se solicita a la convocante rever estas certificaciones y eliminarlas: 1- La empresa oferente deberá contar con certificaciones que demuestren experiencia y conocimientos en seguridad de red: NSE 1, NSE 2, NSE 3 Network Security Associate y otros
2- La empresa oferente deberá contar con certificaciones que demuestren experiencia y conocimientos en fundamentos de redes y ciberseguridad: Networking Fundamentals, Certified Associate in Cybersecurity, Certified Fundamentals in Cybersecurity y otros.
3- Personal calificado en Gestión Integral de Proyectos o Scrum Máster
las mismas nO TIENEN NADA QUE VER con el objeto del llamado y solo buscan establecer limitantes. La convocante se debe limitar a solicitar capacidades de los técnicos acordes a licitaciones de la misma envergadura de otros entes públicos en donde NADIE pide lo que se pide aca porque ciberseguridad y otras certificaciones no tienen que ver con El trabajo que se solicita.
se solicita a la convocante rever estas certificaciones y eliminarlas: 1- La empresa oferente deberá contar con certificaciones que demuestren experiencia y conocimientos en seguridad de red: NSE 1, NSE 2, NSE 3 Network Security Associate y otros
2- La empresa oferente deberá contar con certificaciones que demuestren experiencia y conocimientos en fundamentos de redes y ciberseguridad: Networking Fundamentals, Certified Associate in Cybersecurity, Certified Fundamentals in Cybersecurity y otros.
3- Personal calificado en Gestión Integral de Proyectos o Scrum Máster
las mismas nO TIENEN NADA QUE VER con el objeto del llamado y solo buscan establecer limitantes. La convocante se debe limitar a solicitar capacidades de los técnicos acordes a licitaciones de la misma envergadura de otros entes públicos en donde NADIE pide lo que se pide aca porque ciberseguridad y otras certificaciones no tienen que ver con El trabajo que se solicita.
Se aclara que el alcance del llamado abarca no solo el cableado estructurado, sino también la adquisición y configuración de equipos críticos como firewalls, equipos de bordes y puntos de acceso (access points) por parte del proveedor, en donde la correcta configuración de estos dispositivos es fundamental para establecer una red segura y eficiente, protegiendo la información y asegurando la integridad de las comunicaciones. Por lo tanto, consideramos esencial que los oferentes cuenten con personal calificado en la instalación y configuración de estos equipos, así como en la implementación de políticas de seguridad adecuadas. La solicitud de estas exigencias será mantenida para garantizar que la infraestructura tecnológica cumpla con los requerimientos de seguridad necesarios, a fin de evitar vulnerabilidades que puedan comprometer la red y los datos manejados. Remitirse al PBC
2
Ley 5424 / 15 - Falta de Cumplimiento
Observamos con notable preocupación que la convocante no establezca, como requisito principal e irremplazable, que los potenciales oferentes estén habilitados como empresas de seguridad electrónica. Esto lo señalamos considerando que el llamado incluye la provisión de equipos y sistemas de CCTV, como Cámaras de Seguridad IP Tipo Bullet (Ítem 16), Switch de 24 puertos 10/100/1000 POE para la conexión de cámaras (Ítem 18), y Sistema de CCTV Mini con 8 Canales IP (Ítem 22).
Solicitamos a la convocante adecuar las exigencias del llamado, de manera que se requiera que los oferentes estén debidamente habilitados, conforme a los artículos 33, 34 y 35 de la Ley 5424/2015. Recordamos que el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento. Asimismo, dado que el llamado incluye la instalación de los equipos, esta debe ser realizada por una empresa habilitada.
Observamos con notable preocupación que la convocante no establezca, como requisito principal e irremplazable, que los potenciales oferentes estén habilitados como empresas de seguridad electrónica. Esto lo señalamos considerando que el llamado incluye la provisión de equipos y sistemas de CCTV, como Cámaras de Seguridad IP Tipo Bullet (Ítem 16), Switch de 24 puertos 10/100/1000 POE para la conexión de cámaras (Ítem 18), y Sistema de CCTV Mini con 8 Canales IP (Ítem 22).
Solicitamos a la convocante adecuar las exigencias del llamado, de manera que se requiera que los oferentes estén debidamente habilitados, conforme a los artículos 33, 34 y 35 de la Ley 5424/2015. Recordamos que el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento. Asimismo, dado que el llamado incluye la instalación de los equipos, esta debe ser realizada por una empresa habilitada.
Se aclara que la provisión e instalación de los equipos de CCTV se enmarca en un proceso técnico que no involucra la vigilancia activa o la gestión de un sistema de seguridad en tiempo real, actividades reguladas por la Ley 5424/2015. La instalación de estas infraestructuras se enfoca en la conectividad y configuración de redes de cámaras IP y dispositivos asociados, tareas que pueden ser realizadas por empresas de telecomunicaciones o instaladores, no necesariamente habilitadas como empresas de seguridad electrónica.
Exigir dicha habilitación podría limitar la participación de proveedores competentes en la provisión y montaje de infraestructura tecnológica, como empresas de telecomunicaciones o instaladores especializados en redes. El llamado se centra en la instalación técnica de estos equipos, sin implicar actividades de vigilancia activa. Remitirse al PBC
3
Altitud
Se consulta a la convocante el lugar en que irá instalado el equipo, ya que solicita que soporte una Altitud: hasta 10,000 ft (3 km). Teniendo en cuenta que el punto mas elevado del pais es el Cerro Tres Kandu que se encuentra a 842 m s. n. m.
