Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.
Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".
En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.
Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores
aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:
1. En obras públicas: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 20% para ofertas por debajo del precio referencial y 10% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro
La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:
Elementos que determinan el precio del bien/servicio ofertado.
Elementos de Valor Fijo
Mano de obra
Inmuebles
Maquinarias
Herramientas
Vehículos
Equipos informáticos
Muebles
Seguros
Servicios básicos
Elementos de Valor Variable
Insumos
Mantenimiento
Gastos administrativos
Gastos de venta
Total de costos
Utilidad esperada
Precio del bien/servicio antes de impuestos
Impuestos
Precio final del bien/servicio impuestos incluidos
El oferente podrá presentar junto con su oferta el desgloce de composición de precios, cuando su oferta se encuentre fuera de los parámetros establecidos en la cláusula anterior.
En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:
Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.
[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.
En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]
La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.
8.1. Personas Físicas.
8.2. Personas Jurídicas.
8.3. Oferentes en Consorcio.
En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.
Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Requisitos Mínimos Requisitos de Cumplimiento Documentación
requerida
Oferente
Individual
Consorcios
Todas las
Partes
Combinadas
Cada
Socio
Socio
Líder
16/57
Coeficiente de
Liquidez: Para
contribuyentes de
IRE General: Activo
corriente / Pasivo
Corriente debe ser
igual o mayor a 1.
Esta información será
extraída del Balance
General
correspondiente a los
ejercicios fiscales
cerrados. 2020, 2021,
2022.
Para contribuyentes
de IRE Simple:
Deberán cumplir el
siguiente parámetro:
Eficiencia:
(Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o
mayor que 1, el
promedio, de los
ejercicios fiscales
requeridos: 2020,
2021, 2022)
Para contribuyentes
de IRP Deberán
cumplir el siguiente
parámetro:
Eficiencia:
(Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o
mayor que 1, el
promedio, de los
ejercicios fiscales
requeridos: 2020,
2021, 2022)
Debe
cumplir
con el
requisito.
Debe
cumplir
con el
requisito.
Completar el
formulario
"Situación
Financiera" y
presentar los
documentos
que se indiquen
en el pliego de
bases y
condiciones.
Coeficiente de
Solvencia: Pasivo
Total / Activo Total
igual o menor a 0,80.
Esta información será
extraída del Balance
General
correspondiente a los
ejercicios fiscales
cerrados 2020, 2021,
2022.
Debe
cumplir
con el
requisito.
Debe
cumplir
con el
requisito.
Completar el
formulario
"Situación
Financiera" y
presentar los
documentos
que se indiquen
en el pliego de
bases y
condiciones.
17/57
Demostrar que posee
o que tiene acceso a
suficientes activos
líquidos, activos
reales libres de
gravámenes, líneas
de crédito y otros
medios financieros
(independientemente
de cualquier anticipo
estipulado en el
contrato) para
cumplir los requisitos
en materia de flujo de
fondos para la
construcción exigidos
para el o los
contratos en caso de
suspensión,
reanudación de
faenas u otros
retrasos en los pagos.
El mínimo de activos
líquidos y/o acceso a
créditos libres de
otros compromisos
contractuales del
adjudicatario será: 20
%
Las deducciones al flujo de
fondos exigidos por
compromisos derivados de
otros contratos solo se
harán cuando dichos
contratos se encuentren en
ejecución.
Este mínimo de activos
líquidos que constituirá el
capital operativo, debe ser
el resultado de la diferencia
entre el Activo Corriente
menos el Pasivo Corriente.
Puede ser complementado
con líneas de crédito
otorgadas por entidades
financieras.
Debe
cumplir
con el
requisito.
Debe
cumplir con
el requisito
Debe con
el 25%
del
requisito
mínimo
Debe
cumplir
con el
40% del
requisito
mínimo
Completar el
formulario
"Situación
Financiera", y
presentar los
documentos
probatorios
que se indiquen
en el pliego de
bases y
condiciones.
