Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Dra. Elizabeth Oviedo, Directora General de Laboratorios DIGELAB
Diagnóstico de enfermedades animales, control de calidad de biológicos, cumplir con las actividades establecidas en el Plan Operativo Institucional, considerando así mismo los ítems desiertos del llamado N° 441712 recientemente adjudicado.
Asegurar los recursos para fortalecer los servicios de los laboratorios, contar con los insumos y reactivos necesarios para garantizar la realización de los ensayos laboratoriales.
Asegurar, fortalecer y garantizar la competitividad de los laboratorios en el diagnóstico para la sanidad animal, a fin de brindar servicios confiables y eficientes, en tiempo y forma, garantizar la calidad e inocuidad de los productos, siguiendo los estándares y requisitos establecidos por los organismos nacionales e internacionales y facilitar la exportación de los productos pecuarios.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
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N° DE ITEM |
Descripción según Código de catálogo DNCP |
Descripción del Insumo y/o Reactivo Solicitado. Denominación del producto |
FÓRMULAS |
Certificado que debe acompañar el insumo adjudicado |
Presentación |
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1 |
Agar sabourud dextrosa |
Agar Sabouraud |
Medio para control de esterilidad, frascos x 500gr. Composición /Fórmula mínima requerida: Dextrosa 40,0 gr, Peptic Digest of Animal Tissue 5.0 gr, Pancreatic Digest Of Casein 5.0 gr, Agar 15.0 gr. como mínimo |
CA |
Frasco de 500g |
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2 |
Caldo de Tripticasa Soja |
Caldo Tripticasa de Soja Modificado |
Caldo tryptona de soja modificado (mTSB) 33.3g; Casaminoacidos 10.0g. |
CA |
Frasco de 500g |
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3 |
Caldo Tioglicolato |
Caldo Tioglicolato utilizado como Medio de cultivo |
Medio de cultivo utilizado en microbiología y cultivo celular para el desarrollo de microorganismos aerobios y anaerobios y para ensayos de control de esterilidad. |
CA |
Frasco de 500g |
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4 |
Conjugado Anti IgG de Cobayo |
Conjugado Anticobaya IgG (molécula completa) con peroxidasa producido en cabra | Conjugado Anticobaya IgG (molécula completa) con peroxidasa producido en cabra. Reactivo complementario para su uso con el set de ELISA CFL Producido por PANAFTOSA. |
CA |
vial de 1mL |
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5 |
Kits Identificacion de Anticuerpos |
Kit de detección y cuantificación de anticuerpos específicos a small Rumiant Lentivirus Antibody. |
Kit de diagnóstico por método de ELISA, competitivo para deteccción y cuantificación de anticuerpos específicos a Small Rumiant Lentivirus Antibody. |
CA |
Caja conteniendo 1 kit para 184 determinaciones como mínimo |
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6 |
Microplacas |
Microplacas para ELISA Certificadas |
Microplacas de Poliestireno Certificadas con las respectivas tapas. Placas transparentes con 96 pocillos cada placa, que serán utilizadas para la técnica de diagnóstico ELISA CFL. El uso y compatibilidad con el Set de ELISA CFL y ELISA SI-TIPIFICACION producido por PANAFTOSA, es un requisito indispensable. Esterilidad: NO ESTÉRIL Forma del Pocillo: Plano Volumen del pocillo (métrico): 400 ul Molécula Diana: Anticuerpos (glucoproteínas) Propiedad de unión: Hidrófilo Método de detección: Colorimétrico |
CA |
Caja por 60 placas como mínimo |
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7 |
Orto Fenil Diamina |
O-Phenylenediamine dihydrochloride. | Fórmula: C6H4(NH2)2.2HC. Masa Molar: 181,06 g/mol. Actividad entre 85,0 - 115,0 % para su uso con set de ELISA CFL producido por PANAFTOSA. Presentación en pastillas de 5 mg como mínimo. Presentación quedaría en " Caja por 100 pastillas de 5 mg como mínimo" |
CA y/o CC |
Caja por 100 pastillas de 5mg como mínimo |
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8 |
Ovoalbumina |
ovoalbumina grado V |
Componente de bloqueo utilizado en la etapa de captura de suero hiperinmune de conejo, para la preparación de placas sensibilizadas para su uso y compatibilidad con set de ELISA CFL y ELISA SI-TIPIFICACIÓN producidos por PANAFTOSA. |
CA y/o CC |
Frasco de 50g |
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9 |
Suero bovino fetal |
Suero Fetal Bovino estéril B68 (Calf Serum estéril). |
Componente de medio de crecimiento de células. Para este producto la fecha de vencimiento no deberá ser inferior a 2 años contados a partir de la recepcion del producto. |
CA |
Frasco de 500mL como mínimo |
(*) Certificado que debe acompañar el insumo adjudicado
CA (Certificado de Análisis)
CC (Certificado de Calidad)
CCA (Certificado De Calibración Emitido Por Entidad Acreditada Por El Organismo Nacional De Acreditación Del Paraguay)
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REQUERIMIENTOS ESENCIALES: |
Observación: Al momento de la entrega, a cada producto y reactivo químico deberá acompañar el Certificado de respectivo.
DETALLE DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS OBLIGATORIAS
De acuerdo a las especificaciones arriba citadas las etiquetas de los envases de los productos deberán estar impresas de forma clara e indeleble y deberá contener lo siguiente:
En caso de que existieran productos con vencimiento inferior a lo exigido en el PBC, el oferente deberá declararlo respaldándose con un documento que podrá ser emitido por el distribuidor o representante autorizado de la marca.
