Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.
Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".
En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.
Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro dispuesto en el presente apartado.
La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, que correspondan para sustentar su razonabilidad, conforme a los siguientes parámetros:
En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el procedimiento de contratación. El oferente podrá presentar junto con su oferta el desglose de composición de precios, cuando su oferta se encuentre fuera de los parámetros establecidos presentemente. Con el fin de determinar la admisibilidad de la oferta, deberá considerar lo siguiente en caso de ser necesario.
ítem |
Descripción del Servicio |
Precio Costo con el Proveedor |
Impuestos |
Traslado |
Utilidad |
Precio Unitario |
El oferente podrá presentar junto con su oferta el desgloce de composición de precios, cuando su oferta se encuentre fuera de los parámetros establecidos en la cláusula anterior.
En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:
Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.
[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.
En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]
La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.
8.1. Personas Físicas.
8.2. Personas Jurídicas.
8.3. Oferentes en Consorcio.
En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.
Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
1. Para contribuyente de IRACIS/IRE. Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente: Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 últimos
años (2021-2022-2023).
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total: No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 últimos años (2021-
2022-2023).
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital; El promedio en los
años (2021-2022-2023), no deberá ser negativo.
2. Para contribuyentes de IRPC. Deberán cumplir el siguiente parámetro:
a. Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, en los 3 últimos años (2021-2022-2023).
3. Para contribuyentes de IRP. Deberán cumplir el siguiente parámetro:
a. Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, en los 3 últimos años (2021-2022-2023).
4. Contribuyentes de exclusivamente IVA General. Deberán cumplir el siguiente parámetro:
a. Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, en los 3 últimos años (2020-2021-2022).
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
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Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar la experiencia en Provisión y venta de [PRODUCTOS ALIMENTICIOS VARIOS PARA CONSUMO DE PERSONAS EN GENERAL, PERECEDEROS / NO PERECEDEROS, BEBIDAS VARIAS, PRODUCTOS CÁRNICOS Y EMBUTIDOS] con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al [50] % como mínimo del monto total ofertado en la presente convocatoria, promediando los últimos 3 (tres) años 2021-2022-2023.
1. Copia de facturaciones de ventas y/o recepciones finales, ejecutadas con instituciones privadas y/o del Estado referente a provisión y venta de [PRODUCTOS ALIMENTICIOS VARIOS PARA CONSUMO DE PERSONAS EN GENERAL, PERECEDEROS / NO PERECEDEROS, BEBIDAS VARIAS, PRODUCTOS CÁRNICOS Y EMBUTIDOS], durante los ejercicios fiscales comprendidos entre [2021-2022-2023]. Los contratos o facturaciones de ventas presentados deberán en su conjunto obtener el promedio solicitado del 50% del valor total de la oferta.
2. En caso de presentar facturaciones, las mismas deberán estar acompañadas por sus respectivas notas de remisión correspondiente.
OBSERVACIÓN: En caso de consorcios, la sumatoria de la experiencia de todos sus miembros deberá acreditar la experiencia requerida. El miembro líder deberá cumplir mínimamente con el 70% del requisito y los demás miembros mínimamente con el 30% del requisito.
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
1- Los Potenciales Oferentes deberán ser proveedores con local propio en la zona comprendida entre los Departamentos de Itapúa, Misiones y Ñe´embucu. Los mismos deberán estar debidamente habilitados por la Municipalidad donde tributa o fija domicilio comercial, las habilitaciones deberán estar al día al momento de la Apertura de Ofertas.
2- El oferente en caso de no poseer local propio, presentara un convenio de alquiler o arrendamiento, con una vigencia mínima de un año, que asegure el cumplimiento del Contrato desde su firma hasta el cumplimiento total de sus obligaciones.
