Suministros y Especificaciones técnicas

Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.

El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.

Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:

Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado.

Dra. Lilian Morinigo C.i.790.826 - Jefatura del Departamento de Prestaciones Externas de la Dirección de Gestión Médica

 Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada.

Dicho pedido obedece a la necesidad de seguir contando con los servicios médicos para los asegurados del IPS en las Localidades de Loma Plata, Filadelfia y Neuland, en el contexto de la descentralización de los Servicios del Hospital Central, a los efectos de mejorar la calidad del servicio y de evitar o disminuir las derivaciones de pacientes de dicha zona a la capital.

Justificar la planificación. (si se trata de un llamado periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal)

Se trata de un llamado periódico

Justificar las especificaciones técnicas establecidas

Las Especificaciones Técnicas se ajustan a estándares establecidos acorde a normas nacionales de la DNCP y, llamados previos para la contratación del Servicio de CONTRATACIÓN DE SERVICIOS MÉDICOS TERCERIZADOS PARAEL CHACO CENTRAL, para pacientes ambulatorios e internados asegurados, a fin de dar respuesta a la alta demanda y al déficit de infraestructura y equipamiento de la institución.

Especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

LOTE N° 1: FILADELFIA

  1. FORMA DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS

 

DE LOS REQUISITOS PARA LA ATENCION DE LOS ASEGURADOS

a) El Hospital de la Contratista podrá atender consultas e internaciones  por casos clínicos, cirugías menores y  mayores,  de urgencias y partos mediante la presentación de la cédula de identidad del asegurado del IPS, su identidad digital, cedula vencida hasta un año, contraseña original de trámite de renovación de cedula de identidad u otra identificación oficial nacional para acceder a los servicios médicos.

b) En ningún caso la Contratista admitirá pacientes que no llenaren los requisitos para la atención y/o internación a partir de 6 (seis) meses de aportes, con excepción de los casos por parto y accidentes laborales.

Para acceder a las prestaciones médicas, el Asegurado recurrente, podrá presentar su Cédula de Identidad Original al día,  su identidad digital, cedula vencida hasta un año, contraseña original de trámite de renovación de cedula de identidad u otra identificación oficial nacional, en el sector administrativo de la contratista, a los efectos de que este pueda verificar vía informática o telefónica con Admisión del Hospital Central u otro hospital del IPS el estado de aporte del asegurado, a fin de comprobar el cumplimiento de las obligaciones de pago al día. Una vez cumplido este proceso y verificado su cumplimiento puede recibir las prestaciones  médicas correspondientes.

DE LA NOMINA DE DIRECTIVOS Y PLANTEL MEDICO

El Hospital de la Contratista entregará dentro de los 15 días corridos posterior a la firma del presente Contrato, a la Dirección de Gestión Médica a través del Departamento de Prestaciones Externas, la nómina de directivos: Director médico, administrador y plantel médico, además de sus respectivos registros médicos profesionales y la planilla de firmas en copia autenticada. El listado deberá ser actualizado cuando ocurrieren cambios, y remitidos en el plazo máximo de 72 horas hábiles.

 

  1. REQUERIMIENTOS GENERALES
  • Las prestaciones médicas, serán realizadas siempre que los asegurados se encuentren al día en sus aportes con el IPS.
  • La Atención Medica General y especializada, deberá realizarse acorde a la disponibilidad del Servicio, hasta 4 (cuatro) consultas al mes por Asegurado: discriminado en
  1. Consulta Ambulatoria,
  2. Consulta con especialistas, (Otorrinolaringología, oftalmología, Urología, Traumatología, Alergia, Dermatología, Cardiología, Neurología, Gastroenterología, Endocrinología).
  3.  Consultas para Control de resultados Laboratoriales, imágenes u otros estudios
  4. Consultas Urgencias, en caso de excederse las consultas estipuladas para el mes y de presentarse una urgencia, se deberá brindar la prestación necesaria al Asegurado recurrente, previa comunicación a los fiscalizadores médicos designados por medios informáticos y/o telefónicos.

Observación:

  • El IPS podrá realizar las derivaciones de sus asegurados a los Centros Asistenciales contratados, a fin de que los mismos puedan acceder a los estudios auxiliares de diagnósticos (laboratorios, imágenes), sin que esto conlleve a la obligatoriedad de acceder por consultorio y derive al costo de la consulta correspondiente.  
  • Las Atenciones deberán estar bien tipificadas según el tipo de consulta, el IPS solo estará obligada a pagar aquellas que estén bien tipificadas y las que no se encuentren de esta manera deberán ser corregidas para procesar su pago.
  • Serán consideradas consultas de urgencias aquellas cuyos diagnósticos o condición clínica ameriten este tipo de atención o aquellas consultas que se realicen fuera de los horarios normales de consultorios ambulatorios.
  • No serán consideradas consulta de urgencias aquellas que no cumplan con el criterio anterior, además de las consultas realizadas por falta de turnos disponibles para la atención.
  • En caso de necesidad de internación el límite es de 7 (siete) días, aplicados para casos clínicos, cirugías menores, cirugías mayores, urgencias y otros.
  • Los casos quirúrgicos deberán contar con protocolo operatorio, resumen del cuadro quirúrgico del paciente intervenido, y deberán ser anexados a la ficha clínica del mismo.
  • En las intervenciones y procedimientos quirúrgicos deberán estar incluidos el: Derecho Operatorio, entendiéndose por ello la utilización del quirófano, vestimenta para el cirujano, ayudante, servicio de enfermería, instrumentador y, Honorarios Profesionales (cirujano y anestesiólogo).
  • Las cirugías programadas podrán realizarse únicamente con autorización previa de los Fiscalizadores Médicos designados por el IPS, DGM/DPE,  en un plazo no mayor de 15 días hábiles yuna vez comprobado por los mismos que las cirugías no pueden realizarse en otros hospitales del IPS, o en centros u hospitales con los  que éste  cuente con convenios de cooperación activos y vigentes. Las cirugías de urgencias deberán ser comunicadas dentro de las 24 horas de haberse realizado la intervención, a los Fiscalizadores Médicos y al Departamento de Prestaciones Externas/DGM.
  • En el caso de intervenciones en donde se realicen más de un procedimiento en el mismo acto, la cobertura por parte de IPS será la siguiente: 100% de cobertura en primer procedimiento, 50% de cobertura a partir del segundo procedimiento, 25% de cobertura a partir del tercer  procedimiento.
  • La orden de Estudios Auxiliares de Diagnóstico, Laboratorio, Procedimientos Terapéuticos y otros, deberán ser estrictamente necesarios y acordes con la patología y gravedad del Asegurado. (no serán considerados estudios que no se justifiquen o no estén relacionadas con las patologías)
  • En caso de necesidad de traslado del Asegurado a un Servicio Asistencial del IPS; el médico tratante deberá analizar previamente la patología y la gravedad, para evaluar si reúne la condición necesaria para el efecto. Además, deberá tomar todos los recaudos necesarios como ser la comunicación previa con el servicio receptor para efectuar la referencia del paciente.
  • Las remisiones de pacientes desde el Hospital Contratista, siempre y cuando no posea la capacidad resolutiva para los casos cuya gravedad o complejidad, requieran la remisión a otros centros, se utilizará la opción del uso de Ambulancia para el traslado del paciente desde el Hospital de la Contratista hasta el Hospital Central del IPS u otro Centro Asistencial del I.P.S., previa autorización por vía telefónica, correo electrónico u otro medio de los Fiscalizadores Médicos y/o el Departamento de Prestaciones Externas. En caso de emergencias y si existieren dificultades de comunicación, el servicio de Ambulancia deberá ser realizado y comunicado donde corresponda en un plazo no mayor de veinticuatro (24) horas.
  •  Los cómputos de Kilometraje se tendrán en cuenta siempre y cuando se configure traslado del paciente dentro del habitáculo de la ambulancia, y, se tomará para el pago del mismo la distancia desde el Hospital Contratista hasta el servicio receptor.

      Ejemplo: 1) Traslado desde el Hospital Contratista al Hospital Central del IPS Asunción: 470 Km. (FILADELFIA)

  • La evaluación y aclaración de situaciones complejas que no se encuentran contempladas en el pliego, y de presentarse serán administradas por el DPE/DGM y las Áreas de Asistencia Técnica, y de Fiscalización de Contratos, para su interpretación a fin de dar la respuesta acorde a la demanda del Asegurado o Contratista.

 

PROCEDIMIENTOS QUE SE INCLUYEN EN LOS COSTOS POR SALA DE INTERNACIÓN

1-Atención médica general y especializada, acorde a la patología del paciente

2-Atención de enfermería

3-Atención, seguimiento y control con los Médicos de Sala o Médicos de Guardia

PROCEDIMIENTOS MÉDICOS DE RUTINA

  1. Historia Clínica
  2. Evolución
  3. Indicaciones

 

  1. DE LAS FICHAS CLÍNICAS 
  1. Cada paciente asegurado que recibiere atención ambulatoria o internación de urgencia contará con una Ficha Clínica Numerada, archivada con un distintivo y espacio físico diferenciado o digital para los pacientes del IPS. Las mismas serán llenadas con todos los datos de identificación del paciente: Nombres y Apellidos, Fecha de Nacimiento, Nº de Cédula de Identidad, Nº de Seguro, Nº Patronal, y lugar de residencia habitual.
  2. Por cada prestación, ya sea ambulatoria o de internación, deberá constar la fecha de esta, contener la historia clínica, o los datos referentes a la consulta, especificando el diagnóstico, procedimientos, evolución, los estudios solicitados con informes de los resultados obtenidos y tratamientos en cada caso.
  3. Deberá contar con firma y sello del médico tratante y ser llenada con letra clara, legible, sin abreviaturas ni enmiendas y en idioma español.
  4. Los casos quirúrgicos deberán contar con protocolo operatorio, epicrisis o resumen del cuadro quirúrgico del paciente intervenido, y serán anexados a la Ficha Clínica del mismo.
  1. PROCEDIMIENTOS QUE SE INCLUYEN EN LOS COSTOS POR LA SALA DE INTERNACIÓN.
  1. Atención médica general y/o especializada, acorde al Programa de Suministro de Servicios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones.
  2. Atención de Enfermería
  3. Atención, seguimiento y control con los Médicos de Sala o Médicos de Guardia
  4. Procedimientos Médicos y de Enfermería de rutina: Historia Clínica, Evolución, Indicaciones, curaciones
  5. Alimentación dietética del paciente (Incluyendo los alimentos)

Procedimientos de Enfermería

  • Control de signos vitales, instalación y control de sonda naso gástrica y/o vesical, procesamiento de indicaciones médicas.
  • Instalación y control de enema evacuador, canalización de venas.
  • Control de goteo de transfusión de sangre y derivados.
  • Instalación de líquidos parenterales y control de goteo, medicación inyectable vía subcutánea, endovenosa, endotubo, intramuscular o vía oral, nebulizaciones
  • Maniobras médicas de resucitación, procedimiento de intubación endotraqueal, aspiración de secreciones
  • Instalación y control de enema evacuador, canalización de venas, aspirado de secreciones
  • Control de goteo de transfusión de sangre y derivados
  • Higiene del paciente, rasurado e higiene del ombligo del recién nacido

Servicio de Hotelería

  • Servicio de Hotelería: Servicio de mucamas, Cambio diario de ropas de cama, Servicio de limpieza de la habitación.