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
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N° De Item |
Descripción Según Código De Catálogo |
Descripción Del Insumo Y/O Reactivo Solicitado. Denominación Del Producto |
Especificaciones Tecnicas |
Especificaciones Técnicas Del Producto Ofertado |
Presentación Del Producto Ofertado |
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1 |
Agar sabourud dextrosa |
Agar Sabouraud |
Medio para control de esterilidad, frascos x 500gr. Composición /Fórmula mínima requerida: Dextrosa 40,0 gr, Peptic Digest of Animal Tissue 5.0 gr, Pancreatic Digest Of Casein 5.0 gr, Agar 15.0 gr. como mínimo |
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2 |
Caldo de Tripticasa Soja |
Caldo Tripticasa de Soja Modificado |
Caldo tryptona de soja modificado (mTSB) 33.3g; Casaminoacidos 10.0g. |
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3 |
Caldo Tioglicolato |
Caldo Tioglicolato utilizado como Medio de cultivo |
Medio de cultivo utilizado en microbiología y cultivo celular para el desarrollo de microorganismos aerobios y anaerobios y para ensayos de control de esterilidad. |
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4 |
Conjugado Anti IgG de Cobayo |
Conjugado Anticobaya IgG (molécula completa) con peroxidasa producido en cabra | Conjugado Anticobaya IgG (molécula completa) con peroxidasa producido en cabra. Reactivo complementario para su uso con el set de ELISA CFL Producido por PANAFTOSA. |
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5 |
Kits Identificacion de Anticuerpos |
Kit de detección y cuantificación de anticuerpos específicos a small Rumiant Lentivirus Antibody. |
Kit de diagnóstico por método de ELISA, competitivo para deteccción y cuantificación de anticuerpos específicos a Small Rumiant Lentivirus Antibody. |
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6 |
Microplacas |
Microplacas para ELISA Certificadas |
Microplacas de Poliestireno Certificadas con las respectivas tapas. Placas transparentes con 96 pocillos cada placa, que serán utilizadas para la técnica de diagnóstico ELISA CFL. El uso y compatibilidad con el Set de ELISA CFL y ELISA SI-TIPIFICACION producido por PANAFTOSA, es un requisito indispensable. Esterilidad: NO ESTÉRIL Forma del Pocillo: Plano Volumen del pocillo (métrico): 400 ul Molécula Diana: Anticuerpos (glucoproteínas) Propiedad de unión: Hidrófilo Método de detección: Colorimétrico |
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7 |
Orto Fenil Diamina |
O-Phenylenediamine dihydrochloride. | Fórmula: C6H4(NH2)2.2HC. Masa Molar: 181,06 g/mol. Actividad entre 85,0 - 115,0 % para su uso con set de ELISA CFL producido por PANAFTOSA. Presentación en pastillas de 5 mg como mínimo. Presentación quedaría en " Caja por 100 pastillas de 5 mg como mínimo" |
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8 |
Ovoalbumina |
ovoalbumina grado V |
Componente de bloqueo utilizado en la etapa de captura de suero hiperinmune de conejo, para la preparación de placas sensibilizadas para su uso y compatibilidad con set de ELISA CFL y ELISA SI-TIPIFICACIÓN producidos por PANAFTOSA. |
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9 |
Suero bovino fetal |
Suero Fetal Bovino estéril B68 (Calf Serum estéril). |
Componente de medio de crecimiento de células. Para este producto la fecha de vencimiento no deberá ser inferior a 2 años contados a partir de la recepcion del producto. |
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Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Dentro de los 30 (treinta) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la fecha de suscripción del contrato formalizado al proveedor
La recepción de los productos adjudicados será en la Dirección de Depósito de Bienes e Insumos de la Institución (sito Calle Ciencias Veterinarias N° 265 c/ Ruta Mcal. Estigarribia Km 10 ½ - San Lorenzo) junto con los técnicos de la Dirección de Laboratorio y/o técnicos designados por la Administración, en el siguiente horario:
Lunes a viernes de 08:00 a 12:00 horas.
Se procederá al rechazo si los productos no se ajustan a las especificaciones técnicas solicitadas en el PBC. El PROVEEDOR se responsabilizará de la eficiente provisión de los productos adjudicados, tanto en la cantidad como en la calidad de los mismos. Correrá a su exclusivo cargo y por su cuenta las sustituciones que correspondan cuando se observasen deficiencias y el SENACSA rechace dichos bienes vencidos, defectuosos, o incompletos. En caso de la no recepción del suministro en el plazo establecido, salvo motivos de fuerza mayor debidamente justificados, la Convocante procederá conforme a lo estipulado en el contrato.
La contratante se reserva el derecho de realizar a través de los responsables de la recepción el control de calidad de los productos adjudicados y a ser proveídos, tales como verificación de la fecha de fabricación y de vencimientos, las condiciones de transporte, de modo a que los bienes no sean alterados en su calidad, y cualquier otra inspección que la circunstancia requiera, de acuerdo al tipo de bien adquirido, en cualquier momento y por los medios idóneos que estime conveniente.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Una vez realizada la entrega total de acuerdo al plan de entregas, se procederá a su inspección y verificación, con los documentos pertinentes de acuerdo a las especificaciones técnicas, en la Dirección de Depósito de Bienes e Insumos, por los técnicos de la Dirección de Laboratorio y/o técnicos designados por la Administración.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
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INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
| Nota de Remisión / Informe de recepción | Nota de Remisión / Informe de recepción | Dentro de los 30 (treinta) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la fecha de suscripción del contrato formalizado al proveedor |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.