios funcionarios administrativos de esta cartera que pidieron la reserva de sus identidades. ◾ Para esta compra, el @MECpy pretende destinar G. 51.923.080.000 y la adjudicación ya estaría para la firma Texcin, representada por Andrés Gwynn, quien se muestra muy cercano al expresidente @Horacio_Cartes, actual titular de la @ANRParaguay, señalaron nuestras fuentes, quienes mencionaron que la familia Gwynn visitó recientemente el Partido Colorado para una importante donación consistente en un lote de 300 juegos de sábanas. El propio titular partidario recepcionó la ofrenda. ◾ Documentos del MEC, firmados por Gustavo Riquelme (director administrativo del MEC) y expuestos en la página de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (@dncp_py), ya darían cuenta de la maniobra que buscaría beneficiar desde el vamos de la licitación a Texcin, indicaron nuestras fuentes. ◾ La entrega de ofertas está prevista para el 7 de febrero; sin embargo, en el proceso de verificación y análisis de precios, Texcin ya marcó "presencia" y quedó en evidencia cierto favoritismo, indicaron los funcionarios. 22-01-2025 18-02-2025
53 CONSULTA A LOS REQUISITOS IRRISORIOS DEL PLIEGO Solicitamos a la convocante, una revisión general de los requisitos del PBC, que por lo largo y ancho son totalmente restrictivos, limitativos y atentan gravemente contra el principio de igualdad y la libre participación de la mayor cantidad de oferentes potenciales. Solicitar infraestructuras gigantes, con cantidad de personal excesivo, con certificaciones y estándares internacionales, con pedidos de verificaciones que no tienen relevancia para una especificación técnica de REMERA DE ALGODON BLANCA CUELLO REDONDO y CAMPERA DE BUZO BASICA. También solicitamos la revisión de los precios referenciales. Publicar la solicitud de presupuestos para los referenciales, con todas las exigencias que figuran en este pliego. Puesto que el cumplimiento de los mismos, sus precios no son coherentes. Solicitamos la ampliacion del plazo de entrega. Es imposible confeccionar y entregar a 1.248 localidades en 60 dias. El costo del proyecto, asi como lo plantean, no se condice con los precios referenciales publicados. Dicho sea de paso, los referenciales fueron presupuestados por una empresa maquiladora, y por la marca que produce la misma empresa maquiladora. Solicitamos la revision de las exigencias de fabricacion en general, acordes con el comercio y la industria de nuestro pais. Las exigencias de "estandares internacionales de calidad y sostenibilidad, molderias por software y automatizadas, sistema de gestion 2,5 AQL (utilizadas para grandes cantidades de productos importados - para maquila), todo esto, para confeccionar REMERA CUELLO REDONDO Y CAMPERA DE BUZO es absolutamente exagerado y desproporcionado. Asi como inalcanzable para los fabricantes y distribuidores paraguayos, mas aun con un referencial MAL ANALIZADO por lo que se ve (y por lo que no se ve.) Mientras el Ministerio de industria y comercio, con la ley 4558 busca impulsar la industria paraguaya, ustedes piden ESTANDARES INTERNACIONALES Y CERTIFICACIONES EXTRAVAGANTES para confeccionar remera y camperita de buzo para niños. 22-01-2025 18-02-2025
54 CAPACIDAD EN MATERIA DE PERSONAL, CAPACIDAD TÉCNICA, página 19 del PBC. Teniendo en cuenta lo establecido en el numeral 2 “CAPACIDAD EN MATERIA DE PERSONAL” del requisito de “CAPACIDAD TÉCNICA” exigido en la página 19 del PBC que dice: “…El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica: 2. Capacidad en materia de personal: en caso de ser fabricante o confeccionista, deberá demostrar que cuenta con un mínimo de 200 personas (costureros) inscriptas en IPS en relación de dependencia…” (sic), considerando que la exigencia de una cantidad mínima de 200 personales inscriptos en IPS como condición para participar en una licitación constituye un requisito arbitrario, dispensable y técnicamente improcedente en un SISTEMA DE ADJUDICACIÓN POR ÍTEM que debe permitir la participación del mayor número de potenciales oferentes para cada ítem licitado, solicitamos a la Convocante la modificación del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) para reducir la CANTIDAD MÍNIMA A 30 PERSONALES INSCRIPTOS EN LA PLANILLA DE IPS como condición mínima para participar en la licitación, fundado en que la