Se solicita respetuosamente a la convocante a organizar una visita tecnica, con el fin de cotizar de la mejor forma lo que refiere a la instalacion de los equipos, asi como la integracion de todo el sistema.
Se solicita respetuosamente a la convocante a organizar una visita tecnica, con el fin de cotizar de la mejor forma lo que refiere a la instalacion de los equipos, asi como la integracion de todo el sistema.
Agradecemos su interés en participar en este proceso licitatorio. Entendemos la importancia de una visita técnica, sin embargo, debido a los ajustados plazos de contratación, así también el edificio de la sede central donde se colocarán los relojes se encuentra en construcción, no será posible realizar una visita al sitio. En tal sentido solicitamos a los oferentes ajustarse a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones.
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-MULTA
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección “Condiciones Contractuales”,Porcentaje de Multa, se establece que: “El valor del porcentaje de multas que será aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes será de: El valor de las multas será: 1 % por cada día de atraso en la entrega de los bienes.“ Al respecto, y considerando el porcentaje establecido como interés moratorio 0,10 % (cero coma diez por ciento) por cada día de atraso en el pago por parte de la Contratante, solicitamos a la convocante la reducción del porcentaje de multa a ser aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes; estableciendo un porcentaje no superior al 0.5%, de manera a establecer y mantener en los términos y ejecución del correspondiente contrato el principio de reciprocidad entre las partes.
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección “Condiciones Contractuales”,Porcentaje de Multa, se establece que: “El valor del porcentaje de multas que será aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes será de: El valor de las multas será: 1 % por cada día de atraso en la entrega de los bienes.“ Al respecto, y considerando el porcentaje establecido como interés moratorio 0,10 % (cero coma diez por ciento) por cada día de atraso en el pago por parte de la Contratante, solicitamos a la convocante la reducción del porcentaje de multa a ser aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes; estableciendo un porcentaje no superior al 0.5%, de manera a establecer y mantener en los términos y ejecución del correspondiente contrato el principio de reciprocidad entre las partes.
La convocante considera adecuado los porcentajes establecidos, asimismo, cabe mencionar que todos los procesos licitatorios del MADES cuentan con los porcentajes mencionados, por lo que solicitados ajustarse a las directrices establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
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ESPECIFICACIONES TECNICAS
Ítem 1 y 2: Dado que ya se encuentra especificada la capacidad de almacenamiento para rostros, palmas, huellas y tarjetas (6.000 rostros, 3.000 palmas, 6.000 huellas y 10.000 tarjetas), consideramos que resulta innecesario especificar las características de hardware, como "900MHz Dual Core CPU, Memoria 512MB RAM / 8G Flash". Estas especificaciones no afectan el rendimiento del equipo siempre que cuente con la capacidad requerida. Además, dado que los equipos utilizan distintos sistemas operativos, los cuales gestionan el uso de la RAM de manera diferente, esta característica podría limitar la participación de equipos que cumplen con todas las funcionalidades necesarias para su uso adecuado. Por ello, solicitamos su eliminación, pues limita la participación de potenciales oferentes al limitar de tal forma en este llamado.
Recalcamos que de no abrir la posibilidad de mayor participación de oferentes, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) estaría incurriendo en una temeraria violación de la ley 7021 en el artículo Artículo 45.- Pliegos de Bases y Condiciones Inciso En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante.
Ítem 1 y 2: Dado que ya se encuentra especificada la capacidad de almacenamiento para rostros, palmas, huellas y tarjetas (6.000 rostros, 3.000 palmas, 6.000 huellas y 10.000 tarjetas), consideramos que resulta innecesario especificar las características de hardware, como "900MHz Dual Core CPU, Memoria 512MB RAM / 8G Flash". Estas especificaciones no afectan el rendimiento del equipo siempre que cuente con la capacidad requerida. Además, dado que los equipos utilizan distintos sistemas operativos, los cuales gestionan el uso de la RAM de manera diferente, esta característica podría limitar la participación de equipos que cumplen con todas las funcionalidades necesarias para su uso adecuado. Por ello, solicitamos su eliminación, pues limita la participación de potenciales oferentes al limitar de tal forma en este llamado.
Recalcamos que de no abrir la posibilidad de mayor participación de oferentes, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) estaría incurriendo en una temeraria violación de la ley 7021 en el artículo Artículo 45.- Pliegos de Bases y Condiciones Inciso En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante.
Agradecemos su observación sobre las especificaciones técnicas del equipo. Comprendemos su preocupación respecto a la potencial limitación de la participación de oferentes debido a los requisitos de hardware detallados.
Las especificaciones técnicas solicitadas han sido cuidadosamente seleccionadas para garantizar el óptimo desempeño del equipo y asegurar que cumpla con los requerimientos del proyecto, especialmente en términos de capacidad de procesamiento de datos y almacenamiento. Estos componentes son fundamentales para garantizar la fluidez en el registro de usuarios y la seguridad de la información, especialmente en situaciones de corte de energía.
