Alcance y descripción de las obras

El objeto de la presente licitación es la contratación de una empresa y/o consorcio de empresas especialistas en construcciones sanitarias y/o de infraestructuras para la Construcción del Sistema de Desagüe Pluvial, Red Cloacal, y Planta de Tratamiento de Aguas Residuales en la ciudad de Pilar , Departamento Ñeembucú y de las obras complementarias necesarias que posibiliten evitar la inundación de la ciudad por lluvias en continuidad con las Obras de la Fase A realizada a través del LLAMADO MOPC N° 193/2019 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL CONSTRUCCIÓN DE AMPLIACIÓN DE LA FRANJA COSTERA DE PILAR, DEPARTAMENTO DE ÑEEMBUCU -14,9 KM ID 371819.

Las inundaciones en la zona se dan por el aumento del nivel del Río Paraguay y del Río Ñeembucú, posibilitando el control y la total evacuación de las aguas pluviales durante los distintos escenarios que se puedan presentar con los niveles de aguas bajas, medias y altas de los ríos circundantes a la ciudad y las posibles precipitaciones debido a que la ciudad de Pilar, por las condiciones naturales de su emplazamiento histórico, se encuentra en condiciones de vulnerabilidad física ante las inundaciones producidas por la variación cíclica del nivel del río Paraguay y/o por la acumulación de las aguas de lluvias, y a su vez mejorar las condiciones sanitarias a través de las obras del alcantarillado cloacal.

Los trabajos consisten en las siguientes actividades

 

1. RED DE ALCANTARILLADO CLOACAL/PLANTA DE TRATAMIENTO DE EFLUENTES/EMISARIO CLOACAL.

 

ID.

ZONA

DESCRIPCIÓN

1

NORTE

RED DE DESAGUE CLOACAL NUEVA

2

NORTE

ESTACION DE BOMBEO N.º 1 - ZONA NORTE

3

NORTE

ESTACION DE BOMBEO N.º 2 - ZONA NORTE

4

NORTE

ESTACION DE BOMBEO N.º 3 - ZONA NORTE

5

NORTE

ESTACION DE BOMBEO N.º 4 - ZONA NORTE

6

NORTE

ESTACION DE BOMBEO N.º 5 - ZONA NORTE

7

NORTE

ESTACION DE BOMBEO N.º 6 - ZONA NORTE

8

NORTE

ESTACION DE BOMBEO N.º 7 - ZONA NORTE

9

NORTE

ESTACION DE BOMBEO N.º 8 - ZONA NORTE

10

NORTE

ESTACION DE BOMBEO N.º 9 - ZONA NORTE

11

SUR

AMPLIACION DE RED EXISTENTE

12

SUR

RED DE DESAGUE CLOACAL NUEVA

13

SUR

ESTACION DE BOMBEO N.º 1 - ZONA SUR

14

SUR

ESTACION DE BOMBEO N.º 2 - ZONA SUR

15

SUR

ESTACION DE BOMBEO N.º 3 - ZONA SUR

16

SUR

ESTACION DE BOMBEO N.º 3BIS - ZONA SUR

17

SUR

ESTACION DE BOMBEO N.º 4 - ZONA SUR

18

SUR

ESTACION DE BOMBEO N.º 5 - ZONA SUR

19

SUR

ESTACION DE BOMBEO N.º 6 - ZONA SUR

20

SUR

ESTACION DE BOMBEO N.º 7 - ZONA SUR

21

SUR

ESTACION DE BOMBEO N.º 8 - ZONA SUR

22

SUR

ESTACION DE BOMBEO N.º 9 - ZONA SUR

23

SUR

ESTACION DE BOMBEO N.º 10 - ZONA SUR

24

SUR

ESTACION DE BOMBEO N.º 11 - ZONA SUR

25

SUR

ESTACION DE BOMBEO N.º 12 - ZONA SUR

26

SUR

ESTACION DE BOMBEO N.º 13 - ZONA SUR

27

SUR

ESTACION DE BOMBEO N.º 14 - ZONA SUR

28

SUR

ESTACION DE BOMBEO CONAVI - ZONA SUR

29

PTAR

PLANTA DE PRETRATAMIENTO

30

PTAR

EMISARIO SUBFLUVIAL

31

PTAR

ACTUALIZACION DE INGENIERA DE DETALLE CONSTRUCTIVO

 

