Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
El presente llamado a ser publicado ha sido solicitado por: el Departamento de Desarrollo Humano de la Gerencia de Recursos Humanos del Banco Central del Paraguay, de acuerdo a las necesidades de la Institución y con la aprobación de la máxima autoridad. Los funcionarios responsables del área requirente según Dictamen Técnico son: Gisela Maria Dutil Gauto, Jefa Interina de la División Técnica de Control y Seguimiento; y Julia Obregón, Directora del Departamento de Desarrollo Humano.
La necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación realizada radica en:
1. Sala Maternal y Guardería Infantil: La necesidad que se pretende satisfacer mediante esta contratación radica, en primer lugar, en la obligatoriedad establecida en la Ley N° 213/93 Que establece el Código Laboral Paraguayo en cuyo Artículo 134 dice que los establecimientos en que trabajen más de cincuenta mujeres están obligados a habilitar salas maternales para niños menores de dos años, donde éstos quedarán bajo custodia, durante el tiempo de ocupación de las madres. Y, en segundo lugar, se pretende apoyar a los funcionarios en el cuidado de sus hijos pequeños durante el horario de la jornada laboral, lo cual redundará en beneficio de la institución, considerando que:
a.- Los padres se dedicarán a sus actividades laborales satisfactoriamente en conocimiento que sus hijos se encuentran bien atendidos y estimulados en los aprendizajes propios de la edad.
b.- Se disminuye el nivel de ausentismo laboral de los funcionarios cuyos hijos asisten a la Sala Maternal o Guardería Infantil, y se observa mayor rendimiento laboral de los funcionarios.
2. Colonia de Vacaciones: el objetivo es proporcionar tiempo de recreación, con un programa que permita el desarrollo de la creatividad, artes, deportes, con actividades sanas y educativas en el inicio de vacaciones de cada año lectivo, hasta tanto los padres puedan tomar sus vacaciones laborales para compartir en familia el restante tiempo disponible antes del inicio nuevamente de las actividades escolares.
Con relación a la planificación, se indica que: se trata de un llamado periódico, sucesivo ya que la necesidad es continua.
Las especificaciones técnicas establecidas se justifican en: las necesidades actuales de la Institución, en su infraestructura, conocimiento del área técnica, entre otros.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
GENERALIDADES DE LA CONTRATACIÓN:
El porcentaje indicado en el SICP para la Garantía de Mantenimiento de Oferta es del 5% cinco por ciento.
MODALIDAD DE CONTRATACIÓN:
Contrato Abierto por monto.
Monto Máximo: ₲ 5.296.572.000.-
Monto Mínimo: ₲ 2.648.286.000.-
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
ÍTEM N° 1 - SERVICIO DE SALA MATERNAL Y GUARDERÍA INFANTIL
El Banco Central del Paraguay, en adelante BCP, con el propósito de dar cumplimiento a las normas laborales y de esa forma otorgar facilidades al funcionariado en el cuidado de sus hijos en el horario laboral, habilitará un espacio destinado para el servicio de Sala Maternal y Guardería Infantil, en adelante LA GUARDERÍA.
El proveedor de este servicio deberá dar cumplimiento a todas las disposiciones, requisitos, reglamentaciones vigentes o futuras del Ministerio de Educación y Ciencias, la Municipalidad de Asunción, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y cualquier otro organismo competente en cada ámbito relacionado a la adecuada prestación del servicio contratado, por ejemplo: disposiciones sobre la seguridad, salubridad, etc.
La administración del contrato estará a cargo de la Gerencia de Recursos Humanos, Departamento de Desarrollo Humano a través de la División Bienestar Social.
El servicio deberá comprender la atención integral de los niños, educación, higiene, seguridad, alimentación adecuada, etc.
La enseñanza debe ser acorde a la edad, debiendo incluir; estimulación, custodia permanente, juegos recreativos, lectura y otras actividades que le ayuden a los niños a convivir y desarrollarse en forma armónica dentro de la sociedad.