DE LOS PROCEDIMIENTOS QUIRÚRGICOS

DE LOS CIRUGIA

Ítems con procedimientos quirúrgicos, las cotizaciones se incluirán sin ser limitativos, los siguientes conceptos, los que deberán ser proveídos por el prestador e incluidos dentro del precio ofertado:

  • Las placas electro bisturí,
  • Pico para electro bisturí.
  • Rasuradora.
  • Circuito para respiradores.
  • Set para bombas de infusión.
  • El oxígeno, en sala de cirugía y recuperación
  • Sondaje vesical
  • Las gasas,
  • Compresas de campo,
  • Botas quirúrgicas,
  • Chalecos quirúrgicos,
  • Gorros
  • Tapabocas
  • Derecho operatorio.
  • Honorarios de Médico Anestesiólogo.
  • Honorarios del Médico Cirujano.
  • Honorarios de Ayudante e Instrumentador.
  • Control pre-operatorio del Paciente por parte del Médico Cirujano.
  • Control pos operatorio del Paciente por parte del Médico tratante

Observaciones:

  • En Casos Quirúrgicos el derecho de sala operatoria, Ayudantes y Anestesiólogos deberá estar contemplado en los costos de los aranceles según listado. El Instituto proveerá de los descartables e insumos y los medicamentos del Cuadro Básico para todos los casos.
  • Por cada prestación médica (consulta, laboratorio, internación, retiro de medicamentos) el asegurado o el acompañante deberá firmar una Planilla donde se registrarán el nombre del paciente, fecha de atención del paciente, Nº de cédula de identidad y  Nº de ficha Clínica, certificando los servicios recibidos. (Debe estar firmados por el usuario, o el familiar el pedido de laboratorio, Imágenes u/o procedimiento)
  • En los casos de internación de los pacientes asegurados de IPS, están autorizados a permanecer en el Sanatorio hasta 7 (siete) días, salvo criterio médico fundamentado y autorizado por escrito por los Fiscalizadores Médicos del Externas/DGM, en cuyos casos se podrán extender los días de internación, (según acuerdo consensuado de los mismos con el médico tratante) en tanto se consiga lugar de internación  en un establecimiento propio del IPS para el posterior trasladado del /los pacientes o se defina el alta médica.
  • El registro de las prestaciones realizadas a los pacientes se realizará en una plataforma web, la cual deberá se proveída por el IPS. Adicionalmente, y de común acuerdo entre las partes, se podrá instalar una API al Software ya utilizado en el centro médico, que interactúe directamente con la plataforma web del IPS
  •  Para la utilización de dicha plataforma web, el proveedor deberá contar con acceso a internet full las 24 hs del día.
  • El registro de la orden por cada paciente se generará en la plataforma web una vez completada la documentación  respaldatoria, que se  adjuntará a la orden generada en un plazo no mayor a 48 hs hábiles  desde el alta médica.
  • Luego  se tendrán en cuenta todas las ordenes generadas en el mes para su verificación y posterior inclusión en el
  • Acta de Recepción Final  mensual.
  • En caso de falla en el acceso a la plataforma, se procederá al registro en formato físico, el cual deberá ser
  • actualizado en la plataforma, una vez reestablecido el servicio.
  • El proveedor deberá disponer, además de conexión a internet, de todas las herramientas informáticas
  • (hardware y software) necesarias para la digitalización de documentos y su posterior registro en la plataforma

Web.

Deben remitirse a los fiscalizadores médicos y al  Departamento de Prestaciones Externas de la  DGM los Datos estadísticos de las prestaciones brindadas  cada mes por  medios informáticos, en formato Excel.

La empresa remitirá  diariamente al Departamento de Prestaciones Externas planilla  en formato Excel, con datos de pacientes internados, ingreso, diagnostico, alta y costo generado por los servicios.

  • El Contratista pondrá a disposición de los asegurados del IPS, el Hospital de su responsabilidad, con la estructura edilicia, el personal médico y paramédico y la capacidad instalada en ella exclusivamente:

Mediante internación limitada a casos de urgencias, cirugías menores, cirugías mayores de  Urgencias no programadas, estudios auxiliares de diagnóstico, aquellos solamente disponibles en el Hospital de La Contratista, procedimientos terapéuticos estrictamente necesarios y acordes con la patología y gravedad del asegurado, alimentación adecuada y consultas ambulatorias. Los casos quirúrgicos deberán contar con protocolo operatorio, epicrisis o resumen del cuadro quirúrgico del paciente intervenido, y serán anexados a la Ficha Clínica del mismo. La provisión de medicamentos, se entregará de acuerdo a la existencia proveída por la sede central del IPS.

 

  1. La atención ambulatoria, internación, cirugías, y/o estudios auxiliares de diagnóstico serán realizados siempre, previa comprobación de derechos de los asegurados.
  2. Aquellos pacientes cuya patología y gravedad permitan su traslado a un Servicio Asistencial del IPS, serán  derivados al Hospital Central u otro centro sanitario del IPS, según  necesidad y si cuenta con capacidad resolutiva para la patología del paciente.
  3. El hospital de la Contratista podrá atender consultas médicas de los Asegurados del I.P.S., mediante la presentación de la Cedula de Identidad, debe ser original y debe estar vigente.
  4. Para la internación por casos clínicos, cirugías programadas, de urgencias y partos, el Asegurado deberá presentar la Cédula de Identidad original y vigente, como también estar al día los últimos 6 meses consecutivos en el aporte  del seguro social al I.P.S.
  5. La contratista deberá brindar un espacio físico separado, equipado y amoblado y acorde para que pueda funcionar la farmacia con los productos, e insumos pertenecientes al IPS
  6. La Farmacia deberá cumplir con los requerimientos y normativas estipuladas por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y la SENAD, para el buen funcionamiento de la misma.
  1. DE LA PRESCRIPCIÓN, PROVISIÓN y control DE MEDICAMENTOS, INSUMOS Y DESCARTABLES

El sanatorio adjudicado deberá proveer un espacio físico diferenciado que reúna las condiciones exigidas por el MSP Y BS,

En cuanto a las dimensiones (ventanilla de farmacia de 15m 2 como mínimo) y buenas prácticas de Farmacia, (ventanilla

Con espacio para oficina de regencia, con sanitario incluido, y el depósito diferenciado), de fácil acceso e

Intercomunicación entre las dependencias mencionadas; además de los equipamientos como heladera, termo higrómetro

Para cada dependencia, aire acondicionado, mobiliario (escritorios, mesa para dispensación, estantes en cantidad

Necesaria, sillas) internet a full, equipos informáticos con impresora, tinta, tóner y papel, basurero con tapa,

Gavetas, armario con llave para medicamentos sujetos a control según la ley 1340, escalera y carro de carga.

El Centro Tercerizado deberá contar con un espacio techado para la recepción de materiales médicos, sin contacto con la

Vía pública, y un personal designado para descarga de los medicamentos e insumos del IPS, ascensor en correcto

Funcionamiento y rampa de ser necesarios.

  1. Los medicamentos e insumos hospitalarios, serán proveídos por el Instituto de Previsión Social, conforme a la existencia en  el Dpto. de Administración de Suministros Médicos (DASM), cuadro básico y sistema de reposición interna de stock según proceso vigente en el IPS, para el efecto se encuentran formularios habilitados para el DPE /DGM.
  2. Los Insumos y Medicamentos serán proveídos por el IPS por Orden de Entrega emitida por las Regentes y/o

Encargadas de las farmacias instaladas en los Centros Tercerizados.

  1. Para la prescripción, provisión y control de materiales médicos el IPS designará a un funcionario encargado o regente de Farmacia, responsable de la solicitud, recepción, distribución y control de los materiales médicos; así mismo contará con profesionales técnicos en farmacia según disponibilidad de recursos humanos a fin dar cobertura en horarios diurnos, nocturnos y franqueros

d)     La gestión para la obtención (retiro) de los medicamentos para las farmacias del IPS, será realizada por el regente o

Encargado de Farmacia

e) La contratista está obligada a remitir los informes solicitado sobre el movimiento de productos en la farmacia

  1. El mecanismo de control será a través de planillas de control de medicamentos, insumos y descartables, habilitadas en la Plataforma web  que deberán ser remitidas mensualmente al DPE y Unidad de Control Interno del IPS
  2. Para los asegurados con patología aguda que recibieren atención ambulatoria, el médico podrá prescribir hasta 2 (dos) recetas (con membrete del hospital correspondiente por paciente, por consulta, con 1 (un) solo tipo de medicamento por receta. La cantidad de medicamentos no podrá sobrepasar de 2 (dos) tiras o 2 (dos) frascos por receta, salvo casos que el cuadro clínico - bajo criterio médico - amerite la administración de mayor cantidad.
  3. En los casos crónicos, cada receta no deberá sobrepasar la cantidad de medicamentos que pueda cubrir el tratamiento durante 30 (treinta) días, posteriormente podrá ser renovado o modificado según el control y decisión del médico tratante

Las recetas deberán contener la identificación completa del asegurado: Nombres y Apellidos, Nº de Cédula de Identidad, lugar de residencia habitual, fecha de prescripción, Nombre genérico del medicamento con letra clara y legible, Dosificación en número y letra, Firma y sello del profesional médico tratante

Firma y sello del personal de enfermería responsable

Dicha planilla deberá ir acompañada de la indicación médica en duplicado, conteniendo todos los datos del paciente

 

  1. Las recetas prescritas tendrán validez durante 8 (ocho) días corridos a partir de la fecha de emisión. Cuando el Instituto no proveyere al Hospital de la Contratista los recetarios de la Institución, podrán ser utilizados los suyos y deberán llevar inscripto el membrete correspondiente
  1. Todos los medicamentos específicos para procedimientos y tratamientos en casos de internación de urgencia, podrán prescribirse en una misma Hoja de Indicaciones, en cantidad durable para 48 (cuarenta y ocho) horas, salvo casos específicos de menor cantidad según la patología, gravedad y procedimientos necesarios. En estos casos la hoja de indicaciones deberá contener el Membrete del Hospital de la Contratista y los mismos datos establecidos en inciso e) de este punto.
  2. En todos los casos las recetas deberán estar firmadas por la persona que retira los medicamentos, con aclaración de firma y Nº de documento de identidad, asimismo deberá constar la fecha de entrega del o los medicamentos.
  1. Se protocolizará un listado de materiales utilizados por enfermería, conforme a la utilización y objetivos en las siguientes categorías: Descartables de uso en urgencia, Medicamentos de urgencias, Medicamentos y descartables específicos según tipo de pacientes remitidos. Los pacientes internados deberán recibir la medicación correspondiente al evento que ocasionó su internación, prescripto por el médico tratante. La medicación correspondiente a otras patologías deberá ser indicada por los especialistas del área a través de interconsultas.

 

Los pacientes no podrán   adquirir  por sus medios, (y a pedido de los médicos tratantes)  medicamentos e insumos existentes en  la farmacia del IPS.

Los equipos de bioseguridad para los profesionales de salud (médicos y enfermeras) encargados de la atención a los

Pacientes asegurados, serán proveídos por la Farmacia del IPS; según disponibilidad en el DASM.

Obs.: En caso de no existencia de un insumo o medicamento en el momento de su solicitud, el encargado

 O Regente de Farmacia realizara las gestiones para el abastecimiento de lo solicitado, utilizando las

Reglamentaciones internas del IPS.

 

LA POLITICA DE FACTURACION

Se considerará el horario de ingreso y alta efectiva del paciente según conste en la hoja de enfermería para establecer el

Tiempo total de internación.

Facturación para Camas Clínicas y UTI

Desde las 00:00 hasta las 12:00hs, facturación de 0.5 día.

Desde las 12:00 hasta las 00:00hs, facturación de 0.5 día.

Si un paciente usufructuara dos servicios como ser Sala de Internación y UTI / UTIM en el periodo de 12:00hs.

Será facturado únicamente el servicio de UTI / UTIM.

 

  1. DE LOS ESTUDIOS LABORATORIALES DE RUTINA

El Hospital de la Contratista podrá proveer  un estudio laboratorial de rutina por año al asegurado que lo solicite.

Por estudios laboratoriales de rutina se entienden los siguientes:

  1. Hemograma;
  2. Glicemia
  3. Urea;
  4. Creatinina;
  5. Colesterol;
  6. Triglicéridos;
  7. Ácido úrico;
  8. Heces vermes y protozoario;
  9. Orina simple y sedimento.

Las reiteraciones de los estudios mencionados, así como las solicitudes para otro tipo de determinaciones deberán estar plenamente indicadas y justificadas según diagnóstico y evolución de la patología y los mismos no deberán realizarse de forma rutinaria.

No serán reconocidas por la contratante ni se le exigirá el pago de aquellas determinaciones de laboratoriales que sean realizadas por la contratista a los asegurados y que no tenga relación directa de con el cuadro clínico

 

  1. OTROS ESTUDIOS DIAGNÓSTICOS

 

El Hospital de la Contratista proveerá estudio diagnóstico y otros estudios específicos que deberán estar plenamente indicadas y justificadas según diagnóstico y evolución de la patología.

En los casos crónicos deberán ser trasladados al Hospital Central del IPS. La extracción de material de PAP será preparada según normas y remitida al Servicio de Anatomía Patológica del Hospital Central del IPS para su estudio.

No serán reconocidas por la contratante ni se le exigirá el pago de aquellos estudios auxiliares de diagnósticos que sean realizadas por la contratista a los asegurados y que no tenga relación directa de con el cuadro clínico

Observaciones:

  1. El IPS no proveerá en carácter de insumos los reactivos concernientes a los estudios laboratoriales, es decir el hospital contratista debe incluir en su precio todos los insumos requeridos para prestar el servicio.
  1. DE LOS ESTUDIOS Y TRATAMIENTOS DE ALTA COMPLEJIDAD
  1. El Instituto tendrá a su cargo los estudios de diagnóstico y tratamiento de alta complejidad, tales como estudios Laboratoriales complejos, estudios de Hemodinámica, cirugías mayores de alta complejidad, tratamientos de terapia intensiva, tratamientos complejos y crónicos que requieran más de 7 (siete) días de Rehabilitación.

Reposos:

Los médicos que forman parte del plantel de la empresa que sea adjudicada por el IPS para la prestación de servicios médicos tercerizados, podrán expedir reposos con sus correspondientes certificados médicos (membrete propio), siendo reconocidos como válidos para la tramitación y cobro de subsidios en el sistema informático BCP (Beneficio a Corto Plazo) del IPS, siempre que contengan la firma y sello del Director del Servicio y del Médico tratante, diagnóstico acorde al Baremo Institucional del IPS, y fecha de inicio y fin del reposo.

