Datos de la Verificación
Usuario Verificador
gbarreto
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
17-12-2024 - 12:24
Fecha de Fin
18-12-2024 - 17:29
Estado
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la capacidad técnica podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
Verificado el PBC, observamos que los criterios establecidos podrían resultar limitantes/excluyentes al requerir lo siguiente: 1 ) Experiencia en la elaboración y distribución de platos o raciones de alimentos frescos modalidad
cocinando en instituciones educativas para colectividades públicas o privadas. Demostrar una
experiencia de cinco años en la preparación y suministro de alimentos con un volumen de dos millones
de raciones anuales durante los años 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023.//2 ) Empresa Asentado en el Departamento de Amambay.y Apoyo a los comercios inscripto en Mipymes localizado dentro del Departamento de Amambay.//3 ) Patente Comercial vigente depósito de alimentos.
Registro de Establecimiento vigente - Categoría
17 (Distribuidor) INAN. Certificado de Buenas
Practicas de Almacenamiento BPA - INAN vigente
a la fecha de la presentación de oferta. Todos
estos documentos deben ser del depósito dentro
del Departamento de la Convocante.//4 ) Cantidad de personal inscripto en IPS, se tendrá en cuenta el promedio de los últimos 4 meses la cual
deberá ser igual o mayor a (400) trabajadores asegurados.//5 )
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la experiencia podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
Criterio experiencia: varios requerimientos que han indicado en el apartado mencionado corresponde a la capacidad técnica y además podrían resultar limitantes y/o excluyente, también observamos que la convocante se ha apartado del pliego estándar, es decir, el criterio de experiencia no se ha completado conforme al instructivo del pliego estándar. //
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LOS CONSORCIOS/COASEGUROS
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Se requiere que todos los integrantes del consorcio cumplan con el requisito estalbecido
Descripción
Se solicita que todos los integrantes del consorcio cumplan con el requisito consigando en las bases concursales,
en lugar de permitir que los mismos puedan sumar su (experiencia/ capacidad etc) a los efectos de acreditar el cumplimiento
del requisito establecido. Se solicite que se justifique técnicamente bajo responsabilidad de la Convocante porque el criterio debe mantenerse.
Comentario
ver criterios de capacidad financiera y experiencia.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Se solicita se detallen los datos para la realización de la visita técnica
Descripción
En relación a la visita técnica prevista en el Pliego de Bases y Condiciones/Carta de Invitación, solicitamos se detallen todos los datos necesarios,
conforme a lo dispuesto en el Art. 53 del Decreto 2992/19, como ser fechas, horas y procedimiento, a los efectos de que el Oferente visite e inspeccione
el sitio y sus alrededores, para obtener toda la información que pueda ser necesaria para preparar la oferta.
Comentario
1 ) La fecha y el horario para la visita técnica que han indicado en el SICP y en el PBC difieren entre sí.// 2 ) En visita técnica, específicamente en procedimiento, la convocante solicita que la constancia de visita sea adjuntada con la oferta, al respecto indicamos que dicho documento es formal y no sustancial (puede que dicho requisito sea una condición de participación conforme lo establece el art. 41 de la Resolución DNCP Nº4401/2023 PERO NO IMPLICA QUE EL DOCUMENTO SEA SUSTANCIAL ).//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
Solicitamos a la convocante completar conforme al instructivo que se encuentra en el pliego estándar los puntos que hace referencia a Plazo de reposición de los servicios o suministros (tener en consideración que la modalidad adoptada NO es catering), muestras (Consultamos a la convocante, ¿Cuáles son los criterios de evaluación, calificación y parámetros para medir la calidad de las muestras, y qué tipo de exámenes se realizarán y en qué tiempo?), capacidad técnica (No han indicado en este apartado los documentos a ser considerados para el procedimiento de desayuno/merienda conforme a los criterios establecidos., Criterios de Adjudicación, Temperaturas definidos para insumos alimenticios, plan de entregas de bienes y/o servicios, Equipamiento, utensilios y personal requerido, Personal (la modalidad no es catering), Personal requerido (la modalidad no es adquisición de insumos para la elaboración de almuerzo/cena), indicadores, inspecciones y pruebas, periodo de validez de la garantía de cumplimiento de contrato (unificar criterios ).
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones.
Descripción
Considerando lo normativas legales emanadas desde la DNCP, se solicita remitir la documentación correspondiente.
Comentario
1 ) En el articulo 1 de la Resolución de CONAE mencionan dictamen técnico N°30 de fecha 13 de noviembre, sin embargo no se ha adjuntado dicho documento.// 2 ) Solicitamos adjuntar en la sección de formularios, el Formulario de Ofertas a ser utilizado en procedimiento de contratación de alimentación escolar en el marco del programa hambre cero en las escuelas aprobado mediante Resolución de la DNCP 3682/24.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No realiza la combinación de precios/ o no utiliza 3 precios. Precios referenciales
Descripción
Se recuerda que las Convocantes deberán seleccionar al menos tres precios obtenidos, de la combinación de dos
o más de las opciones disponibles en el anexo de la reglamentación, sin embargo, en el Dictamen remitido no se
observa la fundamentación del porqué no se puede utilizar la combinacion de fuentes para la obtencion del
precio referencial o no se cuenta con la cantidad minima requerida. Se solicita subsanar.
Comentario
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.