redacción actual del PBC limitación la participación individual en cada ítem y dicha cantidad de personales puede ser ampliado conforme a la cantidad de ítems adjudicados. Como prueba de la restricción a la libre participación en igualdad de condiciones del requisito consultado, dejamos constancia que NO PUEDE EXIGIRSE EL MISMO REQUISITO GLOBAL PARA PARTICIPAR EN CADA UNO DE LOS 8 ÍTEMS LICITADOS POR LA CONVOCANTE, ya se dicha exigencia general desnaturaliza totalmente el SISTEMA DE ADJUDICACIÓN POR ÍTEM que debe permitir la participación de oferentes en cada uno de los ítems por separado, para lo cual resulta improcedente e inadmisible la generalización de un mismo requisito para el total de ítems porque se trata de una licitación por ítem y no por la totalidad. Por lo señalado, corresponde la ELIMINACIÓN DE LA CANTIDAD MÍNIMA DE 200 PERSONALES (COSTUREROS) requerido para participar en la licitación porque restringe la participación de potenciales oferentes y se aparta de lo establecido en los incisos c) “ECONOMÍA, EFICACIA Y EFICIENCIA” y d) “IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA” del Artículo 4 de la Ley Nº 7021/22 “De Suministro y Contrataciones Públicas”, fundado nuestra solicitud expresamente en el Artículo 45 de la misma Ley Nº 7021/22 que dispone: “…No se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Las convocantes se abstendrán de solicitar como requisito para participar en los procedimientos de contratación, la inscripción en cualquier clase de registro distinto a lo dispuesto por la presente ley…”. 22-01-2025 18-02-2025
55 INFRAESTRUCTURA, CAPACIDAD TÉCNICA, página 19 del PBC. Teniendo en cuenta lo establecido en el numeral 4 “INFRAESTRUCTURA” del requisito de “CAPACIDAD TÉCNICA” exigido en la página 19 del PBC que dice: “…El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica: …4. INFRAESTRUCTURA: los oferentes que sean fabricantes o confeccionistas deben acreditar que cuentan con organización acorde a la complejidad del llamado, con plantas propias o alquiladas de fabricación o sucursales productivas activas con áreas de trabajo y espacios suficientes, con al menos 1500 m2 de espacio de área de trabajo, con la cantidad de maquinarias industriales modernas para confección, teñido, bordado o estampado certificadas bajo normativas internacionales, necesarias y con la capacidad de confeccionar al menos 10.000 (diez mil) prendas por día…” (sic), considerando que la exigencia de contar con 1 (un) espacio de área de trabajo de 1.500m2 y una cantidad mínima de maquinarias industriales constituye una notoria limitación a la concurrencia de los potenciales oferentes en una licitación sometida al SISTEMA DE ADJUDICACIÓN POR ÍTEM cuyas cantidades y características varían dependiendo de cada ítem licitado por la Convocante, solicitamos a la Convocante la modificación del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) para permitir la participación de los potenciales oferentes del rubro textil que cumplan con las condiciones mínimas exigidas para cada ítem licitado, puesto que la redacción actual del PBC representa una generalización incorrecta, arbitraria e indebida de los estándares mínimos exigidos para participar en la licitación, como si se tratase de una contratación “POR EL TOTAL” siendo que se trata de una LICITACIÓN CON SISTEMA DE ADJUDICACIÓN POR ÍTEM. Para el efecto, solicitamos la reformulación del numeral 4 “INFRAESTRUCTURA” del requisito de “CAPACIDAD TÉCNICA” del PBC de la siguiente forma: • El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica: …4. INFRAESTRUCTURA: los oferentes que sean fabricantes o confeccionistas deben acreditar que cuentan con organización acorde a la complejidad del llamado, con plantas propias o alquiladas de fabricación o sucursales productivas activas con áreas de trabajo y espacios suficientes, con al menos 500 m2 de espacio de área de trabajo, con la cantidad de maquinarias industriales modernas para confección, pudiendo ser propias o alquiladas, para teñido, bordado o estampado y con la capacidad de confeccionar al menos 2.000 (DOS MIL) prendas por día. Como fundamento legal de la modificación de la redacción propuesta por nuestra parte para el requisito de “INFRAESTRUCTURA” de la licitación, corresponde traer a colación la finalidad de la “LEY N° 7444/2025 QUE MODIFICA