Solicitan como experiencia específica en obras un requisito limitante para la participación en el presente llamado, lo cual consideramos atentatorio a las posibilidades, por lo cual consideramos la protesta en el caso que sea utilizado este requisito como descalificante, en vista que solo representa un requisito que direcciona a un sector o aún peor a un oferente en particular, por lo solicitamos el mismo no sea considerado como limitante ni descalificatorio, asimismo, solicitamos sea retirado de los requerimientos especifico en obras mínimos "Contar con experiencia mínima para el contrato que antecede u otros contratos, ejecutados en el período 2021, 2022 y 2023 en las siguientes actividades clave: construcción y/o reparación de aulas, sanitarios, comedores, bibliotecas ya sea a entidades públicas y/o privadas.". Lo que permitirá la participación de más oferentes, debido a la cualidad limitativa de ese requerimiento en específico.
Solicitan como experiencia específica en obras un requisito limitante para la participación en el presente llamado, lo cual consideramos atentatorio a las posibilidades, por lo cual consideramos la protesta en el caso que sea utilizado este requisito como descalificante, en vista que solo representa un requisito que direcciona a un sector o aún peor a un oferente en particular, por lo solicitamos el mismo no sea considerado como limitante ni descalificatorio, asimismo, solicitamos sea retirado de los requerimientos especifico en obras mínimos "Contar con experiencia mínima para el contrato que antecede u otros contratos, ejecutados en el período 2021, 2022 y 2023 en las siguientes actividades clave: construcción y/o reparación de aulas, sanitarios, comedores, bibliotecas ya sea a entidades públicas y/o privadas.". Lo que permitirá la participación de más oferentes, debido a la cualidad limitativa de ese requerimiento en específico.
La Ley Nº 7021/22, en el CAPÍTULO VIII, Artículo 52.- Evaluación, subsanabilidad y rechazo de las ofertas.
En el párrafo dos expresa: De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien, servicio u obra pública, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, tales como: inc. e) Experiencia del oferente o de su equipo de trabajo.
La normativa da lugar a la experiencia justamente buscando competencia en manejo de personal especializado, y la habilidad de adaptar técnicas para enfrentar desafíos únicos. Este sector exige altos estándares de seguridad y precisión en el cumplimiento de normativas aplicables. Una empresa experimentada puede gestionar estas demandas con mayor eficacia.
Al ser un proyecto orientado al cumplimiento de uno de los derechos más fundamentales del niño, resulta completamente justificado requerir "Contar con experiencia mínima para el contrato que antecede u otros contratos, ejecutados en el período 2021, 2022 y 2023 en las siguientes actividades clave: construcción y/o reparación de aulas, sanitarios, comedores, bibliotecas ya sea a entidades públicas y/o privadas".
Con el afán de resguardar al máximo nivel la seguridad y el bienestar de la población estudiantil beneficiada y todos los miembros de la comunidad educativa, se requiere, mínimamente, otorgar la más alta garantía sobre la capacidad del potencial oferente que brinde pleno y acabado conocimiento, por medio de la experiencia, de todos los trabajos a realizarse. Es de público conocimiento, la desgracia y malestares ocasionado por construcciones deficientes o por carencia en el pleno conocimiento previo.
La experiencia es el cúmulo de conocimiento por las experiencias vividas, entre errores y aciertos que van dándose dentro de un proceso durante el ciclo de vida, mediante la cual se llega a obtener las "mejores prácticas de construcción".
Una infraestructura que perdure por mucho tiempo necesita toda la garantía desde la correcta interpretación del proyecto, examinación adecuada, comprensión del alcance y la trascendencia de pequeños detalles específicos de cada área a ser construidas.
Antes de buscar limitar a los potenciales oferentes, desde esta institución se busca garantizar la más alta garantía y seguridad por medio de la contratación de una empresa idónea para dar plena satisfacción a la ciudadanía y la población objetivo.
