Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Q.F Sixta Benítez de Ibarra Directora - Dirección de Logística de Suministros de Salud. Dependiente de la Gerencia de Abastecimiento y Logística del IPS
El pedido formulado es a fin de satisfacer las necesidades inmediatas de los asegurados de la Institución que lo requieren conforme a su patología, en base a la respectiva indicación médica del profesional médico tratante, por tanto este pedido es a fin de evitar falta de stock de los productos.
El pedido corresponde a un llamado de compra que se realiza en forma periódica, para un consumo estimado de hasta 24 meses, teniendo en cuenta saldo de contratos y stock del medicamento en plaza.
Las especificaciones técnicas de los productos solicitados corresponden a las que figuran en el Vademécum Medico vigente del IPS, aprobado por la Máxima Autoridad de la Institución.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
LOTE |
ITEM |
CODIGO SIH |
MATERIAL |
CODIGO DE CATALOGO (DNCP) |
DESCRIPCION DEL BIEN (DNCP) |
PRINCIPIOS ACTIVOS |
CONCENTRACION |
FORMA FARMACEUTICA |
UNIDAD DE MEDIDA DNCP |
PRESENTACION DNCP |
PRESENTACION ENTREGA DASM |
CANTIDAD MINIMA |
CANTIDAD MÁXIMA |
1 |
1 |
6355 |
10000001 |
51131613-001 |
ACENOCUMAROL COMPRIMIDO |
ACENOCUMAROL |
4 MG |
COMPRIMIDO |
UNIDAD |
UNIDAD |
COMPRIMIDO |
123.000 |
246.000 |
2 |
1 |
655 |
10000027 |
51141919-001 |
ALPRAZOLAM COMPRIMIDO |
ALPRAZOLAM |
0,5 MG |
COMPRIMIDO |
UNIDAD |
UNIDAD |
COMPRIMIDO |
4.000.000 |
8.000.000 |
3 |
1 |
1290 |
10000034 |
51141601-001 |
AMITRIPTILINA CLORHIDRATO COMPRIMIDO |
AMITRIPTILINA |
25 MG |
COMPRIMIDO |
UNIDAD |
UNIDAD |
COMPRIMIDO |
650.000 |
1.300.000 |
4 |
1 |
2072 |
10000038 |
51101511-007 |
AMOXICILINA + SULBACTAM INYECTABLE |
AMOXICILINA + SULBACTAM |
1000 MG + 500 MG |
INYECTABLE |
UNIDAD |
VIAL |
FRASCO AMPOLLA |
83.000 |
166.000 |
5 |
1 |
1582 |
10000059 |
51181701-002 |
BETAMETASONA CREMA |
BETAMETASONA |
0.1 %. |
CREMA |
UNIDAD |
POMO |
POMO X 15 A 20 G |
70.000 |
140.000 |
6 |
1 |
1014 |
10000086 |
51101550-005 |
CEFALEXINA CAPSULAS |
CEFALEXINA |
500 MG |
CAPSULA |
UNIDAD |
UNIDAD |
CAPSULA |
900.000 |
1.800.000 |
7 |
1 |
9430 |
10000098 |
51171905-002 |
CINITAPRIDE COMPRIMIDO |
CINITAPRIDE |
1 MG |
COMPRIMIDO |
UNIDAD |
UNIDAD |
COMPRIMIDO |
200.000 |
400.000 |
8 |
1 |
10319 |
10000101 |
51101542-007 |
CIPROFLOXACINA GOTAS |
CIPROFLOXACINA |
3 MG/ML. |
GOTAS OTICAS |
UNIDAD |
FRASCO |
FRASCO GOTERO |
2.600 |
5.200 |
9 |
1 |
629 |
10000117 |
51141502-002 |
CLONAZEPAN - SOLUCIÓN |
CLONAZEPAM |
