LA CONSULTA 6: Solicitamos la inclusión de la siguiente exigencia técnica: Las empresas oferentes deberán presentar Certificación de Calidad ISO 45001:2018, a los efectos de demostrar que posee un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, destinados a proteger a los trabajadores y visitantes de accidentes y enfermedades laborales. La Certificación ISO 45001:2015 es la norma internacional para sistemas de gestión de seguridad y salud en el trabajo, destinada a proteger a los trabajadores y visitantes de accidentes y enfermedades laborales. En el caso que nos ocupa, la Convocante tiene la obligación de garantizar la integridad de las personas, con mayor razón la de personas que ejecutaran los trabajos de limpieza, que en ese proceso se exponen a ambientes o lugares que por estar sucias resultan insalubres. Es así que con la Certificación ISO 45001:2015 la Convocante podrá trazarse como objetivo contratar a empresas que estén comprometidas con la seguridad y salud de sus trabajadores, con sistemas preventivos para evitar accidentes y enfermedades laborales.
MISMO MODO OPERANDI CON EL LLAMADO ID 460799 ….. CONSULTAN, PARA QUE DESPUES SE ADENDE Y SE INCLUYA COMO REQUISITO.
• La Certificación de Calidad ISO 45001:2018, solo dos empresas tienen actualmente. Seria muy injusto, dejar de lados a todas las empresas del RUBRO DE SERVICIO DE LIMPIEZA en el caso que se incluya este punto. Además con solicitar Un técnico en salud y seguridad ocupacional categoría A, que trabaje regularmente dentro de la empresa, ya se cubre este requisito y esta consulta. Que por cierto preocupa mucho al consultante. Es importante acotar que todo lo expresado en esa consulta la cubre el técnico cuyas funciones principales son: encargarse de planificar, organizar y ejecutar acciones para mejorar las condiciones de trabajo y la salud de los empleados. Sus Funciones principales son: Identificar y evaluar riesgos
• Desarrollar planes de seguridad
• Gestionar equipos de protección individual (EPI)
• Formar e informar a los trabajadores sobre los riesgos de sus puestos
• Dirigir actuaciones en casos de emergencia y primeros auxilios
• Comunicar documentos a la Dirección de Salud y Seguridad Ocupacional
• Registrar información
• Planificar acciones preventivas
• Capacitar a los trabajadores en materia de salud ocupacional
LA CONSULTA 6: Solicitamos la inclusión de la siguiente exigencia técnica: Las empresas oferentes deberán presentar Certificación de Calidad ISO 45001:2018, a los efectos de demostrar que posee un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, destinados a proteger a los trabajadores y visitantes de accidentes y enfermedades laborales. La Certificación ISO 45001:2015 es la norma internacional para sistemas de gestión de seguridad y salud en el trabajo, destinada a proteger a los trabajadores y visitantes de accidentes y enfermedades laborales. En el caso que nos ocupa, la Convocante tiene la obligación de garantizar la integridad de las personas, con mayor razón la de personas que ejecutaran los trabajos de limpieza, que en ese proceso se exponen a ambientes o lugares que por estar sucias resultan insalubres. Es así que con la Certificación ISO 45001:2015 la Convocante podrá trazarse como objetivo contratar a empresas que estén comprometidas con la seguridad y salud de sus trabajadores, con sistemas preventivos para evitar accidentes y enfermedades laborales.
MISMO MODO OPERANDI CON EL LLAMADO ID 460799 ….. CONSULTAN, PARA QUE DESPUES SE ADENDE Y SE INCLUYA COMO REQUISITO.
• La Certificación de Calidad ISO 45001:2018, solo dos empresas tienen actualmente. Seria muy injusto, dejar de lados a todas las empresas del RUBRO DE SERVICIO DE LIMPIEZA en el caso que se incluya este punto. Además con solicitar Un técnico en salud y seguridad ocupacional categoría A, que trabaje regularmente dentro de la empresa, ya se cubre este requisito y esta consulta. Que por cierto preocupa mucho al consultante. Es importante acotar que todo lo expresado en esa consulta la cubre el técnico cuyas funciones principales son: encargarse de planificar, organizar y ejecutar acciones para mejorar las condiciones de trabajo y la salud de los empleados. Sus Funciones principales son: Identificar y evaluar riesgos
• Desarrollar planes de seguridad
• Gestionar equipos de protección individual (EPI)
• Formar e informar a los trabajadores sobre los riesgos de sus puestos
• Dirigir actuaciones en casos de emergencia y primeros auxilios
• Comunicar documentos a la Dirección de Salud y Seguridad Ocupacional
• Registrar información
• Planificar acciones preventivas
• Capacitar a los trabajadores en materia de salud ocupacional
Teniendo en cuenta que la presente consulta no tiene relación al contenido de la adenda la convocante y Conforme establece el Art. °50 de la Resolución DNCP N°230 que establece: Cuando se prorrogue el plazo tope de consultas por motivo de una adenda modificatoria de las bases y condiciones, la convocante estará obligada a analizar únicamente las consultas respecto al contenido de la adenda y no sobre lo establecido en las bases originalmente.