2
Requisito Limitante
Solicitamos a la convocante tenga a bien, considerar las experiencias en obras de similitud en cuanto a las EETT solicitadas, teniendo en consideración que las mismas no hayan sido realizadas con la finalidad expresada, en cuanto al sentido de que distintas empresas constructoras pudieran tener incluso mayor experiencia en obras de mayor envergadura, tanto en complejidad como en necesidad de infraestructura, sean estas de personal, maquinaria e incluso financiera, por lo cual consideramos esta condición en particular, limitante e incluso direccionante en la presenta convocatoria, por lo cual solicitamos respetuosamente se sirvan adendar su PBC en este apartado en particular: Experiencias Específicas en obras. Requisitos Mínimos. "Contar con experiencia mínima para el contrato que antecede u otros contratos,
ejecutados en el período 2021, 2022 y 2023 en las siguientes actividades clave: construcción y/o reparación de aulas, sanitarios, comedores, bibliotecas ya sea a entidades públicas y/o privadas." eliminando la misma en beneficio de la convocante, de manera a que permita la participación de más oferentes en el presente llamado, en vista a que esta limitante es incluso pasiva de protesta de acuerdo a los lineamientos de la ley 7021/22. Aguardamos retorno a la brevedad que les sea posible.
Solicitamos a la convocante tenga a bien, considerar las experiencias en obras de similitud en cuanto a las EETT solicitadas, teniendo en consideración que las mismas no hayan sido realizadas con la finalidad expresada, en cuanto al sentido de que distintas empresas constructoras pudieran tener incluso mayor experiencia en obras de mayor envergadura, tanto en complejidad como en necesidad de infraestructura, sean estas de personal, maquinaria e incluso financiera, por lo cual consideramos esta condición en particular, limitante e incluso direccionante en la presenta convocatoria, por lo cual solicitamos respetuosamente se sirvan adendar su PBC en este apartado en particular: Experiencias Específicas en obras. Requisitos Mínimos. "Contar con experiencia mínima para el contrato que antecede u otros contratos,
ejecutados en el período 2021, 2022 y 2023 en las siguientes actividades clave: construcción y/o reparación de aulas, sanitarios, comedores, bibliotecas ya sea a entidades públicas y/o privadas." eliminando la misma en beneficio de la convocante, de manera a que permita la participación de más oferentes en el presente llamado, en vista a que esta limitante es incluso pasiva de protesta de acuerdo a los lineamientos de la ley 7021/22. Aguardamos retorno a la brevedad que les sea posible.
La Ley Nº 7021/22, en el CAPÍTULO VIII, Artículo 52.- Evaluación, subsanabilidad y rechazo de las ofertas.
En el párrafo dos expresa: De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien, servicio u obra pública, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, tales como: inc. e) Experiencia del oferente o de su equipo de trabajo.
La normativa da lugar a la experiencia justamente buscando competencia en manejo de personal especializado, y la habilidad de adaptar técnicas para enfrentar desafíos únicos. Este sector exige altos estándares de seguridad y precisión en el cumplimiento de normativas aplicables. Una empresa experimentada puede gestionar estas demandas con mayor eficacia.
Al ser un proyecto orientado al cumplimiento de uno de los derechos más fundamentales del niño, resulta completamente justificado requerir "Contar con experiencia mínima para el contrato que antecede u otros contratos, ejecutados en el período 2021, 2022 y 2023 en las siguientes actividades clave: construcción y/o reparación de aulas, sanitarios, comedores, bibliotecas ya sea a entidades públicas y/o privadas".
Con el afán de resguardar al máximo nivel la seguridad y el bienestar de la población estudiantil beneficiada y todos los miembros de la comunidad educativa, se requiere, mínimamente, otorgar la más alta garantía sobre la capacidad del potencial oferente que brinde pleno y acabado conocimiento, por medio de la experiencia, de todos los trabajos a realizarse. Es de público conocimiento, la desgracia y malestares ocasionado por construcciones deficientes o por carencia en el pleno conocimiento previo.
La experiencia es el cúmulo de conocimiento por las experiencias vividas, entre errores y aciertos que van dándose dentro de un proceso durante el ciclo de vida, mediante la cual se llega a obtener las "mejores prácticas de construcción".
Una infraestructura que perdure por mucho tiempo necesita toda la garantía desde la correcta interpretación del proyecto, examinación adecuada, comprensión del alcance y la trascendencia de pequeños detalles específicos de cada área a ser construidas.
Antes de buscar limitar a los potenciales oferentes, desde esta institución se busca garantizar la más alta garantía y seguridad por medio de la contratación de una empresa idónea para dar plena satisfacción a la ciudadanía y la población objetivo.