Numerosas empresas del sector cumplen con los criterios establecidos, los cuales son comunes en licitaciones públicas que buscan garantizar la calidad y evitar la precarización del servicio. Las bases del concurso no serán modificadas para acomodar las particularidades de una empresa en específico, por lo tanto, se mantiene lo establecido en el PBC.
4
PLAZO DE ENTREGA DE LOS BIENES
Solicitamos respetuosamente a la convocante considerar una ampliación del plazo para la entrega de los bienes, de modo que se establezca un mínimo de 40 días a partir de la firma del contrato. Esto se fundamenta en que los accesorios son productos importados y, dadas las circunstancias actuales del comercio exterior y la logística internacional, resulta difícil garantizar un transporte más ágil.
Solicitamos respetuosamente a la convocante considerar una ampliación del plazo para la entrega de los bienes, de modo que se establezca un mínimo de 40 días a partir de la firma del contrato. Esto se fundamenta en que los accesorios son productos importados y, dadas las circunstancias actuales del comercio exterior y la logística internacional, resulta difícil garantizar un transporte más ágil.
La convocante considera adecuada la cantidad de días estipulados en el PBC, se debe tener en cuenta los ajustados plazos de contratación, por lo que con 40 días el plazo se extendería a enero del año próximo, por lo que solicitamos ajustarse a las directrices establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
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EXPERIENCIA REQUERIDA
En el apartado de experiencia requerida, punto 2. Experiencia El oferente deberá contar con 3 (tres) años de experiencia como mínimo en la Provisión e Instalación de Relojes Marcadores Biométricos. Solicitamos que este sea modificado de la siguiente manera: El oferente deberá contar con 3 (tres) años de experiencia como mínimo en la Provisión e Instalación de Relojes Marcadores Biométricos y/o equipos de seguridad electrónica similares. Esto teniendo en cuenta que el presente llamado consiste en adquisición de una tecnología de seguridad electrónica y basándonos en la Ley 7021 en el artículo Artículo 45.- Pliegos de Bases y Condiciones Inciso En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante.
Solicitamos respetuosamente sea modificado dicho punto en el PBC con el fin de no limitar la participación a potenciales oferentes.
En el apartado de experiencia requerida, punto 2. Experiencia El oferente deberá contar con 3 (tres) años de experiencia como mínimo en la Provisión e Instalación de Relojes Marcadores Biométricos. Solicitamos que este sea modificado de la siguiente manera: El oferente deberá contar con 3 (tres) años de experiencia como mínimo en la Provisión e Instalación de Relojes Marcadores Biométricos y/o equipos de seguridad electrónica similares. Esto teniendo en cuenta que el presente llamado consiste en adquisición de una tecnología de seguridad electrónica y basándonos en la Ley 7021 en el artículo Artículo 45.- Pliegos de Bases y Condiciones Inciso En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante.
Solicitamos respetuosamente sea modificado dicho punto en el PBC con el fin de no limitar la participación a potenciales oferentes.
En este caso el llamado no corresponde a instalación de sistema de CCTV por el cual no aplica dicha capacidad técnica, favor ceñirse a lo estipulado en el PBC.
6
HABILITACION POLICIA NACIONAL
Solicitamos respetuosamente con la Ley de Respaldo, que la convocante, en uso de sus atribuciones y en cumplimiento con las leyes vigentes, solicite a los oferentes demostrar la capacidad técnica, de estar debidamente habilitados, como empresa de Seguridad Electrónica.
Para lo cual, es requerido el requisito documental de presentar la Habilitación como Empresa de Seguridad Electrónica, vigente al momento de la presentación documental de ofertas, ya que al ser una ley vigente desde el año 2015, no puede obviarse la vigencia de la misma, puesto que toda empresa que trabaja legalmente en el rubro de la seguridad electrónica, debe habilitarse previamente al ofrecimiento de una propuesta o de un servicio en el marco de la misma.
Hacemos esta solicitud, considerando que entendemos que la Convocante debe honrar y cumplir lo establecido en las leyes vigentes, y ha de respetar su cumplimiento tal y como establece la Ley Nº 5424/15 la cual regula la prestación de servicios de vigilancia y seguridad de las personas y de bienes patrimoniales en el ámbito de la Seguridad estableciendo con Claridad cuanto sigue.
SECCION VI
DE LA CLASIFICACIÓN Y TIPOS DE SISTEMAS DE SEGURIDAD
Artículo 32.- Clasificación de sistemas electrónicos de seguridad.
a) Sistemas de detención y alarmas:
1. Intrusos
2. Robo
3. Asalto
4. Incendio
**b) SISTEMA DE CONTROL DE ACCESO**
c) Sistemas de vigilancia por circuito cerrado de televisión (CCTV).
d) Sistema de anti-hurto.
