Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el procedimiento de contratación a ser publicado: Lic. Carlos Humberto Zarza, Director Dirección Administrativa / Sr. Luis Lezcano, Jefe Departamento Transporte del MINNA
Justificación de la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada: Ante la necesidad de la provisión del servicio de mantenimiento y reparación de vehículos que forman parte del parque automotor del MINNA, y que son utilizados para las diversas tareas tanto técnica como administrativas, en los diversos Centros de Atención.
Justificación de la planificación, si se trata de un procedimiento de contratación periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal: El servicio corresponde a un llamado sucesivo, debido a la necesidad de mantener en condiciones todos los vehículos del MINNA
Justificación de las especificaciones técnicas establecidas: Los requerimientos de provisión de los servicios de mantenimiento y reparación de vehículos para los casos de necesidad a fin de poder proseguir con las diversas actividades técnicas como administrativa para dar cumplimiento al plan de trabajos a ser realizados dentro de periodo de tiempo requerido. Las especificaciones técnicas fueron elaboradas en base a varios factores inherentes al rodamiento de cada vehículo como también a las condiciones de los caminos y los años propios de los vehículos
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Servicio de Mantenimiento y Reparaciones de Vehículos del MINNA
| ORDEN | MARCA | TIPO | MODELO | No CHASIS | AÑO | No CHAPA |
| 1 | NISSAN | SUV | KICKS | 94DFCAP15ZB2O1723 | 2024 | ILQ 602 |
| 2 | NISSAN | SUV | KICKS | 94DFCAP15ZB201552 | 2024 | ILN 325 |
| 3 | KIA | SUV | SPORTAGE | KNAPU81DAS7293370 | 2025 | IMU966 |
El objeto de estas especificaciones técnicas es establecer las características mínimas que deberán satisfacer los oferentes para el la prestación del servicio de mantenimiento y reparaciones de vehiculos (camionetas 4x2 y 4x4 ) del MINNA.
2.1. Quedará a cargo del Contratista el suministro de los materiales, equipos y mano de obra calificada para que los trabajos objeto de este llamado queden totalmente terminados conforme a su fin, de acuerdo a las normas técnicas vigentes y a las reglas del buen arte, por lo que para la cotización deberá tener en cuenta lo siguiente:
a) Normas automotrices actualizadas para la correcta reparación de los sistemas del vehículo
b) Todos los mantenimientos preventivos y correctivos deben estar acorde a lo recomendado por el fabricante, a través de los manuales de reparación técnica provistas por las marcas de los vehículos.
c) Lavado completo, engrase y aspirado del móvil.
2.2. Deberá preverse todos los materiales e insumos para la buena terminación de los trabajos, que aunque estén o no expresamente establecidos en la planilla de obra y Especificaciones Técnicas, se consideren como complemento lógico de los trabajos estipulados y sus costos deberán estar incluidos en la Planilla Lista de Precios y no serán admitidos como trabajos adicionales.
Deberá contar con equipos de seguridad contra incendios conforme lo expresa las ordenanzas del municipio correspondiente.
La firma oferente interesada en proveer los servicios de mantenimiento y reparaciones de vehiculos de la Institución deberá mantener antes y durante la vigencia del contrato, el taller en un orden establecido en la PLANILLA DE VERIFICACIÓN DEL ÁREA DE TRABAJO COMO: Orden y limpieza sobre las mesas de trabajo; Orden y limpieza bajo las mesas de trabajo; Limpieza y orden del área de taller los equipos y herramientas convencionales de trabajo e instrumentos de medición; legibilidad de la información sobre tableros o paredes; posibilidad de transitar en pasillos y corredores; Pulcritud después del uso en mesas, herramientas, materiales, etc. IMPRESIÓN GENERAL A SIMPLE VISTA.
El personal deberá estar debidamente identificado y uniformado;
Estas exigencias e impresión general del taller se mantendrán durante la vigencia del contrato, el incumplimiento de lo establecido será pasible de rescisión de contrato.
Se realizara los trabajos de reparación de cada vehiculo conforme a los manuales de servicios emitidos por el fabricante del vehículo, en los cuales se indican los pasos a seguir y las pruebas a tomar para la comprobación de las piezas reparadas.