Definiciones
A los efectos del presente llamado se entenderá por:
Las actividades en LA GUARDERIA se desarrollarán durante todo el año de la siguiente manera:
En este periodo se llevará a cabo una Colonia de Vacaciones para los niños inscriptos en LA GUARDERÍA, a desarrollarse durante los meses de enero, julio y la segunda quincena de diciembre de cada año.
Los niños estarán agrupados por edades, en los siguientes niveles que se citan a continuación. Se podrá tener en cuenta la madurez y el desarrollo del niño a fin de incluirlo en cada nivel.
Salas |
Rango etario |
Límites de niños/as |
Cantidad mínima de educadores por sala |
Educadores adicionales que deberán ser incluidos por el Proveedor sin costo adicional ante el aumento en el límite de niños |
SALA 1 |
desde las 18 semanas de vida o una vez finalizada la licencia por maternidad de la madre, hasta los doce (12) meses de edad inclusive |
Hasta 10 niños
|
|
Por cada 4 niños adicionales se deberá contratar a 1 educador auxiliar |
SALA 2 |
desde los trece (13) meses de edad, hasta los veinticuatro (24) meses de edad inclusive |
Hasta 10 niños
|
|
Por cada 4 niños adicionales se deberá contratar a 1 educador auxiliar |
SALA 3 |
desde los veinticinco (25) meses de edad, hasta los treinta y seis (36) meses de edad inclusive |
Hasta 12 niños
|
|
Por cada 6 niños adicionales se deberá contratar a 1 educador auxiliar |
Pre-Jardín |
desde los treinta y siete (37) meses de edad hasta el siguiente plazo:
La fecha límite y la edad de ingreso al sistema educativo de los niños y niñas del Pre-Jardín se ajusta a lo establecido en la reglamentación vigente emitida por el Ministerio de Educación y Ciencias. |
Hasta 15 niños
|
|
Por cada 7 niños adicionales se deberá contratar a 1 educador auxiliar |
El horario de atención y funcionamiento:
Es obligación de los padres:
La inscripción inicial en LA GUARDERÍA se realizará en cualquier época del año, para el efecto, los padres deben comunicar a la División Bienestar Social con 5 (cinco) días hábiles de anticipación a la fecha de asistencia del niño.
La inscripción dependerá de la capacidad máxima de niños por sala establecida por el Ministerio de Educación y Ciencias y de la cantidad total máxima de niños a ser prevista para el contrato.
Cuando la demanda de niños sea mayor, la División de Bienestar Social registrará al niño en la Lista de Espera, respetando el orden de prioridad que se indica más abajo.
El Proveedor deberá informar a la División de Bienestar Social de la disponibilidad de nuevas plazas y el motivo.
En el mes de febrero de cada año lectivo, el Proveedor deberá remitir a la División Bienestar Social la lista de los niños que continuarán en la Sala siguiente de LA GUARDERÍA.
En todos los casos, la inscripción se realizará sin costo alguno.
De acuerdo a la capacidad máxima de niños por sala, la inscripción se realizará conforme a los siguientes criterios de prioridad:
Recibimiento de los niños (a la hora de entrada): los niños deberán ser recibidos por sus respectivas profesoras y/o asistentes. Al momento de la salida deberán encargarse de controlar que los mismos sean retirados por sus padres o personas autorizadas previamente por éstos.
Es responsabilidad del Proveedor registrar diariamente la asistencia de los niños y del personal en las Planillas a ser habilitadas para el efecto. Esta última planilla debe ser suscripta por el personal que asista.
Ambas planillas de asistencia llevarán la firma de la Directora como responsable del informe, serán verificadas por la División Bienestar Social y formarán parte del expediente al momento de la solicitud de pago.
Se deberá acompañar en forma personal a los niños acorde a su edad, brindar enseñanzas de normas de higiene y urbanidad en la mesa, otorgar cantidad de alimentación necesaria acorde a la edad o desarrollo del niño, instruir y acompañar en el consumo diario de agua conforme a la exigencia de la edad de cada niño.