 

La empresa que sea adjudicada deberá remitir para la suscripción del contrato, la nómina de médicos autorizados a expedir reposos, a fin de ingresar en el sistema informático (beneficio a corto plazo) del IPS para la validación de los mismos como médicos tratantes.

  1. PROCESOS ADMINISTRATIVOS Y DE SOLICITUD DE PAGO

En cada prestación otorgada el Asegurado o Familiar debe firmar un Comprobante de Prestación del Servicio, conforme modelo siguiente:

Dependencia:

Comprobante de Prestación de Servicios

Asegurado Cotizante

 

Cédula de Identidad Nº

 

Asegurado Beneficiario

 

Cédula de Identidad Nº

 

Nº Patronal

 

Nº de Ficha

 

PACIENTE (corresponde la identificación del que recibe la prestación)

Dirección del Domicilio:

 

 

 

 

Cantidad

Descripción del Servicio

Precio Unitario

Precio Total

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL GS.

 

 

_____________________

 

 

 

Firma de Conformidad

 

 

 

Asegurado o Familiar

 

 

 

Cédula de Identidad Nº

 

 

 

  1. En caso de necesidad de provisión de prótesis para los tratamientos quirúrgicos traumatológicos y/o de urgencia, deberán ser gestionados a través de la DGM/Gerencia de Salud, con anterioridad a la cirugía programada.
  2. El asegurado deberá firmar la  conformidad de haber retirado el medicamento y/o insumo del IPS, conforme receta expedida por el médico tratante, agregando su número de cédula de identidad.
  3. La Farmacia debe cumplir con los requerimientos y normativas estipuladas por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y la SENAD,  para el buen funcionamiento del mismo.
  4. El control permanente y reposición de stock, debe ser realizado y controlado por un Responsable designado por el contratista. En caso de presentarse artículos con baja rotación o próximo a vencer, del stock, debe ser comunicado al DPE/DGM, a los efectos de coordinar acciones de reciclaje, para el aprovechamiento del bien, en otras dependencias del IPS, con un mínimo de (3) tres meses de antelación.
  5. Deben remitirse a los fiscalizadores médicos y al  Departamento de Prestaciones Externas de la  DGM los Datos estadísticos de las prestaciones brindadas  cada mes por  medios informáticos, en formato
  6. Los Documentos originales de los procesos realizados, tales como expedientes de pacientes y otros, deben ser archivados en un orden lógico, que permita  la realización de trabajos de fiscalización y control por parte del IPS.
  7. La custodia y mantenimiento adecuado de las documentaciones respaldatorias de las prestaciones médicas, realizadas a los Asegurados, es responsabilidad de la empresa tercerizada. Las mismas pueden ser requeridas en cualquier momento por la Contratista
  8. El hospital contratado  deberá implementar en sus instalaciones cartelerías referidas a los servicios prestados a los asegurados del IPS, resaltando en ellos que el paciente asegurado tiene derechos a acceder a los medicamentos e insumos aplicados a los procedimientos sin costo alguno, igualmente podrían suministrarse folletos explicativos con costo al hospital contratista.
  9. Es responsabilidad del Director y Administrador del Hospital, la legitimidad de los datos relacionados con la prestación de servicios y sus respectivos costos, así como la presentación de los documentos para la gestión de pagos referidos en el presente Contrato en tiempo y forma.
  10. Cuando se hallaren objeciones por parte del Instituto en los expedientes en proceso de pago, se retendrá el desembolso de los montos que fueron objetados, hasta tanto, estas sean subsanadas, una vez que se encuentren en regla se seguirá con el proceso de pago.
  11. Si la Contratista no se encontraré al día en el pago de las imposiciones correspondientes, el IPS retendrá el pago hasta la regularización por parte de la Contratista.

 

  1. INICIO DEL SERVICIO
  1. El plazo de prestación de los servicios será de 24  (veinte  cuatro) meses y el inicio de la prestación será INMEDIATA a partir de la firma del Contrato.
  2. El proveedor deberá garantizar la prestación permanente del servicio acorde a la demanda, lo cual no deberá ser interrumpida por ningún motivo de contingencia.
  1. GARANTÍA DE SERVICIO

El proveedor deberá garantizar la prestación permanente del servicio, la cual no deberá ser interrumpida por ningún motivo de contingencia.

 

  1. DE LA FISCALIZACIÓN Y AUDITORÍA MÉDICA Y ADMINISTRATIVA:

El IPS dispondrá de un equipo de Fiscalizadores, quiénes se encargarán de la Fiscalización en Terreno y/o a través de la plataforma web institucional de los procedimientos realizados a los pacientes hospitalizados, quedando el Contratista comprometido en brindar a los mismos toda la información que sea necesaria y un fácil acceso a la documentación clínica para una mejor evaluación de los pacientes hospitalizados. De igual manera, el IPS dispondrá de un equipo de Auditores Médicos quiénes podrán actuar las veces que se considere necesario.

El Fiscalizador podrá ordenar el traslado del paciente al IPS o el alta del mismo, en caso de que la situación clínica del paciente lo amerite, el Fiscalizador, en estos casos, será responsable del alta o traslado y de las implicancias que emerjan de la misma.

El IPS podrá designar sus Recursos Humanos médicos y no médicos, para una fiscalización permanente en los centros contratados.

El IPS podrá disponer de una oficina en la zona de influencia de los hospitales, en donde se realizaran un estudio de las derivaciones o pertinencias de internación en los Centros Asistenciales (salvo casos de Urgencia que ameriten asistencia inmediata)

  1. ALCANCE DEL SERVICIO

El Prestador pondrá a disposición del Instituto de Previsión Social, el Hospital de su responsabilidad, con la estructura edilicia, el personal médico, paramédico, administrativo y la capacidad necesaria de camas instaladas en ella, para la atención  de los asegurados del IPS.

Los servicios son los que se describen en la planilla de precios, conforme al siguiente detalle;

  • Consultas (Servicios detallados en los ítems 1 al 13)
  • Procedimientos Ambulatorios (Servicios detallados en los ítems 14 al 24)
  • Cirugía Menor (Servicios detallados en los ítems 25 al 30).
  • Estudios Ecográficos (Servicios detallados en los ítems 31 al 55).
  • Estudios Cardiológicos (Servicios detallados en los ítems 56 al 57).
  • Estudios Neurológicos (Servicios detallados en el ítem 58).
  • Endoscopias (Servicios detallados en los ítems 59 al 62).
  • Internación Por día  (Servicios detallados en los ítems 63 al 73)
  • Radiografía Adultos  (Servicios detallados en los ítems 74 al 103)
  • Radiografía Niños  (Servicios detallados en los ítems 104 al 126).
  • Tomografías (Servicios detallados en los ítems 127 al 137).
  • Cirugías y Procedimientos Gineco Obstétricos (Servicios detallados en los ítems 138 al 165).
  • Cirugía Abdominal (Servicios detallados en los ítems 166 al 189).
  • Cirugías Urológicas y Procedimientos Quirúrgicos (Servicios detallados en los ítems 190 al 212).
  • Cirugías del Cuello y Tórax y Procedimientos Quirúrgicos (Servicios detallados en los ítems 213 al 221).
  • Otorrinolaringología Cirugía y Procedimientos Ambulatorios (Servicios detallados en los ítems 222 al 238).
  • Oftalmología Cirugía y Procedimientos Ambulatorios (Servicios detallados en los ítems 239 al 2
  • 48).
  • Traumatología Ortopedia Procedimientos, Enyesados y Tratamientos Quirúrgicos (Servicios detallados en los ítems 249 al 302).
  • Cirugía de Venas y Arterias (Servicios detallados en los ítems 303 al 308).
  • Hematología (Servicios detallados en los ítems 309 al 314).
  • Química (Servicios detallados en los ítems 315 al 375)
  • Coagulación (Servicios detallados en los ítems 376 al 384)
  • Inmunología (Servicios detallados en los 385 ítems al 422)
  • Endocrinología (Servicios detallados en los ítems 423 al 438)
  • Heces (Servicios detallados en los ítems 439 al 446)
  • Orina (Servicios detallados en los ítems 447 al 468)
  • Otros Estudios - Líquido Cefalorraquido (Servicios detallados en los ítems 469 al 473)
  • Líquido Peritoneal (Servicios detallados en los ítems 474 al 475)
  • Líquido Pleural (Servicios detallados en los ítems 476 al 477)
  • Líquido Ascítico (Servicios detallados en los ítems 478 al 479)
  • Líquido Gástrico (Servicios detallados en los ítems 480 al 481)
  • Líquido Articular (Servicios detallados en los ítems 482 al 483)
  • Análisis de Secreciones Diversas: Secreción Vaginal o Uretral (Servicios detallados en los ítems 484 al 487)
  • Otras Secreciones (Cutáneas, ótica, ocular, faríngea)  (Servicios detallados en los ítems 488 al 503)
  • Biología Molecular (Servicios detallados en los ítems 504 al 512)
  • Otros Estudios (Servicios detallados en los ítems 513 al 529)
  • Otros Servicios -  Servicios Ambulancias (Servicios detallados en los ítems 530 al 531)
  • Nuevos Servicios (Servicios detallados en los ítems 532 al 678)

 

LOTE N° 2: LOMA PLATA

  1. FORMA DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS

DE LOS REQUISITOS PARA LA ATENCION DE LOS ASEGURADOS

a) ) El Hospital de la Contratista podrá atender consultas e internaciones  por casos clínicos, cirugías menores y  mayores,  de urgencias y partos mediante la presentación de la cédula de identidad del asegurado del IPS, su identidad digital, cedula vencida hasta un año, contraseña original de trámite de renovación de cedula de identidad u otra identificación oficial nacional para acceder a los servicios médicos.

b) En ningún caso la Contratista admitirá pacientes que no llenaren los requisitos para la atención y/o internación a partir de 6 (seis) meses de aportes, con excepción de los casos por parto y accidentes laborales.

Para acceder a las prestaciones médicas, el Asegurado recurrente, podrá presentar su Cédula de Identidad Original al día,  su identidad digital, cedula vencida hasta un año, contraseña original de trámite de renovación de cedula de identidad u otra identificación oficial nacional, en el sector administrativo de la contratista, a los efectos de que este pueda verificar vía informática o telefónica con Admisión del Hospital Central u otro hospital del IPS el estado de aporte del asegurado, a fin de comprobar el cumplimiento de las obligaciones de pago al día. Una vez cumplido este proceso y verificado su cumplimiento puede recibir las prestaciones  médicas correspondientes.

DE LA NOMINA DE DIRECTIVOS Y PLANTEL MEDICO

El Hospital de la Contratista entregará dentro de los 15 días corridos posterior a la firma del presente Contrato, a la Dirección de Gestión Médica a través del Departamento de Prestaciones Externas, la nómina de directivos: Director Médico, Administrador y plantel médico, además de sus respectivos registros Médicos y Planilla de firmas en copia autenticada. El listado deberá ser actualizado cuando ocurrieren cambios, y remitidos en el plazo máximo de 72 horas hábiles.

 

  1. REQUERIMIENTOS GENERALES
  • Las prestaciones médicas, serán realizadas siempre que los asegurados se encuentren al día en sus aportes con el IPS.
  • La Atención Medica General y especializada, deberá realizarse acorde a las disponibilidad del Servicio, hasta 4 (cuatro) consultas al mes por Asegurado: discriminado en
  1. Consulta Ambulatoria,
  2. Consulta con especialistas, (Otorrinolaringología, oftalmología, Urología, Traumatología, Alergia, Dermatología, 3. Cardiología, Neurología, Gastroenterología, Endocrinología).
  3. Consultas para Control de resultados Laboratoriales, imágenes u otros estudios
  4. Consultas Urgencias, en caso de excederse las consultas estipuladas para el mes y de presentarse una urgencia, se deberá brindar la prestación necesaria al Asegurado recurrente, previa comunicación a los

Fiscalizadores médicos designados por medios informáticos y/o telefónicos.