Los tiempos de reparación de los móviles del MINNA serán fijados en la Orden de Trabajo de reparación conforme al Plan de entregas de servicios estipulado en el contrato., y de acuerdo a los sistemas o conjunto del vehículo a ser reparado, serán tomados los siguientes parámetros para la apreciación de los tiempos de ejecución total de los trabajos.
|
: 10 días máximo. |
|
: 5 días máximo. |
|
: 5 días máximo |
|
: 5 días máximo. |
|
: 5 días máximo. |
|
: 10 días máximo. |
|
: 30 días máximo. |
|
: 20 días máximo. |
|
: 20 días máximo. |
|
: 5 días máximo. |
|
: 3 días máximo. |
|
: 15 días máximo. |
Si durante el proceso de reparación del vehículo, se realice la reparación de más de un sistema o conjunto del vehículo, será tomado como plazo de ejecución del servicio el sistema que conlleve mas días de reparación no pudiendo estos ser sumados los días de reparación del mismo.
Si en las órdenes de trabajo no estén impresas los plazos de ejecución de trabajos, se asumirá los tiempos máximos establecidos para la reparación de los sistemas o conjuntos de los vehículos. Si el oferente no cumpliese con dichos plazos se procederá a realizar la multa correspondiente según lo establecido en las condiciones Generales y Especiales del Contrato.
Solamente serán prorrogadas dichos plazos si hubiere causas justificables, las cuales serán demostradas a través de documentos respaldatorios.
Los conceptos aquí definidos están orientados a interpretar los términos y las acciones que normalmente deben ser tomadas para llevar a cabo los servicios necesarios para el mantenimiento y reparación de los vehículos del MINNA, de manera a reponerlos de la mejor manera al servicio, en el menor tiempo posible.
ADAPTAR / ADECUAR:
Acciones tendientes a mejorar la funcionalidad del vehículo conforme al servicio previsto para sus funciones o reemplazar una parte, pieza o componente, por deterioro, deficiencia o falta del original.
ADICIONAR:
Acciones orientadas a completar hasta el nivel correspondiente algún recipiente de lubricante, o de fluido de dirección, freno, refrigerante, batería u otro de manera normalizar su nivel y su funcionamiento.
ALINEAR / CENTRAR:
Acciones a tomar a los efectos de hacer controlar la geometría del sistema de la dirección, la convergencia, la pisada y el ángulo de avance para corregir los ejes de dirección y la trayectoria de las ruedas o del vehículo, de manera a que los valores de medición de los tres ángulos principales se encuentren dentro de las tolerancias especificadas por el fabricante de cada marca y modelo.
Cuando la acción se refiere a otras partes del vehículo, diferente a las mencionadas anteriormente, los términos se orientan a corregir defectos de coincidencia de ejes, piezas, partes o conjuntos que deben aparearse, mantener paralelismos o concentricidad.
AJUSTAR:
Refiere a las acciones que tengan como resultado la fijación de una pieza, parte o conjunto para evitar su desprendimiento, movimiento o avería por rozamiento y/o vibración. También incluye las acciones que tienden a corregir tolerancias de holguras para mantenerlas dentro de las medidas especificadas por el fabricante o su funcionamiento correcto.
ARMAR:
Acciones tendientes a juntar y componer partes, piezas o conjuntos de un vehículo ubicándolos en su lugar original de manera a posibilitar su funcionamiento correcto, considerando una parte, al conjunto, o al vehículo como el todo.
ARREGLAR: Ver Reparar
BAJAR: Ver Desmontar.
BALANCEAR:
Acciones orientadas a eliminar vibraciones mecánicas, agregando o retirando masas en ruedas, ejes, turbinas, partes o piezas giratorias que por efectos de la fuerza centrifuga provoca un funcionamiento irregular.
BARRENAR:
Acción ejecutada con una herramienta apropiada (Perforadora eléctrica, manual o neumática) para perforar el material, pieza o conjunto de un vehículo para su reparación
BOMBEAR:
Se refiere al accionamiento de equipos o dispositivos con capacidad para transferir fluidos, principalmente lubricantes e inclusive grasa.
BORRAR:
Se refiere a todas acciones tendientes a retirar o eliminar una inscripción que ya no se desea en el vehículo, como ser: emblemas, números o señales gravadas en el sistema informático de vehículo.
