Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA LPN 2024 -2026, CON SUS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS | ||||||
LOTE 1 - provision de insumos alimenticios | ||||||
ITEM Nº | CODIGO DE CATALOGO | PRODUCTOS ALIMENTICIOS | SOLICITUD DE MUESTRA | ESPECIFICACIONES TÉCNICAS | UNIDAD DE MEDIDA | PRESENTACIÓN |
1 | 50101538-025 | ZAPALLO NACIONAL | NO | De tamaño mediano a grande, fresco de color verde uniforme por fuera y naranja por dentro, en buen estado de conservación. La cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará por bolsa de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante o cajas en caso de grandes cantidades de acuerdo al cronograma de entrega. Deberá reunir los requisitos fitosanitarios. Declarados aptos para el consumo por el Servicio Nacional de calidad y Sanidad Vegetal y de semilla (SENAVE). | kilos | Bolsas de polietileno en kilogramo o caja |
2 | 50101538-023 | TOMATE | NO | Tipo perita, tamaño mediano de 150 gramos aproximadamente, frescos, sin tumores de color rojo uniforme, en buen estado de conservación, no deben estar machucadas o golpeadas. La cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará por bolsa de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante o cajas en caso de grandes cantidades de acuerdo al cronograma de entrega. Deberá reunir los requisitos fitosanitarios. Declarados aptos para el consumo por el Servicio Nacional de calidad y Sanidad Vegetal y de semilla (SENAVE). | kilos | Bolsas de polietileno en kilogramo o caja |
3 | 50101538-022 | REPOLLO BLANCO | NO | Fresco y natural, de tamaño mediano a grande, de color verde claro a blanco, exento de gérmenes y suciedad, en buen estado de conservación. La cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará por bolsa de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante o cajas en caso de grandes cantidades de acuerdo al cronograma de entrega. Deberá reunir los requisitos fitosanitarios. Declarados aptos para el consumo por el Servicio Nacional de calidad y Sanidad Vegetal y de semilla (SENAVE). | kilos | Bolsas de polietileno en kilogramo o caja |
4 | 50101538-9992 | LOCOTE VERDE | NO | Fresco y natural de tamaño mediano de 100 gramos aproximadamente, de color verde uniforme, en buen estado de conservación. La cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará por bolsa de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante o cajas en caso de grandes cantidades de acuerdo al cronograma de entrega. Deberá reunir los requisitos fitosanitarios. Declarados aptos para el consumo por el Servicio Nacional de calidad y Sanidad Vegetal y de semilla (SENAVE). | kilos | Bolsas de polietileno en kilogramo o caja |
5 | 50101538-018 | CEBOLLA | NO | Blanca seca de tamaño mediano de 120 gramos aproximandamente. Fresco piel firme, suave, exento de brotes, en buen estado de conservación. La cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará por bolsa de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante o cajas en caso de grandes cantidades de acuerdo al cronograma de entrega. Deberá reunir los requisitos fitosanitarios. Declarados aptos para el consumo por el Servicio Nacional de calidad y Sanidad Vegetal y de semilla (SENAVE). | kilos | Bolsas de polietileno en kilogramo o caja |
6 | 50101538-024 | ZANAHORIA | NO | De tamaño mediano de 100 gramos aproximadamente, frescos color naranja uniforme, en buen estado de conservación. La cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará por bolsa de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante o cajas en caso de grandes cantidades de acuerdo al cronograma de entrega. Deberá reunir los requisitos fitosanitarios. Declarados aptos para el consumo por el Servicio Nacional de calidad y Sanidad Vegetal y de semilla (SENAVE). | kilos | Bolsas de polietileno en kilogramo o caja |
7 | 50101538-9994 | PAPA NEGRA | NO | Fresca y natural de tamaño mediano de 200 gramos aproximadamente, exento de brotes. en buen estado de conservación. La cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará por bolsa de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante o cajas en caso de grandes cantidades de acuerdo al cronograma de entrega. Deberá reunir los requisitos fitosanitarios. Declarados aptos para el consumo por el Servicio Nacional de calidad y Sanidad Vegetal y de semilla (SENAVE). | kilos | Bolsas de polietileno en kilogramo o caja |
8 | 50101538-003 | AJO | NO | Cabezas de ajo enteras, frescas y naturales, de tamaño mediano de 50 gramos aproximadamente, de color blanco uniforme, exento de brotes, en buen estado de conservación. La cotización se hará en unidad y la provisión se hará por bolsas de polietileno a partir de 2 unidades en adelante de acuerdo al cronograma de entrega. Deberá reunir los requisitos fitosanitarios. Declarados aptos para el consumo por el Servicio Nacional de calidad y Sanidad Vegetal y de semilla (SENAVE). | Unidad | Bolsas de polietileno |
9 | 50101634-006 | MANZANA ROJA | NO | Frescas y en buen estado, de tamaño mediano 170 gramos aproximadamente, rojas de color uniforme, no deberan estar machucadas o golpeadas, en buen estado de conservación. La cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará por bolsa de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante o cajas en caso de grandes cantidades de acuerdo al cronograma de entrega. Deberá reunir los requisitos fitosanitarios. Declarados aptos para el consumo por el Servicio Nacional de calidad y Sanidad Vegetal y de semilla (SENAVE). | kilos | Bolsas de polietileno en kilogramo o caja |
10 | 50101634-009 | PERA | NO | Frescas de tamaño mediano 180 gramos aproximadamnete. De color verde a amarillas uniformemente. no deberán estar machucadas o golpeadas, en buen estado de conservación. La cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará por bolsa de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante o cajas en caso de grandes cantidades de acuerdo al cronograma de entrega. Deberá reunir los requisitos fitosanitarios. Declarados aptos para el consumo por el Servicio Nacional de calidad y Sanidad Vegetal y de semilla (SENAVE). | kilos | Bolsas de polietileno en kilogramo o caja |
11 | 50101634-008 | NARANJA | NO | Frescas de tamaño mediano 150 gramos aproximadamente, color naranja uniforme, no deberán estar machucadas o golpeadas, en buen estado de conservación. La cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará por bolsa de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante o cajas en caso de grandes cantidades de acuerdo al cronograma de entrega. Deberá reunir los requisitos fitosanitarios. Declarados aptos para el consumo por el Servicio Nacional de calidad y Sanidad Vegetal y de semilla (SENAVE). | kilos | Bolsas de polietileno en kilogramo o caja |
12 | 50101634-002 | BANANA NACIONAL | NO | Variedad karapé, tamaño mediano de 80 gramos aproximadamente, frescas, color uniforme amarillo, no deberán estar machucadas o golpeadas, en buen estado de conservación. La cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará por bolsa de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante o cajas en caso de grandes cantidades de acuerdo al cronograma de entrega. Deberá reunir los requisitos fitosanitarios. Declarados aptos para el consumo por el Servicio Nacional de calidad y Sanidad Vegetal y de semilla (SENAVE). | kilos | Bolsas de polietileno en kilogramo o caja |
13 | 50101634-004 | LIMÓN | NO | Variedad Tahití, Frescos de tamaño mediano de entre de 35 gramos aproximadamente, color verde uniforme, no deberán estar machucadas o golpeadas, en buen estado de conservación. La cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará por bolsa de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante o cajas en caso de grandes cantidades de acuerdo al cronograma de entrega. Deberá reunir los requisitos fitosanitarios. Declarados aptos para el consumo por el Servicio Nacional de calidad y Sanidad Vegetal y de semilla (SENAVE). | kilos | Bolsas de polietileno en kilogramo o caja |
14 | 50221102-003 | Harina de maiz PRECOCIDA | SI | Harina de maíz precocida que necesita de igual manera refrigeración sin conservantes. Sin sabor, ni olor desagradable, sin mezcla de sustancias extrañas, sin mohos, con fecha de envasado y vencimiento. La cotización se hará por kilogramos la provisión se hará por bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante de acuerdo al cronograma de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | kilos | Bolsas de polietileno en kilogramo |