Observación:

  • El IPS podrá realizar las derivaciones de sus asegurados a los Centros Asistenciales contratados, a fin de que los mismos puedan acceder a los estudios auxiliares de diagnósticos (laboratorios, imágenes), sin que esto conlleve a la obligatoriedad de acceder por consultorio y derive al costo de la consulta correspondiente.  
  • Las Atenciones deberán estar bien tipificadas según el tipo de consulta, el IPS solo estará obligada a pagar aquellas que estén bien tipificadas y las que no se encuentren de esta manera deberán ser corregidas para procesar su pago.
  • Serán consideradas consultas de urgencias aquellas cuyos diagnósticos o condición clínica ameriten este tipo de atención o aquellas consultas que se realicen fuera de los horarios normales de consultorios ambulatorios.
  • NO serán consideradas consulta de urgencias aquellas  que no cumplan con el criterio anterior, además de las consultas realizadas por falta de turnos disponibles para la atención.
  • En caso de necesidad de internación el límite es de 7 (siete)  días, aplicados para casos clínicos, cirugías menores, cirugías mayores, urgencias y otros.
  • Los casos quirúrgicos  deberán contar con protocolo operatorio, resumen del cuadro quirúrgico del paciente intervenido, y deberán ser anexados a la ficha Clínica del mismo.
  • En las intervenciones y procedimientos quirúrgicos deberán estar incluidos el: Derecho Operatorio, entendiéndose por ello la utilización del quirófano, vestimenta para el cirujano, ayudante, servicio de Enfermería, instrumentador y,  Honorarios Profesionales (cirujano y anestesiólogo).
  • Las cirugías programadas podrán realizarse únicamente con  autorización previa de los Fiscalizadores Médicos designados por el IPS/DGM/DPE en un plazo no mayor de 15 días hábiles y  una vez comprobado por los mismos que las cirugías no pueden realizarse en otros hospitales del IPS, o en centros  u hospitales con los  que éste  cuente con convenios de cooperación. Las cirugías de urgencias deberán ser comunicadas dentro de las 24 horas de haberse realizado la intervención, a los Fiscalizadores Médicos y al Departamento de Prestaciones Externas.
  • La orden de Estudios Auxiliares de Diagnostico, Laboratorio, Procedimientos Terapéuticos y otros, deberán ser estrictamente necesarios y acordes con la patología y gravedad del Asegurado. (no serán considerados estudios que no se justifiquen o no estén relacionadas con las patologías)
  • En caso de necesidad de traslado del Asegurado a un Servicio Asistencial del IPS; el médico tratante del servicio tercerizado  deberá analizar la patología y la gravedad del paciente, para definir si reúne la condición necesaria para el efecto. Además, deberá tomar todos los recaudos necesarios como ser la comunicación previa con el Fiscalizador Médico quien coordinará con el servicio receptor la referencia del paciente.
  • Las remisiones de pacientes desde el Hospital Contratista, siempre y cuando no posea la capacidad resolutiva para los casos cuya gravedad o complejidad, requieran la remisión a otros centros, se utilizará la opción del uso de Ambulancia para el traslado del paciente desde el Hospital de la Contratista hasta el Hospital Central del IPS u otro Centro Asistencial del I.P.S., previa autorización por vía telefónica, correo electrónico u otro medio de los Fiscalizadores Médicos y/o el Departamento de Prestaciones Externas. En caso de emergencias y si existieren dificultades de comunicación, el servicio de Ambulancia deberá ser realizado y comunicado donde corresponda en un plazo no mayor de veinticuatro (24) horas.
  •  Los cómputos de Kilometraje se tendrán en cuenta siempre y cuando se configure traslado del paciente dentro del habitáculo de la ambulancia, y, se tomará para el pago del mismo la distancia desde el Hospital Contratista hasta el servicio receptor.

      Ejemplo: 1) Traslado desde el Hospital Contratista al Hospital Central  del IPS Asunción: 470 Km. (FILADELFIA)

  • La evaluación y aclaración de situaciones complejas que no se encuentran contempladas en el pliego, y de presentarse serán administradas por la Dirección de Gestión Médica  a través del Departamento de Prestaciones Externas y  de Áreas de Asistencia Técnica, y de Fiscalización de Contratos, para su interpretación a fin de dar la respuesta acorde a la demanda del Asegurado o Contratista.

 

PROCEDIMIENTOS QUE SE INCLUYEN EN LOS COSTOS POR SALA DE INTERNACIÓN

1-Atención medica general y especializada, acorde a la patología del paciente

2-Atención de enfermería

3-Atención, seguimiento y control con los Médicos de Sala o Médicos de Guardia

PROCEDIMIENTOS MÉDICOS DE RUTINA

  1. Historia Clínica
  2. Evolución
  3. Indicaciones

 

5. DE LAS FICHAS CLÍNICAS 

  1. Cada paciente asegurado que recibiere atención ambulatoria o internación de urgencia, contará con una Ficha Clínica Numerada, archivada con un distintivo y espacio físico diferenciado o digital para los pacientes del IPS. Las mismas serán llenadas con todos los datos de identificación del paciente: Nombres y Apellidos, Fecha de Nacimiento, Nº de Cédula de Identidad, Nº de Seguro, Nº Patronal, y lugar de residencia habitual.
  2. Por cada prestación, ya sea ambulatoria o de internación, deberá constar la fecha de la misma, contener la historia clínica, o los datos referentes a la consulta, especificando el diagnóstico, procedimientos, evolución, los estudios solicitados con informes de los resultados obtenidos y tratamientos en cada caso.
  3. Deberá contar con firma y sello del médico tratante y ser llenada con letra clara, legible, sin abreviaturas ni enmiendas y en idioma español.
  4. Los casos quirúrgicos deberán contar con protocolo operatorio, epicrisis o resumen del cuadro quirúrgico del paciente intervenido, y serán anexados a la Ficha Clínica del mismo.

6. PROCEDIMIENTOS QUE SE INCLUYEN EN LOS COSTOS POR LA SALA DE INTERNACIÓN.

  1. Atención médica general y/o especializada, acorde al Programa de Suministro de Servicios establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
  2. Atención de Enfermería
  3. Atención, seguimiento y control con los Médicos de Sala o Médicos de Guardia
  4. Procedimientos Médicos y de Enfermería de rutina: Historia Clínica, Evolución, Indicaciones, curaciones
  5. Alimentación dietética del paciente (Incluyendo los alimentos)

Procedimientos de Enfermería

  • Control de signos vitales, instalación y control de sonda naso gástrica y/o vesical, procesamiento de indicaciones médicas.
  • Instalación y control de enema evacuador, canalización de venas.
  • Control de goteo de transfusión de sangre y derivados.
  • Instalación de líquidos parenterales y control de goteo, medicación inyectable vía subcutánea, endovenosa, endotubo, intramuscular o vía oral, nebulizaciones
  • Maniobras médicas de resucitación, procedimiento de intubación endotraqueal, aspiración de secreciones
  • Instalación y control de enema evacuador, canalización de venas, aspirado de secreciones
  • Control de goteo de transfusión de sangre y derivados
  • Higiene del paciente, rasurado e higiene del ombligo del recién nacido

Servicio de Hotelería

  • Servicio de Hotelería: Servicio de mucamas, Cambio diario de ropas de cama, Servicio de limpieza de la habitación.

DE LOS PROCEDIMIENTOS QUIRÚRGICOS

DE LOS CIRUGIA

Ítems con procedimientos quirúrgicos, las cotizaciones se incluirán sin ser limitativos, los siguientes conceptos, los que deberán ser proveídos por el prestador e incluidos dentro del precio ofertado:

  • Las placas electro bisturí,
  • Pico para electro bisturí.
  • Rasuradora.
  • Circuito para respiradores.
  • Set para bombas de infusión.
  • El oxígeno, en sala de cirugía y recuperación
  • Sondaje vesical
  • Las gasas,
  • Compresas de campo,
  • Botas quirúrgicas,
  • Chalecos quirúrgicos,
  • Gorros
  • Tapabocas
  • Derecho operatorio.
  • Honorarios de Médico Anestesiólogo.
  • Honorarios del Médico Cirujano.
  • Honorarios de Ayudante e Instrumentador.
  • Control pre-operatorio del Paciente por parte del Médico Cirujano.
  • Control pos operatorio del Paciente por parte del Médico tratante

Observaciones:

  • En Casos Quirúrgicos el derecho de sala operatoria, Ayudantes y Anestesiólogos deberá estar contemplado en los costos de los aranceles según listado. El Instituto proveerá de los descartables e insumos y los medicamentos del Cuadro Básico para todos los casos.
  • Por cada prestación médica (consulta, laboratorio, internación, retiro de medicamentos) el asegurado o el acompañante deberá firmar una Planilla donde se registrarán el nombre del paciente, fecha de atención del paciente, Nº de cédula de identidad y  Nº de ficha Clínica, certificando los servicios recibidos. (Debe estar firmados por el usuario, o el familiar el pedido de laboratorio, Imágenes u/o procedimiento)
  • En los casos de internación de los pacientes asegurados de IPS, están autorizados a permanecer en el Sanatorio hasta 7 (siete) días, salvo criterio médico fundamentado y autorizado por escrito por los Fiscalizadores Médicos del Externas/DGM, en cuyos casos se podrán extender los días de internación, (según acuerdo consensuado de los mismos con el médico tratante) en tanto se consiga lugar de internación  en un establecimiento propio del IPS para el posterior trasladado del /los pacientes o se defina el alta médica.
  •  El registro de las prestaciones realizadas a los pacientes se realizará en una plataforma web, la cual deberá se proveída por el IPS. Adicionalmente, y de común acuerdo entre las partes, se podrá instalar una API al Software ya utilizado en el centro médico, que interactúe directamente con la plataforma web del IPS
  •  Para la utilización de dicha plataforma web, el proveedor deberá contar con acceso a internet full las 24 hs del dia.
  • El registro de la orden por cada paciente se generará en la plataforma web una vez completada la documentación        respaldaría, que se  adjuntará a la orden generada en un plazo no mayor a 48 hs hábiles  desde el alta médica.
  • Luego  se tendrán en cuenta todas las ordenes generadas en el mes para su verificación y posterior inclusión en el
  • Acta de Recepción Final  mensual.
  • En caso de falla en el acceso a la plataforma, se procederá al registro en formato físico, el cual deberá ser
  • actualizado en la plataforma, una vez reestablecido el servicio.
  • El proveedor deberá disponer, además de conexión a internet, de todas las herramientas informáticas
  • (hardware y software) necesarias para la digitalización de documentos y su posterior registro en la plataforma

Web.

Deben remitirse a los fiscalizadores médicos y al  Departamento de Prestaciones Externas de la  DGM los Datos estadísticos de las prestaciones brindadas  cada mes por  medios informáticos, en formato Excel.

  • El Contratista pondrá a disposición de los asegurados del IPS, el Hospital de su responsabilidad, con la estructura edilicia, el personal médico y paramédico y la capacidad instalada en ella exclusivamente:

Mediante internación limitada a casos de urgencias, cirugías menores, cirugías mayores de  Urgencias no programadas, estudios auxiliares de diagnóstico, aquellos solamente disponibles en el Hospital de La Contratista, procedimientos terapéuticos estrictamente necesarios y acordes con la patología y gravedad del asegurado, alimentación adecuada y consultas ambulatorias. Los casos quirúrgicos deberán contar con protocolo operatorio, epicrisis o resumen del cuadro quirúrgico del paciente intervenido, y serán anexados a la Ficha Clínica del mismo. La provisión de medicamentos, se entregará de acuerdo a la existencia proveída por la sede central del IPS.

  1. La atención ambulatoria, internación, cirugías, y/o estudios auxiliares de diagnóstico serán realizados siempre, previa comprobación de derechos de los asegurados.
  2. Aquellos pacientes cuya patología y gravedad permitan su traslado a un Servicio Asistencial del IPS, serán  derivados al Hospital Central u otro centro sanitario del IPS, según  necesidad y si cuenta con capacidad resolutiva para la patología del paciente.
  3. El hospital de la Contratista podrá atender consultas médicas de los Asegurados del I.P.S., mediante la presentación de la Cedula de Identidad, debe ser original y debe estar vigente.
  4. Para la internación por casos clínicos, cirugías programadas, de urgencias y partos, el Asegurado deberá presentar la Cédula de Identidad original y vigente, como también estar al día los últimos 6 meses consecutivos en el aporte  del seguro social al I.P.S.
  5. La contratista deberá brindar un espacio físico separado, equipado y amoblado y acorde para que pueda funcionar la farmacia con los productos, e insumos pertenecientes al IPS
  6. La Farmacia deberá cumplir con los requerimientos y normativas estipuladas por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y la SENAD, para el buen funcionamiento de la misma.

7. DE LA PRESCRIPCIÓN, PROVISIÓN y control DE MEDICAMENTOS, INSUMOS Y DESCARTABLES

El sanatorio adjudicado deberá proveer un espacio físico diferenciado que reúna las condiciones exigidas por el MSP Y BS,

En cuanto a las dimensiones (ventanilla de farmacia de 15m 2 como mínimo) y buenas prácticas de Farmacia, (ventanilla

Con espacio para oficina de regencia, con sanitario incluido, y el depósito diferenciado), de fácil acceso e

Intercomunicación entre las dependencias mencionadas; además de los equipamientos como heladera, termo higrómetro

Para cada dependencia, aire acondicionado, mobiliario (escritorios, mesa para dispensación, estantes en cantidad

Necesaria, sillas) internet a full, equipos informáticos con impresora, tinta, tóner y papel, basurero con tapa,

Gavetas, armario con llave para medicamentos sujetos a control según la ley 1340, escalera y carro de carga.