2,5 MG/ML. |
SOLUCION |
UNIDAD |
FRASCO |
FRASCO GOTERO |
46.100 |
92.200 |
10 |
1 |
11645 |
10000844 |
51142940-001 |
PROPARACAINA CLORHIDRATO GOTAS |
CLORHIDRATO DE PROPARACAINA |
0.5 % |
SOLUCION OFTALMICA |
UNIDAD |
FRASCO |
FRASCO GOTERO 10 ML COMO MINIMO |
50.000 |
100.000 |
11 |
1 |
1088 |
10000131 |
51181704-002 |
DEXAMETASONA INYECTABLE |
DEXAMETASONA |
4 MG/ML. |
INYECTABLE |
UNIDAD |
AMPOLLA |
AMPOLLA |
124.000 |
248.000 |
12 |
1 |
6442 |
10000132 |
51181704-001 |
DEXAMETASONA COMPRIMIDO |
DEXAMETASONA |
8 MG |
COMPRIMIDO |
UNIDAD |
UNIDAD |
COMPRIMIDO |
50.000 |
100.000 |
13 |
1 |
10681 |
10000135 |
51141812-9999 |
DEXMEDETOMIDINA INYECTABLE |
DEXMEDETOMIDINA |
100 MCG/ML. |
INYECTABLE |
UNIDAD |
VIAL |
VIAL |
32.000 |
64.000 |
14 |
1 |
11512 |
10000740 |
51142103-9997 |
DICLOFENAC POTASICO CAPSULA |
DICLOFENAC POTASICO |
75 MG |
CAPSULAS |
UNIDAD |
UNIDAD |
UNIDAD (CAPSULAS) |
1.400.000 |
2.800.000 |
15 |
1 |
10462 |
10000178 |
51181802-999 |
ESTRIOL OVULOS |
ESTRIOL |
0.5 MG. |
OVULO |
UNIDAD |
UNIDAD |
OVULO |
80.000 |
160.000 |
16 |
1 |
1207 |
10000179 |
51131805-002 |
ETAMSILATO INYECTABLE |
ETANCILATO |
250 MG |
INYECTABLE |
UNIDAD |
AMPOLLA |
AMPOLLA |
12.500 |
25.000 |
17 |
1 |
1143 |
10000210 |
51191510-001 |
FUROSEMIDA COMPRIMIDO |
FUROSEMIDA |
40 MG |
COMPRIMIDO |
UNIDAD |
UNIDAD |
COMPRIMIDO |
900.000 |
1.800.000 |
18 |
1 |
1294 |
10000222 |
51141702-003 |
HALOPERIDOL - GOTA |
HALOPERIDOL |
2 MG/ML. |
SOLUCION |
UNIDAD |
FRASCO |
FRASCO GOTERO |
1.000 |
2.000 |
19 |
1 |
9441 |
10000230 |
51151804-003 |
HEXOPRENALINA SULFATO INYECTABLE |
HEXOPRENALINA SULFATO |
5 MCG/ML. |
INYECTABLE |
UNIDAD |
AMPOLLA |
AMPOLLA |
600 |
1.200 |
20 |
1 |
10689 |
10000244 |
51122112-9998 |
ILOPROST INYECTABLE |
ILOPROST |
20 MCG/2 ML |
AMPOLLA |
UNIDAD |
AMPOLLA |
AMPOLLA |
20.000 |
40.000 |
21 |
1 |
6076 |
10000261 |
51161705-002 |
BROMURO DE IPRATROPIO GOTAS |
IPRATROPIO BROMURO |
0,25 MG/ML |
SOLUCION |
UNIDAD |
FRASCO |
FRASCO GOTERO |
2.200 |
4.400 |
22 |
1 |
9422 |
10000292 |
51141711-001 |
LEVOMEPROMAZINA COMPRIMIDO |
LEVOMEPROMAZINA |
25 MG. |
COMPRIMIDO |
UNIDAD |
UNIDAD |
COMPRIMIDO |
39.000 |
78.000 |
23 |
1 |
1509 |
10000297 |
51142904-002 |
LIDOCAINA CON EPINEFRINA INYECTABLE |
LIDOCAINA CON EPINEFRINA |
2 %./20 ML. |
INYECTABLE |
UNIDAD |
VIAL |
FRASCO AMPOLLA MD |
3.500 |
7.000 |
24 |
1 |
6966 |
10000326 |
51101811-002 |
MICONAZOL CREMA |
MICONAZOL |
2%. |
CREMA |
UNIDAD |
POMO |
POMO X 15 A 20 G |
26.000 |
52.000 |
25 |
1 |
1098 |
10000333 |
51142206-001 |
