En el Apartado de Visita Tecnica dice taxativamente, cuanto sigue:
Observacion: La visita es de caracter obligatorio. No se admitira DDJJ de conocer el lugar de obra en reemplazo a la visita
La visita o inspección técnica debe fijarse al menos un (1) día hábil antes de la fecha tope de consulta.
Cuando la convocante haya establecido que será requisito de participación, el oferente que conozca el sitio podrá declarar bajo fe de juramento conocer el sitio y que cuenta con la información suficiente para preparar la oferta y ejecutar el contrato.
En todos los casos, el procedimiento para su realización deberá difundirse en las bases de la contratación.
Las condiciones de participación no deberán ser restrictivas ni limitativas.
Consulta: Como se puede entender una ambieguedad de esta manera, donde previamente se obliga al proveedor a participar de la Visita Tenica, donde dice que no se aceptaran Declaraciones Juradas de conocer el sitio de obras, y sin embargo el mismo pliego estandar realizada por la Direcccion NAcional de Contrataciones Publicas, hace mencion que cuando la Convocante requiera como obligacion la participacion, los proveedores pueden presentar Declaracion Jurada.
Considero que la Convocante bajo el pretexto de garantizar que los proveedores reconoscan el sitio de obras y realicen sus consultas dentro del plazo establecido, por si surgieran consultas y observaciones a las Especificaciones Tecnicas y Planilla de Precios, de manera a estar de acuerdo con el Pliego y que asi mismo, no se realicen protestas posteriores, no hace mas que constantemente limitar y restringir la participacion de los potenciales oferentes. La Ley y su decreto preeve mecanismos especificos para que el oferente una vez presentada la oferta, acepte todas las condiciones, porque generar dobles o triples filtros a algo tan simple? si el oferente presente su oferta es porque se encuentra a conocimiento de las directrices de la ley, en el mismo formulario de oferta lo dice claramente.
Solicito a la Convocante, tenga a bien aclarar, si en caso de no participar de la visita tecnica, no se podran presentar ofertas calificables para una eventual adjudicacion.
En el Apartado de Visita Tecnica dice taxativamente, cuanto sigue:
Observacion: La visita es de caracter obligatorio. No se admitira DDJJ de conocer el lugar de obra en reemplazo a la visita
La visita o inspección técnica debe fijarse al menos un (1) día hábil antes de la fecha tope de consulta.
Cuando la convocante haya establecido que será requisito de participación, el oferente que conozca el sitio podrá declarar bajo fe de juramento conocer el sitio y que cuenta con la información suficiente para preparar la oferta y ejecutar el contrato.
En todos los casos, el procedimiento para su realización deberá difundirse en las bases de la contratación.
Las condiciones de participación no deberán ser restrictivas ni limitativas.
Consulta: Como se puede entender una ambieguedad de esta manera, donde previamente se obliga al proveedor a participar de la Visita Tenica, donde dice que no se aceptaran Declaraciones Juradas de conocer el sitio de obras, y sin embargo el mismo pliego estandar realizada por la Direcccion NAcional de Contrataciones Publicas, hace mencion que cuando la Convocante requiera como obligacion la participacion, los proveedores pueden presentar Declaracion Jurada.
Considero que la Convocante bajo el pretexto de garantizar que los proveedores reconoscan el sitio de obras y realicen sus consultas dentro del plazo establecido, por si surgieran consultas y observaciones a las Especificaciones Tecnicas y Planilla de Precios, de manera a estar de acuerdo con el Pliego y que asi mismo, no se realicen protestas posteriores, no hace mas que constantemente limitar y restringir la participacion de los potenciales oferentes. La Ley y su decreto preeve mecanismos especificos para que el oferente una vez presentada la oferta, acepte todas las condiciones, porque generar dobles o triples filtros a algo tan simple? si el oferente presente su oferta es porque se encuentra a conocimiento de las directrices de la ley, en el mismo formulario de oferta lo dice claramente.
Solicito a la Convocante, tenga a bien aclarar, si en caso de no participar de la visita tecnica, no se podran presentar ofertas calificables para una eventual adjudicacion.