El Centro Tercerizado deberá contar con un espacio techado para la recepción de materiales médicos, sin contacto con la

Vía pública, y un personal designado para descarga de los medicamentos e insumos del IPS, ascensor en correcto

Funcionamiento y rampa de ser necesarios.

  1. Los medicamentos e insumos hospitalarios, serán proveídos por el Instituto de Previsión Social, conforme a la existencia en  el Dpto. de Administración de Suministros Médicos (DASM), cuadro básico y sistema de reposición interna de stock según proceso vigente en el IPS, para el efecto se encuentran formularios habilitados para el DPE /DGM.
  2. Los Insumos y Medicamentos serán proveídos por el IPS por Orden de Entrega emitida por las Regentes y/o           Encargadas de las farmacias instaladas en los Centros Tercerizados.
  3. Para la prescripción, provisión y control de materiales médicos el IPS designará a un funcionario encargado o regente de Farmacia, responsable de la solicitud, recepción, distribución y control de los materiales médicos; así mismo contará con profesionales técnicos en farmacia según disponibilidad de recursos humanos a fin dar cobertura en horarios diurnos, nocturnos y franqueros
  4.  La gestión para la obtención (retiro) de los medicamentos para las farmacias del IPS, será realizada por el regente o Encargado de Farmacia
  5. La contratista está obligada a remitir los informes solicitado sobre el movimiento de productos en la farmacia
  6. El mecanismo de control será a través de planillas de control de medicamentos, insumos y descartables, habilitadas en la Plataforma web  que deberán ser remitidas mensualmente al DPE y Unidad de Control Interno del IPS
  7. Para los asegurados con patología aguda que recibieren atención ambulatoria, el médico podrá prescribir hasta 2 (dos) recetas (con membrete del hospital correspondiente por paciente, por consulta, con 1 (un) solo tipo de medicamento por receta. La cantidad de medicamentos no podrá sobrepasar de 2 (dos) tiras o 2 (dos) frascos por receta, salvo casos que el cuadro clínico - bajo criterio médico - amerite la administración de mayor cantidad.
  8. En los casos crónicos, cada receta no deberá sobrepasar la cantidad de medicamentos que pueda cubrir el tratamiento durante 30 (treinta) días, posteriormente podrá ser renovado o modificado según el control y decisión del médico tratante

Las recetas deberán contener la identificación completa del asegurado: Nombres y Apellidos, Nº de Cédula de Identidad, lugar de residencia habitual, fecha de prescripción, Nombre genérico del medicamento con letra clara y legible, Dosificación en número y letra, Firma y sello del profesional médico tratante

Firma y sello del personal de enfermería responsable

Dicha planilla deberá ir acompañada de la indicación médica en duplicado, conteniendo todos los datos del paciente

 

i) Las recetas prescritas tendrán validez durante 8 (ocho) días corridos a partir de la fecha de emisión. Cuando el Instituto no proveyere al Hospital de la Contratista los recetarios de la Institución, podrán ser utilizados los suyos y deberán llevar inscripto el membrete correspondiente

j) Todos los medicamentos específicos para procedimientos y tratamientos en casos de internación de urgencia, podrán prescribirse en una misma Hoja de Indicaciones, en cantidad durable para 48 (cuarenta y ocho) horas, salvo casos específicos de menor cantidad según la patología, gravedad y procedimientos necesarios. En estos casos la hoja de indicaciones deberá contener el Membrete del Hospital de la Contratista y los mismos datos establecidos en inciso e) de este punto.

 

k) En todos los casos las recetas deberán estar firmadas por la persona que retira los medicamentos, con aclaración de firma y Nº de documento de identidad, asimismo deberá constar la fecha de entrega del o los medicamentos.

l) Se protocolizará un listado de materiales utilizados por enfermería, conforme a la utilización y objetivos en las siguientes categorías: Descartables de uso en urgencia, Medicamentos de urgencias, Medicamentos y descartables específicos según tipo de pacientes remitidos. Los pacientes internados deberán recibir la medicación correspondiente al evento que ocasionó su internación, prescripto por el médico tratante. La medicación correspondiente a otras patologías deberá ser indicada por los especialistas del área a través de interconsultas.

 

Los pacientes no podrán   adquirir  por sus medios, (y a pedido de los médicos tratantes)  medicamentos e insumos existentes en  la farmacia del IPS.

Los equipos de bioseguridad para los profesionales de salud (médicos y enfermeras) encargados de la atención a los

Pacientes asegurados, serán proveídos por la Farmacia del IPS; según disponibilidad en el DASM.

Obs.: En caso de no existencia de un insumo o medicamento en el momento de su solicitud, el encargado

 O Regente de Farmacia realizara las gestiones para el abastecimiento de lo solicitado, utilizando las

Reglamentaciones internas del IPS.

 

LA POLITICA DE FACTURACION

Se considerará el horario de ingreso y alta efectiva del paciente según conste en la hoja de enfermería para establecer el

Tiempo total de internación.

Facturación para Camas Clínicas y UTI

Desde las 00:00 hasta las 12:00hs, facturación de 0.5 día.

Desde las 12:00 hasta las 00:00hs, facturación de 0.5 día.

Si un paciente usufructuara dos servicios como ser Sala de Internación y UTI / UTIM en el periodo de 12:00hs.

Será facturado únicamente el servicio de UTI / UTIM.

 

8. DE LOS ESTUDIOS LABORATORIALES DE RUTINA

El Hospital de la Contratista podrá proveer  un estudio laboratorial de rutina por año al asegurado que lo solicite.

Por estudios laboratoriales de rutina se entienden los siguientes:

1. Hemograma;

2. Glicemia

3. Urea;

4. Creatinina;

5. Colesterol;

6. Triglicéridos;

7. Ácido úrico;

8. Heces vermes y protozoario;

9. Orina simple y sedimento.

Las reiteraciones de los estudios mencionados, así como las solicitudes para otro tipo de determinaciones deberán estar plenamente indicadas y justificadas según diagnóstico y evolución de la patología y los mismos no deberán realizarse de forma rutinaria.

No serán reconocidas por la contratante ni se le exigirá el pago de aquellas determinaciones de laboratoriales que sean realizadas por la contratista a los asegurados y que no tenga relación directa de con el cuadro clínico

 

9. OTROS ESTUDIOS DIAGNÓSTICOS

 

El Hospital de la Contratista proveerá estudio diagnóstico y otros estudios específicos que deberán estar plenamente indicadas y justificadas según diagnóstico y evolución de la patología.

En los casos crónicos deberán ser trasladados al Hospital Central del IPS. La extracción de material de PAP será preparada según normas y remitida al Servicio de Anatomía Patológica del Hospital Central del IPS para su estudio.

No serán reconocidas por la contratante ni se le exigirá el pago de aquellos estudios auxiliares de diagnósticos que sean realizadas por la contratista a los asegurados y que no tenga relación directa de con el cuadro clínico

Observaciones:

a) El IPS no proveerá en carácter de insumos los reactivos concernientes a los estudios laboratoriales, es decir el hospital contratista debe incluir en su precio todos los insumos requeridos para prestar el servicio.

10. DE LOS ESTUDIOS Y TRATAMIENTOS DE ALTA COMPLEJIDAD

a)  El Instituto tendrá a su cargo los estudios de diagnóstico y tratamiento de alta complejidad, tales como estudios Laboratoriales complejos, estudios de Hemodinámica, cirugías mayores de alta complejidad, tratamientos de terapia intensiva, tratamientos complejos y crónicos que requieran más de 7 (siete) días de Rehabilitación.

Reposos:

Los médicos que forman parte del plantel de la empresa que sea adjudicada por el IPS para la prestación de servicios médicos tercerizados, podrán expedir reposos con sus correspondientes certificados médicos (membrete propio), siendo reconocidos como válidos para la tramitación y cobro de subsidios en el sistema informático BCP (Beneficio a Corto Plazo) del IPS, siempre que contengan la firma y sello del Director del Servicio y del Médico tratante, diagnóstico acorde al Baremo Institucional del IPS, y fecha de inicio y fin del reposo.

 

La empresa que sea adjudicada deberá remitir para la suscripción del contrato, la nómina de médicos autorizados a expedir reposos, a fin de ingresar en el sistema informático (beneficio a corto plazo) del IPS para la validación de los mismos como médicos tratantes.

11. PROCESOS ADMINISTRATIVOS Y DE SOLICITUD DE PAGO

En cada prestación otorgada el Asegurado o Familiar debe firmar un Comprobante de Prestación del Servicio, conforme modelo siguiente:

Dependencia:

Comprobante de Prestación de Servicios

Asegurado Cotizante

 

Cédula de Identidad Nº

 

Asegurado Beneficiario

 

Cédula de Identidad Nº

 

Nº Patronal

 

Nº de Ficha

 

PACIENTE (corresponde la identificación del que recibe la prestación)

Dirección del Domicilio:

 

 

 

 

Cantidad

Descripción del Servicio

Precio Unitario

Precio Total

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL GS.

 

 

_____________________

 

 

 

Firma de Conformidad

 

 

 

Asegurado o Familiar

 

 

 

Cédula de Identidad Nº

 

 

 

  1. En caso de necesidad de provisión de prótesis para los tratamientos quirúrgicos traumatológicos y/o de urgencia, deberán ser gestionados a través de la DGM/Gerencia de Salud, con anterioridad a la cirugía programada.
  2. El asegurado deberá firmar la  conformidad de haber retirado el medicamento y/o insumo del IPS, conforme receta expedida por el médico tratante, agregando su número de cédula de identidad.
  3. La Farmacia debe cumplir con los requerimientos y normativas estipuladas por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y la SENAD,  para el buen funcionamiento del mismo.
  4. El control permanente y reposición de stock, debe ser realizado y controlado por un Responsable designado por el contratista. En caso de presentarse artículos con baja rotación o próximo a vencer, del stock, debe ser comunicado al DPE/DGM, a los efectos de coordinar acciones de reciclaje, para el aprovechamiento del bien, en otras dependencias del IPS, con un mínimo de (3) tres meses de antelación.
  5. Deben remitirse a los fiscalizadores médicos y al  Departamento de Prestaciones Externas de la  DGM los Datos estadísticos de las prestaciones brindadas  cada mes por  medios informáticos, en formato
  6. Los Documentos originales de los procesos realizados, tales como expedientes de pacientes y otros, deben ser archivados en un orden lógico, que permita  la realización de trabajos de fiscalización y control por parte del IPS.
  7. La custodia y mantenimiento adecuado de las documentaciones respaldatorias de las prestaciones médicas, realizadas a los Asegurados, es responsabilidad de la empresa tercerizada. Las mismas pueden ser requeridas en cualquier momento por la Contratista
  8. El hospital contratado  deberá implementar en sus instalaciones cartelerías referidas a los servicios prestados a los asegurados del IPS, resaltando en ellos que el paciente asegurado tiene derechos a acceder a los medicamentos e insumos aplicados a los procedimientos sin costo alguno, igualmente podrían suministrarse folletos explicativos con costo al hospital contratista.
  9. Es responsabilidad del Director y Administrador del Hospital, la legitimidad de los datos relacionados con la prestación de servicios y sus respectivos costos, así como la presentación de los documentos para la gestión de pagos referidos en el presente Contrato en tiempo y forma.
  10. Cuando se hallaren objeciones por parte del Instituto en los expedientes en proceso de pago, se retendrá el desembolso de los montos que fueron objetados, hasta tanto, estas sean subsanadas, una vez que se encuentren en regla se seguirá con el proceso de pago.
  11. Si la Contratista no se encontraré al día en el pago de las imposiciones correspondientes, el IPS retendrá el pago hasta la regularización por parte de la Contratista.
  12. I   INICIO DEL SERVICIO

1. El plazo de prestación de los servicios será de 24  (veinte  cuatro) meses y el inicio de la prestación será INMEDIATA a partir de la firma del Contrato.

 2. El proveedor deberá garantizar la prestación permanente del servicio acorde a la demanda, lo cual no deberá ser interrumpida por ningún motivo de contingencia.

  1. GARANTÍA DE SERVICIO

El proveedor deberá garantizar la prestación permanente del servicio, la cual no deberá ser interrumpida por ningún motivo de contingencia.

  1. DE LA FISCALIZACIÓN Y AUDITORÍA MÉDICA Y ADMINISTRATIVA:

El IPS dispondrá de un equipo de Fiscalizadores, quiénes se encargarán de la Fiscalización en Terreno y/o a través de la plataforma web institucional de los procedimientos realizados a los pacientes hospitalizados, quedando el Contratista comprometido en brindar a los mismos toda la información que sea necesaria y un fácil acceso a la documentación clínica para una mejor evaluación de los pacientes hospitalizados. De igual manera, el IPS dispondrá de un equipo de Auditores Médicos quiénes podrán actuar las veces que se considere necesario.