MORFINA CLORHIDRATO INYECTABLE |
MORFINA CLORHIDRATO |
10 MG/ML. |
INYECTABLE |
UNIDAD |
AMPOLLA |
AMPOLLA |
55.000 |
110.000 |
26 |
1 |
580 |
10000375 |
51151514-001 |
BROMURO DE PIRIDOSTIGMINA COMPRIMIDO |
PIRIDOSTIGMINA |
60 MG |
COMPRIMIDO |
UNIDAD |
UNIDAD |
COMPRIMIDO |
100.000 |
200.000 |
27 |
1 |
6445 |
10000388 |
51181818-001 |
PROGESTERONA CAPSULA |
PROGESTERONA NATURAL MICRONIZADA |
100 MG |
CAPSULA |
UNIDAD |
UNIDAD |
CAPSULA |
90.000 |
180.000 |
28 |
1 |
10004 |
10000395 |
51171706-004 |
RACECADOTRIL POLVO GRANULADO |
RACECADOTRIL |
30 MG |
POLVO GRANULADO |
UNIDAD |
SOBRE |
POLVO P/ RECONSTITUIR |
90.000 |
180.000 |
29 |
1 |
665 |
10000405 |
51161508-002 |
SALBUTAMOL - GOTAS |
SALBUTAMOL |
5 MG/ML |
GOTAS |
UNIDAD |
FRASCO |
FRASCO GOTERO |
11.000 |
22.000 |
30 |
1 |
9424 |
10000408 |
51151720-001 |
SALMETEROL+FLUTICASONA AEROSOL |
SALMETEROL+FLUTICASONA (CON PROPELENTE LIBRE DE CL Y/O BR) |
25 MCG + 125 MCG |
AEROSOL |
UNIDAD |
KIT |
FRASCO C/ADAPTADOR BUCAL |
32.000 |
64.000 |
31 |
1 |
10478 |
10000440 |
51101556-999 |
TIGECICLINA POLVO PARA INYECTABLE |
TIGECICLINA |
50 MG |
INYECTABLE |
UNIDAD |
VIAL |
FRASCO AMPOLLA |
17.500 |
35.000 |
32 |
1 |
10058 |
10000442 |
51161812-9996 |
TIOTROPIO INHALADOR |
TIOTROPIO BROMURO |
18 MCG |
CAPSULA CON POLVO SECO |
UNIDAD |
UNIDAD |
CAPSULA CON POLVO SECO C/ ADPT BUCAL |
550.000 |
1.100.000 |
33 |
1 |
11265 |
10000470 |
51101832-9998 |
VORICONAZOL INYECTABLE |
VORICONAZOL |
200 MG |
INYECTABLE |
UNIDAD |
VIAL |
FRASCO AMPOLLA |
3.200 |
6.400 |
34 |
1 |
11333 |
10000658 |
51142935-001 |
LEVOBUPIVACAINA INYECTABLE |
CLORHIDRATO DE LEVOBUPIVACAINA 0.5% |
5MG/ML |
INYECTABLE |
UNIDAD |
AMPOLLA |
AMPOLLA DE 4 ML |
3.250 |
6.500 |
35 |
1 |
9996 |
10000275 |
51241120-016 |
CARBOMER + MANITOL GEL OFTALMICO |
LAGRIMAS ARTIFICIALES CARBOMERO 940 + MANITOL |
1.5 MG + 4.6 MG |
GEL |
UNIDAD |
FRASCO |
FRASCO POR 5 GR |
4.250 |
8.500 |
36 |
1 |
10674 |
10000735 |
51181999-9999 |
ATOSIBAN INYECTABLE |
ATOSIBAN |
37,5 MG/5ML. |
INYECTABLE / 1 FRASCO AMPOLLA DE 37,5 MG/5 ML DE SOLUCION |
UNIDAD |
VIAL |
VIAL |
1.100 |
2.200 |
2 |
10673 |
10000734 |
51181999-9999 |
ATOSIBAN INYECTABLE |
ATOSIBAN |
6.75 MG/0.9ML |
INYECTABLE / 1 FRASCO AMPOLLA DE 6,75 MG/0,9 ML DE SOLUCION |
UNIDAD |
VIAL |
VIAL |
160 |
320 |
Observación:
- El precio ofertado no deberá superar el 65% del precio fijado en el Acta de Fijación de Precios expedido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DINAVISA) actualizado y Vigente, atendiendo al principio de economía y eficiencia.