15 | 50101542-002 | ALMIDÓN | SI | Almidón de mandioca, fresco y natural sin conservantes, de color blanco, sin olor desagradable y sin mezcla de sustancias extrañas, con fecha de envasado y vencimiento. La cotización se hará por kilogramos la provisión se hará en paquetes de papel kraff de 1 kilogramo en adelante de acuerdo al cronograma de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán estár impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | kilos | Paquetes de papel kraf de 1 kilogramo |
16 | 50181709-001 | LEVADURA FRESCA | NO | Levadura Fresca, fermento biológico, paquetes de 500 gramos, en perfecto estado de conservación de 0º a 4º C, no deben estar abolladas, golpeadas o agujereadas, la cotización se hará en unidad con fechas de vencimiento como mínimo 20 dias a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | Unidad | paquetes de 500 gramos |
17 | 50131801-001 | QUESO PARAGUAY | SI | Queso 100% Paraguay, fresco, no debe ser mezcla, sin olor ni sabor desagradable, en perfecto estado de conservación de 2º a 4º C, garantizando la cadena de frio, exento de sustancias contaminantes, la cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará en bolsas de polietileno, a partir de 1 kilogramo en adelante de acuerdo al cronograma de entrega Requisito: Registro de Establecimientos R.E y Registro Sanitario del Producto Alimenticio R.S.P.A; emitido por el INAN. | kilos | Bolsas de polietileno en kilogramo |
18 | 50131702-011 | LECHE ENTERA LÍQUIDO UAT | SI | Leche entera UAT, envases tetra brick de 1 litro, con fecha de envasado y vencimiento a partir de 4 meses a la fecha de entrega. Deben estar en buenas condiciones sin abolladuras, ni agujereadas. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | litros | Envases tetra brick de 1 litro |
19 | 50131702-011 | LECHE ENTERA O SEMIDESCREMADA UAT CON HIERRO | SI | Leche entera o semidescremada UAT, con hierro, fortificada con vitaminas A y D, envases tetra brick de 1 litro, Deben estar en buenas condiciones sin abolladuras, ni agujereadas. Con fecha de envasado y vencimiento a partir de 3 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | litros | Envases tetra brick de 1 litro |
20 | 50131702-011 | LECHE UHT MODIFICADA PARA NIÑOS A PARTIR DE 12 MESES (1 AÑO) CRECIMIENTO CON VITAMINAS A,B,D,C, E,K | SI | Leche UAT, modificada para niños a partir de 12 meses (1 año de edad) Crecimiento con vitaminas A,B,D,C, E,K, en envases tetra brick de 1 litro, Deben estar en buenas condiciones sin abolladuras, ni agujereadas. Con fecha de envasado y vencimiento a partir de 3 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | litros | Envases tetra brick de 1 litro |
21 | 501317702-012 | LECHE DESCREMADA UAT | SI | Leche descremada UAT, envases tetra brick de 1 litro, Deben estar en buenas condiciones sin abolladuras, ni agujereadas. Con fecha de envasado y vencimiento a partir de 4 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | litros | Envases tetra brick de 1 litro |
22 | 50131702-015 | LECHE UAT SIN LACTOSA | SI | Leche UAT sin lactosa , envases tetra brick de 1 litro, Deben estar en buenas condiciones sin abolladuras, ni agujereadas. Con fecha de envasado y vencimiento a partir de 3 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | litros | Envases tetra brick de 1 litro |
23 | 50131702-019 | BEBIDA LACTEA CHOCOLATADA | SI | Bebida láctea sabor chocolate elaborado a base del suero de la leche de vaca, cacao y azúcar, enriquecida con vitaminas, la provisión se hará unidad y la presentación en envases tetra brick de 200 ml, Con fechas de vencimiento a partir de 3 meses a la fecha de entrega. El envase no deberá estar averiado, abollado o golpeado. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | Unidad | Envases tetra brick de 200 ml |
24 | 50131702-019 | BEBIDA LACTEA CHOCOLATADA | SI | Bebida láctea sabor chocolate elaborado a base del suero de la leche de vaca, cacao y azúcar, enriquecida con vitaminas, la provisión se hará unidad y la presentación en envases tetra brick de 1 Litro, Con fechas de vencimiento a partir de 3 meses a la fecha de entrega. El envase no deberá estar averiado, abollado o golpeado. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | Unidad | Envases tetra brick de 1 litro |
25 | 50171551-001 | SAL FINA YODADA | SI | Grano fino cristalizado, color blanco, iodizado, exento de sustancias extrañas contaminantes, la cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará por paquetes de 1 kilogramo. Con fechas de embasado y vencimiento a partir de 6 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | kilos | Paquetes de 1 kilogramo |
26 | 50221102-004 | HARINA DE TRIGO "0000" | SI | Harina de trigo enriquecida con hierro y vitaminas de la clase 0000, sin mezcla de sustancias extrañas etc., en buen estado de conservación, de la zafra del año, libre de insectos, sin mohos, olor ni sabor desagradable, La cotización se hará por kilogramos y la provisión se hará en paquetes de papel kraff de 1 kilogramo. Con fechas de vencimiento de 3 meses, a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | kilos | Paquetes de papel kraff de 1 kilogramo. |
27 | 50221001-003 | ARVEJA EN LATA | SI | Conserva de Arvejas secas remojadas (sin cascara), de color verde uniforme, sin mezcla de sustancias extrañas etc., en buen estado de conservación, no deben estar agujereadas, golpeadas o abolladas. La cotización se hará por unidad en presentación en latas de 300 gramos peso neto y 200 gramos peso escurrido. Con fechas de vencimiento de 4 meses a partir de la fecha de enterga. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | Unidad | Latas de 300 gramos |
28 | 50221101-001 | ARROZ TIPO 1 | SI | De granos enteros con características de Arroz largo fino Tipo 1, sin contaminación de sustancias extrañas o granos partidos, mohos, insectos. La cotización se hará por kilogramos y la provisión se hará en paquetes de 1 kilogramo, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | kilos | Paquetes de 1 kilogramo |
29 | 50221101-006 | POROTO | SI | Poroto rojo o colorado, seco de Granos enteros, cosecha sin mezcla, sin vestigio de mohos o insectos (gorgojos), sin sustancias extrañas contaminantes de la cosecha del año obtenido de la semilla de la espcie Vigna sinensis, de cualquier tipo. La cotización se hará por unidad y la provisión se hará en paquetes de 500 gramos, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | Unidad | Paquetes de 500 gramos |
30 | 50221101-002 | PORORÓ (GRANOSDEMAIZ Y/O MAIZ PISINGALLO) | SI | Granos de maíz y/o maíz pisingallo, sin mezcla, sin vestigio de mohos o insectos (gorgojos), sin sustancias extrañas contaminantes ,elaborado a base de algunas variedades especiales de maíz.La cotización se hará por unidad en Paquetes de 400 gramos,con fechas de vencimiento apartir de 6 meses a la fecha de entrega. Requisito:Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03.En los envases deberán estar impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPAN°) y número de registro de establecimiento (REN°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
Unidad | Paquetes de 400 gramos |
31 | 50221001-005 | LENTEJAS | SI | Granos enteros circulares aplanados, de color marrón verdoso libre de impurezas, exentos de sustancias extrañas contaminantes. La cotización se hará por unidad y la provisión se hará en paquetes de 500 gramos, con fechas de vencimiento de a partir 6 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | Unidad | Paquetes de 500 gramos |
32 | 50221101-9995 | LOCRILLO | SI | De maíz tupí blanco sin picaduras, sin mezcla de otro tipo de maíz con humedad de 13/14 máximo sin vestigio de mohos o insectos (gorgojos) sin sustancias extrañas contaminantes. La cotización se hará por kilogramos y la provisión se hará en paquetes de 400 gramos, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA) | Unidad | Paquetes de 400 gramos |
33 | 50181904-001 | GALLETA MOLIDA | SI | Puro sin agregado de ninguna clase libre de cuerpos o sustancias extrañas al producto, seco y limpio. La cotización se hará por unidad y la provisión se hará en paquete de 800 gramos, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | Unidad | Paquetes de 800 gramos |
34 | 50192902-001 | FIDEO MOÑITO | SI | En paquetes de 400 gramos, en buen estado sin mezclas, no deben estar partidos o aplastados. Con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega. La cotización se hará por unidad y la provisión se hará en paquete de 400 gramos, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | Unidad | Paquetes de 400 gramos |