El Fiscalizador podrá ordenar el traslado del paciente al IPS o el alta del mismo, en caso de que la situación clínica del paciente lo amerite, el Fiscalizador, en estos casos, será responsable del alta o traslado y de las implicancias que emerjan de la misma.

El IPS podrá designar sus Recursos Humanos médicos y no médicos, para una fiscalización permanente en los centros contratados.

El IPS podrá disponer de una oficina en la zona de influencia de los hospitales, en donde se realizaran un estudio de las derivaciones o pertinencias de internación en los Centros Asistenciales (salvo casos de Urgencia que ameriten asistencia inmediata)

  1. ALCANCE DEL SERVICIO

El Prestador pondrá a disposición del Instituto de Previsión Social, el Hospital de su responsabilidad, con la estructura edilicia, el personal médico, paramédico, administrativo y la capacidad necesaria de camas instaladas en ella, para la atención  de los asegurados del IPS.

Los servicios son los que se describen en la planilla de precios, conforme al siguiente detalle;

  • Consultas (Servicios detallados en los ítems 1 al 13)
  • Procedimientos Ambulatorios (Servicios detallados en los ítems 14 al 24)
  • Cirugía Menor (Servicios detallados en los ítems 25 al 30).
  • Estudios Ecográficos (Servicios detallados en los ítems 31 al 55).
  • Estudios Cardiológicos (Servicios detallados en los ítems 56 al 57).
  • Estudios Neurológicos (Servicios detallados en el ítem 58).
  • Endoscopias (Servicios detallados en los ítems 59 al 62).
  • Internación Por día  (Servicios detallados en los ítems 63 al 73)
  • Radiografía Adultos  (Servicios detallados en los ítems 74 al 103)
  • Radiografía Niños  (Servicios detallados en los ítems 104 al 126).
  • Tomografías (Servicios detallados en los ítems 127 al 137).
  • Cirugías y Procedimientos Gineco Obstétricos (Servicios detallados en los ítems 138 al 165).
  • Cirugía Abdominal (Servicios detallados en los ítems 166 al 189).
  • Cirugías Urológicas y Procedimientos Quirúrgicos (Servicios detallados en los ítems 190 al 212).
  • Cirugías del Cuello y Tórax y Procedimientos Quirúrgicos (Servicios detallados en los ítems 213 al 221).
  • Otorrinolaringología Cirugía y Procedimientos Ambulatorios (Servicios detallados en los ítems 222 al 238).
  • Oftalmología Cirugía y Procedimientos Ambulatorios (Servicios detallados en los ítems 239 al 2
  • 48).
  • Traumatología Ortopedia Procedimientos, Enyesados y Tratamientos Quirúrgicos (Servicios detallados en los ítems 249 al 302).
  • Cirugía de Venas y Arterias (Servicios detallados en los ítems 303 al 308).
  • Hematología (Servicios detallados en los ítems 309 al 314).
  • Química (Servicios detallados en los ítems 315 al 375)
  • Coagulación (Servicios detallados en los ítems 376 al 384)
  • Inmunología (Servicios detallados en los 385 ítems al 422)
  • Endocrinología (Servicios detallados en los ítems 423 al 438)
  • Heces (Servicios detallados en los ítems 439 al 446)
  • Orina (Servicios detallados en los ítems 447 al 468)
  • Otros Estudios - Líquido Cefalorraquido (Servicios detallados en los ítems 469 al 473)
  • Líquido Peritoneal (Servicios detallados en los ítems 474 al 475)
  • Líquido Pleural (Servicios detallados en los ítems 476 al 477)
  • Líquido Ascítico (Servicios detallados en los ítems 478 al 479)
  • Líquido Gástrico (Servicios detallados en los ítems 480 al 481)
  • Líquido Articular (Servicios detallados en los ítems 482 al 483)
  • Análisis de Secreciones Diversas: Secreción Vaginal o Uretral (Servicios detallados en los ítems 484 al 487)
  • Otras Secreciones (Cutáneas, ótica, ocular, faríngea)  (Servicios detallados en los ítems 488 al 503)
  • Biología Molecular (Servicios detallados en los ítems 504 al 512)
  • Otros Estudios (Servicios detallados en los ítems 513 al 529)
  • Otros Servicios -  Servicios Ambulancias (Servicios detallados en los ítems 530 al 531)
  • Nuevos Servicios (Servicios detallados en los ítems 532 al 678)

 

LOTE N° 3: NEULAND

  1. FORMA DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS

 

DE LOS REQUISITOS PARA LA ATENCION DE LOS ASEGURADOS

a) El Hospital de la Contratista podrá atender consultas e internaciones  por casos clínicos, cirugías menores y  mayores,  de urgencias y partos mediante la presentación de la cédula de identidad del asegurado del IPS, su identidad digital, cedula vencida hasta un año, contraseña original de trámite de renovación de cedula de identidad u otra identificación oficial nacional para acceder a los servicios médicos.

b) En ningún caso la Contratista admitirá pacientes que no llenaren los requisitos para la atención y/o internación a partir de 6 (seis) meses de aportes, con excepción de los casos por parto y accidentes laborales.

Para acceder a las prestaciones médicas, el Asegurado recurrente, podrá presentar su Cédula de Identidad Original al día,  su identidad digital, cedula vencida hasta un año, contraseña original de trámite de renovación de cedula de identidad u otra identificación oficial nacional, en el sector administrativo de la contratista, a los efectos de que este pueda verificar vía informática o telefónica con Admisión del Hospital Central u otro hospital del IPS el estado de aporte del asegurado, a fin de comprobar el cumplimiento de las obligaciones de pago al día. Una vez cumplido este proceso y verificado su cumplimiento puede recibir las prestaciones  médicas correspondientes.

DE LA NOMINA DE DIRECTIVOS Y PLANTEL MEDICO

El Hospital de la Contratista entregará dentro de los 15 días corridos posterior a la firma del presente Contrato, a la Dirección de Gestión Médica a través del Departamento de Prestaciones Externas, la nómina de directivos: Director Médico, Administrador y plantel médico, además de sus respectivos registros Médicos y Planilla de firmas en copia autenticada. El listado deberá ser actualizado cuando ocurrieren cambios, y remitidos en el plazo máximo de 72 horas hábiles.

 

  1. REQUERIMIENTOS GENERALES
  • Las prestaciones médicas, serán realizadas siempre que los asegurados se encuentren al día en sus aportes con el IPS.
  • La Atención Medica General y especializada, deberá realizarse acorde a las disponibilidad del Servicio, hasta 4 (cuatro) consultas al mes por Asegurado: discriminado en
  1. Consulta Ambulatoria,
  2. Consulta con especialistas, (Otorrinolaringología, oftalmología, Urología, Traumatología, Alergia, Dermatología, Cardiología, Neurología, Gastroenterología, Endocrinología).
  3. Consultas para Control de resultados Laboratoriales, imágenes u otros estudios
  4. Consultas Urgencias, en caso de excederse las consultas estipuladas para el mes y de presentarse una urgencia, se deberá brindar la prestación necesaria al Asegurado recurrente, previa comunicación a los fiscalizadores médicos designados por medios informáticos y/o telefónicos.

Observación:

  • El IPS podrá realizar las derivaciones de sus asegurados a los Centros Asistenciales contratados, a fin de que los mismos puedan acceder a los estudios auxiliares de diagnósticos (laboratorios, imágenes), sin que esto conlleve a la obligatoriedad de acceder por consultorio y derive al costo de la consulta correspondiente.  
  • Las Atenciones deberán estar bien tipificadas según el tipo de consulta, el IPS solo estará obligada a pagar aquellas que estén bien tipificadas y las que no se encuentren de esta manera deberán ser corregidas para procesar su pago.
  • Serán consideradas consultas de urgencias aquellas cuyos diagnósticos o condición clínica ameriten este tipo de atención o aquellas consultas que se realicen fuera de los horarios normales de consultorios ambulatorios.
  • NO serán consideradas consulta de urgencias aquellas que no cumplan con el criterio anterior, además de las consultas realizadas por falta de turnos disponibles para la atención.
  • En caso de necesidad de internación el límite es de 7 (siete) días, aplicados para casos clínicos, cirugías menores, cirugías mayores, urgencias y otros.
  • Los casos quirúrgicos  deberán contar con protocolo operatorio, resumen del cuadro quirúrgico del paciente intervenido, y deberán ser anexados a la ficha Clínica del mismo.
  • En las intervenciones y procedimientos quirúrgicos deberán estar incluidos el: Derecho Operatorio, entendiéndose por ello la utilización del quirófano, vestimenta para el cirujano, ayudante, servicio de Enfermería, instrumentador y,  Honorarios Profesionales (cirujano y anestesiólogo).
  • Las cirugías programadas podrán realizarse únicamente con  autorización previa de los Fiscalizadores Médicos designados por DPE/DGM en un plazo no mayor de 15 días hábiles y  una vez comprobado por los mismos que las cirugías no pueden realizarse en otros hospitales del IPS, o en centros  u hospitales con los  que éste  cuente con convenios de cooperación. Las cirugías de urgencias deberán ser comunicadas dentro de las 24 horas de haberse realizado la intervención, a los Fiscalizadores Médicos y al Departamento de Prestaciones Externas.
  • La orden de Estudios Auxiliares de Diagnostico, Laboratorio, Procedimientos Terapéuticos y otros, deberán ser estrictamente necesarios y acordes con la patología y gravedad del Asegurado. (no serán considerados estudios que no se justifiquen o no estén relacionadas con las patologías)
  • En caso de necesidad de traslado del Asegurado a un Servicio Asistencial del IPS; el médico tratante del servicio tercerizado  deberá analizar la patología y la gravedad del paciente, para definir si reúne la condición necesaria para el efecto. Además, deberá tomar todos los recaudos necesarios como ser la comunicación previa con el Fiscalizador Médico quien coordinará con el servicio receptor la referencia del paciente.
  • Las remisiones de pacientes desde el Hospital Contratista, siempre y cuando no posea la capacidad resolutiva para los casos cuya gravedad o complejidad, requieran la remisión a otros centros, se utilizará la opción del uso de Ambulancia para el traslado del paciente desde el Hospital de la Contratista hasta el Hospital Central del IPS u otro Centro Asistencial del I.P.S., previa autorización por vía telefónica, correo electrónico u otro medio de los Fiscalizadores Médicos y/o el Departamento de Prestaciones Externas. En caso de emergencias y si existieren dificultades de comunicación, el servicio de Ambulancia deberá ser realizado y comunicado donde corresponda en un plazo no mayor de veinticuatro (24) horas.
  •  Los cómputos de Kilometraje se tendrán en cuenta siempre y cuando se configure traslado del paciente dentro del habitáculo de la ambulancia, y, se tomará para el pago del mismo la distancia desde el Hospital Contratista hasta el servicio receptor.

      Ejemplo: 1) Traslado desde el Hospital Contratista al Hospital Central  del IPS Asunción: 470 Km. (FILADELFIA)

  • La evaluación y aclaración de situaciones complejas que no se encuentran contempladas en el pliego, y de presentarse serán administradas por la Dirección de Gestión Médica  a través del Departamento de Prestaciones Externas y  de Áreas de Asistencia Técnica, y de Fiscalización de Contratos, para su interpretación a fin de dar la respuesta acorde a la demanda del Asegurado o Contratista.

 

PROCEDIMIENTOS QUE SE INCLUYEN EN LOS COSTOS POR SALA DE INTERNACIÓN

1-Atención medica general y especializada, acorde a la patología del paciente

2-Atención de enfermería

3-Atención, seguimiento y control con los Médicos de Sala o Médicos de Guardia

PROCEDIMIENTOS MÉDICOS DE RUTINA

  1. Historia Clínica
  2. Evolución
  3. Indicaciones

 

5. DE LAS FICHAS CLÍNICAS 

  1. Cada paciente asegurado que recibiere atención ambulatoria o internación de urgencia, contará con una Ficha Clínica Numerada, archivada con un distintivo y espacio físico diferenciado o digital para los pacientes del IPS. Las mismas serán llenadas con todos los datos de identificación del paciente: Nombres y Apellidos, Fecha de Nacimiento, Nº de Cédula de Identidad, Nº de Seguro, Nº Patronal, y lugar de residencia habitual.
  2. Por cada prestación, ya sea ambulatoria o de internación, deberá constar la fecha de la misma, contener la historia clínica, o los datos referentes a la consulta, especificando el diagnóstico, procedimientos, evolución, los estudios solicitados con informes de los resultados obtenidos y tratamientos en cada caso.
  3. Deberá contar con firma y sello del médico tratante y ser llenada con letra clara, legible, sin abreviaturas ni enmiendas y en idioma español.
  4. Los casos quirúrgicos deberán contar con protocolo operatorio, epicrisis o resumen del cuadro quirúrgico del paciente intervenido, y serán anexados a la Ficha Clínica del mismo.