La convocante se mantiene en lo establecido en las bases del PBC.
12
Consulta
Solicitamos a la Convocante se incluya un listado y un costo referencial mínimo de los insumos y materiales necesarios para la buena ejecución de los trabajos, teniendo en cuenta que de solicitarse un desglose de las ofertas no se justifique ese punto con un precio irrisorio COMO HACEN ALGUNAS EMPRESAS QUE NI EL SALARIO MÍNIMO PAGAN, a la vez solicitamos que la Convocante imponga UN PBC MAS EXIGENTE DE TAL MANERA A EVITAR QUE PSEUDO EMPRESAS IMPROVISADAS Y AVENTURERAS PUEDAN ACCEDER TAN SIQUIERA A LA POSIBILIDAD DE PRESENTAR OFERTAS SIN REUNIR LAS CONDICIONES LEGALES Y DE PROBADA EXPERIENCIA .
Solicitamos a la Convocante se incluya un listado y un costo referencial mínimo de los insumos y materiales necesarios para la buena ejecución de los trabajos, teniendo en cuenta que de solicitarse un desglose de las ofertas no se justifique ese punto con un precio irrisorio COMO HACEN ALGUNAS EMPRESAS QUE NI EL SALARIO MÍNIMO PAGAN, a la vez solicitamos que la Convocante imponga UN PBC MAS EXIGENTE DE TAL MANERA A EVITAR QUE PSEUDO EMPRESAS IMPROVISADAS Y AVENTURERAS PUEDAN ACCEDER TAN SIQUIERA A LA POSIBILIDAD DE PRESENTAR OFERTAS SIN REUNIR LAS CONDICIONES LEGALES Y DE PROBADA EXPERIENCIA .
Teniendo en cuenta que la presente consulta no tiene relación al contenido de la adenda la convocante y Conforme establece el Art. °50 de la Resolución DNCP N°230 que establece: Cuando se prorrogue el plazo tope de consultas por motivo de una adenda modificatoria de las bases y condiciones, la convocante estará obligada a analizar únicamente las consultas respecto al contenido de la adenda y no sobre lo establecido en las bases originalmente.
La convocante se mantiene en lo establecido en las bases del PBC.
13
CONSULTA
LA CONSULTA 4: Solicitamos la inclusión de la siguiente exigencia técnica: Las empresas oferentes deberán presentar Certificación de Calidad ISO 9001:2015, a los efectos de demostrar que posee un sistema de medición de calidad de su gestión. La exigencia del Certificado ISO 9001:2015: tiene por finalidad contratar a empresas, que implementen un Sistema de Gestión de Calidad, en la prestación de los servicios de limpieza. La importancia del Certificado radica en que el Cliente del servicio a ser prestado, en este caso la Convocante, tenga la garantía y seguridad que los servicios serán prestados cumpliendo estándares mínimos de calidad, en la técnica de limpieza, en la manipulación de las basuras, en la capacitación actualizada de las personas encargadas de la limpieza y supervisión de los trabajos.
MISMO MODO OPERANDI CON EL LLAMADO ID 460799 ….. CONSULTAN, PARA QUE DESPUES SE ADENDE Y SE INCLUYA COMO REQUISITO.
LA CONSULTA 4: Solicitamos la inclusión de la siguiente exigencia técnica: Las empresas oferentes deberán presentar Certificación de Calidad ISO 9001:2015, a los efectos de demostrar que posee un sistema de medición de calidad de su gestión. La exigencia del Certificado ISO 9001:2015: tiene por finalidad contratar a empresas, que implementen un Sistema de Gestión de Calidad, en la prestación de los servicios de limpieza. La importancia del Certificado radica en que el Cliente del servicio a ser prestado, en este caso la Convocante, tenga la garantía y seguridad que los servicios serán prestados cumpliendo estándares mínimos de calidad, en la técnica de limpieza, en la manipulación de las basuras, en la capacitación actualizada de las personas encargadas de la limpieza y supervisión de los trabajos.
MISMO MODO OPERANDI CON EL LLAMADO ID 460799 ….. CONSULTAN, PARA QUE DESPUES SE ADENDE Y SE INCLUYA COMO REQUISITO.