PLUVIAL

RED DE ALCANTARILLADO PLUVIAL

ITEM N°

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

1. Red de alcantarillado Cloacal

EETT (ver anexo)

2. Red de alcantarillado Pluvial

EETT (ver anexo)

3. Planta de Tratamiento de Efluentes

EETT (ver anexo)

4- Emisario Cloacal

EETT (ver anexo)

Normas y criterios técnicos de accesibilidad al medio físico

Estas Normas Paraguayas de Accesibilidad al Medio Físico fueron elaboradas por la CTN 45 ACCESIBILIDAD Subcomité Accesibilidad al Medio Físico, y aprobadas por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN). Se encuentran publicadas en el Portal de Contrataciones Públicas (www.contrataciones.gov.py), vínculo Marco Legal/Documentos de Interés, desde donde podrán ser descargadas.

Las normas de accesibilidad que serán aplicadas deben incluirse en la Lista de Cantidades (Cómputo métrico) del Formulario de Oferta para permitir su cotización en conjunto con las obras objeto del contrato.

En el marco de la política de Compras Públicas Sustentables, cuyo fundamento radica en la consideración de prevalencia del impacto ambiental y social al momento de llevar adelante una contratación pública, las contratantes deberán establecer la inclusión de las Normas Técnicas en los pliegos de bases y condiciones para las contrataciones que tengan por objeto una obra nueva (Ej.: construcción de edificios, hospitales, escuelas, plazas, calles, y todas las obras que comprendan espacios de uso público, etc.)

En las contrataciones de servicios de reparación y mantenimiento de edificios, así como en la restauración de edificios históricos podrán aplicarse las Normas de Accesibilidad en la medida que razonablemente puedan ser admitidas.

El cumplimiento de estas normas en la ejecución de los trabajos deberá ser exigido a los contratistas, y para el efecto, se tomarán como referencia las Normas de Accesibilidad de las Personas al Medio Físico elaboradas por el Comité Técnico de Normalización CTN 45 Accesibilidad, del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN).

Requisitos de carácter ambiental – CPS

La obra debe ser ejecutada por el contratista principal y los subcontratistas en su caso, teniendo en cuenta la legislación vigente en materia ambiental, y las evaluaciones, licencias, autorizaciones, permisos, según corresponda, con el fin de que la misma cause impacto negativo mínimo directo o indirecto al medio ambiente.

Se entiende por impacto negativo todo el conjunto de alteraciones directas e indirectas provocadas por las actividades humanas sobre el medio físico, biótico, socio-económico, cultural, histórico y antropológico y que resulten costos sociales para el Estado y una disminución de la calidad de vida de la población en la que se va a ejecutar la obra.

 

Los potenciales impactos negativos directos que pudieran generarse serán manejados conforme a los puntos aplicables de las Especificaciones Técnicas Ambientales Generales (ETAG versión 2023) del MOPC.

La obra debe ser ejecutada por el contratista principal y los subcontratistas en su caso, teniendo en cuenta la legislación vigente en materia ambiental y social, las evaluaciones, licencias, autorizaciones, permisos, según corresponda, con el fin de que la misma cause impacto negativo mínimo directo o indirecto al medio ambiente.

Se entiende por impacto negativo todo el conjunto de alteraciones directas e indirectas provocadas por las actividades humanas sobre el medio físico, biótico, socio-económico, cultural, histórico y antropológico y que resulten costos sociales para el Estado y una disminución de la calidad de vida de la población en la que se va a ejecutar la obra.

 

Habiendo la Dirección de Gestión Socio Ambiental realizado la evaluación ambiental y social preliminar, las obras son consideradas de Categoría C, debiendo la Contratista adjudicada considerar las medidas de manejo aplicables para dicha categoría.