- Para el Lote 36, los Oferentes deberán presentar para ambos ítems, con la misma Marca y Procedencia.
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
Conforme al punto Especificaciones técnicas - CPS
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Los plazos de entrega serán computados en días calendarios a partir de la recepción de la orden de entrega por parte del proveedor, con los siguientes plazos:
CANTIDAD MINIMA
20%: Hasta los 8 (ocho) días calendarios. Con entregas que podrán ser fraccionadas siempre dentro del mencionado plazo.
80%: Hasta los 20 (veinte) días calendarios. Con entregas que podrán ser fraccionadas siempre dentro del mencionado plazo.
CANTIDAD MÁXIMA: Con orden de entrega de la Dirección de Logística de Suministros de Salud, una vez emitida la totalidad de las cantidades mínimas, el plazo será de hasta 20 (veinte) días calendarios. Las órdenes de Entrega podrán ser fraccionadas de acuerdo a la necesidad del IPS, stock y el espacio disponible en DASM.
Observaciones:
El I.P.S. se compromete en adquirir solo las cantidades mínimas, en tanto que las cantidades máximas serán solicitadas según necesidad de la Institución.
Procedimiento de Entrega de Ordenes: Será comunicado al proveedor vía correo electrónico la existencia de órdenes de entrega correspondiente al llamado, previa confirmación de lectura del correo señalado, y en caso que el proveedor no hiciera efectivo el retiro de la/s orden/es de entrega en forma inmediata, el primer día hábil siguiente a dicha comunicación se procederá a timbrar, contándose como fecha de recepción del proveedor la fecha del timbrado.
REQUISITOS PARA LA ENTREGA DEL PRODUCTO
Los productos a ser entregados deberán observar lo dispuesto en la Resolución GMC/RES Nº 23/95 REQUISITOS PARA EL MERCOSUR, PARA PRODUCTOS FARMACEUTICOS PUNTO 6: 6.2.3.2 Y 6.2.3.4
Esta rotulación deberá estar situada en el paquete de tal forma que no impida la visualización de los datos que aparezcan en los artículos.
Para la entrega de artículos al DASM se deberá presentar:
1. Nota de Remisión Original + 3 Fotocopia
2. Orden de Entrega Original + 3 Fotocopia
3. Planilla de Datos Garantizados. Fotocopia + ítem entregado
4. Copia del Registro Sanitario de los medicamentos en general, firmado por el Regente de la Empresa o Apoderado o en su defecto constancia actualizada de que se encuentra en trámite.
5. Resolución de Adjudicación + 1 fotocopia
6. Fotocopia del Contrato, Convenio Modificatorio, Anexo o Adenda.
Con cada entrega en DASM se emitirá:
DECLARACIÓN JURADA
MEMBRETE DE LA FIRMA
Asunción, de..de 202
Señores:
DIRECCIÓN DE LOGISTICA DE SUMINSTROS DE SALUD
Instituto de Previsión Social
REF.: Modalidad de Compra (Ej. CVE, LPN/.... etc.)
Por el presente documento, la Empresa ..a la cuál represento, manifiesta en carácter de Declaración Jurada, que la misma es responsable de la calidad (en su debido uso) del producto. con Nombre Comercial:..lotevencimiento..entregado en el DASM en fecha .. en cumplimiento con la Orden de Entrega N° . con remisión Nº y Factura Nº............ la Cantidad de: Unidades, con un costo unitario de: .. Guaraníes.
Así mismo la empresa, se responsabiliza de los costes de muestras para Control de Calidad y los costes de peritajes que sean necesarios, en caso de reclamos o quejas posteriores por parte de los usuarios mediatos e inmediatos, como servicio de post venta.