CALIBRAR:
Se orienta a la comparación de las medidas originales indicadas en el manual de taller del fabricante, de una parte, pieza o conjunto perteneciente a un vehículo, considerando las tolerancias admisibles y ajustarlas a las mismas, de manera a darles su función o funcionamiento correcto.
CAMBIAR / RENOVAR:
Se refiere específicamente a la sustitución de una parte, pieza o conjunto de un vehículo que se encuentre gastada o averiada, por una parte, pieza o conjunto nuevo, preferentemente original de la marca utilizada por el fabricante del vehículo a los efectos de normalizar el funcionamiento del mismo. (1)
CARGAR / RECARGAR:
Se orienta a la acción necesaria para normalizar la falta de algún fluido líquido o gaseoso, lubricante, carga eléctrica, mecánica o partes de un conjunto.
CEMENTAR:
Acción orientada a la fijación de una pieza a su componente base por medio de pegamentos y reacciones físico químicas.
COMPLETAR: Ver Adicionar.
CONFECCIONAR:
Se refiere a la obtención de una parte, pieza o conjunto de un vehículo con materiales y forma similares a los originales, por medio trabajos mecanizados, manuales o químicos, a los efectos de suplir la falta de una parte, pieza o conjunto a tal punto de normalizar la falla de funcionamiento del vehículo y asegurar la mayor vida útil posible sin riesgos para sus usuarios.
CONJUNTO:
Se designa como conjunto al componente conformado por varias partes o piezas de un vehículo, de tal manera que al estar ensamblados conforma un miembro del vehículo.
CONTROLAR:
Se refiere a cualquier acción orientada a la comparación con los parámetros normales del funcionamiento, aspecto, las medidas, los ajustes, el centrado, la alineación, la presión, carga eléctrica o cualquier otra acción que se ejecute para garantizar el buen funcionamiento del vehículo.
CORREGIR:
Se refiere a cualquier acción efectuada para normalizar y volver a los parámetros normales del funcionamiento, aspecto, las medidas, los ajustes, el centrado, la alineación o cualquier otra acción que se ejecute para reparar y garantizar el buen funcionamiento del vehículo.
DESARMAR / EXTRAER:
Se refiere a las acciones que posibiliten acceder a una parte, pieza o conjunto averiado o gastado de un vehículo para su verificación, reparación o sustitución, conforme al caso.
DESMONTAR / BAJAR:
Se refiere exclusivamente a la acción de separar un conjunto de un vehículo para facilitar del desarmado y su reparación o mantenimiento.
DESABOLLAR:
Se refiere normalmente a la chapería o parte del vehículo con deformaciones, a la cual se aplica trabajo físico-mecánico o químico, con herramientas apropiadas para enderezarlo o volver a darle su forma original
DESENGRANAR:
Se refiere a la acción dirigida a liberar una pieza trabada.
ENCURVAR:
Se refiere a la acción de dar molde a una parte o pieza para volver a sus formas originales o mejorar su función
ENGRASAR:
Se refiere a la acción de lubricar con la grasa apropiada según su función una parte, pieza o conjunto de un vehículo de manera a evitar la fricción entre las partes, facilitar los desplazamientos y protegerlos en todos los aspectos, conforme a la función de cada tipo de grasa.
ENDERESAR:
Se refiere a toda acción tendiente a recuperar una pieza o parte, del vehículo que se ha encorvado, torcido o descuadrado, volviendo a darle su forma o posición original
ELIMINAR:
Se refiere exclusivamente a acciones tendientes a evitar fugas de cualquier tipo de lubricante, fluido o ruido indeseado en el vehículo.
ENCAMISAR:
Se refiere a las acciones que requieran ejecutarse en un conjunto, pieza o parte de un vehículo o equipo del mismo, implantando una pieza con las dimensiones y ajuste, en lo posible originales o apropiadas, con el material, la superficie con la terminación y tratamiento térmico y químico apropiado, por dentro o por fuera de la pieza desgastada o averiada, de manera a que el implante permita el funcionamiento correcto, similar a la pieza, conjunto o parte original.
INSTALAR:
Se refiere a la acción de montar un equipo o accesorio al vehículo, como ser antenas, equipos de sonido, de aire acondicionado, molinetes u otros.
