Contribuyentes de IRE GENERAL: Deberán cumplir con el siguiente parámetro: Donde dice: a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente.
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los 3 años (2020, 2021 y 2022).
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total.
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, de los 3 años (2020, 2021 y 2022).
Solicitamos: Son criterios que no pueden ser visto de manera aislada, ya que es importante considerar la identificación de los estándares de Endeudamiento del sector en el que se desempeña, así como también las inversiones para desarrollar de nuestro sector. Estos puntos puede ser parámetro importante para determinados tipos de procesos licitatorios que requieren fuertes cantidades de inversión inicial y/o la entrega de anticipos por parte del Estado para el inicio de obras. Ante lo mencionado, solicitamos la consideración de modificar el “Ratio de liquidez a igual o mayor a 0,97 y Nivel de Endeudamiento a no deberá ser mayor 0,94” . Si bien entendemos que los números de ratios financieros, son estándares establecidos por la DNCP, y en varias consultas realizadas a la DNCP nos mencionan que son solo niveles "sugeridos" por la misma y por ende cambiarlos queda a cargo de la convocante. A nuestro criterio, realizar esta modificación dará la oportunidad de participar en esta Licitación a más oferentes, con beneficio directo para la Entidad ya que garantizará la posibilidad de obtener los mejores
14-10-2024
18-10-2024
Contribuyentes de IRE GENERAL: Deberán cumplir con el siguiente parámetro: Donde dice: a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente.
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los 3 años (2020, 2021 y 2022).
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total.
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, de los 3 años (2020, 2021 y 2022).
Solicitamos: Son criterios que no pueden ser visto de manera aislada, ya que es importante considerar la identificación de los estándares de Endeudamiento del sector en el que se desempeña, así como también las inversiones para desarrollar de nuestro sector. Estos puntos puede ser parámetro importante para determinados tipos de procesos licitatorios que requieren fuertes cantidades de inversión inicial y/o la entrega de anticipos por parte del Estado para el inicio de obras. Ante lo mencionado, solicitamos la consideración de modificar el “Ratio de liquidez a igual o mayor a 0,97 y Nivel de Endeudamiento a no deberá ser mayor 0,94” . Si bien entendemos que los números de ratios financieros, son estándares establecidos por la DNCP, y en varias consultas realizadas a la DNCP nos mencionan que son solo niveles "sugeridos" por la misma y por ende cambiarlos queda a cargo de la convocante. A nuestro criterio, realizar esta modificación dará la oportunidad de participar en esta Licitación a más oferentes, con beneficio directo para la Entidad ya que garantizará la posibilidad de obtener los mejores
Se sugiere ajustarse a lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones.
Esta convocante considera que el requerimiento de endeudamiento establecido en el Pliego de Bases y Condiciones es razonable, ya que exige que los oferentes acrediten en forma fehaciente su capacidad financiera a fin de ejecutar el contrato requerido.
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Planilla de precios Item 2 Edificio Estrella 443 esq. Alberdi
validamos que existe un error de tipeo en el monto referencial del ITEM 2 Edificio Estrella 443 esq. Alberdi publicado en el portal de la DNCP,
asi como tambien validamos que el mismo error se ve trasladado en la Planilla de precios publicada en el portal de la DNCP
el error que solicitamos verifiquen e indique es que se tratan de 12 unidades en las Cantidades Solicitada, así como tambien el monto unitario referencial sería de Gs 2.917.100
Actualmente se encuentran intercambiados, donde menciona cantidad figura 2.917.100 y en el precio unitario 12
15-10-2024
18-10-2024
Planilla de precios Item 2 Edificio Estrella 443 esq. Alberdi
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el error que solicitamos verifiquen e indique es que se tratan de 12 unidades en las Cantidades Solicitada, así como tambien el monto unitario referencial sería de Gs 2.917.100
Actualmente se encuentran intercambiados, donde menciona cantidad figura 2.917.100 y en el precio unitario 12