3- En caso de presentar un convenio de alquiler o arrendamiento de local, este ofrecerá la infraestructura necesaria para almacenar productos cárnicos y embutidos, bebidas varias, productos perecederos y no perecederos, con la capacidad logística suficiente para la provisión inmediata de productos varios de conformidad a requerimientos operacionales y en los días que la unidad responsable establezca, sin dependencia alguna de reabastecimiento desde otros puntos que no sean los comprendidos entre los Departamentos de Itapúa, Misiones y Ñe´embucu.
4- Capacidad Técnica Para Productos Cárnicos y derivados: Fotocopia autenticada de la constancia de habilitación del matadero respectivo, emitida por la SENACSA. OBS: No se admitirán las constancias otorgadas por médicos o ayudantes veterinarios que no fuere el director habilitado. En caso de no contar con matadero propio, se admitirá un contrato de prestación de servicios; compromiso debidamente firmado entre el matadero habilitado y el oferente, la constancia deber ser presentada antes de formular el contrato en caso de ser adjudicado. OBS: No se admitirán las constancias otorgadas por médicos o ayudantes veterinarios que no fuere el director habilitado.
5- Capacidad Técnica Para transporte de productos cárnicos, embutidos, productos y bebidas lácteas, productos perecederos y otros que necesiten refrigeración: Los potenciales oferentes, deberán poseer como mínimo 02 (dos) vehículos frigoríficos propios o tercerizados, con copia autenticada por escribanía del certificado de habilitación expedido por la SENACSA, para el efecto deberá presentar los datos completos de los vehículos, como ser marca, modelo, año, el RUA, Habilitación, Cedula Verde y otros documentos que habiliten al vehículo a estar en circulación todos vigentes al momento de la apertura. En caso de presentar vehículos tercerizados, para el transporte de Productos Cárnicos, embutidos, bebidas lácteas, productos perecederos y otros que necesiten refrigeración, los mismos deberán estar en condiciones de ser empleados conforme a los requerimientos logísticos de esta unidad responsable y estar en la zona de abastecimiento logístico.
6- Los potenciales oferentes, deberán poseer como mínimo de 2 (dos) vehículos tipo furgón, propios o tercerizados para el traslado de productos no perecederos y perecederos que no necesiten refrigeración. Los Vehículos deberán contar con carrocerías cerradas adecuadas al volumen y al tipo de productos a ser transportados, los productos alimenticios no deberán transportarse conjuntamente con sustancias toxicas y nocivas que puedan contaminarlos, (ejemplo productos de limpieza, insecticidas entre otros). Para el efecto deberá presentar los datos completos de los vehículos, como ser marca, modelo, año, el RUA, Habilitación, Cedula Verde y otros documentos que habiliten al vehículo a estar en circulación todos vigentes al momento de la apertura. En caso de presentar vehículos tercerizados, para el traslado de productos no perecederos y perecederos que no necesiten refrigeración, los mismos deberán estar en condiciones de ser empleados conforme a los requerimientos logísticos de esta unidad responsable y estar en la zona de abastecimiento logístico.
7- Los Potenciales oferentes, deben poseer infraestructura con la capacidad logística suficiente de almacenamiento que ofrezcan condiciones adecuadas de acopio, a los efectos de proveer en tiempo y forma, conforme a las necesidades operativas de la convocante, el mismo debe contar como mínimo con la siguiente infraestructura: Cámara Frigorífica, para conservación de alimentos perecederos que necesiten refrigeración, productos y Bebidas lácteas, productos cárnicos y embutidos, y un depósito con todas la medidas de seguridad, salubridad e higiene para la conservación de los alimentos no perecederos, la cámara frigorífica debe poseer una capacidad de almacenamiento de como mínimo 3.500 kilos y motor que ofrezca 3 hp de potencia para mantener la cadena de frio.
8 - Los potenciales oferentes deben ser capaces de realizar el abastecimiento de productos alimenticios en las dependencias que forman parte del CODI, entre los Departamentos de Itapúa, Misiones y Ñe´embucu, COMO MÍNIMO 2 (DOS) DÍAS A LA SEMANA
9 - Los potenciales Oferentes deben tener la capacidad logística suficiente para la provisión mensual mínima de 250.000 kilos de productos alimenticios varios, en entregas semanales para el cumplimiento eficaz del contrato.
