Debe contar como mínimo con 3 (tres) elevadores hidráulicos y/o eléctricos con capacidad mínima de 4.5 toneladas cada uno.
ESTAN PIDIENDO DEMASIADO ya que el llamado es reparaciones de motos y vehículos
además un solo proveedor no llevara todos los lotes
solicitamos que se acepte un elevador y/o fosa
ya que cumplen la misma función
Debe contar como mínimo con 3 (tres) elevadores hidráulicos y/o eléctricos con capacidad mínima de 4.5 toneladas cada uno.
ESTAN PIDIENDO DEMASIADO ya que el llamado es reparaciones de motos y vehículos
además un solo proveedor no llevara todos los lotes
solicitamos que se acepte un elevador y/o fosa
ya que cumplen la misma función
El Comando de la Fuerza Aérea posee una flota de vehículos terrestres de gran alcance en el territorio nacional con una gran cantidad de móviles en su haber (entre vehículos livianos, de mediano y gran porte), totalizando 50 vehículos distribuidos en lotes diferentes, dentro del llamado en cuestión. Es por eso que solicitamos que los talleres se adecuen a este requerimiento ya que la convocante requiere una atención preferencial, en tiempo y forma, considerando las múltiples y sensibles misiones que cumple la Fuerza Aérea, como ser la de trasladar víveres, transportar agua a zonas inhóspitas, transporte de personal, cobertura de seguridad, entre otros. Cabe resaltar que, al tiempo de la ejecución del contrato, posterior a la adjudicación, cada Departamento de administración estará enviando su flota completa a las empresas que resulten adjudicadas para la realización de los trabajos establecidos en el PBC, atendiendo a que la planificación de los servicios es independiente y con propia autonomía de los 8 departamentos administrativos solicitantes de la realización del presente proceso. Por lo cual se solicita adecuarse al Pliego de Bases y Condiciones, considerando que es un requisito técnico ineludible, visto y considerando la urgencia impostergable de atención de los medios terrestres con que cuenta la convocante.
La exigencia en cuestión está destinada a calificar la infraestructura del taller, lo que se vincula de forma coherente con la capacidad técnica. Contar con dicha infraestructura, brindará un servicio más eficiente, eficaz y expedito. Por tales razones, se solicita cordialmente a los potenciales oferentes que puedan ajustarse a lo establecido por la convocante en el PBC.
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requisitos
Debe contar con al menos 1 (un) banco de inspección técnica vehicular computarizada (con lectura de gráficos y emisión e impresión de reporte de frenos, alineación y suspensión). Presentar catálogos y especificaciones técnicas de maquinaria. Deberá ser propio del oferente.
este equipo no se justifica la compra ni tener en el taller ya que es un equipo muy costoso y no todos los días se usara
además un sistema de suspensión se revisa en la fosa ,, elevador o piso
solicito que se acepte en forma tercerizado
ya que solo unas pocas empresas lo tienen y eso hace, además están violentando LEY N° 7021 ( Artículo 4°.-d) Igualdad y Libre Competencia:
Debe contar con al menos 1 (un) banco de inspección técnica vehicular computarizada (con lectura de gráficos y emisión e impresión de reporte de frenos, alineación y suspensión). Presentar catálogos y especificaciones técnicas de maquinaria. Deberá ser propio del oferente.
