LICITACION ID NRO.: 446770 "ADQUISICION DE ALCOHOL ABSOLUTO"
Vuelvo a consultar con respecto a la licitación de referencia, en lo que respecta al punto de “Experiencia Requerida” y “Requisitos documentales para evaluación de la experiencia”, considerando que ya estamos en Noviembre 2024 y el volumen de papeles que implica copia de las facturaciones y/o recepciones de alcohol absoluto; si es posible entregar copias de los IVAS correspondientes del 2023 y 2024 para el efecto de la evaluación.
Repito la consulta porque recibí contestación de que la ID Nro.: 446770 corresponde a Adquisición de Nafta Virgen lo cual no es correcto.
Enrique Yebran
NEUALCO S.A.
12-11-2024
05-12-2024
LICITACION ID NRO.: 446770 "ADQUISICION DE ALCOHOL ABSOLUTO"
Vuelvo a consultar con respecto a la licitación de referencia, en lo que respecta al punto de “Experiencia Requerida” y “Requisitos documentales para evaluación de la experiencia”, considerando que ya estamos en Noviembre 2024 y el volumen de papeles que implica copia de las facturaciones y/o recepciones de alcohol absoluto; si es posible entregar copias de los IVAS correspondientes del 2023 y 2024 para el efecto de la evaluación.
Repito la consulta porque recibí contestación de que la ID Nro.: 446770 corresponde a Adquisición de Nafta Virgen lo cual no es correcto.
Se realizan modificaciones, favor remitirse a la versión 5 del pliego de bases y condiciones.
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Consulta de "Experiencia requerida" - PBC Version 5 - ID 446770
En la última versión del pliego de bases y condiciones (versión 5) de fecha 3/12/24, del llamado “ADQUISICION DE ALCOHOL ABSOLUTO” ID 446.770, en la modificación N° 2 de la adenda aparece una llamativa modificación y ampliación del apartado de Experiencia Requerida.
Conforme a esa versión, para acreditar la experiencia, se deberá:
Demostrar la experiencia en venta de Alcohol Absoluto con facturaciones de venta y/o recepciones finales y/o copia de Declaración Jurada de IVA por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los 3 (tres) años. (2022, 2023 y 2024).
Se ha ampliado a la Declaración Jurada de IVA, y al año 2024, como documento para acreditar “la venta de Alcohol Absoluto”.
Sin embargo, la Declaración de IVA no acredita la venta del producto que se requiere como “experiencia”, ya que al agregar la conjunción “y/o”, el oferente que presente Declaraciones Juradas de IVA año 2024, sin importar el rubro o el objeto de sus ventas (ya que la Declaración de IVA no acredita ello) podrá presentarse a la licitación y acreditar su “experiencia” sin demostrar que la tiene.
Luego llama la atención la consulta formulada en fecha 12.11.24 por Enrique Yebran, de la firma NEUALCO S.A. que coincidente con la modificación y suspicazmente consulto ese aspecto y solicito esa modificación que fue luego incorporada a la Versión 5, y tiene el mismo contenido.
Reiteramos, la Declaración Jurada del IVA, no acredita ni puede acreditar la experiencia de venta en alcohol absoluto. Luego el año 2024, es un agregado generoso al consultante mencionado, ya que se trata de un año fiscal no completado y evidencia que existe una tendencia para facilitar una participación particular.
Consulta:
Primero: Como hará PETROPAR para acreditar la experiencia específica de venta de Alcohol Absoluto, con una Declaración Jurada de IVA, que no contiene esa información ?;
Segundo: Cual es la importancia de la experiencia en ventas de alcohol, si los documentos requeridos no acreditan dichas ventas ?;
Tercero: Para que se solicita la Declaración Jurada de IVA, que solo acredita los montos de operaciones generales, que pueden ser de cualquier rubro, mas no de alcohol, en un apartado del PBC que se titula EXPERIENCIA REQUERIDA ?;
Favor contestar o eliminar la modificación realizada en este sentido y volver al contenido de la Versión 4, o estaremos habilitados a recurrir el contenido dirigido y sin sentido de la Versión 5.