LAVAR:
Se refiere a todas las acciones y cuidados necesarios a la limpieza de una pieza, conjunto, o del vehículo mismo, utilizando los materiales adecuados, como agua sin exceso de cloro, detergentes neutros, trapos, cepillos, cuidando para no dañar la superficie a tratar, incluyendo el aspirado y secado
LIMPIAR:
Se refiere a las acciones necesarias para retirar la suciedad o impurezas adheridas a cualquier conjunto, parte, pieza o al vehículo a los efectos de no interferir en su normal funcionamiento y darle un aspecto mecánicamente aceptable o agradable al tacto y a la vista.
LUBRICAR:
Se refiere a la acción de proporcionar, a las superficies con movimientos relativos, del lubricante apropiado según su función, a una parte, pieza, conjunto o recipiente correspondiente del lubricante, de un vehículo de manera a evitar la fricción entre las partes, para facilitar los desplazamientos y protegerlos en todos los aspectos, conforme a la función de cada tipo de lubricante.
MANTENER:
Se refiere a todas las acciones que ayuden prolongar la vida útil de una pieza o conjunto del vehículo efectuando la limpieza, lubricación o ajuste necesarios.
MEDIR:
Se refiere a las acciones indicadas en Controlar.
MONTAR:
Acción efectuada a los efectos de unir nuevamente un conjunto al vehículo en su posición original o lugar previsto para ese efecto.
NORMALIZAR:
Se refiere a cualquier acción que requiera volver a dar los valores o parámetros referidos por el fabricante del vehículo.
PARTE:
Se considera como parte, a una porción de un conjunto o una pieza del vehículo.
PIEZA:
Se considera como pieza al menor componente de un conjunto o del vehículo, que se considera como el Todo.
PINTAR:
Se considera a la acción de dar color a una parte o al vehículo efectuando todas las acciones previas para una buena fijación de la pintura como ser; la adecuada preparación conforme a la parte que se ira a pintar, limpieza, aplicación de anti óxidos, anticorrosivos, aditivos adherentes, alisamiento de superficie, pulidas y otros.
PLANCHAR:
Está orientada a interpretar como las acciones necesarias a los trabajos de chapería para hacer desaparecer las arrugas ocasionadas en una chapa del vehículo.
PULIR:
Se interpreta como las acciones correctas a tomar, para dar una apariencia de superficie espejada a las partes pulidas conforme al material y el tratamiento adecuado para cada caso.
PURGAR:
Se refiere a las acciones necesarias para retirar el aire contenido en un circuito.
RECTIFICAR:
Se refiere a la acción orientada a que una parte, pieza, conjunto o superficie de estas partes de un vehículo, vuelva a presentar la terminación y dimensiones apropiadas para su funcionamiento correcto, luego del tratamiento al cual se someten estas partes con las maquinas y herramientas apropiadas para ese efecto.
REGULAR: Ver Calibrar
RELLENAR:
El termino será considerado de uso exclusivo para las reparaciones que requieran el uso de equipos de soldadura, donde se debe completar una pieza o parte del vehículo por procesos de fusión
REPARAR /ARREGLAR:
Acción orientada a recuperar una pieza, conjunto o parte de un vehículo, o equipo montado en el, recomponiendo o cambiando las partes gastadas, dañadas o faltantes de manera a que la misma vuelva a funcionar correctamente en el vehículo. (1)
REACONDICIONAR / RESTAURAR:
Acción orientada a reciclar piezas gastadas remanufacturándolas para su reutilización como ser pastillas, discos de embrague, extremos de dirección, rotulas, soportes de motor, caja etc.
REPONER:
El término será de uso exclusivo para las piezas, partes o accesorios del vehículo, para reponerlos cuando no fueron encontrados los restos de la pieza, parte o accesorio en su posición original. (2)
RESTABLECER:
El termino será de uso exclusivo para volver a los parámetros normales las señalizaciones visuales o acústicas, emitidas por los sistemas de alarma del funcionamiento anormal del vehículo, en otro sentido, ver Reparar
SACAR: Ver Desarmar
SILENCIAR: Ver Eliminar
SOLDAR:
Se refiere a las acciones necesarias y correctas para unir por procesos de fusión, el material a reparar, sin que el mismo sufra alteraciones en su resistencia y ductilidad, en un porcentaje mucho mayor de las que sufrieron en su fabricación.
SUAVIZAR:
Se refiere a las acciones necesarias a facilitar la movilidad de alguna pieza, parte o conjunto, que presenta dificultades de movimiento o ruido y consecuentemente un funcionamiento anormal. Estas pueden ser de simple limpieza, lubricación o ajuste.
