Datos de la Verificación
Usuario Verificador
edboy
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
19-09-2024 - 18:56
Fecha de Fin
25-09-2024 - 09:47
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1) Otros criterios que la convocante requiera: Indican " MARGEN DE PREFERENCIA EN PROCEDIMIENTOS DE CARACTER NACIONAL: La aplicación del Margen de Preferencia establecido en la Ley N° 4558/11 "QUE ESTABLECE MECANISMOS DE APOYO A LA PRODUCCIÓN Y EMPLEO NACIONAL A TRAVES DE LOS PROCESOS DE CONTRATACIONES PÚBLICAS" y la Ley N° 6575/20 'QUE MODIFICA EL ARTICULO 2° DE LA LEY N" 4558/2011 "QUE ESTABLECE MECANISMOS DE APOYO A LA PRODUCCION Y EMPLEO NACIONAL, A TRAVES DE LOS PROCESOS DE CONTRATACION PUBLICA" según Circular DNCP N° 09/2024.Considerando que el punto se encuentra preestablecido en el PBC. Favor ajustarse.//
2) Alcance y descripción de las obras: Solicitamos a la convocante cargar a demás de las EETT, también el COMPUTO MÉTRICO en el pliego. Recordamos a la convocante que esta sección constituye el detalle de sus respectivas EETT y COMPUTO MÉTRICO de manera clara y precisa para que el oferente pueda elaborar su oferta.//
3) Modelo de Contrato- Administración del Contrato: Indican " LIZ ROCIO MARIN ". Recordamos a la convocante que entre las funciones de la UOC no está establecido ser administrador de contrato. A fin de evitar inconvenientes posteriores y por prudencia administrativa, sugerimos a la convocante replantear el departamento y/o dependencia encargada de administrar el contrato.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Codigo de Catalogo Incorrecto.
Descripción
En el SICP, el “Código de Catálogo” indicado no corresponde al bien/servicio requerido, solicitamos utilizar el código correcto de acuerdo al Catálogo difundido en el sistema.
Comentario
Observamos ítems con codigo de catalogo que no se encuentran vinculados con el Objeto de gasto indicado en el CDP (O.G. 521) le recordamos que el codigo de catalogo a ser utilizado debe estar vinculados al objeto de gasto conforme al Clasificador Presupuestario, para evitar inconvenientes sugerimos vincular los items, a modo de ejemplo damos "Provisión e instalación de parque infantil de plástico/ Empastado. Se indica a la convocante que el clasificador presupuestario es taxativo, no enunciativo simplemente, por lo que la interpretación de si un objeto de gasto corresponde o no a un objeto licitado específico no mencionado en el documento legal del Clasificador Presupuestario corresponde al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de su Dirección de Presupuesto. A modo de ejemplo damos el OG 521 corresponde de manera expresa a obras de uso público como calles y veredas, alcantarillas, estacionamientos, señalizaciones, etc., y el OG 522 corresponde específicamente a obras de uso institucional como habitaciones, viviendas, establecimientos penitenciarios, culturales, de educación e investigaciones, entre otros. En base a la Ley de PGN del año 2024, la convocante es la responsable de realizar una correcta imputación presupuestaria, recordándose que en caso de que la convocante gestione con error una imputación podría considerarse malversación de fondos presupuestarios.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.