35 | 50192902-001 | FIDEO TALLARIN | SI | En paquetes de 400 gramos, en buen estado sin mezclas, no deben estar partidos o aplastados. Con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega. La cotización se hará por unidad y la provisión se hará en paquete de 400 gramos, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | Unidad | Paquetes de 400 gramos |
36 | 50192902-001 | FIDEO FINO | SI | En paquetes de 400 gramos, en buen estado sin mezclas, no deben estar partidos o aplastados. Con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega. La cotización se hará por unidad y la provisión se hará en paquete de 400 gramos, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA) | Unidad | Paquetes de 400 gramos |
37 | 50151513-001 | ACEITE COMESTIBLE 100% PURO | SI | Aceite comestible obtenido de semillas de distintas variedades de Helianthus annuus L. (girasol), deberá ser 100% de girasol, no se admiten mezclas, color líquido amarillo limpio, debe ser de olor agradable, característicos del producto, exento de olores y sabores extraños o rancios. Con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega. La cotización se hará por unidad, en presentación de botellas de 900 ml. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | Unidad | Botellas de 900 militros |
38 | 50151513-001 | ACEITE COMESTIBLE 100% PURO | SI | Aceite comestible obtenido de semillas de distintas variedades de Helianthus annuus L. (girasol), deberá ser 100% de girasol, no se admiten mezclas, color líquido amarillo limpio, debe ser de olor agradable, característicos del producto, exento de olores y sabores extraños o rancios. Con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega. La cotización se hará por unidad, en presentación de bidones de 5 litros. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | Unidad | Bidones de 5 litros |
39 | 50131606-002 | HUEVOS DE GALLINA | SI | Huevos frescos de gallina tipo 1 o A, color rojo, cáscara limpia, seca y sin rajadura, en planchas de cartón limpias, de establecimientos con habilitación del SENACSA. Con rotulado en donde se visualice marca o sello de marca con fecha de elaboración, fecha de vencimiento. Con fechas de vencimiento de 15 dias a la fecha de entrega. La cotización se hará por unidad, la provisión se hará por planchas de 30 unidades a partir de 1 plancha en adelante de acuerdo al cronograma de entrega. Requisito: Certificado de habilitación establecimiento y distribución de huevos de aves emitido por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA). | Unidad | Planchas de 30 unidades |
40 | 50131606-002 | HUEVOS DE GALLINA | SI | Huevos frescos de gallina tipo 1 o A, color rojo, cáscara limpia, seca y sin rajadura, en planchas de cartón limpias, de establecimientos con habilitación del SENACSA. Con rotulado en donde se visualice marca o sello de marca con fecha de elaboración, fecha de vencimiento. Con fechas de vencimiento de 15 dias a la fecha de entrega. La cotización se hará por unidad, la provisión se hará por planchas de 12 unidades a partir de 1 plancha en adelante de acuerdo al cronograma de entregaRequisito: Certificado de habilitación establecimiento y distribución de huevos de aves emitido por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA). | Unidad | Planchas de 12 unidades |
41 | 50131702-009 | MANTECA SIN SAL | SI | De origen animal fresco, para untar sin sal, en perfecto estado de conservación de 0º a 4º C, no deben estar abolladas, golpeadas o agujereada la cotización se hará en unidad y la provisión se hará por paquetes de 200 gramos, con fechas de vencimiento de 30 dias a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | Unidad | Paquetes de 200 gramos |
42 | 50181901-002 | PAN DE HAMBURGUESA | SI | Pan de hamburguesas, elaborado con harina de panaderia, en paquetes de bolsas de polietileno de 6 unidades, no deben estar abolladas o agujereadas la cotización se hará por paquetes de 6 unidades y la provisión se hará por paquetes de 6 unidades, con fechas de vencimiento de 8 dias a la fecha de entrega Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | Unidad | Paquetes de 6 unidades |
43 | 50181903-001 | GALLETA MEDIANA DE HARINA DE TRIGO | SI | Galletas de tamaño mediano de 55 gramos aproximadamente, elaborados con harina de trigo y manteca, frescos y naturales, no envasado en caliente para evitar su enmohecimiento, con olor y color agradable, elastica y homogénea; La provisión se hará en bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo. La cotización se hará por kilogramos. Requisito: número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | kilos | Bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo |
44 | 50181903-003 | COQUITO | SI | Coquito a la manteca, elaborados con harina de trigo tipo 000, suaves de agradable sabor. Producto alimenticio obtenido por la cocción en hornos a temperatura conveniente de una masa no fermentada, hecha con harina, agua potable, manteca u otra grasa comestible con o sin el agregado de levadura, con o sin adición de sal, con o sin adición de azúcar, con o sin adición de anís, cuya forma responda a su designación. Inocuo y apto para consumo humano de 15 gramos aproximademente, frescos y crocantes, o envasado en caliente para evitar su enmohecimiento. La provisión se hará en bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo. La cotización se hará por kilogramos. Requisito: número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | kilos | Bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo |
45 | 50181909-002 | GALLETITAS DULCES DE VAINILLA O COCO, MAIZENA (SIN RELLENO) | SI | Galletitas sabores varios coco, vainilla o Maizena sin relleno, en paquetes de 30 o 50 gramos, en buen estado sin mezclas, no deben estar partidos o aplastados. Con fechas de vencimiento de a partir 5 meses, a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | Unidad | paquetes de 30 a 50 gramos |
46 | 50131702-013 | YOGURTH ENTERO SABORES FRUTALES | SI | Yogur entero sabores frutales, producto obtenido por coagulación y disminución del pH de la leche o leche reconstituida, adicionada o no de otros productos lácteos cuya fermentación se realiza con cultivos de lactobacillus bulgaricus y streptococcus termophillus. De acuerdo al contenido de materia grasa, el producto deberá corresponder a un yogur entero cuya base láctea tenga un contenido de materia grasa de 3.0 a 5.9 g/100 gEn potes de 140 gramos, de sabores frutales, Fresco, en perfecto estado de conservación de 2º a 4º C, garantizando la cadena de frio, con fecha de vencimiento 1 mes a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | Unidad | En potes de 140 gramos |
47 | 50161509-002 | AZÚCAR BLANCA | SI | Sacarosa purificada y cristalizada obtenida de la caña de azúcar. Exenta de materia extraña y de sustancias de uso no permitido. Ausente de pesticidas, plaguicidas y sus metabolitos no podrán superar los límites establecidos por el Codex Alimentarius. Sin adición de colorantes ni de otras sustancias que modifiquen la naturaleza del producto. Con granos de cristal blanco uniforme del azúcar blanco. Inocuo y apto para consumo humano. La cotización se hará por kilogramo y la provisión se hará en paquetes de 1 kilogramo, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | Kilos | Paquetes de 1 kilogramo |
48 | 50171549-001 | YERBA MATE | SI | Elaborada de las hojas, no se admitirá agregado de palos o palo triturado de ningún tamaño o clase, en perfecto estado de conservación, estacionada naturalmente, humedad del 15 % (quince por ciento), características granulométricas que definen a la Yerba Mate como de Molienda Granulada. Contenido mínimo de cafeína es de 0.85% y extracto acuoso mínimo de 35%. La cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará en paquetes de papel kraff en presentaciones de 1 kilogramo, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | kilos | Paquetes de papel kraff de 1 kilogramo |
49 | 50161511-011 | CHOCOLATE EN POLVO | SI | Alimento achocolatado en polvo de preparación instantánea, La cotización se hará por unidad y la presentación se hará en paquetes de 400 gramos, con fechas de vencimiento a partir 6 meses, a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA) | Unidad | Paquetes de 400 gramos |