El Proveedor deberá dar cumplimiento a todas las disposiciones, requisitos, reglamentaciones vigentes o futuras del Ministerio de Educación y Ciencias, incluyendo el Reglamento de Educación Inicial y Preescolar, y de cualquier otro organismo relacionado con las actividades a desarrollar.
El Proveedor deberá entregar al BCP una copia de todos los documentos requeridos por las Instituciones citadas en el párrafo anterior con relación a LA GUARDERÍA, como ser el Proyecto Educativo Institucional, Proyecto Operativo Anual y planes adecuados a cada grupo de niños acorde a lo solicitado por el Ministerio de Educación y Ciencias.
Será responsabilidad del Proveedor cumplir y hacer cumplir el Reglamento de Funcionamiento de LA GUARDERÍA, que se le entregará a los padres al inicio de las actividades.
El Proveedor deberá otorgar las vacaciones a su personal en forma escalonada y secuencial, sin que el servicio se vea afectado y previendo los remplazantes en caso de resultar necesario. El Proveedor deberá comunicar a la División Bienestar Social el otorgamiento de vacaciones a cada personal, el periodo de duración y los datos del remplazante si necesario fuere, debiendo cumplir éste con los mismos requisitos exigidos para el titular en la presente Sección.
A partir del mes de diciembre, es responsabilidad de la Directora recabar la información de los funcionarios padres de niños asistentes a LA GUARDERÍA, sobre las fechas probables de sus vacaciones, con el objeto de organizar las vacaciones de su personal atendiendo a la disminución de niños asistentes, a fin de evitar que el servicio se vea afectado.
La oferta del servicio deberá prever las actividades correspondientes al festejo de las fechas establecidas en el calendario anual como ser: días patrios, religiosos, familiares, clausura del año escolar y otros.
La organización de los eventos, así como los elementos de ambientación y de decoración conmemorativa a ser utilizados, estarán a cargo del Proveedor.
Los artículos personales de cada niño para los eventos (por ejemplo: trajes) correrán por cuenta de los padres.
Las instalaciones, equipos, muebles y elementos en general existentes en LA GUARDERÍA y de propiedad del BCP, a ser utilizados gratuitamente por el Proveedor para el desarrollo del servicio, podrán ser observados en el lugar por los posibles oferentes, en la fecha y hora a ser establecida para la visita en el SICP.
Los electrodomésticos, utensilios, materiales y elementos necesarios para el cumplimiento del servicio deberán ser proveídos por el Proveedor durante toda la vigencia del contrato en caso de necesidad de nueva incorporación o de reemplazos.
El Proveedor es responsable del uso adecuado de las instalaciones, equipos, muebles y elementos concedidos para su uso y deberá mantenerlos y entregarlos en las mismas condiciones en que los recibió. A tal efecto se realizará un acta de recepción de los elementos con que cuenta LA GUARDERÍA.
Instalaciones:
El Proveedor podrá utilizar en forma gratuita todas las instalaciones incluyendo los equipos y muebles existentes en LA GUARDERÍA.
El Proveedor tendrá a disposición energía eléctrica y agua sin costo alguno.
La cocina que podrá ser utilizada para el servicio se encuentra en el 1º subsuelo, adyacente al área destinada a LA GUARDERÍA. La provisión de garrafa y gas, así como los demás utensilios necesarios para el cumplimiento del servicio, estarán a cargo del Proveedor.
Equipos:
Durante la ejecución del contrato, se podrá contar con el apoyo parcial de técnicos del BCP a efectos del mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos entregados por parte de la institución. En caso de que no se lograre recuperar los equipos con dicha asistencia, el Proveedor deberá contratar por su cuenta la mano de obra especializada y adquirir los repuestos necesarios para la puesta a punto de los equipos a efectos de su utilización y posterior entrega en buenas condiciones al BCP.
El Proveedor podrá introducir los equipos y utensilios necesarios para la correcta ejecución de sus trabajos. Los mismos deberán estar perfectamente identificados e inventariados en un listado que el Proveedor deberá presentar a la División Bienestar Social y éste al Departamento de Seguridad del BCP.
