Se cuentan con los datos de la siniestralidad del último contrato inmediato, el mismo es de dos años. Se encuentra publicado en Documentos anexos posición nro. 15.
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Siniestralidad
Item1: Favor aclarar la distribución de suma asegurada, en donde menciona solo el monto en general no así el desglose de sumas aseguradas por ubicación. Lo mismo aplica para el contenido.
Sobre el Ítem 2: Aclarar el monto a que ubicación corresponde.
Item3: Aclarar las sumas aseguradas y la cantidad de vehículos asegurados.
Item1: Favor aclarar la distribución de suma asegurada, en donde menciona solo el monto en general no así el desglose de sumas aseguradas por ubicación. Lo mismo aplica para el contenido.
Sobre el Ítem 2: Aclarar el monto a que ubicación corresponde.
Item3: Aclarar las sumas aseguradas y la cantidad de vehículos asegurados.
RESPUESTA DE LOS ITEMS 1 Y 2: La distribución de las sumas aseguradas, se encuentran desglosadas en cada archivo publicado en documentos anexos y se encuentran desglosados por la naturaleza de los equipos y sus ubicaciones en el caso de materiales en depósito cuenta con una sola ubicación. En cuanto a las torres y mástiles se requiere la cobertura por eventos y no por ubicación.
Favor remitirse a cada resumen de capital por ítem ya que se encuentra en el capital de cobertura el desglose solicitado.
RESPUESTA AL ÍTEM 3: La cantidad de vehículos a ser aseguradas es de 48, que también se encuentran publicadas en documentos anexos con el costo respectivo que varía conforme a las características de cada bien y sobre sus costos cada aseguradora aplica su tasa respectiva al momento de cotizar.
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Consulta al PBC, Capacidad Financiera - Margen de Solvencia.
SOLICITAMOS A LA CONVOCANTE MODIFICAR LAS CONDICIONES FINANCIERAS QUE PERMITAN MAYOR PARTICIPACIÓN DE OFERENTES CONSIDERANDO LOS SIGUIENTES VALORES: Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerara el siguiente índice:
1. Margen de solvencia: El coeficiente del margen de solvencia deberá ser como minino igual o superior a 1,00 al cierre de 30/06/2023.
Proponemos modificar el PBC para que permita a la convocante contar con mayor cantidad de posibles oferentes, dado el carácter eminentemente restrictivo de la capacidad fijada en el PBC, en las condiciones actuales de participación la convocante limita la participación y muy pocas aseguradoras podrán participar y presentar ofertas, lo cual encarecería el servicio a la institución.
Modificar las bases en el sentido solicitado no causará ningún perjuicio a la institución, permitirá una mayor participación, competencia, mejor precio, manteniendo a salvo las garantías de una cobertura adecuada con solvencia y capacidad necesaria para atender y resguardar los bienes de la convocante.
12-03-2025
14-03-2025
Consulta al PBC, Capacidad Financiera - Margen de Solvencia.
SOLICITAMOS A LA CONVOCANTE MODIFICAR LAS CONDICIONES FINANCIERAS QUE PERMITAN MAYOR PARTICIPACIÓN DE OFERENTES CONSIDERANDO LOS SIGUIENTES VALORES: Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerara el siguiente índice:
1. Margen de solvencia: El coeficiente del margen de solvencia deberá ser como minino igual o superior a 1,00 al cierre de 30/06/2023.
Proponemos modificar el PBC para que permita a la convocante contar con mayor cantidad de posibles oferentes, dado el carácter eminentemente restrictivo de la capacidad fijada en el PBC, en las condiciones actuales de participación la convocante limita la participación y muy pocas aseguradoras podrán participar y presentar ofertas, lo cual encarecería el servicio a la institución.
Modificar las bases en el sentido solicitado no causará ningún perjuicio a la institución, permitirá una mayor participación, competencia, mejor precio, manteniendo a salvo las garantías de una cobertura adecuada con solvencia y capacidad necesaria para atender y resguardar los bienes de la convocante.
Las calificaciones y los márgenes de solvencia son indicadores de aspecto calificativos y regulatorios, pues dichos márgenes no nacen de una intención como convocante de reducir la competencia, sino de conocer las capacidades de las compañías aseguradoras para absorber los siniestros e imprevistos de los bienes y patrimonios que pretendemos asegurar.
Como convocante utilizamos los parámetros establecidos oficialmente para la regulación de la provisión de seguros. Dado los capitales a ser asegurados en el presente llamado y en atención a que la restricción que menciona, no son más que márgenes previstos y regulados por el BCP, es imposible excluir las calificaciones y márgenes de solvencia como requisitos ya que los mismos no solo nos permiten conocer sus capacidades sino también sus tendencias.
La ley de seguros y la superintendencia de seguros, han otorgado parámetros de suscripción de riesgos, capitales que permitan operar en las ramas de vida y patrimoniales y reservas que el asegurador debe tener para `prever la siniestralidad, los riesgos en curso y la falta de cobro en las primas.
Por lo mismo no es posible realizar modificaciones al PBC, ya que nos encontramos ante capitales a ser asegurados que requieren de un nivel determinado de calificación y solvencia.
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Consideracion sobre la Capacidad Financiera, Especificamente sobre el Margen de Solvencia
1. Margen de solvencia: El coeficiente del margen de solvencia deberá ser como minino igual o superior a 1,00 al cierre de 30/06/2023.
Este pedido lo hago a fin de tener una mayor oportunidad de participación a algunos llamados referenciales, como este
18-03-2025
20-03-2025
Consideracion sobre la Capacidad Financiera, Especificamente sobre el Margen de Solvencia
1. Margen de solvencia: El coeficiente del margen de solvencia deberá ser como minino igual o superior a 1,00 al cierre de 30/06/2023.
Este pedido lo hago a fin de tener una mayor oportunidad de participación a algunos llamados referenciales, como este
No es posible realizar consideraciones sobre las cuestiones regladas por el BCP y establecidas en pliegos estándares de la DNCP.
Los margenes de solvencia responden al capital a ser asegurado. En cuanto a los cierres, el mismo es una regulación que deben cumplir anualmente todas las aseguradoras, basado no solo en los pliegos estándares, sino en el principio de legalidad es imposible dejar de considerar el ultimo cierre que corresponde al 30-06-2024.