Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.
Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".
En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.
Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores
aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:
1. En obras públicas: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 20% para ofertas por debajo del precio referencial y 10% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro
La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:
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Elementos que determinan el precio del servicio ofertado. |
Costo expresado en la moneda de la oferta. |
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Elementos de Valor Fijo |
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Mano de obra |
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Inmuebles |
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Maquinarias |
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Herramientas |
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Vehículos |
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Equipos informáticos |
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Muebles |
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Seguros |
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El oferente podrá presentar junto con su oferta el desgloce de composición de precios, cuando su oferta se encuentre fuera de los parámetros establecidos en la cláusula anterior.
En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:
Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.
[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.
En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]
La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.
8.1. Personas Físicas.
8.2. Personas Jurídicas.
8.3. Oferentes en Consorcio.
En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.
Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los 3 años (2021, 2022 y 2023).
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, de los 3 años (2021, 2022 y 2023).
Observación: Si en alguno de los tres años, o los tres años presentados por la Empresa, su pasivo es igual a 0, se considerará el Ratio de Liquidez igual a 1 y se dará por cumplido el Ratio de Endeudamiento. Esta salvedad en el PBC hace posible calcular el promedio del índice de liquidez de los 3 (tres) ejercicios analizados, debido a que se otorga un valor que puede ser promediado.
Eficiencia: (Ingreso/Egreso):
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los 3 años (2021, 2022 y 2023).
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los 3 años (2021, 2022 y 2023).
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los 3 años (2021, 2022 y 2023).
Los oferentes al efecto de lo anteriormente señalado, deberán presentar los documentos que se indican en los requisitos documentales
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Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Coeficiente de Liquidez: Activo corriente / Pasivo Corriente debe ser igual o mayor que 1, en promedio. Esta información será extraída del Balance General correspondiente a los ejercicios fiscales cerrados (2021, 2022 y 2023). |
Debe cumplir con el requisito. |
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Debe cumplir con el requisito. |
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Completar el formulario "Situación Financiera" y presentar los documentos que se indiquen en el pliego de bases y condiciones. |
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Coeficiente de Solvencia: Pasivo Total / Activo Total igual o menor a 0,80 en promedio. Esta información será extraída del Balance General correspondiente a los ejercicios fiscales cerrados (2021, 2022 y 2023). |
Debe cumplir con el requisito. |
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Debe cumplir con el requisito. |
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Completar el formulario "Situación Financiera" y presentar los documentos que se indiquen en el pliego de bases y condiciones. |
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Demostrar que posee o que tiene acceso a suficientes activos líquidos, activos reales libres de gravámenes, líneas de crédito y otros medios financieros (independientemente de cualquier anticipo estipulado en el contrato) para cumplir los requisitos en materia de flujo de fondos para la construcción exigidos para el o los contratos en caso de suspensión, reanudación de faenas u otros retrasos en los pagos. El mínimo de activos líquidos y/o acceso a créditos libres de otros compromisos contractuales del adjudicatario será:Un mil millones Las deducciones al flujo de fondos exigidos por compromisos derivados de otros contratos solo se harán cuando dichos contratos se encuentren en ejecución. Este mínimo de activos líquidos que constituirá el capital operativo, debe ser el resultado de la diferencia entre el Activo Corriente menos el Pasivo Corriente. Puede ser complementado con líneas de crédito otorgadas por entidades financieras. |
Debe cumplir con el requisito. |
Debe cumplir con el requisito |
Debe cumplir por lo menos con e l [25% este porcentaje es referencial] del requisito mínimo |
Debe cumplir por lo menos con e l [40% este porcentaje es referencial] del requisito mínimo |
Completar el formulario "Situación Financiera", y presentar los documentos probatorios que se indiquen en el pliego de bases y condiciones. |
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
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a) |
Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los años 2021, 2022 y 2023 para contribuyente de IRE General. |
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b) |
IVA General de 36 (treinta y seis) meses de los años 2021, 2022 y 2023 según la Circular Nº 11/2020 y las demás reglamentaciones vigentes de la SET, para contribuyentes sólo del IVA General. |
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c) |
Formulario 106 de los años 2022, 2022 y 2023 para contribuyentes del IRE Simple. |
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d) |
Formulario 104 de los años 2021, 2022 y 2023 para contribuyentes de Renta Personal |
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e) |