El personal asignado para el servicio podrá ingresar al BCP de lunes a viernes a partir de las 6:30 horas, y lo hará por el Portón Nº 4, exhibiendo el gafete identificatorio entregado por el Departamento de Seguridad del BCP, de acuerdo al listado de personal proporcionado por el Proveedor a la División de Bienestar Social.
Los proveedores de insumos necesarios para el servicio, con vehículo, ingresarán por el Portón Nº 4 en el horario comprendido entre las 8:00 y las 15:00 horas. El punto de ingreso de los insumos a LA GUARDERÍA será definido por el Departamento de Seguridad.
El Proveedor coordinará con el encargado del servicio de limpieza el retiro diario de la basura fuera del Área de LA GUARDERÍA, para que sea depositada en condiciones higiénicas en el espacio próximo al Portón Nº 10, destinado al efecto.
Servicios de asistencia médica.
El personal del Proveedor deberá estar capacitado en primeros auxilios en niños, a fin de brindar la ayuda básica necesaria e inmediata en casos de accidentes.
También deberá elaborar un protocolo de comunicación en caso de emergencias en coordinación con la División Bienestar Social, el cual deberá estar visible en el recinto de la Guardería.
Ante casos de emergencia y urgencias, el Proveedor podrá utilizar el servicio médico y/o de ambulancia contratado por el BCP y/o bomberos, según corresponda, cuya publicación de los datos para el pronto contacto telefónico deberá prever la Proveedora en la guardería.
En caso de que el BCP organice en su local capacitaciones de prevención de incendios, evacuación, uso de extintor o primeros auxilios, el personal del Proveedor estará obligado a participar de las mismas.
Respecto al personal propuesto se deberá tener en cuenta cuanto sigue:
Planilla de Personal mínimo:
Se detalla a continuación el personal mínimo exigido con el que deberá contar el Proveedor para la ejecución del contrato. La cantidad del personal mínimo deberá aumentar sin costo adicional para el BCP conforme a la cantidad de niños inscriptos en cada Sala, conforme se detalla en el cuadro obrante en el apartado "Salas habilitadas".
Los documentos que acrediten los requisitos mínimos deberán ser presentados en el plazo máximo de 10 (diez) días hábiles desde la suscripción del contrato.
Cantidad mínima |
Personal exigido |
Requisitos mínimos / documentos a presentar por el Proveedor |
1 |
Directora |
|
4 |
Maestras Parvularias para las Salas 1, 2, 3 y Pre Jardín |
|
4 |
Asistentes para las Salas 1, 2, 3 y Pre Jardín |
|
1 |
Licenciada o técnica en Enfermería |
|
1 |
Profesora de Inglés |
|
1 |
Nutricionista |
|
1 |
Cocinera |
|
Reemplazos: Durante la ejecución del contrato, en caso de que el personal deba ausentarse por motivos de salud, vacaciones y/o fuerza mayor, el/la profesional reemplazante deberá reunir los mismos requisitos de la titular a quien va a reemplazar. Ante esta situación, el Proveedor deberá comunicar a la División de Bienestar Social el remplazo, indicando si el cambio es definitivo o temporal y acompañando los documentos de la reemplazante que certifiquen su aptitud para el cargo. Sin pérdida de sus funciones, la Directora podrá reemplazar en situaciones excepcionales a una profesora o una ayudante siempre y cuando se trate de horas o como máximo una semana, en situaciones imprevistas y de fuerza mayor en las que las profesionales no pueden concurrir y cuando las limitaciones de tiempo impidan convocar a las reemplazantes.
El Proveedor podrá reemplazar a su personal contratado durante la vigencia del contrato, con una comunicación de mínima de cinco (5) días hábiles a la División Bienestar Social con las documentaciones que acrediten el cumplimiento de las exigencias originales del Pliego de Bases y Condiciones.
El Proveedor deberá reemplazar a su personal contratado ante la solicitud, sin expresión de causa, de la Contratante, en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles.