 

6.   PROCEDIMIENTOS QUE SE INCLUYEN EN LOS COSTOS POR LA SALA DE INTERNACIÓN.

  1. Atención médica general y/o especializada, acorde al Programa de Suministro de Servicios establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
  2. Atención de Enfermería
  3. Atención, seguimiento y control con los Médicos de Sala o Médicos de Guardia
  4. Procedimientos Médicos y de Enfermería de rutina: Historia Clínica, Evolución, Indicaciones, curaciones
  5. Alimentación dietética del paciente (Incluyendo los alimentos)

 

Procedimientos de Enfermería

  • Control de signos vitales, instalación y control de sonda naso gástrica y/o vesical, procesamiento de indicaciones médicas.
  • Instalación y control de enema evacuador, canalización de venas.
  • Control de goteo de transfusión de sangre y derivados.
  • Instalación de líquidos parenterales y control de goteo, medicación inyectable vía subcutánea, endovenosa, endotubo, intramuscular o vía oral, nebulizaciones
  • Maniobras médicas de resucitación, procedimiento de intubación endotraqueal, aspiración de secreciones
  • Instalación y control de enema evacuador, canalización de venas, aspirado de secreciones
  • Control de goteo de transfusión de sangre y derivados
  • Higiene del paciente, rasurado e higiene del ombligo del recién nacido

 

Servicio de Hotelería

  • Servicio de Hotelería: Servicio de mucamas, Cambio diario de ropas de cama, Servicio de limpieza de la habitación.

 

 

DE LOS PROCEDIMIENTOS QUIRÚRGICOS

 

DE LOS CIRUGIA

Ítems con procedimientos quirúrgicos, las cotizaciones se incluirán sin ser limitativos, los siguientes conceptos, los que deberán ser proveídos por el prestador e incluidos dentro del precio ofertado:

  • Las placas electro bisturí,
  • Pico para electro bisturí.
  • Rasuradora.
  • Circuito para respiradores.
  • Set para bombas de infusión.
  • El oxígeno, en sala de cirugía y recuperación
  • Sondaje vesical
  • Las gasas,
  • Compresas de campo,
  • Botas quirúrgicas,
  • Chalecos quirúrgicos,
  • Gorros
  • Tapabocas
  • Derecho operatorio.
  • Honorarios de Médico Anestesiólogo.
  • Honorarios del Médico Cirujano.
  • Honorarios de Ayudante e Instrumentador.
  • Control pre-operatorio del Paciente por parte del Médico Cirujano.
  • Control pos operatorio del Paciente por parte del Médico tratante

Observaciones:

  • En Casos Quirúrgicos el derecho de sala operatoria, Ayudantes y Anestesiólogos deberá estar contemplado en los costos de los aranceles según listado. El Instituto proveerá de los descartables e insumos y los medicamentos del Cuadro Básico para todos los casos.
  • Por cada prestación médica (consulta, laboratorio, internación, retiro de medicamentos) el asegurado o el acompañante deberá firmar una Planilla donde se registrarán el nombre del paciente, fecha de atención del paciente, Nº de cédula de identidad y  Nº de ficha Clínica, certificando los servicios recibidos. (Debe estar firmados por el usuario, o el familiar el pedido de laboratorio, Imágenes u/o procedimiento)
  • En los casos de internación de los pacientes asegurados de IPS, están autorizados a permanecer en el Sanatorio hasta 7 (siete)  días, salvo criterio médico fundamentado y autorizado por escrito por los Fiscalizadores Médicos del Externas/DGM, en cuyos casos se podrán extender los días de internación, (según acuerdo consensuado de los mismos con el médico tratante) en tanto se consiga lugar de internación  en un establecimiento propio del IPS para el posterior trasladado del /los pacientes o se defina el alta médica.
  • El registro de las prestaciones realizadas a los pacientes se realizará en una plataforma web, la cual deberá se proveída por el IPS. Adicionalmente, y de común acuerdo entre las partes, se podrá instalar una API al Software ya utilizado en el centro médico, que interactúe directamente con la plataforma web del IPS
  •  Para la utilización de dicha plataforma web, el proveedor deberá contar con acceso a internet full las 24 hs del dia.
  • El registro de la orden por cada paciente se generará en la plataforma web una vez completada la documentación        respaldaría, que se  adjuntará a la orden generada en un plazo no mayor a 48 hs hábiles  desde el alta médica.
  • Luego  se tendrán en cuenta todas las ordenes generadas en el mes para su verificación y posterior inclusión en el
  • Acta de Recepción Final  mensual.
  • En caso de falla en el acceso a la plataforma, se procederá al registro en formato físico, el cual deberá ser
  • actualizado en la plataforma, una vez reestablecido el servicio.
  • El proveedor deberá disponer, además de conexión a internet, de todas las herramientas informáticas
  • (hardware y software) necesarias para la digitalización de documentos y su posterior registro en la plataforma

Web.

Deben remitirse a los fiscalizadores médicos y al  Departamento de Prestaciones Externas de la  DGM los Datos estadísticos de las prestaciones brindadas  cada mes por  medios informáticos, en formato Excel.

  • El Contratista pondrá a disposición de los asegurados del IPS, el Hospital de su responsabilidad, con la estructura edilicia, el personal médico y paramédico y la capacidad instalada en ella exclusivamente:

Mediante internación limitada a casos de urgencias, cirugías menores, cirugías mayores de  Urgencias no programadas, estudios auxiliares de diagnóstico, aquellos solamente disponibles en el Hospital de La Contratista, procedimientos terapéuticos estrictamente necesarios y acordes con la patología y gravedad del asegurado, alimentación adecuada y consultas ambulatorias. Los casos quirúrgicos deberán contar con protocolo operatorio, epicrisis o resumen del cuadro quirúrgico del paciente intervenido, y serán anexados a la Ficha Clínica del mismo. La provisión de medicamentos, se entregará de acuerdo a la existencia proveída por la sede central del IPS.

  1. La atención ambulatoria, internación, cirugías, y/o estudios auxiliares de diagnóstico serán realizados siempre, previa comprobación de derechos de los asegurados.
  2. Aquellos pacientes cuya patología y gravedad permitan su traslado a un Servicio Asistencial del IPS, serán  derivados al Hospital Central u otro centro sanitario del IPS, según  necesidad y si cuenta con capacidad resolutiva para la patología del paciente.
  3. El hospital de la Contratista podrá atender consultas médicas de los Asegurados del I.P.S., mediante la presentación de la Cedula de Identidad, debe ser original y debe estar vigente.
  4. Para la internación por casos clínicos, cirugías programadas, de urgencias y partos, el Asegurado deberá presentar la Cédula de Identidad original y vigente, como también estar al día los últimos 6 meses consecutivos en el aporte  del seguro social al I.P.S.
  5. La contratista deberá brindar un espacio físico separado, equipado y amoblado y acorde para que pueda funcionar la farmacia con los productos, e insumos pertenecientes al IPS
  6. La Farmacia deberá cumplir con los requerimientos y normativas estipuladas por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y la SENAD, para el buen funcionamiento de la misma.

7. DE LA PRESCRIPCIÓN, PROVISIÓN y control DE MEDICAMENTOS, INSUMOS Y DESCARTABLES

El sanatorio adjudicado deberá proveer un espacio físico diferenciado que reúna las condiciones exigidas por el MSP Y BS,

En cuanto a las dimensiones (ventanilla de farmacia de 15m 2 como mínimo) y buenas prácticas de Farmacia, (ventanilla

Con espacio para oficina de regencia, con sanitario incluido, y el depósito diferenciado), de fácil acceso e

Intercomunicación entre las dependencias mencionadas; además de los equipamientos como heladera, termo higrómetro

Para cada dependencia, aire acondicionado, mobiliario (escritorios, mesa para dispensación, estantes en cantidad

Necesaria, sillas) internet a full, equipos informáticos con impresora, tinta, tóner y papel, basurero con tapa,

Gavetas, armario con llave para medicamentos sujetos a control según la ley 1340, escalera y carro de carga.

El Centro Tercerizado deberá contar con un espacio techado para la recepción de materiales médicos, sin contacto con la

Vía pública, y un personal designado para descarga de los medicamentos e insumos del IPS, ascensor en correcto

Funcionamiento y rampa de ser necesarios.

  1. Los medicamentos e insumos hospitalarios, serán proveídos por el Instituto de Previsión Social, conforme a la existencia en  el Dpto. de Administración de Suministros Médicos (DASM), cuadro básico y sistema de reposición interna de stock según proceso vigente en el IPS, para el efecto se encuentran formularios habilitados para el DPE /DGM.
  2. Los Insumos y Medicamentos serán proveídos por el IPS por Orden de Entrega emitida por las Regentes y/o Encargadas de las farmacias instaladas en los Centros Tercerizados.
  3. Para la prescripción, provisión y control de materiales médicos el IPS designará a un funcionario encargado o regente de Farmacia, responsable de la solicitud, recepción, distribución y control de los materiales médicos; así mismo contará con profesionales técnicos en farmacia según disponibilidad de recursos humanos a fin dar cobertura en horarios diurnos, nocturnos y franqueros
  4. La gestión para la obtención (retiro) de los medicamentos para las farmacias del IPS, será realizada por el regente o Encargado de Farmacia
  5. La contratista está obligada a remitir los informes solicitado sobre el movimiento de productos en la farmacia
  6. El mecanismo de control será a través de planillas de control de medicamentos, insumos y descartables, habilitadas en la Plataforma web  que deberán ser remitidas mensualmente al DPE y Unidad de Control Interno del IPS
  7. Para los asegurados con patología aguda que recibieren atención ambulatoria, el médico podrá prescribir hasta 2 (dos) recetas (con membrete del hospital correspondiente por paciente, por consulta, con 1 (un) solo tipo de medicamento por receta. La cantidad de medicamentos no podrá sobrepasar de 2 (dos) tiras o 2 (dos) frascos por receta, salvo casos que el cuadro clínico - bajo criterio médico - amerite la administración de mayor cantidad.
  8. En los casos crónicos, cada receta no deberá sobrepasar la cantidad de medicamentos que pueda cubrir el tratamiento durante 30 (treinta) días, posteriormente podrá ser renovado o modificado según el control y decisión del médico tratante

Las recetas deberán contener la identificación completa del asegurado: Nombres y Apellidos, Nº de Cédula de Identidad, lugar de residencia habitual, fecha de prescripción, Nombre genérico del medicamento con letra clara y legible, Dosificación en número y letra, Firma y sello del profesional médico tratante

Firma y sello del personal de enfermería responsable

Dicha planilla deberá ir acompañada de la indicación médica en duplicado, conteniendo todos los datos del paciente

 

                              I) Las recetas prescritas tendrán validez durante 8 (ocho) días corridos a partir de la fecha de emisión. Cuando el Instituto no proveyere al Hospital de la Contratista los recetarios de la Institución, podrán ser utilizados los suyos y deberán llevar inscripto el membrete correspondiente

                              j)Todos los medicamentos específicos para procedimientos y tratamientos en casos de internación de urgencia, podrán prescribirse en una misma Hoja de Indicaciones, en cantidad durable para 48 (cuarenta y ocho) horas, salvo casos específicos de menor cantidad según la patología, gravedad y procedimientos necesarios. En estos casos la hoja de indicaciones deberá contener el Membrete del Hospital de la Contratista y los mismos datos establecidos en inciso e) de este punto.

     k) En todos los casos las recetas deberán estar firmadas por la persona que retira los medicamentos, con aclaración de firma y Nº de documento de identidad, asimismo deberá constar la fecha de entrega del o los medicamentos.

     l) Se protocolizará un listado de materiales utilizados por enfermería, conforme a la utilización y objetivos en las siguientes categorías: Descartables de uso en urgencia, Medicamentos de urgencias, Medicamentos y descartables específicos según tipo de pacientes remitidos. Los pacientes internados deberán recibir la medicación correspondiente al evento que ocasionó su internación, prescripto por el médico tratante. La medicación correspondiente a otras patologías deberá ser indicada por los especialistas del área a través de interconsultas.

 

Los pacientes no podrán   adquirir  por sus medios, (y a pedido de los médicos tratantes)  medicamentos e insumos existentes en  la farmacia del IPS.

Los equipos de bioseguridad para los profesionales de salud (médicos y enfermeras) encargados de la atención a los

Pacientes asegurados, serán proveídos por la Farmacia del IPS; según disponibilidad en el DASM.

Obs.: En caso de no existencia de un insumo o medicamento en el momento de su solicitud, el encargado

 O Regente de Farmacia realizara las gestiones para el abastecimiento de lo solicitado, utilizando las

Reglamentaciones internas del IPS.

 

LA POLITICA DE FACTURACION

Se considerará el horario de ingreso y alta efectiva del paciente según conste en la hoja de enfermería para establecer el

Tiempo total de internación.

Facturación para Camas Clínicas y UTI

Desde las 00:00 hasta las 12:00hs, facturación de 0.5 día.

Desde las 12:00 hasta las 00:00hs, facturación de 0.5 día.