Sin otro particular hacemos propicia la oportunidad para saludarlo atentamente
Firma del Apoderado y Regente de la empresa
*OBS: Aunque el trámite sea de suma Urgencia estos datos deben estar consignados en la DDJJ y son ineludibles.
Farmacovigilancia:
En el marco de la acciones interinstitucionales llevadas a cabo con el M.S.P.y B.S., se publicó la RESOLUCIÓN Nº 054-440/12: PROYECTO DE CREACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA RED DE FARMACOVIGILANCIA DE IPS Y SE DESIGNA A INTEGRANTES PARA CONFORMAR DICHA RED , donde se ponen en funcionamiento las acciones tendientes al establecimiento de un sistema de Farmacovigilancia, y el mismo estará regido por las comunicaciones realizadas por los diferentes componentes de la Red Hospitalaria del IPS donde se documentarán los apartamientos de calidad, así como las reacciones adversas a medicamentos y cualquier producto médico. En caso que existan las respectivas comunicaciones de eventos, los productos serán apartados de la red hospitalaria, serán sometidos a un nuevo peritaje en IPS y deberán ser canjeados por proveedores responsables de la entrega de los mismos, también se realizarán la comunicaciones correspondientes a la DINAVISA.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
EMBALAJES, ENVASES Y OTROS REQUISITOS:
Los envases de los productos suministrados deberán ser adecuados, de tal forma a que impida su deterioro y permita su conservación y protección de la humedad y cualquier otro agente del medio ambiente nocivo para el mismo. Los embalajes o envases deberán estar etiquetados con la misma información descripta para los productos, indicando cantidad máxima de apilamiento y la leyenda Frágil, en el caso de que así lo sean.
En caso de productos cuyos envases contengan tiras o blíster, frasco ampolla o ampolla, las mismas deberán ser resistentes, con divisiones internas, de forma que permitan la mejor conservación y transporte.
Los frascos ampolla y sachets para administración directa deberán contar con el soporte para colgar en el momento de su goteo.
Presentación de productos para la entrega en DASM
Bandejas de cartón con 25 0 50 unidades, con separadores y envueltos en PVC termocontraibles.
Paquetes de 100 blíster o tiras, envueltos en PVC termocontraibles.
Paquetes por 100 sobres, envueltos en PVC Termocontraibles
Bandejas de cartón por 100 unidades, con separadores, envueltos en PVC Termocontraibles.
Bandejas por 100 unidades, con separadores, envueltos en PVC Termocontraibles
Bandejas de cartón por 100 unidades con separadores, envueltos en PVC Termocontraibles
Bandejas por 25 o 50 unidades, según el volumen, con separadores, envueltos en PVC termocontraibles.
Cajas o bandejas por 50 unidades, con separadores.
Observación: quedan exentos de estos requisitos aquellos productos fotosensibles, que según su volumen deberá presentarse en Bandejas por 25 o 50 unidades, respetando las condiciones para su almacenamiento y conservación al abrigo de la luz. También los productos importados de alto costo que podrán ser entregados en envases originales
CONTROL DE CALIDAD - ADQUISISCIÓN DE MEDICAMENTOS PARA ASEGURADOS DEL IPS - SOLPED N° 1130000384 |
|||||||
LOTE |
ITEM |
CODIGO SIH |
MATERIAL |
CODIGO DE CATALOGO (DNCP) |
PRINCIPIOS ACTIVOS |
CANTIDAD DE MUESTRAS P/ PERITAJE |