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
a. Autorización para pedir referencias a las instituciones bancarias de las que el oferente es cliente
b. Indicar y adjuntar copias de documentos que comprueben el acceso del oferente a recursos financieros para cumplir
los requisitos de calificación, bastando para el efecto Cartas Compromiso de un Banco de plaza de otorgar una línea
de crédito al oferente.
c. Balance General y Estado de Resultados de los años (2020-2021-2022) con los correspondientes formularios
presentados ante la SET. Cuadro de Ratios Financieros.
d. Formulario 106 de los últimos 03 años 2020, 2021 y 2022 para contribuyentes del IRE Simple.
e. Formulario 104 de los últimos 03 años 2020, 2021 y 2022 para contribuyentes del IRP.
Requisitos Mínimos Requisitos de Cumplimiento Documentación requerida
Oferente
Individual
Consorcios
Todas las
Partes
Combinadas
Cada Socio Socio Líder
Haber generado,
durante los mejores
cinco (5) años de
los últimos diez (10)
años, en promedio
un volumen anual
de facturación igual
o superior a 50%
sobre el monto
total de la oferta.
El promedio del volumen
anual de negocios se
define como el total de las
facturas legales
correspondientes a obras
en ejecución o terminadas
por el oferente, dividido el
número de (5) años
señalado en el párrafo
precedente.
Debe
cumplir
con el
requisito.
Debe
cumplir con
el requisito.
Debe
cumplir con
el 25% de
los
requisitos
mínimos
requeridos.
Debe
cumplir con
el 40% de
los
requisitos
mínimos
requeridos.
Completar los
Formularios: Experiencia
general en
construcción y Facturación
anual media en
construcción.
Requisitos Mínimos Requisitos de Cumplimiento Documentación
requerida
Oferente
Individual
Consorcios
Todas las
Partes
Combinadas
Cada Socio Socio Líder
Participación en calidad de
contratista, integrante de un
consorcio en el porcentaje de
participación, o subcontratista
autorizado por la
Administración Contratante en
al menos tres (3) contrato,
durante los últimos tres (3)
años, similares a las obras
propuestas.
La similitud debe basarse en la
escala física, la complejidad, los
métodos o la tecnología, u otras
características técnicas,
conforme a lo descrito en la
Sección Descripción de la Obra.
A fin de cumplir este requisito,
las obras deberán estar
terminadas en un (70%) por lo
menos, y el desempeño deberá
haber sido satisfactorio.
Debe
cumplir
con el
requisito.
Debe
cumplir con
el requisito.
Debe
cumplir
con el 25%
de los
requisitos
mínimos
requeridos.
Debe
cumplir
con el 40%
de los
requisitos
mínimos
requeridos.
Completar el
formulario de
"Experiencia
específica en
Construcción"
Contar con experiencia mínima para el
contrato que antecede u otros
contratos, ejecutados en el período
2021, 2022 y 2023 en las siguientes
actividades clave: Haber realizado
obras demostrables con 3 contratos
de construcción y/o reparación de
plazas, como mínimo.
Debe
cumplir
con el
requisito.
Debe
cumplir
con el 25%
de los
requisitos
mínimos
requeridos.
Debe
cumplir
con el 40%
de los
requisitos
mínimos
requeridos.
Completar los
formularios:
"Experiencia
General en
Construcción" y
"Situación
Financiera"
La experiencia solicitada tiene como base la envergadura de la obra y el alto impacto institucional de la misma.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación de los presentes criterios:
Los años solicitados de experiencia específica requerida para la contratación de la presente obra, radica a fin de que esta
Convocante pueda asegurarse de forma fehaciente la EXPERIENCIA del contratista para con lo ofertado. En ese sentido, la
Convocante no puede ser excesivamente flexible en cuanto a sus exigencias, ya que se pondría en riesgo la ejecución
satisfactoria de la contratación, lo que a su vez iría en detrimento de los intereses generales del Estado.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación de los presentes criterios:
1. Copia de facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida.
2. Documento que avale la recepción definitiva de la obra.
3. Fotocopias de contratos anteriores para demostrar como mínimo el 50% de la oferta presentada.
4. Si la experiencia ha sido como subcontratista, acompañar el documento que acredite la autorización de la
Administración Contratante para participar como tal en el contrato.
Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de personal del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Requisitos mínimos Requisitos de cumplimiento Documentación
requerida
Oferente
individual
Consorcios
Todas las
partes
combinadas
Cada
socio
Socio
líder
21/57
Demostrar que cuenta con personal
debidamente calificado para desempeñar los
siguientes cargos clave:
1 Ing. O Arq. residente para el sitio de
Obras como mínimo de 3 (tres) años de
experiencia, que deberá permanecer en
la zona de obra.
Como mínimo deberá contar con un Jefe o
Superintendente de Obras con 3 (tres) años
de experiencia en obras civiles.
Debe
cumplir
con el
requisito
Debe
cumplir con
el requisito
Completar el
formulario:
"Lista del
personal
propuesto para
la obra"
1. Currículum en el que se mencione la calificación y experiencia del
personal clave, técnico y de administración, propuesto para
desempeñarse en el lugar de ejecución de las obras a los fines del
contrato.
2. Referencias de empresas que confirmen un desempeño satisfactorio.
3. Listado de personal propuesto para la Obra. Con carta compromiso, a fin
de verificar que se cumplirá el requisito de utilización de mano de Obra
local.
4. Patente Profesional vigente del personal clave propuesto como Jefe o
Superintendente de obras.
5. Copia de Título de Grado, del referido personal clave.
6. Carnet de habilitación del MOPC vigente del mismo.
7. Carta de compromiso y/o el documento que demuestre la relación con la
firma oferente del personal clave propuesto como Jefe o Superintendente
de obras.
Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de equipos del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Requisitos Mínimos Requisitos de Cumplimiento Documentación
requerida
Oferente
Individual
Consorcios
Todas las
Partes
Combinadas
Cada
Socio
Socio Líder
Demostrar que puede disponer
oportunamente de los equipos
esenciales en propiedad o en
alquiler, que a continuación se
indican: Camión Volquete,
Mescladoras, Carretillas;
Escaleras, Cascos, Chalecos,
Conos y cintas de advertencia;
Los equipos mínimos necesarios
presentados por los oferentes
no deberán estar
comprometidos en otras obras.
Debe
cumplir
con el
requisito.
Deben
cumplir con
el requisito.
Debe con
el 25% de
los
requisitos
mínimos
requeridos
Debe
cumplir
con el 40%
de los
requisitos
mínimos
requeridos.
Completar los
formularios:
"Lista de
Equipos" y
"Cronograma
de Utilización
de Equipos"
1. Declaración jurada de que los equipos mencionados como propiedad de la (Empresa) se encuentran con
disponibilidad inmediata en caso de ser adjudicada, y que se encuentra en buen estado y en condiciones aceptables
para realizar los trabajos a que serán destinados.
2. Cuadro de revalúo fijo en el caso de propietarios de equipos.
3. Autorización para verificar la veracidad de las informaciones señaladas en el apartado Coeficiente de Solvencia.
4. En caso de equipos pertenecientes a terceros, adjuntar: (i) constancia donde se certifique que dicho equipo
permanecerá en la obra todo el tiempo que sea necesario para cumplir con las tareas especificadas; (ii) contrato de
alquiler o leasing, o carta compromiso otorgada por el propietario de que los equipos serán cedidos en alquiler o
leasing
Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.
A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.
Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.
No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.
Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.
A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.
Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:
a) Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.
b) Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.
c) En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.
Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.
La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.
En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.
En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.
En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.
La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.