Infraestructura: Se exige que los oferentes, en calidad de fabricantes o confeccionistas, demuestren contar con una organización acorde a la complejidad del llamado, disponiendo de plantas propias o alquiladas de fabricación, o sucursales productivas activas con áreas de trabajo de al menos 1.500 m². Asimismo, deben contar con maquinaria industrial moderna para confección, teñido, bordado o estampado, certificada bajo normativas internacionales, y garantizar una capacidad mínima de producción de 10.000 prendas diarias.
Destacamos que este proceso, supuestamente orientado a favorecer a las MiPymes, establece requerimientos desproporcionados que resultan excluyentes para este segmento empresarial. Por ello, solicitamos que el área requirente publique en el SICP el estudio de mercado obligatorio, avalado por personal técnico competente, en el cual se detalle qué empresas confeccionistas nacionales cumplen con las condiciones de al menos 1.500 m² de área de trabajo. Además, pedimos que se justifique técnicamente por qué estas exigencias mínimas de superficie y capacidad de producción diaria son razonables y proporcionales a las necesidades del MEC, ya que de lo contrario, las MiPymes quedarán completamente excluidas de la posibilidad de participar, contrariando el espíritu del proceso.
Infraestructura: Se exige que los oferentes, en calidad de fabricantes o confeccionistas, demuestren contar con una organización acorde a la complejidad del llamado, disponiendo de plantas propias o alquiladas de fabricación, o sucursales productivas activas con áreas de trabajo de al menos 1.500 m². Asimismo, deben contar con maquinaria industrial moderna para confección, teñido, bordado o estampado, certificada bajo normativas internacionales, y garantizar una capacidad mínima de producción de 10.000 prendas diarias.
Destacamos que este proceso, supuestamente orientado a favorecer a las MiPymes, establece requerimientos desproporcionados que resultan excluyentes para este segmento empresarial. Por ello, solicitamos que el área requirente publique en el SICP el estudio de mercado obligatorio, avalado por personal técnico competente, en el cual se detalle qué empresas confeccionistas nacionales cumplen con las condiciones de al menos 1.500 m² de área de trabajo. Además, pedimos que se justifique técnicamente por qué estas exigencias mínimas de superficie y capacidad de producción diaria son razonables y proporcionales a las necesidades del MEC, ya que de lo contrario, las MiPymes quedarán completamente excluidas de la posibilidad de participar, contrariando el espíritu del proceso.
La convocante ha realizado el llamado a LPN de conformidad a las normativas legales vigentes; además, las especificaciones técnicas se hallan orientadas a la satisfacción de provisión de los bienes en el tiempo oportuno y con la calidad exigida, correlativamente a los grandes volúmenes de uniformes que deben ser adquiridos
Los requerimientos se encuentran orientados a la adquisición de prendas de vestir de uso escolar de muy buena calidad y que la provisión en las instituciones educativas se realice para satisfacer las necesidades escolares, en concordancia con el calendario para el año lectivo 2025 establecido por el MEC. Se mantienen los requerimientos establecidos en el PBC.
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Capacidad en materia de personal
Capacidad en materia de personal: En caso de ser fabricante o confeccionista, se exige demostrar que se cuenta con un mínimo de 200 trabajadores (costureros) registrados en IPS bajo relación de dependencia. Consideramos que este requisito es excesivo y limitante, ya que el sistema de adjudicación funciona por ítem y no por el total del contrato. Por lo tanto, solicitamos una reducción en la cantidad de trabajadores registrados en IPS requerida. Este criterio resulta desproporcionado, pues parece estar diseñado para empresas que puedan adjudicarse la totalidad de la contratación, a pesar de que, en la práctica, el sistema permite que los oferentes participen en uno o varios ítems según su capacidad productiva.
