Considerando la complejidad técnica del servicio del seguro, para llevar a cabo de manera eficaz la contratación del mismo, la Convocante deberá tomar las medidas necesarias para contar con una política de administración del riesgo y conocer básicamente los riesgos a asegurar. Deberá abarcar como mínimo, una descripción clara de los bienes, personas y locales.
La cobertura tiene como objetivo proporcionar suficiente información para que los oferentes puedan preparar sus ofertas eficientemente y con precisión. La lista de precios que se constituye en un anexo del formulario de ofertas, y éste último, deberán ser descargados del SICP, formando ambos un solo documento.
Los plazos deberán ser previstos cuidadosamente, teniendo en cuenta que la fecha y hora establecidas determinarán el momento desde el cual empiezan las obligaciones del asegurador.
Las coberturas licitadas deberán establecerse por lotes o ítems.
La convocante deberá incluir en esta sección, mínimamente, información acerca de:
Las pólizas emitidas por la adjudicada, deberán incluir una cláusula que rezará cuanto sigue: “la cobertura de la póliza se regirá conforme al pliego de bases y condiciones y puntualmente a las especificaciones técnicas establecidas en el mismo. En caso de diferencias con las estipulaciones establecidas en la póliza, endosos u otros instrumentos de cobertura emitidos por la aseguradora, prevalecerá lo establecido en el PBC”.
La inserción de dicha cláusula se funda en lo establecido en los Arts. 669, 674, 715 y 1555 del Código Civil Paraguayo, el que establece la posibilidad de acordar condiciones particulares en los contratos.
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ITEM |
BIENES ASEGURADOS |
CANTIDAD |
TIPO DE COBERTURA |
SUMA ASEGURADA |
FRANQUICIA |
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1 |
BUS ELECTRICO ZHONGTONG |
20 |
RESPONSABILIDAD CIVIL (RC), y RIESGO DE ACCIDENTES A PASAJEROS (RAP) |
200.000.000 |
NO |
Las aseguradoras deberán cumplir con las siguientes normas:
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No. De Artículo |
Normas |
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1 |
1.1 RESPONSABILIDAD CIVIL | Riesgo cubierto: la Póliza de Seguro deberá garantizar el pago de toda indemnización que tuviera que realizar la Municipalidad de Ciudad del Este por su responsabilidad civil por daños personales y/o materiales causados a terceros ocasionados por el vehículo asegurado o por carga transportada por el mismo vehículo. | ||||
| El pago de las indemnizaciones deberá estar sujeta a las siguientes condiciones: | ||||||
| Lesiones corporales o muerte causada a una 1 (una) persona, hasta un monto máximo de Gs.50.000.000.- | ||||||
| Lesiones o muerte a 2 (dos) o más personas la indemnización total se amplía hasta la suma máxima de Gs. 100.000.000.- | ||||||
| Por toda indemnización por los daños o roturas causados a cosas de terceros a consecuencia de un accidente con el automóvil asegurado, hasta un monto de Gs.50.000.000.- | ||||||
| 1.2 ACCIDENTES PERSONALES DE OCUPANTES DEL VEHÍCULO | Riesgo cubierto: la Póliza de Seguro deberá cubrir el pago de las indemnizaciones, en el caso de que las personas transportadas en el vehículo asegurado sufran lesiones corporales, invalidez permanente o muerte, como consecuencia de un accidente que involucre al vehículo asegurado. | |||||
| Indemnizaciones: En caso de muerte o incapacidad permanente a consecuencia del accidente del conductor y/o acompañante/es, hasta Gs. 50.000.000.- por cada uno y obligatoriamente para todos los asientos o cantidad de ocupantes del vehículo. (HASTA 50 PASAJEROS) | ||||||
| SEGURO MÉDICO: La Cobertura para Accidentes personales deberá incluir la asistencia médica farmacéutica necesaria que resulte de cualquier siniestro que ocurra en las unidades aseguradas, hasta la cantidad de ocupantes establecida conforme a cada vehículo y contra terceros. | ||||||
| Asistencia médica: deberá estar cubierta hasta un monto máximo de 10.000.000 Gs. (guaraníes diez millones) por cada una de las personas ocupantes del vehículo asegurado que hayan sufrido accidente estando el vehículo en movimiento o estacionado, incluye los gastos ocasionados (atención médica, internación, estudios varios conforme a necesidad en cada caso y otros); | ||||||
| Asistencia farmacéutica : por un monto máximo de 5.000.000 Gs. (Guaraníes cinco millones) por persona. | ||||||
| La indemnización será obligatoriamente para todos los asientos o cantidad de ocupantes de los vehículos. Asistencia médica o gastos médicos al conductor y/o acompañantes, por cada uno y obligatoriamente para todos los asientos o cantidad de ocupantes de los vehículos. | ||||||
| 1.3 COBERTURA ADICIONALES | Servicio de remolque las 24 hs Servicio de Asistencia al vehículo y sus ocupantes |
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En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
La aseguradora que haya ganado el procedimiento de contratación, dentro del plazo de 30 días corridos desde la emisión de la póliza, deberá realizar una capacitación al área encargada de gestionar el contrato de seguros, explicando de qué se trata el riesgo cubierto, las cargas del asegurado, medios de comunicaciones aplicados para la agravación del riesgo y la denuncia del siniestro, plazos legales y condiciones contractuales establecidos por las partes.
Esta capacitación deberá realizarse en el lugar indicado por la convocante, tener una duración de entre 40 a 120 minutos (De una a tres horas cátedras) y al finalizar quedará constancia de ella en un documento comprobatorio (Acta o certificado y lista de asistencia)..
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
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INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
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Nota de Remisión 1 |
Nota de Remisión |
Julio 2025 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.