Formularios de situación financiera, indicados en el apartado "capacidad financiera" |
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f) |
Autorización para pedir referencias a las instituciones bancarias de las que el oferente es cliente |
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g) |
Documentos que comprueben el acceso del oferente a recursos financieros para cumplir los requisitos de calificación, bastando para el efecto Cartas Compromiso de un Banco de plaza de otorgar una línea de crédito al oferente. |
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Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Haber generado, durante los mejores tres (3) años de los últimos cinco (6) años, en promedio un volumen anual de facturación igual o superior a Dos mil millones |
Debe cumplir con el requisito. |
Deben cumplir con el requisito. |
Debe cumplir por lo menos con el 25% de los requisitos mínimos requeridos |
Debe cumplir por lo menos con el 40% de los requisitos mínimos requeridos. |
Completar los Formularios N° 2 y 3 y presentar los documentos probatorios que indiquen en el pliego de bases y condiciones. |
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La facturación debe ser en obras civiles. |
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El promedio del volumen anual de negocios se |
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define como el total de las facturas legales |
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correspondientes a obras en ejecución o |
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terminadas por el oferente, dividido el número |
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de (3) años señalado en el párrafo precedente. |
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Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Participación en calidad de contratista, integrante de un consorcio en el porcentaje de participación, o subcontratista autorizado por la Administración Contratante en al menos 2 (dos) contratos, durante los últimos tres (6) años en obras civiles. La similitud debe basarse en la escala física, la complejidad, los métodos o la tecnología, u otras características técnicas, conforme a lo descrito en la Sección Alcance de las Obras. A fin de cumplir este requisito, las obras deberán estar terminadas en un 100%. Contar con experiencia mínima para el contrato que antecede u otros contratos, ejecutados en el período (2018, 2019, 2020, 2021, 2022, 2023) en las siguientes actividades: Mantenimiento en Edificios al menos 5000 m2. Mantenimiento en locales con cobertura de chapas por lo menos 4.000 m2 Aislaciones de techos planos
Participación en calidad de contratista, integrante de un consorcio en el porcentaje de participación, o subcontratista autorizado por la Administración Contratante en al menos u n 1 (un) contrato, durante los últimos tres (3) años en obras civiles. La similitud debe basarse en la escala física, la complejidad, los métodos o la tecnología, u otras características técnicas, conforme a lo descrito en la Sección Alcance de las Obras. A fin de cumplir este requisito, las obras deberán estar terminadas en un 100%.
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Debe cumplir con el requisito. |
Deben cumplir con el requisito. |
Debe cumplir por lo menos con el 25% de los requisitos mínimos requeridos |
Debe cumplir por lo menos con el 40% de los requisitos mínimos requeridos. |
Completar los Formulario N° 4, y presentar los documentos probatorios que se indiquen en el pliego de bases y condiciones. |
La experiencia solicitada tiene como base la envergadura de la obra y el alto impacto institucional de la misma.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación de los presentes criterios:
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación de los presentes criterios:
Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de personal del oferente, se considerarán los siguientes índices:
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Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Demostrar que cuenta con personal debidamente calificado para desempeñar los siguientes cargos clave: Como mínimo deberá contar con un Arquitecto para el desarrollo de proyectos ejecutivos con al menos 5 años de experiencia en obras de |
Debe cumplir con el requisito. |
Deben cumplir con el requisito. |
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Completar Formulario N° 6 y presentar los documentos que se indiquen en pliego de bases condiciones |
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naturaleza y complejidad similares. |
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Como mínimo deberá contar con un Ingeniero Civil para el desarrollo |
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de proyectos ejecutivos con al menos 5 años de experiencia en obras de |
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naturaleza y complejidad similares. |
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Como mínimo deberá contar con un Residente de obra con 5 años de |
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experiencia (Arquitecto o Ingeniero Civil) que deberá estar presente en |
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la obra todo el tiempo que la misma se encuentre en actividad. |
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Como mínimo deberá contar con 1 dibujantes (arquitecto/ingeniero |
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civil junior o de último año de la carrera) para el desarrollo de |
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proyectos ejecutivos. |
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Al menos 2 obreros que pertenezcan al plantel de la empresa y se |
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encuentren inscriptos en IPS y Ministerio de Trabajo. |
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El contratista designará un profesional electricista responsable de la |
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dirección y ejecución de los trabajos, quien deberá estar matriculado |
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en ANDE con categoría A. El nombre del mismo y su número de |
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matrícula categoría A, deben especificarse claramente en el pliego de |
