Fondo de garantía: 30% del capital mínimo requerido $ 150.000 (se debe cubrir todas las obligaciones: Siniestros, Administrativos, reservas, etc.)
Patrimonio propio no comprometido: Capital mínimo $ 500.000.- para compañía en riesgos elementales y/o patrimoniales
Es importante mencionar que las Compañías Aseguradoras están Reguladas por la Superintendencia de Seguros, entidad que ejerce un estricto control sobre el funcionamiento de las Aseguradoras, considerando para ello indicadores tales como: capital mínimo exigible, márgenes de solvencia, provisiones y reservas, fondos de garantía entre otros, requisitos que garantizan el cumplimiento de los contratos o pólizas de seguros de cada entidad.
Fondo de garantía: 30% del capital mínimo requerido $ 150.000 (se debe cubrir todas las obligaciones: Siniestros, Administrativos, reservas, etc.)
Patrimonio propio no comprometido: Capital mínimo $ 500.000.- para compañía en riesgos elementales y/o patrimoniales
Es importante mencionar que las Compañías Aseguradoras están Reguladas por la Superintendencia de Seguros, entidad que ejerce un estricto control sobre el funcionamiento de las Aseguradoras, considerando para ello indicadores tales como: capital mínimo exigible, márgenes de solvencia, provisiones y reservas, fondos de garantía entre otros, requisitos que garantizan el cumplimiento de los contratos o pólizas de seguros de cada entidad.
Favor si pueden replantear la consulta atendiendo que se encuentra incompleta y la cotización a su
consulta se encuentra en dólares y el llamado es en guaranies.
2
Siniestralidad
Favor indicar datos de los siniestros ocurridos durante los últimos 3 años, expresados en guaraníes.
Item 2. Hilux 2023 con chapa n° AAML-568 monto Gs. 2.500.000, item 5. Hilux 2023 con chapa n° AAML -586 monto Gs. 5.210.000, Item 6. Hilux 2023 con chapa n° AAML-675 monto Gs. 2.000.000, Item 8. Mazda 2024 con chapa n° AAPI-144 monto Gs. 500.000, Item 10. Mazda 2024 con chapa n° AAPI - 138 monto Gs. 800.000.
Total de los siniestros en guaranies: 11.010.000.
3
RESPONSABILIDAD CIVIL
Teniendo en cuenta lo mencionado en el punto 1-1 Responsabilidad Civil, punto b "Indemnización en concepto de lesiones corporales o muerte de dos o mas personas". Solicitamos puedan indicarnos cual es el límite de indemnización para dicho punto.
Teniendo en cuenta lo mencionado en el punto 1-1 Responsabilidad Civil, punto b "Indemnización en concepto de lesiones corporales o muerte de dos o mas personas". Solicitamos puedan indicarnos cual es el límite de indemnización para dicho punto.
Dicha respuesta se encuentra en el PBC en la Seccion de Suministros Requeridos - Especificaciones Tecnicas - Resumen de los Requisitos.
4
INICIO DE VIGENCIA DE LA COBERTURA
Teniendo en cuenta lo establecido en el PBC: Original y fotocopia autenticada de la proforma de póliza de seguros, con la cobertura respectiva, con sus correspondientes condiciones generales y particulares. Las mismas deberán contemplar todos y cada uno de los requerimientos establecidos en el presente pliego de bases y condiciones. Favor indicar el inicio de vigencia para la cobertura, así también indicar si precisan que el precio cada cobertura se encuentre establecido dentro de cada póliza.
Teniendo en cuenta lo establecido en el PBC: Original y fotocopia autenticada de la proforma de póliza de seguros, con la cobertura respectiva, con sus correspondientes condiciones generales y particulares. Las mismas deberán contemplar todos y cada uno de los requerimientos establecidos en el presente pliego de bases y condiciones. Favor indicar el inicio de vigencia para la cobertura, así también indicar si precisan que el precio cada cobertura se encuentre establecido dentro de cada póliza.
La vigencia será establecida una vez que el llamado sea adjudicado.