VARIOS ARTÍCULOS Y AMPLÍA LA LEY N° 4457/2012 – PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MIPYMES)” que fue recientemente promulgada por el Gobierno Nacional en virtud de la cual se busca potenciar la PARTICIPACIÓN DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MIPYMES) en las contrataciones públicas, lo cual ciertamente no se cumple en la presente licitación puesto que se exigen requisitos muy superiores a la capacidad técnica de producción de las MIPYMES pertenecientes al rubro textil, es por ello que exigimos a la Convocante (MEC) el cumplimiento estricto de la POLÍTICA PÚBLICA DEL GOBIERNO NACIONAL que debe traducirse en la posibilidad de participación en la licitación sin restricciones innecesarias y que son técnicamente dispensables que sólo permiten el cumplimiento de grandes industrias de la confección con exclusión del sector de las MIPYMES que poseen la capacidad técnica e idoneidad para participar en la licitación y cumplir con la entrega de las prendas licitadas. 22-01-2025 18-02-2025
56 CAPACIDAD EN MATERIA DE INFRAESTRUCTURA, REQUISITOS DOCUMENTALES PARA EVALUAR EL CRITERIO DE CAPACIDAD TÉCNICA, página 20 del PBC. Teniendo en cuenta lo establecido en el numeral 4 “CAPACIDAD EN MATERIA DE INFRAESTRUCTURA” del requisito de “REQUISITOS DOCUMENTALES PARA EVALUAR EL CRITERIO DE CAPACIDAD TÉCNICA” exigido en la página 20 del PBC dice: “…4. CAPACIDAD EN MATERIA DE INFRAESTRUCTURA: Descripción del parque de confecciones que debe contar con sección de corte, confección, control de calidad, bajo declaración jurada, debiendo acompañar el documento o plano del parque de confecciones en el que se demuestre la organización y configuración de los espacios de las áreas de trabajo. Declaración jurada de contar con el espacio mínimo requerido, con un área de trabajo mínima de 1500m2, debiendo adjuntar copia del título de propiedad a nombre del oferente fabricante del inmueble donde se encuentra asentada la planta de fabricación. O contrato de alquiler a nombre del oferente. Declaración jurada de que el área productiva tiene la capacidad de confeccionar al menos 10.000 prendas por día, acompañada de informes de producción. Nómina de maquinarias industriales modernas para confección, teñido, bordado o estampado certificadas bajo normativas internacionales y herramientas con que cuenta el oferente en caso de ser fabricante o confeccionista, bajo declaración jurada, debiendo coincidir la nómina con la declaración del RIEL…” (sic), considerando que dicho listado de documentos exigidos para acreditar la capacidad en materia de “INFRAESTRUCTURA” guardan relación con el mismo requisito objetado en la consulta anterior de “CAPACIDAD TÉCNICA”, solicitamos a la Convocante la modificación del listado de documentos exigidos en el numeral 4 “CAPACIDAD EN MATERIA DE INFRAESTRUCTURA” de la página 20 del PBC, quedándose redactado de la siguiente forma: • 4. CAPACIDAD EN MATERIA DE INFRAESTRUCTURA: - Descripción del parque de confecciones que debe contar con sección de corte, confección, control de calidad, bajo declaración jurada. - Declaración jurada de contar con el espacio mínimo requerido, con un área de trabajo mínima de 500m2, debiendo adjuntar copia del título de propiedad a nombre del oferente fabricante del inmueble donde se encuentra asentada la planta de fabricación o contrato de alquiler a nombre del oferente. - Declaración jurada de que el área productiva tiene la capacidad de confeccionar al menos 2.000 (dos mil) prendas por día, acompañada de informes de producción. - Nómina de maquinarias industriales modernas para confección, teñido, bordado o estampado y herramientas con que cuenta el oferente en caso de ser fabricante o confeccionista, bajo declaración jurada, pudiendo ser propias o alquiladas, con la presentación del listado de equipos. Ante la prueba notoria del direccionamiento del requisito de “INFRAESTRUCTURA” que permite actualmente sólo el cumplimiento de EMPRESAS GRANDES DE GRAN ENVERGADURA con la EXCLUSIÓN DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MIPYMES) pese a que se trata de una licitación con SISTEMA DE ADJUDICACIÓN POR ÍTEM, exigimos a la Convocante (MEC) la adecuación del requisito de “INFRAESTRUCTURA” para ajustarse al cumplimiento de la “LEY N° 7444/2025 QUE MODIFICA VARIOS ARTÍCULOS Y AMPLÍA LA LEY N° 4457/2012 – PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MIPYMES)” y, especialmente, para cumplir con lo establecido en los Artículos 4 y 45 de la Ley Nº 7021/22, puesto que los equipos requeridos pueden ser propios o alquilados e igualmente el oferente adjudicado cumplirá con el objeto de la contratación pública, sin menoscabo alguno para la licitación. 22-01-2025 18-02-2025