Así también parte del Artículo 54 de la Resolución Nº2. Reza;
El sentido de los programas de formación capacitación y adiestramiento del personal de seguridad privada, se orientará exclusivamente en el concepto de la prevención más que la reacción en ese contexto, el alcance de los programas se limitará a los siguientes temas:
a) Seguridad Privada
b) Normas legales aplicables a la seguridad privada (Constitución Nacional, Código Civil y Código Penal)
c) Ley Nro. 4036/10 de Armas de Fuego
d) Primeros Auxilios
e) Seguridad Personal y de Instalaciones
f) Conocimiento de Armas y tiro. Las implicancias de su uso
g) Ética profesional
h) Defensa Personal
i) Prevención y extinción de incendios
j) Instalación y manejo de equipos electrónicos
k) Instalación y manejo de equipos de detección y extinción de incendios
l) Funcionamiento y manejo de centrales de monitoreo
m) Normas mínimas de seguridad para el transporte de valores
Así como rezan los demás artículos que hacen referencia a dicha habilitación y obligatoriedad a toda empresa que desee comercializar o prestar servicios de seguridad electrónica en todo el territorio de la Republica del Paraguay, para lo cual debe estar debidamente habilitada para ofrecer o trabajar en dicho rubro, para asi también, dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Contrataciones Públicas vigente y la Constitución Nacional, en cuanto a la igualdad de condiciones, habiendo cumplido con los requerimientos que la ley establece. Sera Justicia.
Solicitamos respetuosamente con la Ley de Respaldo, que la convocante, en uso de sus atribuciones y en cumplimiento con las leyes vigentes, solicite a los oferentes demostrar la capacidad técnica, de estar debidamente habilitados, como empresa de Seguridad Electrónica.
Para lo cual, es requerido el requisito documental de presentar la Habilitación como Empresa de Seguridad Electrónica, vigente al momento de la presentación documental de ofertas, ya que al ser una ley vigente desde el año 2015, no puede obviarse la vigencia de la misma, puesto que toda empresa que trabaja legalmente en el rubro de la seguridad electrónica, debe habilitarse previamente al ofrecimiento de una propuesta o de un servicio en el marco de la misma.
Hacemos esta solicitud, considerando que entendemos que la Convocante debe honrar y cumplir lo establecido en las leyes vigentes, y ha de respetar su cumplimiento tal y como establece la Ley Nº 5424/15 la cual regula la prestación de servicios de vigilancia y seguridad de las personas y de bienes patrimoniales en el ámbito de la Seguridad estableciendo con Claridad cuanto sigue.
SECCION VI
DE LA CLASIFICACIÓN Y TIPOS DE SISTEMAS DE SEGURIDAD
Artículo 32.- Clasificación de sistemas electrónicos de seguridad.
a) Sistemas de detención y alarmas:
1. Intrusos
2. Robo
3. Asalto
4. Incendio
**b) SISTEMA DE CONTROL DE ACCESO**
c) Sistemas de vigilancia por circuito cerrado de televisión (CCTV).
d) Sistema de anti-hurto.
Así también parte del Artículo 54 de la Resolución Nº2. Reza;
El sentido de los programas de formación capacitación y adiestramiento del personal de seguridad privada, se orientará exclusivamente en el concepto de la prevención más que la reacción en ese contexto, el alcance de los programas se limitará a los siguientes temas:
a) Seguridad Privada
b) Normas legales aplicables a la seguridad privada (Constitución Nacional, Código Civil y Código Penal)
c) Ley Nro. 4036/10 de Armas de Fuego
d) Primeros Auxilios
e) Seguridad Personal y de Instalaciones
f) Conocimiento de Armas y tiro. Las implicancias de su uso
g) Ética profesional
h) Defensa Personal
i) Prevención y extinción de incendios
j) Instalación y manejo de equipos electrónicos
k) Instalación y manejo de equipos de detección y extinción de incendios
l) Funcionamiento y manejo de centrales de monitoreo
m) Normas mínimas de seguridad para el transporte de valores
Así como rezan los demás artículos que hacen referencia a dicha habilitación y obligatoriedad a toda empresa que desee comercializar o prestar servicios de seguridad electrónica en todo el territorio de la Republica del Paraguay, para lo cual debe estar debidamente habilitada para ofrecer o trabajar en dicho rubro, para asi también, dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Contrataciones Públicas vigente y la Constitución Nacional, en cuanto a la igualdad de condiciones, habiendo cumplido con los requerimientos que la ley establece. Sera Justicia.
Lo requerido en la consulta no aplica, ya que en este caso el llamado no corresponde a instalación de sistema de CCTV, por lo que no aplica la capacidad técnica mencionada, por lo que solicitados ajustarse a las directrices establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.