Será responsabilidad del Contratista, gestionar los permisos ambientales adicionales necesarios, conforme a la legislación ambiental vigente; se destacan las licencias ambientales que deben ser gestionadas ante el MADES, como ser la de campamentos, de acuerdo a los casos que apliquen, considerando lo establecido en el marco de la ley N° 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental y sus decretos reglamentarios; considerando la naturaleza de la obra, se deberá comunicar al MADES el planteamiento y alcance del campamento que se utilizará en el marco de obra a través de una Nota Consulta, la respuesta que se emita a la misma, será el aval que certifique si el campamento requerirá o no someterse al proceso de evaluación de impacto ambiental; en caso de que no requiere deberá dar cumplimiento a todos los lineamientos que apliquen en las ETAG del MOPC (versión 2023).

Desde la puesta en práctica de los trabajos hasta la conclusión de los mismos (Recepción Definitiva) el Contratista deberá operar y será único responsable de la correcta aplicación de las ETAG versión 2023.

Si como consecuencia de la ejecución de las obras, la Fiscalización,       la Supervisión Ambiental y Social de la Unidad Ejecutora y        Tecnicos Sociales y Ambientales de la      Dirección de    Gestión Socio Ambiental del MOPC      observan irregularidades que causen impactos sociales y ambientales       negativos en la zona de obra, por omisión de las medidas de mitigación correspondientes, la contratista se responsabilizará por las acciones correctivas.

La Contratista proveerá los Equipos de Protección Individual (EPI) para el personal obrador, teniendo en cuenta la ergonomía y el tipo de labor a ser realizado, resguardando la integridad tanto del personal obrador, así como la de terceras personas ajenas a las obras, mediante la provisión de equipos de transporte para cargas pesadas, cascos de seguridad, botas con plantillas antideslizantes y punta de acero.

En todo tiempo deberán emplearse precauciones para la protección de personas y propiedades. Se deberá poner especial atención en la observación de las leyes y demás disposiciones de seguridad, por lo cual la contratista deberá cumplir con las exigencias del Decreto 14390/1992 Por el cual se aprueba el reglamento general técnico de seguridad, higiene y medicina en el trabajo.

En caso de afectación de árboles , deberá darse cumplimiento de la Ley N° 4928/13 de PROTECCIÓN AL ARBOLADO URBANO, , toda intervención debe ser comunicada al municipio que corresponda, de forma previa; lo cual se desarrollará después de contar con el inventario correspondiente, discriminando la cantidad de árboles que serán afectados, los criterios para la presentación de este reporte, serán determinados por la DGSA, dando efectivo cumplimiento al componente de manejo de vegetación , el cual forma parte  del PASA (el presente lineamiento se deberá estudiar si es que aplica o no, de acuerdo al alcance de las obras, para lo cual se debe considerar cualquier obra complementaria).

Para las áreas de préstamos, será responsabilidad de la contratista el cumplimiento de la Resolución MADES N° 34/2021 por la cual se rectifica el Anexo II Actividades de alto impacto ambiental inc. E de la Resolución 81/2019 por la cual se reglamenta el Artículo 8° del Decreto 11202/13 por la cual se reglamenta parcialmente el Art. 11° de la Ley N° 3001/2006 de valoración y retribución de los servicios ambientales y se establece el mecanismo para avanzar en la reglamentación del Art. 8° de la misma; lo cual será considerado para los casos que apliquen, se aclara que esto es determinado por el MADES, en el marco del proceso de evaluación de impacto ambiental de las áreas de préstamos. Todo lo mencionado debe ser estudiado por el equipo socio ambiental del proyecto, para determinar su aplicabilidad y que se vea incluido en el marco de los documentos que corresponden a la gestión socio ambiental.

Las acciones correctivas de carácter ambiental y social deberán contar con la aprobación de la Dirección de Gestión Socio Ambiental del MOPC antes de su implementación.

Presentación de informes:

Plan de Acción Socio Ambiental: Dentro del primer mes de la firma del Contrato el Contratista está obligado a presentar un Plan de Acción Socio-Ambiental (PASA) para aprobación por parte de la Dirección de Gestión Socio Ambiental (DGSA), teniendo en cuenta el contenido mínimo establecido en el numeral 4.1.1   de las ETAG versión 2023; para lo cual deberá considerar las medidas de manejo aplicables para Categoría C.