Nigel López Gorman
Gerente Comercial
Azucarera Paraguaya S.A.
04-12-2024
05-12-2024
Consulta de "Experiencia requerida" - PBC Version 5 - ID 446770
En la última versión del pliego de bases y condiciones (versión 5) de fecha 3/12/24, del llamado “ADQUISICION DE ALCOHOL ABSOLUTO” ID 446.770, en la modificación N° 2 de la adenda aparece una llamativa modificación y ampliación del apartado de Experiencia Requerida.
Conforme a esa versión, para acreditar la experiencia, se deberá:
Demostrar la experiencia en venta de Alcohol Absoluto con facturaciones de venta y/o recepciones finales y/o copia de Declaración Jurada de IVA por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los 3 (tres) años. (2022, 2023 y 2024).
Se ha ampliado a la Declaración Jurada de IVA, y al año 2024, como documento para acreditar “la venta de Alcohol Absoluto”.
Sin embargo, la Declaración de IVA no acredita la venta del producto que se requiere como “experiencia”, ya que al agregar la conjunción “y/o”, el oferente que presente Declaraciones Juradas de IVA año 2024, sin importar el rubro o el objeto de sus ventas (ya que la Declaración de IVA no acredita ello) podrá presentarse a la licitación y acreditar su “experiencia” sin demostrar que la tiene.
Luego llama la atención la consulta formulada en fecha 12.11.24 por Enrique Yebran, de la firma NEUALCO S.A. que coincidente con la modificación y suspicazmente consulto ese aspecto y solicito esa modificación que fue luego incorporada a la Versión 5, y tiene el mismo contenido.
Reiteramos, la Declaración Jurada del IVA, no acredita ni puede acreditar la experiencia de venta en alcohol absoluto. Luego el año 2024, es un agregado generoso al consultante mencionado, ya que se trata de un año fiscal no completado y evidencia que existe una tendencia para facilitar una participación particular.
Consulta:
Primero: Como hará PETROPAR para acreditar la experiencia específica de venta de Alcohol Absoluto, con una Declaración Jurada de IVA, que no contiene esa información ?;
Segundo: Cual es la importancia de la experiencia en ventas de alcohol, si los documentos requeridos no acreditan dichas ventas ?;
Tercero: Para que se solicita la Declaración Jurada de IVA, que solo acredita los montos de operaciones generales, que pueden ser de cualquier rubro, mas no de alcohol, en un apartado del PBC que se titula EXPERIENCIA REQUERIDA ?;
Favor contestar o eliminar la modificación realizada en este sentido y volver al contenido de la Versión 4, o estaremos habilitados a recurrir el contenido dirigido y sin sentido de la Versión 5.
El documento opcional requerido puede ser utilizado como parámetro para acreditar "Experiencia" en el rubro, ya que no se trata de un único o exclusivo documento a evaluar en la contratación, sino un complemento a otros documentos como los requeridos en el Pliego de Bases y Condiciones.
En tal sentido, la presentación de la Declaración IVA (Formulario 120) en los años requeridos permite verificar la antigüedad y movimiento de ventas del oferente en el mercado, específicamente observando los rubros 1 y 2 "Operaciones no gravadas o exentas de tributo" "Enajenación de bienes, prestación de servicios o ingresos exonerados o no alcanzados por el Impuesto" "Enajenación de bienes y/o prestación de servicios exonerados o no alcanzados"; ya que en dichos rubros se declaran: 1) Las enajenaciones de: i) Los combustibles derivados del petróleo, incluidos los biocombustibles.
El documento anterior podría ser contrastado con el Registro Único de Contribuyentes donde se pueda cotejar el rubro/giro del oferente además de la Habilitación otorgada por el Ministerio de Industria y Comercio para la producción y comercialización de Alcohol Absoluto; con lo cual se estaría ratificando que el oferente cuenta con la experiencia suficiente para participar del procedimiento de contratación.
Finalmente, se deja constancia que la inclusión del requisito efectivamente busca incentivar la mayor participación de oferentes posible en el procedimiento de contratación, motivo por el cual se recomienda mantener el requisito opcional indicado.