Funciones y Responsabilidades del personal:
Directora
Maestras Parvularias
Asistentes
Licenciada o Técnica en Enfermería
Profesora de inglés
Nutricionista
Cocinera
El servicio contratado incluirá los alimentos del Plan Nutricional (media mañana, almuerzo y merienda) para los niños asistentes. Dicho Plan será elaborado por la Nutricionista del Proveedor conforme al Protocolo de Implementación del Programa Alimentario Nutricional (PANI) de la Dirección General del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN) dependiente del Ministerio de Salud y Bienestar Social, considerando la clasificación establecida en el mismo por edad del niño.
El BCP se reserva el derecho de realizar las verificaciones relacionadas a higiene, calidad de los productos utilizados, variación del menú preestablecido, indicando por ejemplo la utilización de las verduras y frutas naturales de estación que más convengan a los pequeños o manteniendo el consumo de las frutas o verduras que, aunque no sean de estación, sean indispensables para la óptima alimentación de los niños. Estos controles se realizarán por la División de Bienestar Social.
La última semana del mes el Proveedor presentará el plan de alimentación correspondiente al mes siguiente, elaborado por la Nutricionista el cual será informado a los padres y a la División Bienestar Social.
En caso de caso de enfermedad que requiera dieta especial el padre deberá comunicar y presentar el certificado médico correspondiente a la Directora.
En caso de intolerancias alimenticias (gluten, fructosa, lactosa) el padre deberá proveer los alimentos necesarios para su hijo.
En caso de que el padre optare por preferencia por otro tipo de alimentos no contemplados en el menú, será responsabilidad de los mismos proveer los alimentos de su preferencia.
Los padres deberán presentar el Certificado Médico del Pediatra de los bebés que inician una alimentación adicional a la leche materna o de fórmula.
La alimentación exclusivamente con leche de fórmula de los niños correrá por cuenta de sus padres, debiendo éstos proveer la leche y los biberones esterilizados que se requieran para su alimentación diaria.
Plan Nutricional Especial (para festividades):
Los alimentos a ser consumidos durante la realización de cumpleaños infantiles serán proveídos por sus padres.
Insumos y procesamiento:
El Proveedor será responsable de la provisión de los insumos a ser utilizados en el servicio, con la antelación requerida a fin de que el servicio no se vea afectado en cuanto a frecuencia y calidad; debiendo respetarse el horario establecido, considerando que se trata de niños habituados al horario indicado.
Todo lo indicado en el Plan Nutricional será elaborado diariamente, en su totalidad en las instalaciones de LA GUARDERÍA, (cocina) ubicada en el 1º Subsuelo del Edificio Centro Cultural. Las instalaciones del BCP no podrán ser utilizadas para preparar alimentos que serán servidos en otros locales a personas extrañas de LA GUARDERÍA.
Así mismo, el Proveedor será responsable de la higiene, salubridad, calidad y cantidad de los alimentos del servicio, así como de la provisión de agua mineral a los niños, durante su permanencia en LA GUARDERÍA. Se debe considerar indefectiblemente la fecha de vencimiento de los productos utilizados. No se permitirá el reciclaje de productos, alimentos y aceites consumidos en días anteriores.
El Proveedor deberá prever todas las medidas necesarias para evitar la propagación de olores, debiendo circunscribirse los mismos al ámbito de la cocina propiamente dicha.
El control del aspecto físico del área de la cocina será realizado por el Departamento de Logística.
El Proveedor deberá contar con todos los utensilios y menajes necesarios para la elaboración, traslado, distribución, y servido de los alimentos.
Horarios:
Los servicios se realizarán aproximadamente en el siguiente horario:
Tareas a ser ejecutadas por el Proveedor en el marco del Plan Nutricional y responsabilidades:
Los padres de los niños usuarios de LA GUARDERÍA deberán proveer los útiles que los niños utilizarán durante el año lectivo.
En el caso que el plazo de prestación del servicio tenga inicio a mediados del año lectivo en curso, el Proveedor adjudicado deberá respetar y mantener la Lista de útiles que fueran ya proveídos por los padres al inicio del mismo.