Si un paciente usufructuara dos servicios como ser Sala de Internación y UTI / UTIM en el periodo de 12:00hs.

Será facturado únicamente el servicio de UTI / UTIM.

 

8. DE LOS ESTUDIOS LABORATORIALES DE RUTINA

El Hospital de la Contratista podrá proveer  un estudio laboratorial de rutina por año al asegurado que lo solicite.

Por estudios laboratoriales de rutina se entienden los siguientes:

  1. Hemograma;
  2. Glicemia
  3. Urea;
  4. Creatinina;
  5. Colesterol;
  6. Triglicéridos
  7. Ácido úrico;
  8. Heces vermes y protozoario;
  9. Orina simple y sedimento.

Las reiteraciones de los estudios mencionados, así como las solicitudes para otro tipo de determinaciones deberán estar plenamente indicadas y justificadas según diagnóstico y evolución de la patología y los mismos no deberán realizarse de forma rutinaria.

No serán reconocidas por la contratante ni se le exigirá el pago de aquellas determinaciones de laboratoriales que sean realizadas por la contratista a los asegurados y que no tenga relación directa de con el cuadro clínico

 

 

9. OTROS ESTUDIOS DIAGNÓSTICOS

 

El Hospital de la Contratista proveerá estudio diagnóstico y otros estudios específicos que deberán estar plenamente indicadas y justificadas según diagnóstico y evolución de la patología.

En los casos crónicos deberán ser trasladados al Hospital Central del IPS. La extracción de material de PAP será preparada según normas y remitida al Servicio de Anatomía Patológica del Hospital Central del IPS para su estudio.

No serán reconocidas por la contratante ni se le exigirá el pago de aquellos estudios auxiliares de diagnósticos que sean realizadas por la contratista a los asegurados y que no tenga relación directa de con el cuadro clínico

Observaciones:

        a) El IPS no proveerá en carácter de insumos los reactivos concernientes a los estudios laboratoriales, es decir el hospital         contratista debe incluir en su precio todos los insumos requeridos para prestar el servicio.

10. DE LOS ESTUDIOS Y TRATAMIENTOS DE ALTA COMPLEJIDAD

a) El Instituto tendrá a su cargo los estudios de diagnóstico y tratamiento de alta complejidad, tales como estudios Laboratoriales complejos, estudios de Hemodinámica, cirugías mayores de alta complejidad, tratamientos de terapia intensiva, tratamientos complejos y crónicos que requieran más de 7 (siete)  días de Rehabilitación.

Reposos:

Los médicos que forman parte del plantel de la empresa que sea adjudicada por el IPS para la prestación de servicios médicos tercerizados, podrán expedir reposos con sus correspondientes certificados médicos (membrete propio), siendo reconocidos como válidos para la tramitación y cobro de subsidios en el sistema informático BCP (Beneficio a Corto Plazo) del IPS, siempre que contengan la firma y sello del Director del Servicio y del Médico tratante, diagnóstico acorde al Baremo Institucional del IPS, y fecha de inicio y fin del reposo.

La empresa que sea adjudicada deberá remitir para la suscripción del contrato, la nómina de médicos autorizados a expedir reposos, a fin de ingresar en el sistema informático (beneficio a corto plazo) del IPS para la validación de los mismos como médicos tratantes.

11. PROCESOS ADMINISTRATIVOS Y DE SOLICITUD DE PAGO

En cada prestación otorgada el Asegurado o Familiar debe firmar un Comprobante de Prestación del Servicio, conforme modelo siguiente:

Dependencia:

Comprobante de Prestación de Servicios

Asegurado Cotizante

 

Cédula de Identidad Nº

 

Asegurado Beneficiario

 

Cédula de Identidad Nº

 

Nº Patronal

 

Nº de Ficha

 

PACIENTE (corresponde la identificación del que recibe la prestación)

Dirección del Domicilio:

 

 

 

 

Cantidad

Descripción del Servicio

Precio Unitario

Precio Total

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL GS.

 

 

_____________________

 

 

 

Firma de Conformidad

 

 

 

Asegurado o Familiar

 

 

 

Cédula de Identidad Nº

 

 

 

  1. En caso de necesidad de provisión de prótesis para los tratamientos quirúrgicos traumatológicos y/o de urgencia, deberán ser gestionados a través de la DGM/Gerencia de Salud, con anterioridad a la cirugía programada.
  2. El asegurado deberá firmar la  conformidad de haber retirado el medicamento y/o insumo del IPS, conforme receta expedida por el médico tratante, agregando su número de cédula de identidad.
  3. La Farmacia debe cumplir con los requerimientos y normativas estipuladas por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y la SENAD,  para el buen funcionamiento del mismo.
  4. El control permanente y reposición de stock, debe ser realizado y controlado por un Responsable designado por el contratista. En caso de presentarse artículos con baja rotación o próximo a vencer, del stock, debe ser comunicado al DPE/DGM, a los efectos de coordinar acciones de reciclaje, para el aprovechamiento del bien, en otras dependencias del IPS, con un mínimo de (3) tres meses de antelación.
  5. Deben remitirse a los fiscalizadores médicos y al  Departamento de Prestaciones Externas de la  DGM los Datos estadísticos de las prestaciones brindadas  cada mes por  medios informáticos, en formato
  6. Los Documentos originales de los procesos realizados, tales como expedientes de pacientes y otros, deben ser archivados en un orden lógico, que permita  la realización de trabajos de fiscalización y control por parte del IPS.
  7. La custodia y mantenimiento adecuado de las documentaciones respaldatorias de las prestaciones médicas, realizadas a los Asegurados, es responsabilidad de la empresa tercerizada. Las mismas pueden ser requeridas en cualquier momento por la Contratista
  8. El hospital contratado  deberá implementar en sus instalaciones cartelerías referidas a los servicios prestados a los asegurados del IPS, resaltando en ellos que el paciente asegurado tiene derechos a acceder a los medicamentos e insumos aplicados a los procedimientos sin costo alguno, igualmente podrían suministrarse folletos explicativos con costo al hospital contratista.
  9. Es responsabilidad del Director y Administrador del Hospital, la legitimidad de los datos relacionados con la prestación de servicios y sus respectivos costos, así como la presentación de los documentos para la gestión de pagos referidos en el presente Contrato en tiempo y forma.
  10. Cuando se hallaren objeciones por parte del Instituto en los expedientes en proceso de pago, se retendrá el desembolso de los montos que fueron objetados, hasta tanto, estas sean subsanadas, una vez que se encuentren en regla se seguirá con el proceso de pago.
  11. Si la Contratista no se encontraré al día en el pago de las imposiciones correspondientes, el IPS retendrá el pago hasta la regularización por parte de la Contratista.

 

I.   INICIO DEL SERVICIO

1. El plazo de prestación de los servicios será de  24  (veinte  cuatro) meses y el inicio de la prestación será INMEDIATA a partir de la firma del Contrato.

2. El proveedor deberá garantizar la prestación permanente del servicio acorde a la demanda, lo cual no deberá ser interrumpida por ningún motivo de contingencia.

II.     GARANTÍA DE SERVICIO

El proveedor deberá garantizar la prestación permanente del servicio, la cual no deberá ser interrumpida por ningún motivo de contingencia.

III    DE LA FISCALIZACIÓN Y AUDITORÍA MÉDICA Y ADMINISTRATIVA:

El IPS dispondrá de un equipo de Fiscalizadores, quiénes se encargarán de la Fiscalización en Terreno y/o a través de la plataforma web institucional de los procedimientos realizados a los pacientes hospitalizados, quedando el Contratista comprometido en brindar a los mismos toda la información que sea necesaria y un fácil acceso a la documentación clínica para una mejor evaluación de los pacientes hospitalizados. De igual manera, el IPS dispondrá de un equipo de Auditores Médicos quiénes podrán actuar las veces que se considere necesario.

El Fiscalizador podrá ordenar el traslado del paciente al IPS o el alta del mismo, en caso de que la situación clínica del paciente lo amerite, el Fiscalizador, en estos casos, será responsable del alta o traslado y de las implicancias que emerjan de la misma.

El IPS podrá designar sus Recursos Humanos médicos y no médicos, para una fiscalización permanente en los centros contratados.

El IPS podrá disponer de una oficina en la zona de influencia de los hospitales, en donde se realizaran un estudio de las derivaciones o pertinencias de internación en los Centros Asistenciales (salvo casos de Urgencia que ameriten asistencia inmediata)

IV   ALCANCE DEL SERVICIO

El Prestador pondrá a disposición del Instituto de Previsión Social, el Hospital de su responsabilidad, con la estructura edilicia, el personal médico, paramédico, administrativo y la capacidad necesaria de camas instaladas en ella, para la atención  de los asegurados del IPS.

Los servicios son los que se describen en la planilla de precios, conforme al siguiente detalle;

  • Consultas (Servicios detallados en los ítems 1 al 13)
  • Procedimientos Ambulatorios (Servicios detallados en los ítems 14 al 24)
  • Cirugía Menor (Servicios detallados en los ítems 25 al 30).
  • Estudios Ecográficos (Servicios detallados en los ítems 31 al 55).
  • Estudios Cardiológicos (Servicios detallados en los ítems 56 al 57).
  • Estudios Neurológicos (Servicios detallados en el ítem 58).
  • Endoscopias (Servicios detallados en los ítems 59 al 62).
  • Internación Por día  (Servicios detallados en los ítems 63 al 73)
  • Radiografía Adultos  (Servicios detallados en los ítems 74 al 103)
  • Radiografía Niños  (Servicios detallados en los ítems 104 al 126).
  • Tomografías (Servicios detallados en los ítems 127 al 137).
  • Cirugías y Procedimientos Gineco Obstétricos (Servicios detallados en los ítems 138 al 165).
  • Cirugía Abdominal (Servicios detallados en los ítems 166 al 189).
  • Cirugías Urológicas y Procedimientos Quirúrgicos (Servicios detallados en los ítems 190 al 212).
  • Cirugías del Cuello y Tórax y Procedimientos Quirúrgicos (Servicios detallados en los ítems 213 al 221).
  • Otorrinolaringología Cirugía y Procedimientos Ambulatorios (Servicios detallados en los ítems 222 al 238).
  • Oftalmología Cirugía y Procedimientos Ambulatorios (Servicios detallados en los ítems 239 al 2
  • 48).
  • Traumatología Ortopedia Procedimientos, Enyesados y Tratamientos Quirúrgicos (Servicios detallados en los ítems 249 al 302).
  • Cirugía de Venas y Arterias (Servicios detallados en los ítems 303 al 308).
  • Hematología (Servicios detallados en los ítems 309 al 314).
  • Química (Servicios detallados en los ítems 315 al 375)
  • Coagulación (Servicios detallados en los ítems 376 al 384)
  • Inmunología (Servicios detallados en los 385 ítems al 422)
  • Endocrinología (Servicios detallados en los ítems 423 al 438)
  • Heces (Servicios detallados en los ítems 439 al 446)
  • Orina (Servicios detallados en los ítems 447 al 468)
  • Otros Estudios - Líquido Cefalorraquido (Servicios detallados en los ítems 469 al 473)
  • Líquido Peritoneal (Servicios detallados en los ítems 474 al 475)
  • Líquido Pleural (Servicios detallados en los ítems 476 al 477)
  • Líquido Ascítico (Servicios detallados en los ítems 478 al 479)
  • Líquido Gástrico (Servicios detallados en los ítems 480 al 481)
  • Líquido Articular (Servicios detallados en los ítems 482 al 483)
  • Análisis de Secreciones Diversas: Secreción Vaginal o Uretral (Servicios detallados en los ítems 484 al 487)
  • Otras Secreciones (Cutáneas, ótica, ocular, faríngea)  (Servicios detallados en los ítems 488 al 503)
  • Biología Molecular (Servicios detallados en los ítems 504 al 512)
  • Otros Estudios (Servicios detallados en los ítems 513 al 529)
  • Otros Servicios -  Servicios Ambulancias (Servicios detallados en los ítems 530 al 531)
  • Nuevos Servicios (Servicios detallados en los ítems 532 al 678)

 

El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:

-      Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.

-      En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.

-      En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.

-      Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.

-      Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”.  Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.

-      Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados. 

-      Las EETT   deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:

(a)      Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.

(b)      Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).

(c)       Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.

(d)      Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.

(e)      Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.

-              Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda.  Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.

Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.

Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.

Detalle de los bienes y/o servicios

Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:

Conforme a las Especificaciones técnicas - CPS

De las MIPYMES

Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio

Plan de prestación de los servicios

La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:

El plazo de prestación de los servicios será de  24  (veinte  cuatro) meses y el inicio de la prestación será INMEDIATA a partir de la firma del Contrato.

 El proveedor deberá garantizar la prestación permanente del servicio acorde a la demanda, lo cual no deberá ser interrumpida por ningún motivo de contingencia.

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

No aplica

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

No aplica

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC)

Acta de recepción

Acta de recepción

Se emitirán de forma mensual por el termino de 24 meses