50 | 50112001-003 | CARNAZA BLANCA DE PRIMERA | NO | Cortes de primera, fresca, con poca grasa visible, siempre garantizando la cadena de frio a temperatura adecuada de 0º a 4 °C y libre de insectos, polvo o sustancias extrañas, no deben estar en mal estado con aspecto pegajosos, con olor desagradable, coloración verduzca o negruzca. La cotización se hará en kilogramos, la provisión se hará por bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante de acuerdo al cronograma de entrega. Además deberá cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Animal. SENACSA; Certificado o copia autenticada de Habilitación de la Frigorífica correspondiente y para la entrega del producto, el vehículo debe contar con habilitación de trasportes de productos, subproductos y derivados de origen animal, emitido por SENACSA. | kilos | Bolsas de polietileno |
51 | 50112001-015 | CARNAZA RABADILLA | NO | Cortes de primera, fresca, con poca grasa visible, siempre garantizando la cadena de frio a temperatura adecuada de 0º a 4 °C y libre de insectos, polvo o sustancias extrañas, no deben estar en mal estado con aspecto pegajosos, con olor desagradable, coloración verduzca o negruzca. La cotización se hará en kilogramos, la provisión se hará por bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante de acuerdo al cronograma de entrega. Además deberá cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Animal. SENACSA; Certificado o copia autenticada de Habilitación de la Frigorífica correspondiente y para la entrega del producto, el vehículo debe contar con habilitación de trasportes de productos, subproductos y derivados de origen animal, emitido por SENACSA. | kilos | Bolsas de polietileno |
52 | 50112001-004 | CARNAZA NEGRA DE PRIMERA | NO | Cortes de primera, fresca, con poca grasa visible, siempre garantizando la cadena de frio a temperatura adecuada de 0º a 4 °C y libre de insectos, polvo o sustancias extrañas, no deben estar en mal estado con aspecto pegajosos, con olor desagradable, coloración verduzca o negruzca. La cotización se hará en kilogramos, la provisión se hará por bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante de acuerdo al cronograma de entrega. Además deberá cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Animal. SENACSA; Certificado o copia autenticada de Habilitación de la Frigorífica correspondiente y para la entrega del producto, el vehículo debe contar con habilitación de trasportes de productos, subproductos y derivados de origen animal, emitido por SENACSA. | kilos | Bolsas de polietileno |
53 | 50112001-016 | CARNAZA CORTE VACÍO DE PRIMERA | NO | Cortes de vacío de primera, fresca, con poca grasa visible, siempre garantizando la cadena de frio a temperatura adecuada de 0º a 4 °C y libre de insectos, polvo o sustancias extrañas, no deben estar en mal estado con aspecto pegajosos, con olor desagradable, coloración verduzca o negruzca. La cotización se hará en kilogramos, la provisión se hará por bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante de acuerdo al cronograma de entrega. Además deberá cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Animal. SENACSA; Certificado o copia autenticada de Habilitación de la Frigorífica correspondiente y para la entrega del producto, el vehículo debe contar con habilitación de trasportes de productos, subproductos y derivados de origen animal, emitido por SENACSA. | kilos | Bolsas de polietileno |
54 | 50112001-018 | CARNAZA MOLIDA DE PRIMERA | NO | Molida de primera, fresca, con poca o si es posible ninguna grasa visible, siempre garantizando la cadena de frio a temperatura adecuada de 0º a 4 °C y libre de insectos, polvo o sustancias extrañas, no deben estar en mal estado con aspecto pegajosos, con olor desagradable, coloración verduzca o negruzca. La cotización se hará en kilogramos, la provisión se hará por bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo en adelante de acuerdo al cronograma de entrega. Además deberá cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Animal. SENACSA; Certificado o copia autenticada de Habilitación de la Frigorífica correspondiente y para la entrega del producto, el vehículo debe contar con habilitación de trasportes de productos, subproductos y derivados de origen animal, emitido por SENACSA. | kilos | Bolsas de polietileno |
55 | 50111510-003 | PECHUGA DE POLLO FRESCO | NO | Pechuga de pollo fresco con hueso, en bolsas plásticas resistentes. La cotización se hará por kilogramos, siempre garantizando la cadena de frio a temperatura adecuada de 0º a 4 °C y libre de insectos, polvo o sustancias extrañas, no deben estar en mal estado con aspecto pegajosos, con olor desagradable, o coloración verduzca, no deben estar congelados. Además deberá cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Animal. SENACSA; Certificado o copia autenticada de Habilitación de la Frigorífica correspondiente y para la entrega del producto, el vehículo debe contar con habilitación de trasportes de productos, subproductos y derivados de origen animal, emitido por SENACSA. Certificado o copia autenticada del Registro de Establecimientos R.E |
kilos | Bolsas de polietileno |
56 | 50111510-001 | MUSLO ENTERO DE POLLO FRESCO | NO | Muslos enteros de pollo fresco, sin menudencias, en bolsas plásticas resistentes. La cotización se hará por kilogramos, siempre garantizando la cadena de frio a temperatura adecuada de 0º a 4 °C y libre de insectos, polvo o sustancias extrañas, no deben estar en mal estado con aspecto pegajoso, con olor desagradable, o coloración verduzca, no deben estar congelados. Además deberá cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Animal. SENACSA; Certificado o copia autenticada de Habilitación de la Frigorífica correspondiente y para la entrega del producto, el vehículo debe contar con habilitación de trasportes de productos, subproductos y derivados de origen animal, emitido por SENACSA. Certificado o copia autenticada del Registro de Establecimientos R.E. |
kilos | Bolsas de polietileno |
57 | 50131702-019 | BEBIDA LACTEAS SABORES VARIOS | SI | Bebida láctea semidescremada UAT con agregado de proteinas sabor vainilla, frutilla, banana, elaborado a base del suero de la leche de vaca, sabores varios y azúcar, enriquecida con vitaminas, la provisión se hará unidad y la presentación en envases tetra brick de 200 ml, Con fechas de vencimiento a partir de 3 meses a la fecha de entrega. El envase no deberá estar averiado, abollado o golpeado. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | Unidad | Envases tetra brick de 200 ml |
MONTO MAXIMO: GS 14.000.000.000.- (Guaranies catorce mil millones)
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MONTO MINIMO: GS 7.000.000.000.- (Guaraníes siete mil millones)
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PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA LPN 2024 -2026, CON SUS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS | |||||||
LOTE 2 - Cestas Basicas | |||||||
ITEM Nº | CODIGO DE CATALOGO | PRODUCTOS ALIMENTICIOS | SOLICITUD DE MUESTRA | ESPECIFICACIONES TÉCNICAS | UNIDAD DE MEDIDA | PRESENTACIÓN | |
1 | 50192902-001 | FIDEO TALLARIN | SI | En paquetes de 400 gramos, en buen estado sin mezclas, no deben estar partidos o aplastados. Con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega. La cotización se hará por unidad y la provisión se hará en paquete de 400 gramos, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | Unidad | Paquetes de 400 gramos | |
2 | 50221101-001 | ARROZ TIPO 1 | SI | Perlado o glaseado, de granos enteros con características de Arroz largo fino Tipo 1, sin contaminación de sustancias extrañas o granos partidos, mohos, insectos. La cotización se hará por kilogramos y la provisión se hará en paquetes de 1 kilogramo, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | kilos | Paquetes de 1 kilogramo | |
3 | 50151513-001 | ACEITE COMESTIBLE 100% PURO | SI | Aceite comestible obtenido de semillas de distintas variedades de Helianthus annuus L. (girasol), deberá ser 100% de girasol, no se admiten mezclas, color líquido amarillo limpio, debe ser de olor agradable, característicos del producto, exento de olores y sabores extraños o rancios. Con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega. La cotización se hará por unidad, en presentación de bidones de 5 litros. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | Unidad | Bidones de 5 litros | |
4 | 50151513-001 | ACEITE COMESTIBLE 100% PURO | SI | Aceite comestible obtenido de semillas de distintas variedades de Helianthus annuus L. (girasol), deberá ser 100% de girasol, no se admiten mezclas, color líquido amarillo limpio, debe ser de olor agradable, característicos del producto, exento de olores y sabores extraños o rancios. Con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega. La cotización se hará por unidad, en presentación de bidones de 3 litros. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | Unidad | Bidones de 3 litros | |