El Proveedor deberá poner a disposición de los padres la lista de útiles para el año lectivo, para cada nivel, a más tardar en el mes de febrero de cada año.
Es responsabilidad de los padres la provisión de elementos de uso y aseo personal, como ser: pañales, sabanitas, almohaditas y otros elementos necesarios para el buen pasar del niño asistente a LA GUARDERÍA, así mismo del lavado de dichos elementos.
ÍTEM N° 2 - SERVICIO DE COLONIA DE VACACIONES
El Proveedor deberá brindar el servicio de colonia de vacaciones en las siguientes condiciones:
LOCAL: Sede Social y Deportiva del BCP, ubicada en la Av. Choferes del Chaco y Capitán Carpinelli.
INICIO: primera quincena del mes de diciembre de cada año, en la fecha específica a definir por la División Bienestar Social, a ser comunicada al Proveedor.
TIEMPO DE DURACIÓN: 15 días hábiles de cada año.
USUARIOS: hijos de funcionarios de 4 a 10 años. Los cuales deberán ser agrupados por rangos etarios:
CONSIDERACIONES GENERALES
La administración del contrato estará a cargo de la Gerencia de Recursos Humanos, Departamento de Desarrollo Humano a través de la División Bienestar Social.
El Proveedor prestará los servicios profesionales para el funcionamiento de la Colonia de Vacaciones, previéndose la atención integral de los hijos de funcionarios del BCP.
Se estima la asistencia de aproximadamente 70 (setenta) niños. El pago al Proveedor se realizará por niño asistente.
El Proveedor deberá contratar el personal mínimo citado más abajo, cuya cantidad deberá ser ampliada conforme al número de niños inscriptos, sin que ello implique una variación en el precio unitario cotizado en la oferta.
La inscripción de los niños se realizará sin costo en la División Bienestar Social y la lista correspondiente será entregada al Proveedor.
El Profesor de cada grupo tendrá a su cargo la planilla de asistencia diaria de los niños, siendo su responsabilidad disponer que cada padre registre con su firma la llegada y salida de los niños del grupo. Las planillas serán firmadas por el Profesor de cada grupo y por el Coordinador General y serán verificadas por el representante de la División Bienestar Social.
El personal deberá firmar en forma diaria una planilla de asistencia diaria del personal, la cual será verificada por el representante de la División Bienestar Social.
El Proveedor deberá habilitar un Libro de Novedades, el cual se utilizará para el registro de situaciones, indicaciones, eventos y diferentes aspectos del servicio.
HORARIO:
Estará definido de la siguiente manera:
Horario normal: 7:30 horas a 16:30 horas, con una tolerancia de 15 minutos.
Horario excepcional: de 16:45 a 17:30; habilitado únicamente para casos en que el padre o la madre funcionario/a, por motivos exclusivamente laborales no puedan retirar al niño en el horario normal establecido, quienes deberán ajustarse a lo establecido en el Reglamento de la Colonia de Vacaciones. En este horario el Proveedor deberá prever una guardia de profesores o ayudantes que acompañen a los niños.
El Proveedor deberá organizar las actividades en los siguientes horarios:
ACTIVIDADES:
El Proveedor deberá presentar una temática para cada año, alrededor de la cual van a girar todas las actividades a ser realizadas en la Colonia en todos los grupos.
Las actividades de cada grupo, considerando las características evolutivas propias de cada rango etario, deberán tener un enfoque que acompañen y promuevan el desarrollo acorde a cada una de las etapas; promoviendo el trabajo en equipo, la disciplina, el orden, respeto a la naturaleza, la generosidad, la responsabilidad y amabilidad, entre otros valores.
Se deberán contemplar en las actividades: danza, arte, manualidades, música, videos educativos, dinámica de grupos recreativos, deportes y actividades acuáticas, entre otras. Las mismas deberán estar adecuadas a la edad de los niños de cada grupo.
El último día, será el acto de clausura del evento en horario de la tarde a confirmar por la División Bienestar Social.