este equipo no se justifica la compra ni tener en el taller ya que es un equipo muy costoso y no todos los días se usara
además un sistema de suspensión se revisa en la fosa ,, elevador o piso
solicito que se acepte en forma tercerizado
ya que solo unas pocas empresas lo tienen y eso hace, además están violentando LEY N° 7021 ( Artículo 4°.-d) Igualdad y Libre Competencia:
Tal maquinaria ayuda a la rápida detección de problemas del tren delantero y trasero en un corto tiempo de estadía en el taller de la empresa adjudicada. Con tal requisito se busca precautelar un diagnóstico certero para realizar un presupuesto de trabajo de cambio de piezas del tren delantero y trasero, que conduzcan a una optimización de los recursos asignados para el objeto del llamado. También de esta manera se evita que el oferente adjudicado saque de su taller los vehículos pertenecientes a la convocante para realizar diagnósticos y/o reparaciones varias de manera tercerizada. Entendemos su sugerencia de que ciertos servicios pueden ser tercerizados a empresas especializadas. Sin embargo, el objetivo de este requerimiento es garantizar que el oferente tenga la capacidad de manejar una amplia gama de problemas internamente, lo que a su vez resultará en reparaciones más rápidas y eficientes, no dependiendo de la disponibilidad de terceros para la satisfacción de las necesidades de la convocante. Esto a su vez PODRÁ precautelar y evitar siniestros con los móviles de la institución. Por lo cual se solicita amablemente a los potenciales oferentes de adecuarse al Pliego de Bases y Condiciones.
La exigencia en cuestión está destinada a calificar la infraestructura del taller, lo que se vincula de forma coherente con la capacidad técnica. Contar con dicha infraestructura, brindará un servicio más eficiente, eficaz y expedito. Por tales razones, se solicita cordialmente a los potenciales oferentes que puedan ajustarse a lo establecido por la convocante en el PBC.
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EQUIPAMIENTO Y HERRAMIENTAS
EQUIPAMIENTO Y HERRAMIENTAS
· Equipo de alineación convencional y/o computarizado.
· Balanceo de ruedas computarizado.
· Torno para rectificación de discos de frenos.
estos equipos no se justifica ya que no se usara todos los días y no dificultara las reparaciones de los vehículos
que se acepte en forma tercerizado ya que solo unas pocas empresas lo tienen y eso hace, además están violentando LEY N° 7021 ( Artículo 4°.-d) Igualdad y Libre Competencia:
EQUIPAMIENTO Y HERRAMIENTAS
· Equipo de alineación convencional y/o computarizado.
· Balanceo de ruedas computarizado.
· Torno para rectificación de discos de frenos.
estos equipos no se justifica ya que no se usara todos los días y no dificultara las reparaciones de los vehículos
que se acepte en forma tercerizado ya que solo unas pocas empresas lo tienen y eso hace, además están violentando LEY N° 7021 ( Artículo 4°.-d) Igualdad y Libre Competencia:
El uso de estas herramientas, son imprescindibles y necesarias para tareas específicas que pueden surgir en el proceso de mantenimiento y reparación. El objetivo de solicitar estas herramientas es asegurar que el taller esté equipado para manejar una gama amplia de tareas sin depender de servicios tercerizados, lo que podría aumentar los tiempos de espera y los costos, los cuales atentan contra los principios de eficiencia en cuanto a la administración efectiva de los recursos del estado.
Entendemos su sugerencia de que ciertos servicios pueden ser tercerizados a empresas especializadas. Sin embargo, el objetivo de este requerimiento es garantizar que el oferente tenga la capacidad de manejar una amplia gama de problemas internamente, lo que a su vez resultará en reparaciones más rápidas y eficientes, no dependiendo de la disponibilidad de terceros para la satisfacción de las necesidades de la convocante. Por lo cual se solicita amablemente a los potenciales oferentes de adecuarse al Pliego de Bases y Condiciones. La exigencia en cuestión está destinada a calificar la infraestructura del taller, lo que se vincula de forma coherente con la capacidad técnica. Contar con dicha infraestructura, brindará un servicio más eficiente, eficaz y expedito. Por tales razones, se solicita cordialmente a los potenciales oferentes que puedan ajustarse a lo establecido por la convocante en el PBC.
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PERSONAL TÉCNICO:
PERSONAL TÉCNICO:
· Contar mínimamente con los siguientes personales técnicos calificados que posean certificados de instituciones de formación autorizadas o reconocidas por el Ministerio de Educación y Ciencias; Ministerio de Justicia y Trabajo o SNPP (Servicio Nacional de Promoción Profesional), o SINAFOCAL (Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral), en las siguientes especialidades:
1 técnico en inyección electrónica diesel.