Capacidad en materia de personal: En caso de ser fabricante o confeccionista, se exige demostrar que se cuenta con un mínimo de 200 trabajadores (costureros) registrados en IPS bajo relación de dependencia. Consideramos que este requisito es excesivo y limitante, ya que el sistema de adjudicación funciona por ítem y no por el total del contrato. Por lo tanto, solicitamos una reducción en la cantidad de trabajadores registrados en IPS requerida. Este criterio resulta desproporcionado, pues parece estar diseñado para empresas que puedan adjudicarse la totalidad de la contratación, a pesar de que, en la práctica, el sistema permite que los oferentes participen en uno o varios ítems según su capacidad productiva.
Solicitamos a la convocante indicar qué mecanismo de control utilizará para determinar que se encuentran o no cumplidas las 8- 10 puntadas requeridas conforme ISO 4915
Solicitamos a la convocante indicar qué mecanismo de control utilizará para determinar que se encuentran o no cumplidas las 8- 10 puntadas requeridas conforme ISO 4915
En el PBC, el mecanismo de evaluación se encuentra establecido en la Grilla de Evaluación de Muestras, en las EE.TT. en el apartado de diseño y confección (densidad de puntadas).
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plazo de entrega
Consultamos a la convocante si consideró que el plazo de la fabricación de los tejidos demora entre 60 a 90 días, así también, la confección de las prendas lleva su proceso. La consulta surge porque en el pbc no se evidencia que se haya tenido en cuenta el tiempo de ambos factores, agregándole otros tiempos que son propios de la ejecución contractual.
Consultamos a la convocante si consideró que el plazo de la fabricación de los tejidos demora entre 60 a 90 días, así también, la confección de las prendas lleva su proceso. La consulta surge porque en el pbc no se evidencia que se haya tenido en cuenta el tiempo de ambos factores, agregándole otros tiempos que son propios de la ejecución contractual.
La provisión de las prendas de vestir, debe realizarse en concordancia con las necesidades escolares, los objetivos de los programas de equidad y el calendario para el año lectivo 2025, establecido por el MEC.
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Criterios de evaluación
Consultamos a la Convocante si realizó el estudio de mercado para determinar que exista en el país las certificaciones requeridas en el PBC y si dicha característica fue considerada para la conformación de los precios referenciales. Sobre este mismo punto, solicitamos a la convocante detallar las certificaciones solicitadas o las equivalencias que serán aceptadas. Además, resulta necesario que en esta etapa se establezcan los mecanismos de control a ser utilizados por el CEO, esto servirá para evitar adjudicaciones a dedillo.
Consultamos a la Convocante si realizó el estudio de mercado para determinar que exista en el país las certificaciones requeridas en el PBC y si dicha característica fue considerada para la conformación de los precios referenciales. Sobre este mismo punto, solicitamos a la convocante detallar las certificaciones solicitadas o las equivalencias que serán aceptadas. Además, resulta necesario que en esta etapa se establezcan los mecanismos de control a ser utilizados por el CEO, esto servirá para evitar adjudicaciones a dedillo.
La convocante ha realizado el llamado a LPN de conformidad a las normativas legales vigentes; además, la entidad reguladora responsable de la gestión de contrataciones públicas, ha publicado los documentos exigidos por la norma, garantizando que cada proceso esté alineado con los principios de sostenibilidad y buen uso de recursos públicos.
En el PBC, en el apartado de capacidad técnica y en el detalle de los bienes y servicios se listan las certificaciones requeridas, así también se encuentran establecidos los mecanismos de evaluación a realizarse mediante la Grilla de Evaluación de muestras.
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Logo con medidas
Solicitamos a la convocante el archivo del ultimo logo del MEC y las dimensiones requeridas para la misma.
Se proporcionará el archivo digital en la etapa de ejecución contractual.
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eett
Se lee en el PBC:
4. Colores y diseños:
Azul marino como color base (Pantone 533C o equivalente).
Solicitamos a la convocante modificar el Pantone teniendo en cuenta que el Pantone se utiliza para productos digitales y los colores que van encima de algodón se utiliza TCX. Caso contrario se estaría mencionando un color que no es igual al que se encuentra en el algodón.