TORNEAR:
Se refiere al tratamiento de maquinado que pueda requerir una pieza, parte o conjunto de un vehículo para su reparación o fabricación.
Referencias:
(1)Solamente por confirmación escrita y firmada de los fiscalizadores, se aceptara la utilización de partes, piezas o conjuntos no originales de la marca, con la condición de que sean productos fabricados por reconocidas proveedoras de repuestos a los fabricantes de vehículos y en última opción el uso de reciclados.
(2)Solamente se admitirán Reposiciones, cuando estas sean explícitamente solicitadas en la Orden de Trabajo al igual que la solicitud de cualquier cambio de piezas. A la falta o necesidad de cambio de alguna pieza o parte del vehículo, necesariamente deberán ser advertidas a los fiscales, de manera a que los mismos las incluyan en la Orden de Trabajo y solamente de esta manera se admitirá su facturación.
Observación: Con el presente glosario, no se pretende en ningún caso dar lecciones de mecánica, La finalidad de la misma, se limita a las pretensiones de darles a los posibles Oferentes una terminología uniforme, de manera a que en lo posible no existan dudas en su interpretación, dando como resultado una evaluación transparente y justa de las ofertas. En caso de discernimiento que justifique una corrección de las definiciones, favor de presentar su observación un una nota con las aclaraciones correspondientes.
4. Servicios y repuestos
Los servicios y repuestos a ser utilizados en las reparaciones integrales de vehículos serán según las siguientes casillas numeradas en donde se detallan las características de los repuestos a ser cotizados y utilizados y la mano de obra a realizarse para el efecto del conjunto o sistema a ser reparado. Las mismas se encuentran incluidas en las planillas de precios a ser llenados por el oferente.
|
Nota |
Alcance de los Trabajos Requeridos. |
|
00 |
Repuestos que podrán ser solicitados en diferentes medidas (STD/0,25/0.50/0.75/1.00) de acuerdo al desgaste que posee la pieza a ser rectificada. Los mismos deben ser cotizados por el juego completo que conllevan los mismos. |
|
01 |
Mano de obra que conlleva el desmontaje y despiece integro de la pieza o conjunto a ser reparado |
|
02 |
Mano de obra que conlleva el montaje y armado integro de la pieza o conjunto reparado |
|
03 |
Mano de obra que conlleva el desmontaje y montaje integral de la pieza con a ser reemplazada, Incluido la mano de obra de los cambios de sellos o juntas que posea dicha pieza |
|
04 |
Mano de obra que conlleva la reparación integral de motor, caja, transferencia y diferenciales completo en ella debe incluirse el precio de todos los elementos y sistemas que serán reemplazados y reparadas en dicha reparación global no serán aceptadas como completo del presupuesto mano de obra de piezas o sistemas a ser reparados o reemplazados que forman parte del conjunto de dicha reparación, además deberá responsabilizarse de los costos mantenimiento (cambio de lubricantes y filtros) y ajustes que se requieran según el manual de reparación del vehículo y el plan de mantenimientos establecido por el fabricante, sin costo adicional para el MINNA, durante el periodo de garantía establecido en el numeral 5. |
|
05 |
Mano de obra que conlleva las siguientes acciones:
|
|
06 |
Mano de obra que conlleva las siguientes acciones: a). Rectificación de block motor limpieza y ajuste del mismo.- b). Rectificación de superficie de block.- c). Encamisado de block, rectificación de cilindros, bruñido. d). Rectificación de cigüeñal con ajuste y balanceo del mismo, encamisado de pista de reten e). bancada, extraer engranajes y montajes. f). Rectificación y ajuste de alojamiento de bancadas y bielas incluida la alineación y ajuste de bujes de biela |
|
07 |
Mano de obra que conlleva solo la reparación, rectificación, ajuste y/o cambio de la pieza especificada si la reparación, rectificación ajuste y/o cambio es realizada al conjunto al cual la pieza es componente dicha mano de obra no será tenida en cuenta en la elaboración del presupuesto. |
|
08 |