1 técnico en inyección electrónica naftera.
1 técnico en electricidad del automóvil.
2 técnicos mecánicos automotriz.
1 técnico exclusivo en motores diesel.
1 técnico en autotrónica automotriz módulos I,II,III.
1 técnico en A/A automotriz.
· NO SE CONSIDERARÁ a una misma persona como técnico en más de una especialidad. El personal técnico deberá estar inscripto en el seguro social de IPS del oferente, de manera a justificar que la empresa posee personal suficiente y calificado acorde a la infraestructura y servicios solicitados.
sobre lo que están imponiendo que un personal no tenga mas de una especialización es discriminativo e excluyente, ya que están imponiendo a una persona a no capacitarse y progresar como profesional , hoy en día un profesional del área mecánica tiene que saber varias especializaciones
un mecánico tiene que saber de electrónica, inyección y electricidad para poder repara un vehículo ya que no solo son vehículos convencionales la mayoría son electrónicos
por ejemplo si un vehículo se para en la calle se va un mecánico y descubre que se quemo un fusible el lo puede cambiar no siendo electricista, porque lo que ustedes piden que que si se va el mecánico y descubre que se quemo un fisible el tiene que volvas al taller y ir un electricista a cambiar el fusible
es muy absurdo, inconsistente además de la perdida de tiempo hacer eso
por lo expuesto solicitáramos que se acepte que un técnico tenga mas de dos especializaciones
además respetando la LEY N° 7021 ( Artículo 4°.-d) Igualdad y Libre Competencia:
PERSONAL TÉCNICO:
· Contar mínimamente con los siguientes personales técnicos calificados que posean certificados de instituciones de formación autorizadas o reconocidas por el Ministerio de Educación y Ciencias; Ministerio de Justicia y Trabajo o SNPP (Servicio Nacional de Promoción Profesional), o SINAFOCAL (Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral), en las siguientes especialidades:
1 técnico en inyección electrónica diesel.
1 técnico en inyección electrónica naftera.
1 técnico en electricidad del automóvil.
2 técnicos mecánicos automotriz.
1 técnico exclusivo en motores diesel.
1 técnico en autotrónica automotriz módulos I,II,III.
1 técnico en A/A automotriz.
· NO SE CONSIDERARÁ a una misma persona como técnico en más de una especialidad. El personal técnico deberá estar inscripto en el seguro social de IPS del oferente, de manera a justificar que la empresa posee personal suficiente y calificado acorde a la infraestructura y servicios solicitados.
sobre lo que están imponiendo que un personal no tenga mas de una especialización es discriminativo e excluyente, ya que están imponiendo a una persona a no capacitarse y progresar como profesional , hoy en día un profesional del área mecánica tiene que saber varias especializaciones
un mecánico tiene que saber de electrónica, inyección y electricidad para poder repara un vehículo ya que no solo son vehículos convencionales la mayoría son electrónicos
por ejemplo si un vehículo se para en la calle se va un mecánico y descubre que se quemo un fusible el lo puede cambiar no siendo electricista, porque lo que ustedes piden que que si se va el mecánico y descubre que se quemo un fisible el tiene que volvas al taller y ir un electricista a cambiar el fusible
es muy absurdo, inconsistente además de la perdida de tiempo hacer eso
por lo expuesto solicitáramos que se acepte que un técnico tenga mas de dos especializaciones
además respetando la LEY N° 7021 ( Artículo 4°.-d) Igualdad y Libre Competencia:
Con este requisito en particular precautelamos el servicio de mantenimiento y reparación de los móviles, ya que una sola persona que tenga más de una especialidad puede verse sobrecargado de trabajo y no pueda dar abasto para las reparaciones continuas de los móviles, ya que, por una parte, cada empresa oferente ha de contar con otros clientes del sector público y/o privado. Por otra parte se encuentra la necesidad de atención preferencial a los vehículos objetos de este llamado, por las delicadas misiones asignadas a los mismos, considerando que en el caso de que exista un retraso para la realización de los trabajos, podría resultar como problemas para la convocante, como para el adjudicado, atendiendo a que existen plazos establecidos para la entrega de los trabajos y penalidades para las empresas por incumplimiento de los mismos, es por tal motivo y para no comprometer las reparaciones y el cumplimiento de las tareas asignadas a esta entidad pública, con el fin de evitar reclamos por incumplimiento de trabajos a grandes flotas de vehículos, solicitamos 8 (ocho) personal técnicos especializados en cada área. La exigencia en cuestión está destinada a calificar la infraestructura del taller, lo que se vincula de forma coherente con la capacidad técnica. Contar con dicha infraestructura, brindará un servicio más eficiente, eficaz y expedito. Por tales razones, se solicita cordialmente a los potenciales oferentes que puedan ajustarse a lo establecido por la convocante en el PBC.