5 | 50151513-001 | ACEITE COMESTIBLE 100% PURO | SI | Aceite comestible obtenido de semillas de distintas variedades de Helianthus annuus L. (girasol), deberá ser 100% de girasol, no se admiten mezclas, color líquido amarillo limpio, debe ser de olor agradable, característicos del producto, exento de olores y sabores extraños o rancios. Con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega. La cotización se hará por unidad, en presentación de botellas de 900 ml. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | Unidad | Botellas de 900 mililitros | |
6 | 50171549-001 | YERBA MATE | SI | Elaborada de las hojas, no se admitirá agregado de palos o palo triturado de ningún tamaño o clase, en perfecto estado de conservación, estacionada naturalmente, humedad del 15 % (quince por ciento), características granulométricas que definen a la Yerba Mate como de Molienda Granulada. Contenido mínimo de cafeína es de 0.85% y extracto acuoso mínimo de 35%. La cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará en paquetes de papel kraff en presentaciones de 1 kilogramo, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | kilos | Paquetes de papel kraff de 1 kilogramo | |
7 | 50221102-004 | HARINA DE TRIGO "0000"(Fortificada con Hierro). | SI | Harina de trigo enriquecida con hierro y vitaminas de la clase 0000, sin mezcla de sustancias extrañas etc., en buen estado de conservación, de la zafra del año, libre de insectos, sin mohos, olor ni sabor desagradable, La cotización se hará por kilogramos y la provisión se hará en paquetes de papel kraff de 1 kilogramo. Con fechas de vencimiento de 3 meses, a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | kilos | Paquetes de papel kraff de 1 kilogramo. | |
8 | 50221101-006 | POROTO COLORADO O ROJO |
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Poroto rojo o colorado, seco de Granos enteros, cosecha sin mezcla, sin vestigio de mohos o insectos (gorgojos), sin sustancias extrañas contaminantes de la cosecha del año obtenido de la semilla de la espcie Vigna sinensis, de cualquier tipo. La cotización se hará por unidad y la provisión se hará en paquetes de 500 gramos, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | Unidad | Paquetes de 500 gramos | |
9 | 50161509-002 | AZÚCAR BLANCA | SI | Sacarosa purificada y cristalizada obtenida de la caña de azúcar. Exenta de materia extraña y de sustancias de uso no permitido. Ausente de pesticidas, plaguicidas y sus metabolitos no podrán superar los límites establecidos por el Codex Alimentarius. Sin adición de colorantes ni de otras sustancias que modifiquen la naturaleza del producto. Con granos de cristal blanco uniforme del azúcar blanco. Inocuo y apto para consumo humano. La cotización se hará por kilogramo y la provisión se hará en paquetes de 1 kilogramo, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | Kilos | Paquetes de 1 kilogramo | |
10 | 50131702-011 | LECHE ENTERA LÍQUIDO UAT | SI | Leche entera UAT, envases tetra brick de 1 litro, con fecha de envasado y vencimiento a partir de 4 meses a la fecha de entrega. Deben estar en buenas condiciones sin abolladuras, ni agujereadas. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | litros | Envases tetra brick de 1 litro | |
11 | 50171551-001 | SAL FINA YODADA | SI | Grano fino cristalizado, color blanco, iodizado, exento de sustancias extrañas contaminantes, la cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará por paquetes de 1 kilogramo. Con fechas de embasado y vencimiento a partir de 6 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | kilos | Paquetes de 1 kilogramo | |
12 | 50171551-001 | SAL FINA YODADA | SI | Grano fino cristalizado, color blanco, iodizado, exento de sustancias extrañas contaminantes, la cotización se hará por unidad y la provisión se hará por paquetes de 500 gramos Con fechas de embasado y vencimiento a partir de 6 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | Unidad | Paquetes de 500 gramos | |
13 | 50181903-003 | COQUITO DE HARINA DE TRIGO | SI | Coquito a la manteca, elaborados con harina de trigo tipo 000, suaves de agradable sabor. Producto alimenticio obtenido por la cocción en hornos a temperatura conveniente de una masa no fermentada, hecha con harina, agua potable, manteca u otra grasa comestible con o sin el agregado de levadura, con o sin adición de sal, con o sin adición de azúcar, con o sin adición de anís, cuya forma responda a su designación. Inocuo y apto para consumo humano de 15 gramos aproximademente, frescos y crocantes, o envasado en caliente para evitar su enmohecimiento. La provisión se hará en bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo. La cotización se hará por kilogramos. Requisito: número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. | kilos | Bolsas de polietileno a partir de 1 kilogramo | |
MONTO MAXIMO: GS 2.500.000.000.- (Guaranies dos mil quinientos millones)
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MONTO MINIMO: GS 1.250.000.000.- (Guaraníes un mil doscientos cincuenta millones)
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COMPOSICIÓN DE LAS CESTAS BÁSICAS PARA BENEFICIARIOS DEL MINNA
OPCION 1
Serán 2 bolsas de plástico transparentes, resistentes, de mínimo 100 micrones, para la conformación de las canastas básicas de alimentos para 5 enterantes
En 1 bolsa sellada, los siguientes productos
PRODUCTO | CANTIDAD |
Fideo Tallarín | 5 paquetes de 400 gramos |
Arroz tipo 1 | 5 paquetes de 1 kilo |
Yerba Mate | 3 paquetes de 1 kilo |
Harina de trigo 0000 | 4 paquetes de 1 kilo |
Poroto | 4 paquetes de 500 gramos |
Azúcar Blanca | 5 paquetes de 1 kilo |
Sal yodada | 1 paquete de 1 kilo |
En otra bolsa sellada los siguientes productos:
PRODUCTO | CANTIDAD |
Coquito | 1 bolsa de 5 kilos |
Aceite 100% de girasol | 1 bidón de 5 litros |
Leche Entera Líquida UHT | 24 unidades de 1 litro |
OPCION 2
1 bolsa de plástico transparente, resistente, de mínimo 100 micrones, para la conformación de las canastas básicas de alimentos para 3 integrantes:
PRODUCTO | CANTIDAD |
Fideo Tallarín | 4 paquetes de 400 gramos |
Arroz tipo 1 | 4 paquetes de 1 kilo |
Yerba Mate | 2 paquetes de 1 kilo |
Harina de trigo 0000 | 3 paquetes de 1 kilo |
Poroto | 3 paquetes de 500 gramos |
Azúcar Blanca | 4 paquetes de 1 kilo |
Sal yodada | 1 paquete de 1 kilo |
Coquito | 1 bolsaa de 5 kilos |
Aceite 100% de girasol | 1 bidón de 3 litros |
Leche Entera Líquida UHT | 12 unidades de 1 litro |
OPCION 3:
1 bolsa de plástico transparente, resistente, de mínimo 100 micrones, para la conformación de las canastas básicas de alimentos para 1 integrante.
PRODUCTO | CANTIDAD |
Fideo Tallarín | 3 Paquetes de 400 gramos |
Arroz tipo 1 | 3 Paquetes de 1 kilo |
Yerba Mate | 1 Paquete de 1 kilo |
Harina de trigo 0000 | 2 Paquetes de 1 kilo |
Poroto | 2 Paquetes de 500 gramos |
Azúcar Blanca | 3 Paquetes de 1 kilo |
Sal yodada | 1 paquete de 500 gramos |
Coquito | 1 bolsa de 2 kilos |
Aceite 100% de girasol | 1 bidon de 900 litros |
Leche Entera Líquida UHT | 12 unidades de 1 litro |
ESPECIFICACIONES DEL ROTULADO GENERALY NUTRICIONAL
El alimento deberá cumplir con lo establecido en la Resolución MERCOSUR GMC 26/03 RTMPara Rotulado de Alimentos Envasados y la Resolución MERCOSUR GMC 22/02RTM Para expresar la Indicación Cuantitativa del Contenido Neto de los Productos Promediados y con lo establecido en el Decreto Nº 1.635/99 que Reglamenta el art. 175 de la Ley Nº 836/80 Código Sanitario, Resolución GMC 46/03 Para Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados y Resolución 47/03 Porciones de Alimentos envasados a los fines del Rotulado Nutricional.
De acuerdo a las reglamentaciones arriba citadas las etiquetas de los envases deberán estar impresas de forma clara e indeleble, y deberá presentar la siguiente información:
1. Denominación del alimento
2. Peso Neto y Peso Escurrido
3. Datos del Establecimiento elaborador
4. País de origen (Ej. Industria Paraguaya)
5. Lote
6. Lista de ingredientes
7. Fecha de vencimiento
8. Datos del Importador, en caso de productos importados
9. Instrucciones de preparación del alimento, cuando corresponda
10. Condiciones de conservación, cuando corresponda.
11. Información Nutricional
12. Número de registros de producto (RSPA Nº) y establecimiento (RE Nº), otorgados por el INAN, MSP y BS.
Requisito General
Los oferentes deben proveer toda la información necesaria que permita al MINISTERIO DE LA DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA, analizar y determinar, si los productos ofertados, cumplen con cada característica establecida a través de la presente especificación técnica.