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ofertas" |
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a) |
Formulario N° 6: listado bajo declaración jurada de la nómina de todos los personales propuestos y las funciones a desempeñar en la obra. |
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b) |
Curriculum del Arquitecto acompañado: de título universitario. Poseer 10 o más años de experiencia en el ejercicio de la profesión verificable por medio de contratos, facturas o constancias de ejecución de trabajo, Copia de título y Reg. Del MOPC al día |
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c) |
Curriculum del Ingeniero Civil acompañado: de título universitario. Poseer 10 o más años de experiencia en el ejercicio de la profesión verificable por medio de contratos, facturas o constancias de ejecución de trabajo. Copia de título y Reg. Del MOPC al día |
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d) |
Curriculum del Residente (Ingeniero Civil/Arquitecto) acompañado: de título universitario. Poseer 5 o más años de experiencia en el ejercicio de la profesión verificable por medio de contratos, facturas o constancias de ejecución de trabajo. Copia de título y Reg. Del MOPC al día |
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e) |
Curriculum de los dos Dibujantes (Ingeniero Civil/Arquitecto junior o de último año de la carrera) acompañado de: en caso de profesional: título universitario. En caso de Estudiante: certificado de estudio emitido por la facultad competente. |
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f) |
Carta de cada uno de los profesionales propuestos en la que se comprometen a prestar servicios para la firma oferente en caso de resultar adjudicada. |
Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de equipos del oferente, se considerarán los siguientes índices:
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Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimientos |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Demostrar que puede disponer oportunamente de los equipos esenciales en propiedad, Para el efecto deberá presentar un Listado de Maquinarias Equipos y Herramientas en carácter de Declaración Jurada y Facturas. Deberá contar como mínimo con: 4 (cuatro) Amoladora de 9 mínimo. 4 (cuatro) Amoladora de 7 mínimo. 3 (tres) Taladro a percusión (martillete) de 29 kg mínimo. 2 (dos) Taladro a percusión (martillete) de 17 kg mínimo. 3 (tres) Taladro a percusión de (martillete) de 10 kg mínimo. 2 (dos) Rotomartillo de 5 kg. 2 (dos) Rotomartillo de 2,8 kg. 6 (seis) Apisonador compactador (Sapito) de 70 kg mínimo. 2 (dos) Placa compactadora de 80 kg mínimo. 6 (seis) Allanadora de hormigón de 5,5 HP mínimo. Cortadora de hormigón de 5,5 HP mínimo. 2 (dos) Vibrador de hormigón con mangote de 38mm mínimo. Mezcladora de concreto de 400 lts 2 (dos) Mezcladora de concreto de 200 lts. Generador diesel de 5 KVA mínimo. Bomba de drenaje de 1 HP 2’’ para agua sucia. Mazo, Pico, Escalera de 6m, pala ancha, baldes de albañil, andamios de 2m. (desarmables), cuchara de albañil, regla para revoque, arnés, regla niveladora, carretilla, fratacho. Escalera doble de 2,5 y 5m, arnés, lija, pinceles, rodillos, baldes y cinta de papel. Alicates, martillo, pinza de fuerza, taladro y remachadora. Cortadora de molde para la colocación de terminaciones Alicate y pinza. Cortadora punta diamante. Tarraja, cierra, herramientas para cortes y perforación, pinza de corte, pinza punta fina, busca polo, tester. Los equipos mínimos necesarios presentados por los oferentes no deberán estar comprometidos en otras obras. Así mismo la Convocante/Contratante podrá realizar la verificación In Situ, de los vehículos, maquinarias, equipos y herramientas declarados por los oferentes; durante la etapa de evaluación de las ofertas, en caso de constatar que los mismos no cumplen con las especificaciones técnicas requeridas o sean de menor capacidad, será motivo de descalificación de la oferta. |
Debe cumplir con el requisito. |
Deben cumplir con el requisito. |
Debe cumplir por lo menos con el 25% de los requisitos mínimos requeridos |
Debe cumplir por lo menos c o n e l 40% de los requisitos mínimos requeridos. |
Completar el Formulario N° 7 y 8; y Presentar los documentos que se indiquen en el pliego de bases y condiciones. |
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a) |
Declaración jurada de que los equipos mencionados como propiedad de la (Empresa) se encuentran con disponibilidad inmediata en caso de ser adjudicada, y que se encuentra en buen estado y en condiciones aceptables para realizar los trabajos a que serán destinados. |
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b) |
Cuadro de revalúo fijo en el caso de propietarios de equipos. |
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c) |
Autorización para verificar la veracidad de las informaciones señaladas en el apartado Coeficiente de Solvencia. |
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d) |
En caso de equipos pertenecientes a terceros, adjuntar: (i) constancia donde se certifique que dicho equipo permanecerá en la obra todo el tiempo que sea necesario para cumplir con las tareas especificadas; (ii) contrato de alquiler o leasing, o carta compromiso otorgada por el propietario de que los equipos serán cedidos en alquiler o leasing. |
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e) |
Formularios N° 7 y 8, indicados en el apartado "capacidad en materia de equipos" |
Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.
A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.
Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.
No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.
Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.
A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.
Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:
a) Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.
b) Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.
c) En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.
Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.
La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.
En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.
En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.
En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.
La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.