De no ser indispensable este requisito, se solicita a la convocante eliminarlo de manera a evitar direccionamientos innecesarios a ciertas marcas y productos ofertados unicamente por ciertas empresas.
Se consulta a la convocante el lugar en que irá instalado el equipo, ya que solicita que soporte una Altitud: hasta 10,000 ft (3 km). Teniendo en cuenta que el punto mas elevado del pais es el Cerro Tres Kandu que se encuentra a 842 m s. n. m.
De no ser indispensable este requisito, se solicita a la convocante eliminarlo de manera a evitar direccionamientos innecesarios a ciertas marcas y productos ofertados unicamente por ciertas empresas.
Se aclara que la especificación de soportar altitudes de hasta 10,000 ft (3 km) es una característica estándar en la mayoría de los switches disponibles en el mercado, como los de Cisco, Juniper Networks,HPE, MikroTik, Netgear, Aruba, D-Link, entre otros. Por lo tanto, esta especificación no representa una limitación que pueda direccionar o favorecer a ciertas marcas o productos en particular.
Este estándar asegura que el equipo tenga una robustez suficiente para operar en diversas condiciones y facilita la disponibilidad de un rango más amplio de proveedores, permitiendo una competencia justa y abierta en el proceso. En consecuencia, consideramos mantener esta especificación, ya que no afecta la competitividad ni la diversidad de oferentes. Remitirse al PBC
4
Capacidad Nominal UPS
La convocante establece una capacidad nominal para la UPS de "Kva/3000VA/3000W" estableciendose de esta manera 3 requisitos que podrian cumplir : kva, 3000VA y 3000W. Cual de estos 3 valores se debe cumplir?
La convocante establece una capacidad nominal para la UPS de "Kva/3000VA/3000W" estableciendose de esta manera 3 requisitos que podrian cumplir : kva, 3000VA y 3000W. Cual de estos 3 valores se debe cumplir?
Se aclara que debe cumplirse como referencia principal, la potencia aparente de 3000 VA. Remitirse al PBC
5
Factor de Potencia
La convocante establece un requisito de "factor de potencia" para la UPS con un valor exigido "integrado". Este valor es absolutamente erroneo conceptualmente ya que el factor de potencia es la relación entre la potencia real que consume el equipo (en vatios) y la potencia aparente suministrada (en voltio-amperios). Indica cuán eficientemente la UPS utiliza la energía que recibe. Es decir, "integrado" no es un valor aplicable para este requerimiento. Favor corregir las EETT
La convocante establece un requisito de "factor de potencia" para la UPS con un valor exigido "integrado". Este valor es absolutamente erroneo conceptualmente ya que el factor de potencia es la relación entre la potencia real que consume el equipo (en vatios) y la potencia aparente suministrada (en voltio-amperios). Indica cuán eficientemente la UPS utiliza la energía que recibe. Es decir, "integrado" no es un valor aplicable para este requerimiento. Favor corregir las EETT
Se aclara que el término "integrado" se utiliza para referirse a un estándar común en el mercado actual de UPS, donde estos equipos incorporan un factor de potencia de alta eficiencia, generalmente en el rango de 0.9 o superior. En muchas especificaciones de fabricantes de UPS modernas, el factor de potencia se describe como "integrado" para indicar que el equipo está diseñado y optimizado de fábrica para cumplir con estas características sin necesidad de ajustes adicionales. Al tratarse de un criterio estándar en UPS modernas de alta eficiencia, dicho termino no afecta a la competitividad ni la diversidad de oferentes
6
Condiciones de Operación
La convocante establece como condición de operación de la UPS lo siguiente: Trabajando a plena potencia hasta 40 °C (hasta 50 °C con reducción)
Favor aclarar a que potencia plena, es decir KVA, 3000VA O 3000W y a que se refiere con "con reducción"
La especificación técnica que menciona la operación de la UPS a "plena potencia hasta 40 °C (hasta 50 °C con reducción)" se refiere a las condiciones térmicas en las que la UPS puede operar sin comprometer su rendimiento. "Potencia plena" se refiere a la capacidad máxima de la UPS, que es de 3000 VA (3 kVA).
Cuando se menciona "con reducción", se indica que la UPS puede operar a temperaturas más altas (hasta 50 °C), pero con una disminución en su capacidad de carga. Esto se debe a que el aumento de temperatura puede afectar la eficiencia de los componentes, lo que obliga a la UPS a reducir automáticamente la carga máxima para garantizar su fiabilidad y prolongar su vida útil.
Por lo tanto, "con reducción" implica una capacidad disminuida al operar a temperaturas superiores a las óptimas (40 °C), un mecanismo común en las UPS modernas que permite su funcionamiento en condiciones térmicas elevadas. Remitirse al PBC
7
Respecto a la humedad de funcionamiento
La Humedad de funcionamiento declarada por la convocante es de "5 95 % sin condensación" favor aclarar si el valor es correcto y en caso de serlo, en que ambiente se obtiene 595% de humedad
La Humedad de funcionamiento declarada por la convocante es de "5 95 % sin condensación" favor aclarar si el valor es correcto y en caso de serlo, en que ambiente se obtiene 595% de humedad