Las bolsas con los productos alimenticios deben ser transportadas en camiones cerrados, debidamente acondicionados para el transporte de los alimentos, bien acondicionados, con buena higiene y protegidos de agua y contaminación.
Además la estructura de los camiones, el mismo debe permitir un adecuado lavado, desinfección, desagüe y circulación de aire en su interior.
VENCIMIENTOS: Los vencimientos de los productos deberán estar registrados en los envases de manera clara y visible. Los vencimientos solicitados están señalados en las especificaciones técnicas para cada insumo requerido.
ESPECIFICACIÓN TECNICA DE LA BOLSA DE CESTAS BÁSICAS:
PRODUCTO | PRESENTACION |
Bolsas de Plástico | El contenido de cada cesta deberá entregarse dentro de una Bolsa de plástico polietileno de baja densidad, de mínimo 100 micrones, resistentes, gruesas, con la leyenda USO EXCLUSIVO DEL MINISTERIO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA PROHIBIDA SU VENTA, con tinta indeleble. (Visible a simple vista en el centro de la bolsa). |
SERAN ENTREGADAS EN 1(una) BOLSA DE PLASTICO TRASPARENTES, RESISTENTES PARA LA CONFORMACIÓN DE LAS CANASTAS BASICAS DE ALIMENTOS, para facilitar la provisión y traslado de las entregas.
1. El proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuanto, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos, deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Item | Descripción del Servicio | Cantidad | Unidad de medida de los servicios | Lugar donde los servicios serán prestados | Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Servicios |
Lote 1 | ADQUISICION DE INSUMOS ALIMENTICIOS | Conforme solicitud de la convocante | unidad | conforme cronograma de entregas | Según orden de compra, cronograma y ruta de entrega |
Lote 2 | CESTAS BASICAS | Conforme solicitud de la convocante | unidad | conforme cronograma de entregas | Según orden de compra, cronograma y ruta de entrega |
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
PLAN DE ENTREGA DEL LOTE 1: ADQUISICION DE INSUMOS ALIMENTICIOS
Los productos NO PERECEDEROS serán entregados 1 (una) vez al mes y/o a pedido de la convocante, y los PERECEDEROS serán entregados a solicitud de la convocante (cárnicos, productos lácteos, verduras, huevos y panificados).
Las entregas se realizarán de lunes a viernes en los horarios de 08:00 a 15:00 Hs, para los centros abiertos, protección y comunitarios (en algunas excepciones justificables se podrían extender el horario de entregas hasta las 17:30 horas) y en el caso de los albergues que son centros con atención directa las 24 horas, serán de lunes a sábado en los horarios de 08:00 a 18:00 Hs
TRASPORTE DE INSUMOSALIMENTICIOS:
Para la provisión de productos cárnicos, lácteos y derivados los transportes deberán ser adecuados para el traslado, cerrados que cumplan con las condiciones de estructura, que garanticen una adecuada higiene y refrigeración con un máximo de 0° a 4° C para la carne y subproductos cárnicos de manera a no cortar la cadena de frio. Además la estructura debe permitir un adecuado lavado, desinfección, desagüe y circulación de aire en su interior: según lo establecido en el conjunto de normas sobre calidad y gestión de calidad establecida por la Organización Internacional de Normalización (ISO 9000), los cuales deberán estar debidamente habilitados por la SENACSA.
Productos no perecederos y perecederos (Como frutas y verduras) también deberán ser trasportados adecuadamente en móviles cerrados, con refrigeración adecuada a frescos y con sus habilitaciones correspondientes.
La provisión y entrega de los bienes será de la siguiente manera:
•La solicitud de provisión se realizará para cada local de entrega a través de órdenes de compra, adjuntando un cronograma y ruta de entrega emitida por la Convocante, en la cual se detallarán las cantidades a ser suministradas por el proveedor, en base a los requerimientos institucionales.
•La convocante emitirá una orden de compra con los requerimientos para cada local o sede, y el proveedor deberá iniciar las entregas en un plazo de 5 (cinco) días hábiles a partir de la recepción de las mismas. El plazo de 5 días es el mínimo de tiempo que dispondrá el proveedor para preparar sus entregas, pudiendo la convocante realizar sus pedidos con mayor anticipación si así lo considera la convocante.
•La recepción de los insumos alimenticios será en días hábiles en el horario de 08:00 a 15:00 horas.
•En el cronograma de entrega se fijará el lugar y la fecha de entrega de los productos.
•La provisión y distribución de cada ítem del lote se realizará en los centros abiertos, comunitarios y de protección y en locales solicitados por la convocante, de Asunción, Central e Interior de País y de acuerdo al cronograma y ruta de entrega emitida.
•Las verduras, frutas, carnes, quesos, panificados, lácteos y todos productos perecederos serán entregados a solicitud de la convocante, en los centros o locales solicitados por la misma y de acuerdo al cronograma y ruta de entrega emitida.
Los productos no perecederos serán entregados 1 (una) vez al mes y/o a solicitud de la convocante, en los centros o locales solicitados por la misma y de acuerdo al cronograma y ruta de entrega emitida.
•Todos los insumos alimenticios serán transportados en vehículos, debidamente acondicionados para el transporte de los mismos.
•El proveedor deberá contar con personal para el transporte correcto de los insumos, tanto para la carga a los camiones como la descarga en cada centro o sede que sea solicitado.
•El transporte de los productos cárnicos y lácteos, se deberán realizar en vehículos que deberán contar con sistema de refrigeración, los cuales deberán estar con habilitación vigente por SENACSA.
Observación: Para los productos perecederos se solicitaran en promedio 2 entregas al mes debido a la durabilidad de los mismos.
El transporte de los productos perecederos y no perecederos, se deberán realizar en vehículos con habilitación vigente.
En caso de la recepción en mal estado o incumplimiento de especificaciones de algunos de los productos alimenticios, es deber del proveedor reponerlo. Dicha reposición deberá ser realizada en el plazo máximo de 24 (veinticuatro) horas contadas desde el momento de la recepción de la notificación por escrito y/o correo electrónico de parte del administrador del contrato.
Cualquier reclamo o faltante que el administrador del contrato realice al proveedor, deberá ser subsanado en un plazo no mayor a 24 (veinticuatro) horas de realizado el reclamo.
DEL LOTE 2: CESTAS BÁSICAS
La solicitud de provisión se realizará para cada local de entrega a través de órdenes de compra, adjuntando un cronograma y ruta de entrega emitida por la Convocante, en la cual se detallarán las cantidades a ser suministradas por el proveedor, en base a los requerimientos institucionales.
• Los productos que componen las cestas serán entregados 1 (una) vez al mes y/o a solicitud de la convocante, en los centros o locales solicitados por la misma y de acuerdo al cronograma y ruta de entrega emitida.
• La convocante emitirá una orden de compra con los requerimientos para cada local o sede, y el proveedor deberá iniciar las entregas en un plazo de 5 (cinco) días hábiles a partir de la recepción de las mismas.
• La recepción de las cestas básicas será en días hábiles en el horario de 08:00 a 15:00 horas.
• En el cronograma de entrega se fijará el lugar y la fecha de entrega de los productos.
• La provisión y distribución de las cestas acorde a la composición necesaria se realizará en los centros abiertos, comunitarios y de protección y en locales de Asunción, Central e Interior de País.
• Todas las cestas serán transportados en vehículos habilitados, cerrados, debidamente acondicionados para el transporte de los mismos.
• El proveedor deberá contar con personal para el transporte correcto de los insumos, tanto para la carga a los camiones como la descarga en cada centro o sede que sea solicitada.
En caso de la recepción en mal o incumplimiento de especificaciones estado de algunos de los productos alimenticios, es deber del proveedor reponerlo. Dicha reposición deberá ser realizada en el plazo máximo de 24 (veinticuatro) horas contadas desde el momento de la recepción de la notificación por escrito y/o correo electrónico de parte del administrador del contrato.
Cualquier reclamo o faltante que la administradora realice al proveedor deberá ser subsanado en un plazo no mayor a 24 (veinticuatro) horas de realizado el reclamo.
