Consulta:
En los Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica solicitan: Autorización del fabricante: (**) *Carta Poder otorgada por el fabricante, debidamente legalizada y consularizado, para comercializar el producto ofertado, inscripta en el registro público de comercio o Autorización del Representante y/o Distribuidor Autorizado por el Fabricante demostrando la cadena de autorizaciones hasta el Fabricante
Al respecto, solicitamos que dicha formalidad de carta legalizada y/o consularizada sea establecida como OPCIONAL, habilitando la presentación a los oferentes de copias autenticadas de las autorizaciones emitidas por medio de documentos electrónicos por los fabricantes de los ítems a ofertar y otorgando en ese caso a la Convocante opciones (como ser código QR por ejemplo) a efectos que pueda validar el documento también en forma electrónica, sin que las mismas deban encontrarse apostilladas, legalizadas y o consularizadas. La solicitud la fundamos en la Ley Nº 6822 / DE LOS SERVICIOS DE CONFIANZA PARA LAS TRANSACCIONES ELECTRÓNICAS, DEL DOCUMENTO ELECTRÓNICO Y LOS DOCUMENTOS TRANSMISIBLES ELECTRÓNICOS, que otorga validez legal a tales tipos de documentos y resultando la forma usual de emisión actualmente de los fabricantes del exterior