Se lee en el PBC:
4. Colores y diseños:
Azul marino como color base (Pantone 533C o equivalente).
Solicitamos a la convocante modificar el Pantone teniendo en cuenta que el Pantone se utiliza para productos digitales y los colores que van encima de algodón se utiliza TCX. Caso contrario se estaría mencionando un color que no es igual al que se encuentra en el algodón.
Certificación OEKO-TEX Standard 100 (seguro para la piel sensible de niños).
Solicitamos a la convocante, modificar este punto teniendo en cuenta que el certificado OEKO TEX STANDARD 100 no garantiza que el tejido sea seguro para la piel sensible de niños, solo que los tintes utilizados no dañan el medio ambiente.
Certificación OEKO-TEX Standard 100 (seguro para la piel sensible de niños).
Solicitamos a la convocante, modificar este punto teniendo en cuenta que el certificado OEKO TEX STANDARD 100 no garantiza que el tejido sea seguro para la piel sensible de niños, solo que los tintes utilizados no dañan el medio ambiente.
La convocante mantiene los requerimientos establecidos en el PBC, considerando que las prendas de vestir serán utilizadas por niños, niñas y adolescentes, además se requiere garantizar la calidad de las mismas.
19
evaluación de muestras
Entiende la convocante la subjetividad del mecanismo de evaluación de muestras que ha inserto en el PBC: Apreciación por observación directa y tacto?
Solicitamos a la Convocante incluir parámetros de evaluación objetivos y claros en el PBC, de esa manera, el Comité evaluador indefectiblemente debe ajustar su actuar a la fase precontractual. Las muestras deben de ser la vía para asegurar que los bienes ofertados cumplen con los requisitos establecidos en las EETT y por ende, se encuentra en condiciones de cumplir con las necesidades detectadas, mecanismos como el detallado arriba no se traduce en una medida de control y dista mucho de servir para comprobar el cumplimiento de los estándares de calidad y especificaciones técnicas de cada bien ofertado.
Entiende la convocante la subjetividad del mecanismo de evaluación de muestras que ha inserto en el PBC: Apreciación por observación directa y tacto?
Solicitamos a la Convocante incluir parámetros de evaluación objetivos y claros en el PBC, de esa manera, el Comité evaluador indefectiblemente debe ajustar su actuar a la fase precontractual. Las muestras deben de ser la vía para asegurar que los bienes ofertados cumplen con los requisitos establecidos en las EETT y por ende, se encuentra en condiciones de cumplir con las necesidades detectadas, mecanismos como el detallado arriba no se traduce en una medida de control y dista mucho de servir para comprobar el cumplimiento de los estándares de calidad y especificaciones técnicas de cada bien ofertado.
En el PBC, se encuentra establecidos los mecanismos de evaluación, mediante la Grilla de Evaluación de Muestras. La convocante mantiene los requerimientos establecidos en el PBC.
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Consulta sobre documentos
El PBC requiere: Tratamientos adicionales:
Prelavado para minimizar encogimiento y deformación.
Tratamiento antipilling para mayor durabilidad y resistencia
al uso intensivo.
Al respecto, solicitamos a la convocante determinar el tratamiento de antipilling requerido y que documentación de respaldo se debe presentar para probar el cumplimiento.
El PBC requiere: Tratamientos adicionales:
Prelavado para minimizar encogimiento y deformación.
Tratamiento antipilling para mayor durabilidad y resistencia
al uso intensivo.
Al respecto, solicitamos a la convocante determinar el tratamiento de antipilling requerido y que documentación de respaldo se debe presentar para probar el cumplimiento.
En el PBC, se encuentra establecidos: Resistencia al pilling: Grado 4 o superior según ISO 12945-2. Las documentaciones de respaldo son las certificaciones y/o DDJJ del cumplimiento del requerimiento.