TEST DE DISOLUCIÓN TERCERIZADO |
1 |
1 |
6355 |
10000001 |
51131613-001 |
ACENOCUMAROL |
100 |
SI |
2 |
1 |
655 |
10000027 |
51141919-001 |
ALPRAZOLAM |
100 |
SI |
3 |
1 |
1290 |
10000034 |
51141601-001 |
AMITRIPTILINA |
100 |
N/A |
4 |
1 |
2072 |
10000038 |
51101511-007 |
AMOXICILINA + SULBACTAM |
20 |
N/A |
5 |
1 |
1582 |
10000059 |
51181701-002 |
BETAMETASONA |
15 |
N/A |
6 |
1 |
1014 |
10000086 |
51101550-005 |
CEFALEXINA |
100 |
N/A |
7 |
1 |
9430 |
10000098 |
51171905-002 |
CINITAPRIDE |
100 |
N/A |
8 |
1 |
10319 |
10000101 |
51101542-007 |
CIPROFLOXACINA |
15 |
N/A |
9 |
1 |
629 |
10000117 |
51141502-002 |
CLONAZEPAM |
15 |
N/A |
10 |
1 |
11645 |
10000844 |
51142940-001 |
CLORHIDRATO DE PROPARACAINA |
DDJJ |
N/A |
11 |
1 |
1088 |
10000131 |
51181704-002 |
DEXAMETASONA |
15 |
N/A |
12 |
1 |
6442 |
10000132 |
51181704-001 |
DEXAMETASONA |
100 |
N/A |
13 |
1 |
10681 |
10000135 |
51141812-9999 |
DEXMEDETOMIDINA |
15 |
N/A |
14 |
1 |
11512 |
10000740 |
51142103-9997 |
DICLOFENAC POTASICO |
100 |
N/A |
15 |
1 |
10462 |
10000178 |
51181802-999 |
ESTRIOL |
100 |
N/A |
16 |
1 |
1207 |
10000179 |
51131805-002 |
ETANCILATO |
15 |
N/A |
17 |
1 |
1143 |
10000210 |
51191510-001 |
FUROSEMIDA |
100 |
N/A |
18 |
1 |
1294 |
10000222 |
51141702-003 |
HALOPERIDOL |
15 |
N/A |
19 |
1 |
9441 |
10000230 |
51151804-003 |
HEXOPRENALINA SULFATO |
15 |
N/A |
20 |
1 |
10689 |
10000244 |
51122112-9998 |
ILOPROST |
15 |
N/A |
21 |
1 |
6076 |
10000261 |
51161705-002 |
IPRATROPIO BROMURO |
15 |
N/A |
22 |
1 |
9422 |
10000292 |
51141711-001 |
LEVOMEPROMAZINA |
100 |
N/A |
23 |
1 |
1509 |
10000297 |
51142904-002 |
LIDOCAINA CON EPINEFRINA |
20 |
N/A |
24 |
1 |
6966 |
10000326 |
51101811-002 |
MICONAZOL |
15 |
N/A |
25 |
1 |
1098 |
10000333 |
51142206-001 |
MORFINA CLORHIDRATO |
20 |
N/A |
26 |
1 |
580 |
10000375 |
51151514-001 |
PIRIDOSTIGMINA |
100 |
N/A |
27 |
1 |
6445 |
10000388 |
51181818-001 |
PROGESTERONA NATURAL MICRONIZADA |
100 |
N/A |
28 |
1 |
10004 |
10000395 |
51171706-004 |
RACECADOTRIL |
15 |
N/A |
29 |
1 |
665 |
10000405 |
51161508-002 |
SALBUTAMOL |
15 |
N/A |
30 |
1 |
9424 |
10000408 |
51151720-001 |
SALMETEROL+FLUTICASONA (CON PROPELENTE LIBRE DE CL Y/O BR) |
15 |
N/A |
31 |
1 |
10478 |
10000440 |
51101556-999 |
TIGECICLINA |
DDJJ |
N/A |
32 |
1 |
10058 |
10000442 |
51161812-9996 |
TIOTROPIO BROMURO |
20 |
N/A |
33 |
1 |
11265 |
10000470 |
51101832-9998 |
VORICONAZOL |
DDJJ |
N/A |
34 |
1 |
11333 |
10000658 |
51142935-001 |
CLORHIDRATO DE LEVOBUPIVACAINA 0.5% |
15 |
N/A |
35 |
1 |
9996 |
10000275 |
51241120-016 |
LAGRIMAS ARTIFICIALES CARBOMERO 940 + MANITOL |
15 |
N/A |
36 |
1 |
10674 |
10000735 |
51181999-9999 |
ATOSIBAN |
DDJJ |
N/A |
2 |
10673 |
10000734 |
51181999-9999 |
ATOSIBAN |
DDJJ |
N/A |
Para el presente llamado todos los lotes deberán ingresar con Muestra, a excepción de: los sgtes medicamentos: Corhidrato de Proparacaina, Tigeciclina, Voriconazol Inyectable, Atosiban 37.5 mg/5ml y Atosiban 6.75 mg/0.9ml, los cuales ingresaran con Declaración Jurada, por el compromiso asumido por la Calidad del Producto entregado. Así mismo deberán presentar el legajo documental adjunto a la lista de chequeo en el DCPM con los siguientes documentos:
1. Certificado de Análisis Original con las Firmas correspondientes (copia firmada por la Regente local, en caso de importados).