 

Informes Socio Ambientales Mensuales: que hagan referencia al componente socio ambiental contemplando el cumplimiento del PASA y las ETAG. Los mismos deberán presentarse máximo dentro de los primeros 10 días calendario posteriores al mes vencido, para aprobación de la DGSA. Los lineamientos para la estructuración y generación del mismo serán proveídos por la DGSA.

Observaciones generales para el PASA, Informes Socio Ambientales Mensuales, Deben ser firmados por el Responsable  Ambiental  en todas las páginas; además para los programas relacionados al componente social se precisará la firma del     Responsable Social en todas las páginas del informe y para los programas del componente de salud y seguridad ocupacional todo lo reportado en el marco de este componente, en los documentos contractuales deberá ser avalado por el técnico contratado para el fin, por lo cual también deberá firmar los documentos.      Informes especiales:

-cada vez que condiciones de cierta relevancia dentro del proceso lo amerite o la DGSA considere   importante su generación.

- exista una solicitud especial de la Contratante Y/o del MADES;

- cada vez que la contratista crea necesario informar a la Contratante y/o el MADES sobre asuntos que requieran la acción urgente de tales instituciones.

Productos Esperados del componente social

  • Actividades de terreno relacionadas al relacionamiento con la población del área de influencia, programadas en función al cronograma de implementación y al calendario de obras del proyecto planificados y ejecutadas.
  •  Mitigación a posibles impactos sociales asociados al proyecto identificados.
  • Elaborar planes de gestión social y el plan de acción social tal como lo estipula el Estudio de Impacto Social en la realización de registros, recorridas para verificaciones, evaluación y/o percepción social

 

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:

  • Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el procedimiento de contratación a ser publicado: Ing. Rene Peralbo, Directo de la Dirección de Vialidad
  • Justificación de la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada:. El objeto de la presente licitación es la contratación de una empresa y/o consorcio de empresas especialistas en construcciones sanitarias y/o de infraestructuras para la Construcción del Sistema de Desagüe Pluvial, Red Cloacal, y Planta de Tratamiento de Aguas Residuales en la ciudad de Pilar , Departamento Ñeembucú y de las obras complementarias necesarias que posibiliten evitar la inundación de la ciudad por lluvias en continuidad con las Obras de la Fase A realizada a través del LLAMADO MOPC N° 193/2019 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL CONSTRUCCIÓN DE AMPLIACIÓN DE LA FRANJA COSTERA DE PILAR, DEPARTAMENTO DE ÑEEMBUCU -14,9 KM ID 371819.
  • Justificación de la planificación, si se trata de un procedimiento de contratación periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal:.Corresponde a un llamado a Licitación Pública Nacional para la , CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO PLUVIAL, CLOACAL Y PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DE LA CIUDAD DE PILAR DEPARTAMENTO DE ÑEEMBUCU, teniendo en cuenta que la ciudad de Pilar, por las condiciones naturales de su emplazamiento histórico, se encuentra en condiciones de vulnerabilidad física ante las inundaciones producidas por la variación cíclica del nivel del río Paraguay y/o por la acumulación de las aguas de lluvias, y a su vez mejorar las condiciones sanitarias a través de las obras del alcantarillado cloacal.

Justificación de las especificaciones técnicas establecidas:Las especificaciones técnicas establecidas fueron elaboradas de acuerdo con el tipo de obra y las exigencias técnicas estipuladas en el Manual de Carreteras del Paraguay para lograr las condiciones de estado exigibles de los diferentes elementos de la infraestructura vial contratada. Las Especificaciones Técnicas establecen los requisitos mínimos que deberán ser cumplidos por la empresa Contratista.Se debe incluir además la provisión de todos los equipos y las herramientas, el personal y los materiales, que sean   necesarios para la correcta ejecución de los trabajos. Deberán presentar todos los documentos finales: planos como construido, cómputo final, manuales de mantenimiento necesarios, etc. Todos estos trabajos deberán estar incluidos en los costos finales de su oferta. Las especificaciones técnicas y normas propuestas deberán ser consideradas siempre en su última versión.