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sobre herramienta
Debe contar con al menos 1 (un) banco de inspección técnica vehicular computarizada (con lectura de gráficos y emisión e impresión de reporte de frenos, alineación y suspensión). Presentar catálogos y especificaciones técnicas de maquinaria. Deberá ser propio del oferente. este equipo no se justifica la compra ni tener en el taller ya que es un equipo muy costoso y no todos los días se usara además un sistema de suspensión se revisa en la fosa ,, elevador o piso solicito que se acepte en forma tercerizado ya que solo unas pocas empresas lo tienen y eso hace, además están violentando LEY N° 7021 ( Artículo 4°.-d) Igualdad y Libre Competencia:
Debe contar con al menos 1 (un) banco de inspección técnica vehicular computarizada (con lectura de gráficos y emisión e impresión de reporte de frenos, alineación y suspensión). Presentar catálogos y especificaciones técnicas de maquinaria. Deberá ser propio del oferente. este equipo no se justifica la compra ni tener en el taller ya que es un equipo muy costoso y no todos los días se usara además un sistema de suspensión se revisa en la fosa ,, elevador o piso solicito que se acepte en forma tercerizado ya que solo unas pocas empresas lo tienen y eso hace, además están violentando LEY N° 7021 ( Artículo 4°.-d) Igualdad y Libre Competencia:
Tal maquinaria ayuda a la rápida detección de problemas del tren delantero y trasero en un corto tiempo de estadía en el taller de la empresa adjudicada. Con tal requisito se busca precautelar un diagnóstico certero para realizar un presupuesto de trabajo de cambio de piezas del tren delantero y trasero, que conduzcan a una optimización de los recursos asignados para el objeto del llamado. También de esta manera se evita que el oferente adjudicado saque de su taller los vehículos pertenecientes a la convocante para realizar diagnósticos y/o reparaciones varias de manera tercerizada. Entendemos su sugerencia de que ciertos servicios pueden ser tercerizados a empresas especializadas. Sin embargo, el objetivo de este requerimiento es garantizar que el oferente tenga la capacidad de manejar una amplia gama de problemas internamente, lo que a su vez resultará en reparaciones más rápidas y eficientes, no dependiendo de la disponibilidad de terceros para la satisfacción de las necesidades de la convocante. Esto a su vez PODRÁ precautelar y evitar siniestros con los móviles de la institución. Por lo cual se solicita amablemente a los potenciales oferentes de adecuarse al Pliego de Bases y Condiciones.
La exigencia en cuestión está destinada a calificar la infraestructura del taller, lo que se vincula de forma coherente con la capacidad técnica. Contar con dicha infraestructura, brindará un servicio más eficiente, eficaz y expedito. Por tales razones, se solicita cordialmente a los potenciales oferentes que puedan ajustarse a lo establecido por la convocante en el PBC.