2. Metodología Analítica (solo en la 1ra entrega por cada licitación).
3. Registro Sanitario vigente del Producto.
4. Planilla de Datos Garantizados
5. Orden de Entrega
6. Una muestra, para cotejo y verificación de correspondencia con lo declarado en etiqueta y documentalmente, que le será de vuelta a la Firma.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Conforme a lo establecido en el Plan de entrega de los Bienes.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (*) |
Cantidad O.E. entregadas dentro de plazo /Total de O.E. entregadas en el mes |
Ordenes de entrega |
30 días |
Cantidad O.E. entregadas dentro de plazo /Total de O.E. entregadas en el mes |
Ordenes de entrega |
60 dias |
Cantidad O.E. entregadas dentro de plazo /Total de O.E. entregadas en el mes |
Ordenes de entrega |
90 dias |
Cantidad O.E. entregadas dentro de plazo /Total de O.E. entregadas en el mes |
Ordenes de entrega |
120 dias |
Cantidad O.E. entregadas dentro de plazo /Total de O.E. entregadas en el mes |
Ordenes de entrega |
150 dias |
Cantidad O.E. entregadas dentro de plazo /Total de O.E. entregadas en el mes |
Ordenes de entrega |
180 dias |
Cantidad O.E. entregadas dentro de plazo /Total de O.E. entregadas en el mes |
Ordenes de entrega |
210 dias |
Cantidad O.E. entregadas dentro de plazo /Total de O.E. entregadas en el mes |
Ordenes de entrega |
240 dias |
Cantidad O.E. entregadas dentro de plazo /Total de O.E. entregadas en el mes |
Ordenes de entrega |
270 dias |
Cantidad O.E. entregadas dentro de plazo /Total de O.E. entregadas en el mes |
Ordenes de entrega |
300 dias |
Cantidad O.E. entregadas dentro de plazo /Total de O.E. entregadas en el mes |
Ordenes de entrega |
330 dias |
Cantidad O.E. entregadas dentro de plazo /Total de O.E. entregadas en el mes |
Ordenes de entrega |
360 dias |
Cantidad O.E. entregadas dentro de plazo /Total de O.E. entregadas en el mes |
Ordenes de entrega |
390 dias |
Cantidad O.E. entregadas dentro de plazo /Total de O.E. entregadas en el mes |
Ordenes de entrega |
420 dias |
Cantidad O.E. entregadas dentro de plazo /Total de O.E. entregadas en el mes |
Ordenes de entrega |
450 dias |
Cantidad O.E. entregadas dentro de plazo /Total de O.E. entregadas en el mes |
Ordenes de entrega |
480 dias |
Cantidad O.E. entregadas dentro de plazo /Total de O.E. entregadas en el mes |
Ordenes de entrega |
510 dias |
Cantidad O.E. entregadas dentro de plazo /Total de O.E. entregadas en el mes |
Ordenes de entrega |
540 dias |
Cantidad O.E. entregadas dentro de plazo /Total de O.E. entregadas en el mes |
Ordenes de entrega |
570 dias |
Cantidad O.E. entregadas dentro de plazo /Total de O.E. entregadas en el mes |
Ordenes de entrega |
600 dias |
Cantidad O.E. entregadas dentro de plazo /Total de O.E. entregadas en el mes |
Ordenes de entrega |
630 dias |
Cantidad O.E. entregadas dentro de plazo /Total de O.E. entregadas en el mes |
Ordenes de entrega |
660 dias |
Cantidad O.E. entregadas dentro de plazo /Total de O.E. entregadas en el mes |
Ordenes de entrega |
690 dias |
Cantidad O.E. entregadas dentro de plazo /Total de O.E. entregadas en el mes |
Ordenes de entrega |
720 dias |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.