PERSONAL:
El personal responsable de la puesta en marcha de la Colonia deberá estar formado por un plantel de Profesores y ayudantes idóneos, capacitados, dinámicos y con experiencia en este tipo de trabajo.
La edad del personal propuesto deberá ser preferentemente menor a 45 años.
El Proveedor presentará cada año la nómina del personal y documentos que acrediten la especialidad de cada uno de ellos, con anterioridad al inicio de la Colonia, debiendo estar conformado como mínimo por:
PERSONAL MÍNIMO EXIGIDO |
FUNCIONES MÍNIMAS |
DOCUMENTOS A PRESENTAR POR EL PROVEEDOR |
1 Coordinador General |
|
|
1 Profesor para cada Grupo (1, 2 y 3). En total 3 como mínimo. |
|
|
1 Ayudante para cada grupo (1, 2 y 3). En total 3 como mínimo. |
|
|
1 Profesor/a del área de deportes |
|
|
1 Profesor/a de natación |
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|
1 Profesor/a de danzas |
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|
1 Profesor/a de educación artística (manualidades, arte y música) |
|
|
1 Licenciado/a o Técnico/a en Enfermería
|
|
|
La cantidad de personal deberá ser ampliada por el Proveedor a solicitud del BCP conforme al número de niños inscriptos, sin que ello implique una variación en el precio unitario cotizado en la oferta.
Cada grupo consecuentemente tendrá en forma permanente: un Profesor encargado, con su ayudante y el profesor de la especialidad de la actividad que se desarrolle en dicho momento.
Reemplazos: Durante la ejecución del contrato, en caso de que el personal deba ausentarse por motivos de salud y/o fuerza mayor, la profesional reemplazante deberá reunir los mismos requisitos de la titular a quien va a reemplazar. Ante esta situación, el Proveedor deberá comunicar a la Coordinadora General el remplazo, indicando si el cambio es definitivo o temporal y acompañando los documentos de la reemplazante que certifiquen su aptitud para el cargo. Sin pérdida de sus funciones, la Coordinadora General podrá reemplazar en situaciones excepcionales a una profesora o una ayudante siempre y cuando se trate de horas o como máximo una semana, en situaciones imprevistas y de fuerza mayor en las que las profesionales no pueden concurrir y cuando las limitaciones de tiempo impidan convocar a las reemplazantes.
El Proveedor podrá reemplazar a su personal contratado durante la vigencia del contrato, con una comunicación de mínima de dos (2) días hábiles a la División Bienestar Social con las documentaciones que acrediten el cumplimiento de las exigencias originales del Pliego de Bases y Condiciones.
El Proveedor deberá reemplazar a su personal contratado ante la solicitud, sin expresión de causa, de la Contratante, en el plazo máximo de dos (2) días hábiles.
INSTALACIÓN PROVISTA POR EL BCP
El BCP proporcionará el local de la Sede Social y Deportiva para el desarrollo de la Colonia.
ALIMENTOS A SER SUMINISTRADOS POR EL PROVEEDOR:
El día en que se realice el Acto de Clausura de la Colonia, el Proveedor deberá proveer refrigerio para los asistentes (niños y padres): En la oferta deberán tener en cuenta los siguientes aspectos:
1.- Los jugos serán naturales de frutas de estación y en cantidad abundante.
2.- Cada grupo deberá contar durante todo el día con abundante agua mineral fresca con vasos individuales, asegurando la higiene y protocolos correspondiente., en el lugar donde se hallen realizando sus actividades.
ACTO DE CLAUSURA
UNIFORME
MATERIALES
REGLAMENTO DE LA COLONIA DE VACACIONES
RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL PERSONAL DEL PROVEEDOR
El personal del Proveedor deberá estar capacitado en primeros auxilios en niños, a fin de brindar la ayuda básica necesaria e inmediata en casos de accidentes.
Ante casos de emergencia y urgencias, el Proveedor podrá utilizar el servicio médico y/o de ambulancia contratado por el BCP y/o bomberos, según corresponda, cuya publicación de los datos para el pronto contacto telefónico deberá prever la Proveedora.