Teniendo en cuenta que la presente consulta no tiene relación al contenido de la adenda la convocante y Conforme establece el Art. °50 de la Resolución DNCP N°230 que establece: Cuando se prorrogue el plazo tope de consultas por motivo de una adenda modificatoria de las bases y condiciones, la convocante estará obligada a analizar únicamente las consultas respecto al contenido de la adenda y no sobre lo establecido en las bases originalmente.
La convocante se mantiene en lo establecido en las bases del PBC.
14
Consulta
En consideración a que en una parte del PBC se establece que 45 personales en forma alternada tendrán libre sábado de por medio, entendemos que no completaran las 48 horas laborales que establece la Ley para el pago del sueldo mínimo, y que figura en la planilla de pago al personal (PBC)
Solicitamos la corrección de dicha planilla y ajuste de acuerdo a la verdadera carga laboral teniendo en cuenta lo antes expuesto (NO SE COMPLETAN LAS 48 HORAS LABORALES POR SEMANA)
De lo contrario se tendrán empleados privilegiados en esta contratación con respecto a los que SI cumplen las 48 horas semanales en las diferentes actividades laborales y por lo tanto creando una confusión importante en lo que la Ley estipula.
Reiteramos la solicitud de corrección y ajustes correspondientes en dicha planilla y así facilitar la competencia justa y transparente para todos los oferentes.
En consideración a que en una parte del PBC se establece que 45 personales en forma alternada tendrán libre sábado de por medio, entendemos que no completaran las 48 horas laborales que establece la Ley para el pago del sueldo mínimo, y que figura en la planilla de pago al personal (PBC)
Solicitamos la corrección de dicha planilla y ajuste de acuerdo a la verdadera carga laboral teniendo en cuenta lo antes expuesto (NO SE COMPLETAN LAS 48 HORAS LABORALES POR SEMANA)
De lo contrario se tendrán empleados privilegiados en esta contratación con respecto a los que SI cumplen las 48 horas semanales en las diferentes actividades laborales y por lo tanto creando una confusión importante en lo que la Ley estipula.
Reiteramos la solicitud de corrección y ajustes correspondientes en dicha planilla y así facilitar la competencia justa y transparente para todos los oferentes.
Se aclara que el proveedor procederá al cálculo del valor hora por la cantidad de horas requeridas en el presente llamado a fin de hallar la estimación de costos de la prestación por día conforme a la cantidad de horas efectivamente requeridas, y ésta multiplicar por 30 (treinta) días a fin de completar el formulario de planilla de pago de personal.
Se aclara que el Pliego estándar: establece claramente que Cuando la convocante, requiera la contratación del servicio con jornadas diarias inferiores al máximo legal vigente, procederá al cálculo del valor hora por la cantidad de horas trabajadas en el día, a fin de hallar la estimación de costos de la prestación por día conforme a la cantidad de horas efectivamente requeridas, y este multiplicarlo por treinta (30) días; manteniéndose la carga del proveedor de ocupar el restante de horas trabajadas de sus dependientes, a fin de alcanzar la jornada máxima de trabajo y abonar el salario mínimo legal vigente de forma mensual.
Los servicios solicitados en cuanto a cantidad de personal y cantidad de horas trabajadas se establecen claramente en el Pliego de Bases y Condiciones.
15
Consulta
Solicitamos a la convocante realice una encuesta o consulta a las empresas formales que invierten en sistemas de control de calidad (ISO) y que posean CERTIFICACIONES EXPEDIDAS POR CONSULTORAS ESTABLECIDAS EN NUESTRO PAIS Y QUE FIGUREN EN EL ONA, de tal manera a que se pueda establecer una competencia justa entre empresas FORMALES y evitar la perdida de tiempo con pseudo empresas que ni siquiera saben que es una certificación ISO.
En el entendimiento de que este es un llamado muy importante.
Solicitamos a la convocante realice una encuesta o consulta a las empresas formales que invierten en sistemas de control de calidad (ISO) y que posean CERTIFICACIONES EXPEDIDAS POR CONSULTORAS ESTABLECIDAS EN NUESTRO PAIS Y QUE FIGUREN EN EL ONA, de tal manera a que se pueda establecer una competencia justa entre empresas FORMALES y evitar la perdida de tiempo con pseudo empresas que ni siquiera saben que es una certificación ISO.
En el entendimiento de que este es un llamado muy importante.
Teniendo en cuenta que la presente consulta no tiene relación al contenido de la adenda la convocante y Conforme establece el Art. °50 de la Resolución DNCP N°230 que establece: Cuando se prorrogue el plazo tope de consultas por motivo de una adenda modificatoria de las bases y condiciones, la convocante estará obligada a analizar únicamente las consultas respecto al contenido de la adenda y no sobre lo establecido en las bases originalmente.
La convocante se mantiene en lo establecido en las bases del PBC.