Mano de obra que conlleva los siguientes Ítems: a). Arenado y prueba de estanqueidad de la misma b) Rectificación de superficie de tapa motor c) Ajuste de asiento y holguras de válvulas. d.) Ajuste de bancadas de árbol de levas e.) cambio y ajuste de válvulas y guías de válvulas. |
|
09 |
Solamente estará habilitada dicho campo si la prueba de estanqueidad es negativa y la misma requiere el cambio de la tapa motor |
|
10 |
Mano de obra que conlleva los siguientes Ítems: a) Ajuste de asiento y holguras de válvulas. b) Ajuste de bancadas de árbol de levas c) cambio y ajuste de válvulas y guías de válvulas |
|
11 |
Ajustar la holgura de las válvulas el juego completo conforme al manual del fabricante |
|
12 |
El mismo conlleva la acción de rectificar la superficie del volante motor y el balanceo del mismo |
|
13 |
La mano de obra conlleva los siguientes Ítems: a) Desmontaje y montaje de caja de cambios b) Desmontaje y montaje de kit de embrague c) Desmontaje y montaje de Volante motor |
|
14 |
Son todas las acciones a tomar para el correcto funcionamiento de la pieza o conjunto a limpiar, realizando un mantenimiento preventivo completo dejando la mismas en condiciones optimas de funcionamiento |
|
15 |
La reparación del mismo debe de llevar las siguientes acciones: a) Desmontaje y montaje de compresor de aire acondicionado b) Reparación o cambio de compresor de aire acondicionado c) Cambio de filtro de aire acondicionado d) Cambio de filtro de aire de cabina e) Desmontaje y montaje de condensador de aire acondicionado f) Reparación, limpieza o cambio de condensador g) Desmontaje y montaje de condensador de aire acondicionado h) Reparación con limpieza o cambio de condensador de aire i) Limpieza de Cañerías de aire acondicionado. Si la totalidad de los trabajos descritos no son realizados la misma no será tenida en cuenta. |
|
16 |
La reparación del mismo debe llevar las siguientes acciones: a) Desmontar y montar caja de cambios b) Cambiar plato de presión de embrague c) Cambiar disco de embrague d) Cambiar cojinete de empuje e) Desmontar y montar volante motor para rectificación. f) Cambiar rulemán piloto. Si el vehículo se encuentra en una reparación de caja de cambios o motor completo dicha mano de obra no será tenida en cuenta |
|
17 |
La reparación del mismo debe incluir lo siguiente: a) Mano de obra por Reparación de la pieza o conjunto a reparar b) Juego de reparo de la pieza a ser reparada |
|
18. |
Las acciones a ser realizadas son las siguientes: a) Desmontaje de masa delanteras b) Limpieza de rodamientos c) Engrase de rodamientos d) Montaje y ajuste de la masa delantera. |
|
19 |
La reparación debe incluir: a) Desmontaje de fibra de freno b) Montaje de fibra de freno a medida |
|
23 |
El repuesto presupuestado IVA incluido debe ser "Original" del fabricante del vehículo. El repuesto a ser instalado deberá contar con la marca del fabricante, indicando el Nro. De pieza original nuevo sin uso. |
|
24 |
El repuesto solicitado deberá contar "con marca y origen" del fabricante de la pieza, con los sellos de identificación y normas de fabricación de calidad automotriz. Los repuestos deberán ser del país de origen del vehículo, nuevo sin uso. Presupuestar precio IVA incluido.- |
5. Garantía:
El periodo de garantía de funcionamiento a efectos de los repuestos reemplazados y a los servicios realizados será de 20.000 km o 6 meses. En el caso de reparación de motores, transmisiones y diferenciales el periodo de garantía será de 30.000 km o 12 meses contados a partir de la entrega del móvil reparado al MINNA.
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
Conforme, especificaciones técnicas - CPS
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
|
LOTE N°
|
MONTO MÍNIMO Guaraníes - IVA Incluido
|
MONTO MÁXIMO Guaraníes - IVA Incluido
|
|
1
|
11.000.000.-
|
22.000.000.-
|
|
2
|
22.000.000
|
44.000.000.-
|
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
|
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
|
Orden de Trabajo |
Orden de Trabajo |
Entre el 20 al 25 de cada mes por |
| Certificado de Recepción Provisional 1 |
Certificado de Recepción Provisional 1 |
Conforme al Plan de Entrega |
|
Acta de recepción Definitiva |
Acta de recepción definitiva |
Conforme a las Condiciones Contractuales |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.