57 personal en IPS Encontramos que el PBC fija la Capacidad en materia de personal: en caso de ser fabricante o confeccionista, deberá demostrar que cuenta con un mínimo de 200 personas (costureros) inscriptas en IPS en relación de dependencia. Este requisito tal y como está redactado solo aplica a los oferentes que sean fabricantes o confeccionistas, en caso que seamos solo distribuidores y tengamos la autorización del fabricante, no precisamos cumplir con esta exigencia. Es correcto nuestro entendimiento? 22-01-2025 18-02-2025
58 PROPUESTAS INICIALES El formulario de propuesta inicial también deberá enviarse físicamente o el formulario electrónico a la DNCP. 22-01-2025 18-02-2025
59 Capacidad Tecnica muy arbitraria En el numeral 2 dice “CAPACIDAD EN MATERIA DE PERSONAL” del requisito de “CAPACIDAD TÉCNICA” exigido en la página 19 del PBC que dice: “…El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica: 2. Capacidad en materia de personal: en caso de ser fabricante o confeccionista, deberá demostrar que cuenta con un mínimo de 200 personas (costureros) inscriptas en IPS en relación de dependencia…” (sic), considerando que la exigencia de una cantidad mínima de 200 personales inscriptos en IPS como condición para participar en una licitación constituye un requisito arbitrario, dispensable y técnicamente improcedente en un SISTEMA DE ADJUDICACIÓN POR ÍTEM que debe permitir la participación del mayor número de potenciales oferentes para cada ítem licitado, solicitamos a la Convocante la modificación del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) para reducir la CANTIDAD MÍNIMA A 30 PERSONALES INSCRIPTOS EN LA PLANILLA DE IPS como condición mínima para participar en la licitación, fundado en que la redacción actual del PBC limitación la participación individual en cada ítem y dicha cantidad de personales puede ser ampliado conforme a la cantidad de ítems adjudicados. Como prueba de la restricción a la libre participación en igualdad de condiciones del requisito consultado, dejamos constancia que NO PUEDE EXIGIRSE EL MISMO REQUISITO GLOBAL PARA PARTICIPAR EN CADA UNO DE LOS 8 ÍTEMS LICITADOS POR LA CONVOCANTE, ya se dicha exigencia general desnaturaliza totalmente el SISTEMA DE ADJUDICACIÓN POR ÍTEM que debe permitir la participación de oferentes en cada uno de los ítems por separado, para lo cual resulta improcedente e inadmisible la generalización de un mismo requisito para el total de ítems porque se trata de una licitación por ítem y no por la totalidad. Por lo señalado, corresponde la ELIMINACIÓN DE LA CANTIDAD MÍNIMA DE 200 PERSONALES (COSTUREROS) requerido para participar en la licitación porque restringe la participación de potenciales oferentes y se aparta de lo establecido en los incisos c) “ECONOMÍA, EFICACIA Y EFICIENCIA” y d) “IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA” del Artículo 4 de la Ley Nº 7021/22 “De Suministro y Contrataciones Públicas”, fundado nuestra solicitud expresamente en el Artículo 45 de la misma Ley Nº 7021/22 que dispone: “…No se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Las convocantes se abstendrán de solicitar como requisito para participar en los procedimientos de contratación, la inscripción en cualquier clase de registro distinto a lo dispuesto por la presente ley…” 23-01-2025 18-02-2025
60 Especificaciones Técnicas ITEM 1 - ITEM2 –ITEM 3 – ITEM4 – ITEM5 – ITEM6 – ITEM 7 – ITEM 8 -SOLICITAMOS QUE NOS DEFINAN EL ANCHO DEL RUEDO PARA LA MANGA DE LAS REMERAS -ESPECIFICAR EL TIPO DE REFUERZO QUE PIDE PARA LA AXILA - SOLICITAMOS TIPO DE ESTAMPADO DEFINIDO - Solicitamos a la convocante determinar el material a ser utilizado. Sugerimos especificar el material como por ejemplo el Polietileno de baja densidad reciclable o productos biodegradables, también, la convocante debe incluir el criterio para evaluar este requerimiento. 23-01-2025 18-02-2025
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