LISTADO DE CENTROS Y ESPACIOS HABILITADOS ACTUALMENTE | |||
orden | Departamento | Distrito | Centro |
1 | ALTO PARANA | Ciudad del Este | Unidad De Atención Ciudad Del Este |
2 | ALTO PARANA | Hernandarias | Unidad De Atención Hernandarias |
3 | ALTO PARANA | Ciudad del Este | Centro De Atención Refugio Cde |
4 | ALTO PARANA | Presidente Franco | Unidad De Atención Presidente Franco |
5 | ALTO PARANA | Ciudad del Este | Unidad De Atención Remansito |
6 | ALTO PARANA | Ciudad del Este | Unidad De Atención San Ignacio |
7 | ASUNCION | Asunción | Unidad De Atención Cateura |
8 | ASUNCION | Asunción | Unidad De Atención Kunu I U Renda |
9 | ASUNCION | Asunción | Unidad De Atención Mercado Municipal De Abasto |
10 | ASUNCION | RI 14 BAÑADO TACUMBU | Espacio Seguro - Ri 14 Bañado Tacumbu |
11 | ASUNCION | Fundación Teletón | Fundación Teletón |
12 | ASUNCION | Asunción | Dispositivo De Respuesta Inmediata - Dri |
13 | ASUNCION | Mercado de Abasto | Centro De Atención Integral Mercado De Abasto |
14 | ASUNCION | Asunción | Espacio De Protección Inmediata (Epi) |
15 | ASUNCION | Asunción | Centro Transitorio De Protección (C.T.P.) |
16 | ASUNCION | Asunción | Centro Ñemity |
17 | ASUNCION | Asunción | Paivtes (Programa Atención Integral A Victimas De Trata Y Explotación Integral) |
18 | ASUNCION | Asunción | Dicuida |
19 | ASUNCION | Asunción | Unidad De Atención Ricardo Brugada |
20 | ASUNCION | Asunción | Unidad De Atención San Francisco Zeballos |
21 | ASUNCION | Asunción | Unidad De Atención Tablada |
22 | CAAGUAZU | Caaguazú | Unidad De Atención Caaguazú |
23 | CAAGUAZU | Coronel Oviedo | Unidad De Atención Cnel. Oviedo |
24 | CAAGUAZU | Yhovy`i | Centro Comunitario Yhovy`I (Caaguazú) |
25 | CAAGUAZU | Punta Pora | Centro Comunitario Punta Pora (Caaguazú) |
26 | CANINDEYU | Salto del Guairá | Unidad De Atención Salto Del Guaira |
27 | CENTRAL | Aragua | Unidad De Atención Aregua |
28 | CENTRAL | Capiatá | Unidad De Atención Capata |
29 | CENTRAL | Guarambaré | Unidad De Atención Guarambare |
30 | CENTRAL | Itauguá | Unidad De Atención Itaugua |
31 | CENTRAL | Lambaré | Unidad De Atención Lambaré |
32 | CENTRAL | Luque | Unidad De Atención Luque |
33 | CENTRAL | Luque | Unidad De Atención Makai |
34 | CENTRAL | Mariano Roque Alonso | Unidad De Atención Mariano Roque Alonso |
35 | CENTRAL | Ñemby | Unidad De Atención Mita Renda |
36 | CENTRAL | San Lorenzo | Centro De Atención Refugio San Lorenzo |
37 | CENTRAL | Luque | Centro Comunitario Kuarahy Rese |
38 | CENTRAL | Luque | Centro Comunitario Tarumandumi |
39 | CENTRAL | San Lorenzo | Unidad De Atención San Lorenzo |
40 | CENTRAL | J. Augusto Saldívar | Unidad De Atención San Roque |
41 | CENTRAL | Villeta | Unidad De Atención Sol Naciente |
42 | CENTRAL | Villeta | Unidad De Atención Takuaty Rugua |
43 | CENTRAL | Villa Elisa | Unidad De Atención Villa Elisa |
44 | CENTRAL | Ypané | Unidad De Atención Ypane |
45 | CONCEPCION | Concepción | Unidad De Atención Concepción |
46 | CONCEPCION | Concepción | Unidad De Atención Niño Salvador Del Mundo |
47 | CORDILLERA | Caacupé | Unidad De Atención Caacupé |
48 | CORDILLERA | Tobatí | Unidad De Atención San Francisco Tobati |
49 | CORDILLERA | Tobatí | Unidad De Atención San José |
50 | GUAIRA | Villarrica | Unidad De Atención Che Roga |
51 | GUAIRA | Villarrica | Unidad De Atención Villarrica |
52 | ITAPUA | Encarnación | Unidad De Atención Anua |
53 | ITAPUA | Cambyretá | Unidad De Atención Arroyo Pora |
54 | ITAPUA | Coronel Bogado | Unidad De Atención Bethel Coronel Bogado |
55 | ITAPUA | Capitán Miranda | Unidad De Atención Capitán Miranda |
56 | ITAPUA | Carmen del Paraná | Unidad De Atención Carmen Del Paraná V/ |
57 | ITAPUA | Fram | Unidad De Atención Fram |
58 | ITAPUA | Trinidad | Unidad De Atención Guavirami |
59 | ITAPUA | Encarnación | Unidad De Atención Kuna Ha Mita Kunu'U |
60 | ITAPUA | General Delgado | Unidad De Atención Mita'I Roga |
61 | ITAPUA | Encarnación | Fundación Sagrado Corazón (Encarnación) |
62 | ITAPUA | Yatytay | Unidad De Atención Pat Daniel Boyano |
63 | ITAPUA | Encarnación | Unidad De Atención Piroy |
64 | ITAPUA | Obligado | Unidad De Atención Reverendo Padre Pedro Rotter |
65 | ITAPUA | Yatytay | Unidad De Atención San Antonio Bonanza |
66 | ITAPUA | San Cosme y Damián | Unidad De Atención San Cosme Y Damian |
67 | ITAPUA | San Pedro del Paraná | Unidad De Atención San Pedro Del Paraná |
68 | ITAPUA | Carmen del Paraná | Unidad De Atención Carmen Del Paraná |
69 | MISIONES | Santa Rosa | Unidad De Atención "Semillas De Esperanza" |
70 | MISIONES | Ayolas | Unidad De Atención Juan De Ayolas |
71 | MISIONES | San Juan Bautista | Unidad De Atención Monseñor Pastor Bogarin Argaña |
72 | MISIONES | San Patricio | Unidad De Atención San Patricio |
73 | MISIONES | Santa María | Unidad De Atención Santa María De Fe |
74 | MISIONES | Santiago | Unidad De Atención Santiago |
75 | MISIONES | San Ignacio | Unidad De Atención Santo Ángel |
76 | MISIONES | Yabebyry | Unidad De Atención Yabebyry |
77 | ÑEEMBUCU | Pilar | Unidad De Atención Juan Pablo 1 1 |
78 | SAN PEDRO | Santa Rosa del Aguaray | Unidad De Atención Santa Rosa Del Aguaray |
79 | SAN PEDRO | Itacurubí del Rosario | Unidad De Atención Villa Esperanza |
OBSERVACION: Esta lista de centros y posibles destinos se realiza en carácter ilustrativo y podría estar sujeto a modificaciones según los requerimientos de la convocante.-
COMPOSICIÓN DE LAS CESTAS BÁSICAS PARA BENEFICIARIOS DEL MINNA
OPCION 1
Serán 2 bolsas de plástico transparentes, resistentes, de mínimo 100 micrones, para la conformación de las canastas básicas de alimentos para 5 integrantes
En 1 bolsa sellada, los siguientes productos
PRODUCTO | CANTIDAD |
Fideo Tallarín | 5 paquetes de 400 gramos |
Arroz tipo 1 | 5 paquetes de 1 kilo |
Yerba Mate | 3 paquetes de 1 kilo |
Harina de trigo 0000 | 4 paquetes de 1 kilo |
Poroto | 4 paquetes de 500 gramos |
Azúcar Blanca | 5 paquetes de 1 kilo |
Sal yodada | 1 paquete de 1 kilo |
En otra bolsa sellada los siguientes productos:
Coquito | 1 bolsa de 5 kilos |
Aceite 100% de girasol | 1 bidón de 5 litros |
Leche Entera Líquida UHT | 24 unidades de 1 litro |
OPCION 2
1 bolsa de plástico transparente, resistente, de mínimo 100 micrones, para la conformación de las canastas básicas de alimentos para 3 integrantes:
PRODUCTO |
CANTIDAD |
Fideo Tallarín |
4 paquetes de 400 gramos |
Arroz tipo 1 |
4 paquetes de 1 kilo |
Yerba Mate |
2 paquetes de 1 kilo |
Harina de trigo 0000 |
3 paquetes de 1 kilo |
Poroto |
3 paquetes de 500 gramos |
Azúcar Blanca |
4 paquetes de 1 kilo |
Sal yodada |
1 paquete de 1 kilo |
Coquito |
1 bolsa de 5 kilos |
Aceite 100% de girasol |
1 bidón de 3 litros |
Leche Entera Líquida UHT |
12 unidades de 1 litro |
OPCION 3:
1 bolsa de plástico transparente, resistente, de mínimo 100 micrones, para la conformación de las canastas básicas de alimentos para 1 integrante.
