Solicitamos por la presente ampliar la experiencia solicitada en el presente llamado de "EQUIPOS DE MONITOREO Y CONTROL" e incluir adicionalmente productos y materiales telecomunicaciones, seguridad y CCTV y también audiovisuales por contener productos de dicha naturaleza.
Solicitamos por la presente ampliar la experiencia solicitada en el presente llamado de "EQUIPOS DE MONITOREO Y CONTROL" e incluir adicionalmente productos y materiales telecomunicaciones, seguridad y CCTV y también audiovisuales por contener productos de dicha naturaleza.
En atención a la consulta realizada respecto a la ampliación de la experiencia solicitada del llamado en cuestión, se aclara a los potenciales oferentes que el Pliego de Bases y Condiciones ha sido elaborado con base en un estudio técnico exhaustivo realizado por especialistas en el ámbito militar Fluvio-maritimo, específicamente orientado a las necesidades operativas y estratégicas de la Prefectura General Naval. Del mencionado análisis y en base a asesoramiento técnico fueron establecidos los requerimientos técnicos, funcionales y de experiencia, considerando exclusivamente los equipos, tecnologías y soluciones que respondan de forma precisa a las condiciones del entorno operativo y a los objetivos institucionales al cual se proyecta el presente proceso licitatorio.
En este contexto, los criterios de experiencia exigidos han sido establecidos con el propósito de asegurar la idoneidad y la especialización técnica de los oferentes en relación directa con los bienes requeridos. Si bien algunos componentes pueden tener aplicaciones en otras áreas como telecomunicaciones, seguridad, CCTV o audiovisuales, su integración y uso en el presente llamado está enfocada en el marco de una solución específica para defensa y control en el entorno Fluvio-maritimo, razón por la cual no se considera procedente la modificación del Pliego de Bases y Condiciones.
Por lo tanto, se solicita a los potenciales oferentes adecuarse a lo solicitado en el Pliego de bases y condiciones del presente llamado.
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Sistema de Adjudicación
Solicitamos a la convocante considerar la posibilidad de cambiar el sistema de adjudicación, lo que permitiría una mayor participación de oferentes y fomentaría una competencia más justa y equitativa. Esto también podría resultar más beneficiosa para la convocante y para el estado, ya que al modificar se dará participación a varios potenciales oferentes, obteniendo mejores propuestas en cuanto a precios y calidad, optimizando así los recursos públicos disponibles. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante.
Solicitamos a la convocante considerar la posibilidad de cambiar el sistema de adjudicación, lo que permitiría una mayor participación de oferentes y fomentaría una competencia más justa y equitativa. Esto también podría resultar más beneficiosa para la convocante y para el estado, ya que al modificar se dará participación a varios potenciales oferentes, obteniendo mejores propuestas en cuanto a precios y calidad, optimizando así los recursos públicos disponibles. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante.
En atención a la consulta realizada sobre la posibilidad de modificar el sistema de adjudicación establecido en el presente llamado, se aclara que el procedimiento de adjudicación por el total ha sido definido con base en un análisis técnico especializado, considerando la naturaleza integral del sistema requerido, el cual contempla el suministro, instalación y puesta en funcionamiento de un conjunto de componentes interdependientes hardware, software, comunicaciones y seguridad- que deben operar de manera conjunta, segura y sinérgica.
La experiencia técnica disponible y los antecedentes en el ámbito militar Fluvio-maritimo, específicamente en relación con las necesidades operativas de la Prefectura General Naval, han demostrado que la adquisición fragmentada de los componentes puede derivar en incompatibilidades funcionales, dificultades de integración, riesgos de seguridad informática, y demoras en la implementación del sistema, afectando directamente el cumplimiento del objetivo del llamado.
En cuanto al artículo 45 de la Ley N.º 7021/22 citado en la consulta, se aclara que dicho artículo efectivamente promueve la participación amplia de oferentes, pero también condiciona esa apertura a la naturaleza específica del contrato, permitiendo que las bases se ajusten a las particularidades técnicas del objeto de contratación. En este caso, la unidad funcional del sistema requerido y la necesidad de garantizar su operación integral y segura justifican plenamente la modalidad de adjudicación por el total.
Por lo tanto, y conforme a lo expuesto, se solicita a los potenciales oferentes adecuarse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones del presente llamado.
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SISTEMA DE ADJUDICACION
En la parte anexa al llamado publicado, Datos de la Convocatoria en el SICP, sección Adjudicación y Contratos, se solicita: Sistema de Adjudicación: Por Total. Al respecto, solicitamos a la Convocante que sea aceptado el sistema de adjudicación por Ítem, teniendo en cuenta que el llamado dispone de ítems que no son técnicamente dependientes entre si y que existen oferentes que no trabajan con todos los productos ni tienen experiencia comercial y/o técnica en forma conjunta. Permitir la presentación de ofertas por ítem no solo fomentará una mayor participación de oferentes, sino que también garantizará la recepción de propuestas más competitivas y ajustadas a las necesidades de la convocante, sin que ello implique restringir ni disminuir la calidad del proyecto deseado.
En la parte anexa al llamado publicado, Datos de la Convocatoria en el SICP, sección Adjudicación y Contratos, se solicita: Sistema de Adjudicación: Por Total. Al respecto, solicitamos a la Convocante que sea aceptado el sistema de adjudicación por Ítem, teniendo en cuenta que el llamado dispone de ítems que no son técnicamente dependientes entre si y que existen oferentes que no trabajan con todos los productos ni tienen experiencia comercial y/o técnica en forma conjunta. Permitir la presentación de ofertas por ítem no solo fomentará una mayor participación de oferentes, sino que también garantizará la recepción de propuestas más competitivas y ajustadas a las necesidades de la convocante, sin que ello implique restringir ni disminuir la calidad del proyecto deseado.
En atención a la consulta realizada sobre la solicitud de modificar el sistema de adjudicación de "por total" a "por ítem", se aclara que el sistema de adjudicación establecido en el presente llamado responde a la necesidad de contar con una solución integral, coherente y completamente funcional, conforme a los requerimientos técnicos definidos para el presente proceso y su finalidad. Si bien los ítems pueden diferenciarse en cuanto a su naturaleza o función, estos forman parte de un único sistema , cuya implementación debe realizarse de manera conjunta y articulada, para asegurar la interoperabilidad, la compatibilidad técnica y la seguridad de la información, aspectos fundamentales para el uso previsto por la Prefectura General Naval.
La adjudicación fraccionada podría generar importantes riesgos de incompatibilidad entre los componentes, dificultades en la integración de plataformas, y vulnerabilidades en la protección del sistema, particularmente tratándose de equipos que estarán expuestos a entornos críticos y sensibles desde el punto de vista operativo y de ciberseguridad. En ese sentido, es esencial que el desarrollo, instalación y puesta en funcionamiento estén a cargo de un único proveedor, que garantice la coherencia funcional del sistema en su conjunto.
Cabe reiterar que la decisión adoptada se encuentra amparada en lo dispuesto en el Artículo 45 de la Ley N.º 7021/2022, el cual habilita a las convocantes a definir criterios específicos en función de la naturaleza particular del contrato, siempre que ello no implique restricciones injustificadas, lo cual no se configura en este caso, dado el sustento técnico que respalda la modalidad seleccionada.
Por lo tanto, y conforme a lo expuesto, se solicita a los potenciales oferentes adecuarse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones del presente llamado.