5
Capacidad Financiera
Es importante mencionar que las Compañías Aseguradoras están Reguladas por la Superintendencia de Seguros, entidad que ejerce un estricto control sobre el funcionamiento de las Aseguradoras, considerando para ello indicadores tales como: capital mínimo exigible, márgenes de solvencia, provisiones y reservas, fondos de garantía entre otros, requisitos que garantizan el cumplimiento de los contratos o pólizas de seguros de cada entidad. Solicitamos una leve modificación del PBC en el requisito Capacidad Financiera:
Donde se requiere:
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Para el ejercicio 2022
1. Margen de solvencia: igual o superior a 1,5
3. Patrimonio propio no comprometido: Gs. 5.500.500.703
4. Fondo de garantía: Gs. 2.300.000.000
Para el ejercicio 2023
1. Margen de solvencia: igual o superior a 2,5
3. Patrimonio propio no comprometido: Gs. 8.400.000.945
4. Fondo de garantía: Gs. 4.100.000.000
Para el ejercicio 2024
1. Margen de solvencia: igual o superior a 4
3. Patrimonio propio no comprometido: Gs. 20.000.000.000
4. Fondo de garantía: Gs. 8.500.000.000
5. Disponibilidades: 7.500.000.000 al cierre del 2024
Es importante mencionar que las Compañías Aseguradoras están Reguladas por la Superintendencia de Seguros, entidad que ejerce un estricto control sobre el funcionamiento de las Aseguradoras, considerando para ello indicadores tales como: capital mínimo exigible, márgenes de solvencia, provisiones y reservas, fondos de garantía entre otros, requisitos que garantizan el cumplimiento de los contratos o pólizas de seguros de cada entidad. Solicitamos una leve modificación del PBC en el requisito Capacidad Financiera:
Donde se requiere:
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Para el ejercicio 2022
1. Margen de solvencia: igual o superior a 1,5
3. Patrimonio propio no comprometido: Gs. 5.500.500.703
4. Fondo de garantía: Gs. 2.300.000.000
Para el ejercicio 2023
1. Margen de solvencia: igual o superior a 2,5
3. Patrimonio propio no comprometido: Gs. 8.400.000.945
4. Fondo de garantía: Gs. 4.100.000.000
Para el ejercicio 2024
1. Margen de solvencia: igual o superior a 4
3. Patrimonio propio no comprometido: Gs. 20.000.000.000
4. Fondo de garantía: Gs. 8.500.000.000
5. Disponibilidades: 7.500.000.000 al cierre del 2024
Es fundamental destacar que las compañías aseguradoras en Paraguay están reguladas por la Superintendencia de Seguros, entidad dependiente del Banco Central del Paraguay (BCP), que supervisa estrictamente su funcionamiento. Según la Ley Nº 827/96 de Seguros, las empresas de seguros deben cumplir con ciertos indicadores financieros que garantizan su solvencia y la protección de los asegurados. Entre estos indicadores se encuentran:
Margen de Solvencia: Las empresas de seguros están obligadas a mantener y acreditar ante la Autoridad de Control un patrimonio técnico equivalente, como mínimo, a los montos establecidos por dicho organismo.
Fondo de Garantía: Las aseguradoras deben constituir un fondo de garantía que no podrá ser inferior al treinta por ciento (30%) del patrimonio propio no comprometido.
Considerando lo anterior, proponemos que el PBC refleje estos requisitos legales de la siguiente manera:
Para todos los ejercicios solicitamos amablemente a la convocante modificar estos puntos de acuerdo a lo establecido con eso dando la a oportunidad de presentación de más ofertantes:
Margen de Solvencia: Igual o superior al requerido por la Autoridad de Control.
Patrimonio Propio No Comprometido: Monto que asegure el cumplimiento del margen de solvencia y el fondo de garantía establecidos por la ley.
Fondo de Garantía: No inferior al treinta por ciento (30%) del patrimonio propio no comprometido.
Disponibilidades.
Es fundamental destacar que las compañías aseguradoras en Paraguay están reguladas por la Superintendencia de Seguros, entidad dependiente del Banco Central del Paraguay (BCP), que supervisa estrictamente su funcionamiento. Según la Ley Nº 827/96 de Seguros, las empresas de seguros deben cumplir con ciertos indicadores financieros que garantizan su solvencia y la protección de los asegurados. Entre estos indicadores se encuentran:
Margen de Solvencia: Las empresas de seguros están obligadas a mantener y acreditar ante la Autoridad de Control un patrimonio técnico equivalente, como mínimo, a los montos establecidos por dicho organismo.
Fondo de Garantía: Las aseguradoras deben constituir un fondo de garantía que no podrá ser inferior al treinta por ciento (30%) del patrimonio propio no comprometido.
Considerando lo anterior, proponemos que el PBC refleje estos requisitos legales de la siguiente manera:
Para todos los ejercicios solicitamos amablemente a la convocante modificar estos puntos de acuerdo a lo establecido con eso dando la a oportunidad de presentación de más ofertantes:
Margen de Solvencia: Igual o superior al requerido por la Autoridad de Control.
Patrimonio Propio No Comprometido: Monto que asegure el cumplimiento del margen de solvencia y el fondo de garantía establecidos por la ley.
Fondo de Garantía: No inferior al treinta por ciento (30%) del patrimonio propio no comprometido.
Disponibilidades.