PRODUCTO |
CANTIDAD |
Fideo Tallarín |
3 paquetes de 400 gramos |
Arroz tipo 1 |
3 paquetes de 1 kilo |
Yerba Mate |
1 paquetes de 1 kilo |
Harina de trigo 0000 |
2 paquetes de 1 kilo |
Poroto |
2 paquetes de 500 gramos |
Azúcar Blanca |
3 paquetes de 1 kilo |
Sal yodada |
1 paquete de 500 gramos |
Coquito |
1 bolsa de 2 kilos |
Aceite 100% de girasol |
1 bidón de 900 litros |
Leche Entera Líquida UHT |
12 unidades de 1 litro |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
Todos los productos deberán estar contenidos en envases aptos para estar en contacto conAlimentos; que confieran protección contra la contaminación del producto, y salvaguarden las cualidades higiénicas, nutricionales, tecnológicas y organolépticas del alimento, con tapa o cierre inviolables y deberán cumplir con la Resolución MERCOSUR GMC 03/92 Reglamento Técnico de criterios generales de envases y equipamientos alimentarios, vigente.-El envase contenedor de los alimentos, en los casos que se aplique, deberá ser de material resistente al peso contenido enella, que no permita el deterioro del envase individual, resistente al apilamiento según indicaciones del fabricante, con la parte superior e inferior lacradas, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidos.
ESPECIFICACIONES DEL ROTULADO GENERAL Y NUTRICIONAL
El alimento deberá cumplir con lo establecido en la Resolución MERCOSUR GMC 26/03 RTMPara Rotulado de Alimentos Envasados y la Resolución MERCOSUR GMC 22/02RTM Para expresar la Indicación Cuantitativa del Contenido Neto de los Productos Promediados y con lo establecido en el Decreto Nº 1.635/99 que Reglamenta el art. 175 de la Ley Nº 836/80 Código Sanitario, Resolución GMC 46/03 Para Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados y Resolución 47/03 Porciones de Alimentos envasados a los fines del Rotulado Nutricional.
De acuerdo a las reglamentaciones arriba citadas las etiquetas de los envases deberán estar impresas de forma clara e indeleble, y deberá presentar la siguiente información:
1. Denominación del alimento
2. Peso Neto y Peso Escurrido
3. Datos del Establecimiento elaborador
4. País de origen (Ej. Industria Paraguaya)
5. Lote
6. Lista de ingredientes
7. Fecha de vencimiento
8. Datos del Importador, en caso de productos importados
9. Instrucciones de preparación del alimento, cuando corresponda
10. Condiciones de conservación, cuando corresponda.
11. Información Nutricional
12. Número de registros de producto (RSPA Nº) y establecimiento (RE Nº), otorgados por el INAN, MSP y BS.
Requisito General
Los oferentes deben proveer toda la información necesaria que permita al MINISTERIO DE LA DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA, analizar y determinar, si los productos ofertados, cumplen con cada característica establecida a través de la presente especificación técnica.
Las bolsas con los productos alimenticios deben ser transportadas en camiones cerrados, debidamente acondicionados para el transporte de los alimentos, bien acondicionados, con buena higiene y protegidos de agua y contaminación.
Además la estructura de los camiones, el mismo debe permitir un adecuado lavado, desinfección, desagüe y circulación de aire en su interior.
VENCIMIENTOS: Los vencimientos de los productos deberán estar registrados en los envases de manera clara y visible. Los vencimientos solicitados están señalados en las especificaciones técnicas para cada insumo requerido.
Para el Lote 2 CESTAS BASICAS: Por cada envase y/o paquete de productos no perecederos, leches y aceites, deberán llevar la inscripción en forma legible y con tinta indeleble lo siguiente:
USO EXCLUSIVO DEL MINISTERIODE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA PROHIBIDA SU VENTA. | ||||
ESPECIFICACIÓN TECNICA DE LA BOLSA DE CESTAS BÁSICAS:
PRODUCTO | PRESENTACION |
Bolsas de Plástico | El contenido de cada cesta deberá entregarse dentro de una Bolsa de plástico polietileno de baja densidad, de mínimo 100 micrones, resistentes, gruesas, con la leyenda USO EXCLUSIVO DEL MINISTERIO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA PROHIBIDA SU VENTA, con tinta indeleble. (Visible a simple vista en el centro de la bolsa). |
SERAN ENTREGADAS EN 1 BOLSA DE PLASTICO TRASPARENTES, RESISTENTES PARA LA CONFORMACIÓN DE LAS CANASTAS BASICAS DE ALIMENTOS, para facilitar la provisión y traslado de las entregas.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
La empresa oferente deberá presentar las Muestras de los ítems solicitados, el mismo día y hora de la apertura de ofertas y formará parte de la oferta.
LOTE Nº 1, ITEMS 14, 15, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49 y 57.
LOTE Nº2, ITEMS 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13.- Deberá presentarse autorización del fabricante, fraccionador, o distribuidor
LOTE 1: Se deberán presentar las muestras de los siguientes ítems: 14, 15, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49 y 57.
LOTE 2: Se deberán presentar las muestras de todos los ítems solicitados: , ITEMS 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13.-Las muestras que componen el Lote N° 2 CESTAS BASICAS deberán ser entregadas dentro de una bolsa plástica de polietileno trasparente de baja densidad, de 100 micrones aproximadamente. Las mismas deberán ser resistentes, gruesas y contener en forma legible y con tinta indeleble la siguiente leyenda: USO EXCLUISO DEL MINISTERIO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA- PROHIBIDO SU VENTA.
LA FALTA DE PRESENTACIÓN DE LAS MUESTRAS SOLICITADAS EN LA FORMA Y PLAZO ESTABLECIDOS EN EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, SERÁ CAUSAL DE DESCALIFICACIÓN DE LA OFERTA. | ||||||
Se evaluará en detalle el cumplimento de las Especificaciones Técnicas donde se corroborará la correspondencia de la marca, procedencia, presentación, tamaños, según los datos de la oferta y la documentación presentada.
Con este se criterio determinará si los alimentos cumplen o no con las Especificaciones Técnicas y el Plan de entregas, que serán aplicados al total de lo ofertado, acorde a las muestras solicitadas junto a la oferta. Una vez concluida las inspecciones hechas a las muestras provistas por los oferentes, quedarán en poder de la Dirección Unidad Operativa de Contrataciones momentáneamente, entendiendo que como dicha presentación es de categoría sustancial y no subsanable; las muestras serán aval del acta de evaluación y ante cualquier discrepancia o cuestionamiento sobre lo dicho en el informe, será prueba fiel del desarrollo del contenido.
Las muestras podrán ser devueltas a los oferentes, una vez de que haya finiquitado el periodo de protesta contemplado en la ley 7021/22, para los oferentes que no hayan calificado, y para los oferentes que hayan sido adjudicados una vez de que se haya cumplido el total de las obligaciones contraídas.
Las entregas de las muestras serán reclamadas por los oferentes de la siguiente manera:
Pasado el tiempo límite, no se realizará ninguna devolución.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR | TIPO | FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Orden de compra, cronograma, ruta de entrega | Nota de Remisión | Octubre 2024 a Diciembre 2026 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.