La convocante, se reserva el derecho de realizar visitas a los locales o Centros de distribución de los potenciales Oferentes, a fin de verificar IN-SITU su ubicación, como también las condiciones en que se encuentran la infraestructura y el sistema de almacenamiento utilizado para los productos objetos del presente llamado.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1- Declaración Jurada de poseer local propio en la zona comprendida entre los Departamentos de Itapúa, Misiones y Ñe´embucu y deberá estar acompañada de los siguientes datos:
2- Copia del convenio de alquiler o arrendamiento del local autenticado, ante Escribanía pública, acompañada de los siguientes datos: Dirección exacta de las instalaciones, Número exacto de las instalaciones, Número de Teléfono, Fotografía de las Instalaciones con ubicación exacta de las mismas, bajada de GOOGLE MAPS, a fin de realizar visitas a las instalaciones durante la evaluación de las ofertas.
3- Declaración Jurada de que el local alquilado o arrendado, tiene la infraestructura necesaria para almacenar productos cárnicos y embutidos, bebidas varias, productos perecederos y no perecederos, con la capacidad logística suficiente para la provisión inmediata de productos varios de conformidad a requerimientos operacionales y en los días que la unidad responsable establezca, sin dependencia alguna de reabastecimiento desde otros puntos que no sean los comprendidos entre los Departamentos de Itapúa, Misiones y Ñe´embucu.
4- Fotocopia autenticada por escribanía de la constancia de habilitación del matadero respectivo, emitida por la SENACSA o copia autenticada por escribanía del contrato de prestación de servicios; compromiso debidamente firmado entre el matadero y los potenciales oferentes.
5 - Declaración Jurada de poseer como mínimo 02 (dos) vehículos frigoríficos propios o tercerizados, con copia autenticada por escribanía del certificado de habilitación expedido por la SENACSA, En caso de presentar vehículos tercerizados, presentar copia autenticada del contrato de prestación de servicios, acompañado de las Fotografías actualizadas de los vehículos de transporte.
6- Declaración Jurada de poseer como mínimo de 2 (dos) vehículos tipo furgón, propios o tercerizados para el traslado de productos no perecederos y perecederos que no necesiten refrigeración, En caso de presentar vehículos tercerizados, presentar copia autenticada del contrato de prestación de servicios, acompañado de las Fotografías actualizadas de los vehículos de transporte. El oferente deberá poseer la Capacidad Logística suficiente para cumplir con las provisiones Semanales y Mensuales, conforme requerimiento, durante la vigencia del contrato
7 - Declaración Jurada de poseer infraestructura con la capacidad logística suficiente de almacenamiento, deberá contar con Cámara Frigorífica, para conservación de alimentos perecederos que necesiten refrigeración, productos y Bebidas lácteas, productos cárnicos y embutidos y un depósito para la conservación de los alimentos no perecederos, la cámara frigorífica debe poseer una capacidad de almacenamiento de como mínimo 3.500 kilos y motor que ofrezca 3 hp de potencia para mantener la cadena de frio, (agregar fotografías que certifiquen la tenencia de la cámara frigorífica.)
8- Declaración Jurada de ser capaces de realizar el abastecimiento de productos alimenticios en las dependencias que forman parte del CODI, entre los Departamentos de Itapúa, Misiones y Ñe´embucu, COMO MÍNIMO 2 (DOS) DÍAS A LA SEMANA.
9 - Declaración Jurada de tener la capacidad logística suficiente para la provisión mensual mínima de 250.000 kilos de productos alimenticios varios, en entregas semanales, para el cumplimiento eficaz del contrato.
Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.
A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.
Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.
No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.
Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.
A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.
Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:
a) Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.
b) Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.
c) En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.
Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.
La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.
En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.
En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.
En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.
La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.