CONSIDERACIONES A TENER EN CUENTA POR EL OFERENTE
1.Contratación del personal necesario. |
2. Alimentación 2. a.- Provisión del servicio de alimentos (media mañana, almuerzo y merienda) por quince días hábiles para cada niño. Provisión diaria agua mineral suficiente para distribución constante en vasos desechables. Se estima el requerimiento de 1 bolsa de hielo de 25 kg. por día. 2.b. Prever necesidad de provisión de bolsas de hielo en forma diaria. |
3. Provisión de porta nombres, remeras de colores a cada niño inscripto al inicio de las actividades. |
4. Acto de Clausura 4.a. Provisión para el Acto de Clausura de bocaditos dulces y salados, gaseosas en vasos de 250 ml. 4.b. Provisión de 10 unidades de fotos de la Colonia, en tamaño 10cm x 15 cm, expuestas en paneles. 4.c. Alquiler de equipo de sonido para el acto de clausura, con micrófonos, amplificadores, parlantes y otros accesorios; así como música adecuada al evento. 4.d. Provisión de manteles conforme mobiliario a ser utilizado |
5.- Alquiler de equipo de sonido para el acto de clausura, con micrófonos, amplificadores, parlantes y otros accesorios; así como música adecuada al evento. |
6.- Provisión de pelotas para realizar las clases de deporte: de fútbol (3 unidades), de básquetbol (3 unidades) y de hándbol (3 unidades). |
7.- Provisión de materiales para los trabajos de artes manuales. |
8.- Provisión de kit de Primeros Auxilios estándar. |
9.- Demás provisiones previstas en las especificaciones técnicas. |
CONSIDERACIONES A TENER EN CUENTA PARA EL PAGO
Para el pago de los servicios se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
ÍTEM | DESCRIPCIÓN DEL BIEN/SERVICIO | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD |
1 |
Servicio de Sala Maternal y Guardería Infantil, por niño |
UNIDAD | 1 |
2 | Servicio de Colonia de Vacaciones, por niño | UNIDAD | 1 |
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Descripción |
Lugar de prestación de los servicios |
Plazo de prestación de los servicios |
Plazo total de prestación de los servicios |
Plazo de vigencia del Contrato |
Servicio de sala maternal y guardería infantil (ítem N° 1) y Servicio de colonia de vacaciones (ítem N° 2) |
Ítem N° 1: Edificio Centro Cultural del Banco Central del Paraguay, sito en Av. Federación Rusa y Augusto Roa Bastos, en las salas dispuestas al efecto.
Ítem N° 2: Sede Social y Deportiva del BCP, sito en Av. Choferes del Chaco y Capitán Carpinelli |
Conforme se detalla en la presente Sección para cada ítem. |
El plazo será de 24 (veinticuatro) meses a partir de la fecha que se establezca al efecto en la Orden de Inicio del servicio (a ser emitida por la Gerencia de Recursos Humanos dentro del plazo de 10 días hábiles desde la suscripción del contrato). |
El plazo será de 24 (veinticuatro) meses a partir de la fecha que se establezca al efecto en la Orden de Inicio del servicio (a ser emitida por la Gerencia de Recursos Humanos dentro del plazo de 10 días hábiles desde la suscripción del contrato). |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
La Contratante fiscalizará la ejecución del Contrato a través del área administradora del Contrato. Se verificará que lo ejecutado cumpla a cabalidad con lo establecido en la Sección Suministros Requeridos Especificaciones técnicas y en la Lista de Precios; y se adecuen al Plan de Entrega de los Bienes o Servicios del presente PBC.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Conformidad del área técnica administradora del contrato. |
Nota/Formulario/Providencia/Memorando de conformidad del área técnica. |
Durante la ejecución contractual, de acuerdo al plazo establecido en el Plan de entrega de los bienes o servicios del presente PBC, el área administradora del Contrato emitirá la Nota/Formulario/Providencia/Memorando |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.