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

Lista de Planos o Diseños

Plano o Diseño N°

Nombre del Plano o Diseño

Propósito

 

Planos Ejecutivos PTAR

En proceso de optimización para llamado a Licitación

 

Planos Ejecutivos del Sistema de Desagüe Cloacal y Pluvial

En proceso de optimización para llamado a Licitación

 

Planos Ejecutivos eléctrico

En proceso de optimización para llamado a Licitación

 

Planos Ejecutivos Estaciones de Bombeo

En proceso de optimización para llamado a Licitación

Periodo de construcción, lugar y otros datos

La obra a ser realizada será conforme a lo siguiente: 

Periodo de construcción: 24 meses; Lugar: Pilar, Departamento de Ñeembucú. La planta de tratamiento de aguas residuales deberá estar finalizada como máximo a los 12 meses del inicio de las obras.

Carteles en obras

Las empresas contratistas encargadas de la construcción de obras de infraestructura y/o viales tendrán la obligación de exhibir gráficamente letreros o vallas en lugares visibles que identifiquen a la obra y deberá contener mínimamente cuanto sigue:

  1. ID y descripción del llamado,
  2. Nombre de la contratante,
  3. Datos completos del responsable de la obra,
  4. Número de contrato y fecha de suscripción,
  5. Monto del contrato,
  6. Superficie del terreno,
  7. Superficies máximas y mínimas edificables,
  8. Tiempo de inicio, duración, finalización y plazo de garantía de la obra,
  9. Nombre de fiscalización (en caso de que la fiscalización resultare de un proceso de contratación, el ID del llamado de la consultoría),
  10. El "código de respuesta rápida" o código QR, y
  11. Para obras viales se deberán colocar carteles de obra en ambos extremos del tramo a efectuar.

El código QR mencionado en la presente cláusula, es generado a través del SICP con la emisión del código de contratación, permitiendo que a través de aplicaciones móviles pueda ser corroborada la información disponible del contrato y la situación contractual del mismo.

Instalación de cartel de Atención al Usuario: se debe prever la instalación y mantenimiento durante todo el plazo del contrato 2 (dos) carteles informativos en el marco del mecanismo de atención a consultas quejas y reclamos, que deberá contener una línea de contacto tipo call center de atención. Se colocará en puntos estratégicos en el área de desarrollo de la obra, sujeto a la aprobación de la Fiscalización y la Dirección de gestión Socio Ambiental, con una altura mínima de 1,50 metros del suelo.

Resolución MOPC N° 1750/2019. Por la cual se aprueba el manual de cartelería en la vía pública.

Resolución MOPC N° 1824/2019. Por la cual se aprueba el nuevo diseño de mojón kilométrico y señal de numeración de las rutas nacionales de la red vial del país, categorizadas y clasificadas de conformidad a la Resolución N° 1090/2019.

Requerimientos adicionales

La convocante puede incluir otros requisitos adicionales, como por ejemplo:

No aplica

De las MIPYMES

Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC)

Certificado 1

Certificado de Obra

Octubre 2024

Certificado 2

Certificado de Obra

Noviembre 2024

Certificado 3

Certificado de Obra

Diciembre 2024

Certificado 4

Certificado de Obra

Enero 2025

Certificado 5

Certificado de Obra

Febrero 2025

Certificado 6

Certificado de Obra

Marzo 2025

Certificado 7

Certificado de Obra

.

Certificado 8

Certificado de Obra

 

Certificado 9

Certificado de Obra

    

Certificado 10

Certificado de Obra

 

Certificado 11

Certificado de Obra

.

Certificado 12

Certificado de Obra

 

Certificado 13

Certificado de Obra

.

Certificado 14

Certificado de Obra

.

Certificado

Certificado de Obra

 

Certificado

Certificado de Obra

 

Certificado

Certificado de Obra

 

Certificado 24    

Certificado de Obra

Octubre 2026