Pág. 21. – “3. CUOTA MENSUAL DE PAGO” Se solicita aclarar en qué plazo será efectuado el pago. Cabe señalar que en anteriores llamados se señalaba que "El pago de la cuota se hará como máximo en los 10 (diez) primeros días hábiles del mes inmediato posterior a la prestación”; sugerimos establecer el mismo plazo.
Pág. 21. – “3. CUOTA MENSUAL DE PAGO” Se solicita aclarar en qué plazo será efectuado el pago. Cabe señalar que en anteriores llamados se señalaba que "El pago de la cuota se hará como máximo en los 10 (diez) primeros días hábiles del mes inmediato posterior a la prestación”; sugerimos establecer el mismo plazo.
Se realizara la modificación correspondiente. Ver Adenda 1.
2
Pág. 22 No hay cobertura de Maternidad
Pág. 22 donde dice “6. VIGENCIAS DE LAS PRESTACIONES MÉDICAS” – “6.1.4. Atención Sanatorial para Parto Normal y Quirúrgico: vigencia inmediata” Se solicita la eliminación de la cláusula ya que el PBC no establece cobertura de maternidad en su contenido y, por el contrario, expresamente excluye la misma.
Pág. 22 donde dice “6. VIGENCIAS DE LAS PRESTACIONES MÉDICAS” – “6.1.4. Atención Sanatorial para Parto Normal y Quirúrgico: vigencia inmediata” Se solicita la eliminación de la cláusula ya que el PBC no establece cobertura de maternidad en su contenido y, por el contrario, expresamente excluye la misma.
Es correcto, quedará excluido el punto mencionado. Ver Adenda 1.
3
Pág. 24. Esclarecer texto
Pág. 24. Donde dice: “2.2. HONORARIOS MEDICO CLINICO QUIRURGICOS” “2.2.1. Cirugía General: Intervenciones quirúrgicas convencionales y especializadas, mayores y menores de órganos y sistemas tienen una cobertura del 100%”. Se solicita esclarecer el párrafo mencionado a los efectos de evitar cualquier tipo de confusiones u oscuridad en este sentido, se sugiere la modificación del texto a: “2.2.1. Cirugía General: Intervenciones quirúrgicas convencionales y especializadas, mayores y menores de órganos y sistemas tienen una cobertura del 100%, según anexo”
Pág. 24. Donde dice: “2.2. HONORARIOS MEDICO CLINICO QUIRURGICOS” “2.2.1. Cirugía General: Intervenciones quirúrgicas convencionales y especializadas, mayores y menores de órganos y sistemas tienen una cobertura del 100%”. Se solicita esclarecer el párrafo mencionado a los efectos de evitar cualquier tipo de confusiones u oscuridad en este sentido, se sugiere la modificación del texto a: “2.2.1. Cirugía General: Intervenciones quirúrgicas convencionales y especializadas, mayores y menores de órganos y sistemas tienen una cobertura del 100%, según anexo”
Correcto, se realizará la aclaración sugerida. Ver Adenda 1.
4
Pag. 26 Sustituir presentación de contrato por DDJJ
Pág. 26 – “D) SANATORIOS DE GRAN ASUNCIÓN E INTERIOR” donde dice: “3. Adjuntar listado de sanatorios, Laboratorios, Centro de Imagen, Centro de Rehabilitación que se dispongan en las citadas ciudades y contratos con la prestadora de servicios en las distintas ciudades mencionadas en el punto anterior” Se solicita modificar a la presentación de Declaración Jurada del listado de prestadores en lugar de adjuntar los contratos de cada uno de ellos. Esto atendiendo a que muchas veces, los mismos contienen cláusulas de confidencialidad.
14-10-2024
15-10-2024
Pag. 26 Sustituir presentación de contrato por DDJJ
Pág. 26 – “D) SANATORIOS DE GRAN ASUNCIÓN E INTERIOR” donde dice: “3. Adjuntar listado de sanatorios, Laboratorios, Centro de Imagen, Centro de Rehabilitación que se dispongan en las citadas ciudades y contratos con la prestadora de servicios en las distintas ciudades mencionadas en el punto anterior” Se solicita modificar a la presentación de Declaración Jurada del listado de prestadores en lugar de adjuntar los contratos de cada uno de ellos. Esto atendiendo a que muchas veces, los mismos contienen cláusulas de confidencialidad.
Se realizará la modificación sugerida a presentación de Declaración Jurada. Ver Adenda 1.
5
Pág 24 y 36 Contradicción en el texto
El PBC se contradice en: Pág 24 donde dice: “2.2.1.1.5. Transfusionista, honorarios hasta 10 sesiones por internación” y en Pág. 36 donde dice “HEMATOLOGIA: HEMOTERAPIA” “1.1.1.13.1. TRANSFUSION UNIDAD DE SANGRE Y/O PLASMA (hasta 12 sesiones)” Se solicita unificar las sesiones a 10 a los efectos de que concuerde.
El PBC se contradice en: Pág 24 donde dice: “2.2.1.1.5. Transfusionista, honorarios hasta 10 sesiones por internación” y en Pág. 36 donde dice “HEMATOLOGIA: HEMOTERAPIA” “1.1.1.13.1. TRANSFUSION UNIDAD DE SANGRE Y/O PLASMA (hasta 12 sesiones)” Se solicita unificar las sesiones a 10 a los efectos de que concuerde.
Se unificará la cobertura para transfusiones hasta 10 sesiones en ambos apartados. Ver Adenda 1.
6
Pág. 25 y 27
Pág. 25 y 27 – Donde dice: “Desde el primer día de internación las instituciones sanatoriales prestadoras en convenio deberán proveer al grupo familiar, cada 24 horas, un extracto detallado de los medicamentos, consultas, descartables y cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente. La falta de otorgar dicha información a los pacientes podrá ser pasible de multa pecuniaria por parte de la Caja Bancaria”. Se solicita eliminar el párrafo establecido “…La falta de otorgar dicha información a los pacientes podrá ser pasible de multa pecuniaria por parte de la Caja Bancaria” ya que la sanción no condice con la infracción, siendo excesivamente gravosa.
Pág. 25 y 27 – Donde dice: “Desde el primer día de internación las instituciones sanatoriales prestadoras en convenio deberán proveer al grupo familiar, cada 24 horas, un extracto detallado de los medicamentos, consultas, descartables y cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente. La falta de otorgar dicha información a los pacientes podrá ser pasible de multa pecuniaria por parte de la Caja Bancaria”. Se solicita eliminar el párrafo establecido “…La falta de otorgar dicha información a los pacientes podrá ser pasible de multa pecuniaria por parte de la Caja Bancaria” ya que la sanción no condice con la infracción, siendo excesivamente gravosa.