Solicitan en el PBC
Motor
Como mínimo 2.499 como mínimo
Solicitamos a fin de poder dar posibilidad de participación a un mayor numero de oferentes, que favor amplíen esta característica a:
Motor
Como mínimo desde 1960 cc
Solicitan en el PBC
Motor
Como mínimo 2.499 como mínimo
Solicitamos a fin de poder dar posibilidad de participación a un mayor numero de oferentes, que favor amplíen esta característica a:
Motor
Como mínimo desde 1960 cc
Respuesta: Esta Institución precisa de 2 camionetas doble cabina de gran capacidad, se debe considerar que las camionetas serán utilizadas tanto en Asunción y Gran Asunción, así como en el interior del país, para lo cual deberán poseer las especificaciones adecuadas, conforme a las exigencias a las cuales estarán expuestas, como ser el recorrido de grandes distancias, cantidad de pasajeros, cargas correspondientes a logísticas, con frecuencias semanales, por lo tanto, esta característica del vehículo influiría directamente tanto en la potencia como en la eficiencia de las prestaciones de estas. Así mismo, es criterio de la convocante que, la cilindrada del motor establecida no resulta un requerimiento limitante para la participación de potenciales oferentes, ya que, en el mercado existen varias marcas de vehículos que cumplen con dicha característica. Remitirse al PBC.
2
Características técnicas item 1
Con el mayor respeto y atención al proceso que están llevando adelante, me permito presentar una solicitud de reconsideración en relación a la especificación técnica del motor solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) para el llamado en cuestión, particularmente la cilindrada mínima de 2.499 cc.
Entendemos la preocupación de la institución respecto a la necesidad de camionetas doble cabina de gran capacidad, adecuadas para soportar grandes distancias, transportar cargas logísticas y pasajeros, y operar tanto en Asunción como en el interior del país. Sin embargo, es necesario destacar que el requerimiento de una cilindrada mayor no necesariamente garantiza un mejor rendimiento, potencia o capacidad de trabajo en los vehículos modernos. A continuación, exponemos los argumentos que respaldan nuestra solicitud de flexibilización de la cilindrada mínima:
1. Tecnología avanzada en motores de menor cilindrada: Los avances en tecnología automotriz han permitido desarrollar motores de menor cilindrada con alta eficiencia y rendimiento. Las camionetas con motores entre 1.960 cc no solo ofrecen potencia comparable, sino que, en muchos casos, superan en eficiencia a los motores de mayor cilindrada, gracias a la incorporación de tecnologías como turbocompresores, sistemas de inyección directa de combustible y optimización de la relación peso-potencia. Estas mejoras permiten obtener un desempeño sobresaliente tanto en términos de potencia como de consumo de combustible, con una menor huella ambiental.
2. Eficiencia y potencia en motores modernos: La cilindrada por sí sola no determina la potencia de un motor. En la actualidad, muchos vehículos con motores de menor cilindrada alcanzan o incluso superan las especificaciones de potencia y torque que tradicionalmente requerían motores más grandes. La ingeniería moderna ha permitido que motores más pequeños entreguen prestaciones superiores en situaciones de alta exigencia, como largos recorridos y transporte de cargas, sin sacrificar eficiencia energética. De hecho, motores de menor cilindrada con turbo y tecnología avanzada pueden ofrecer mejores ratios de potencia, aceleración y eficiencia, reduciendo también los costos operativos a largo plazo.
3. Cumplimiento de las necesidades operativas: Las camionetas con motores de menor cilindrada, adecuadamente diseñadas, pueden cumplir con todas las exigencias operativas que la institución ha planteado. A través de configuraciones adecuadas y la incorporación de tecnologías de última generación, estos vehículos son completamente capaces de cubrir grandes distancias, transportar cargas y pasajeros, y operar en diversas condiciones geográficas del país. No existe evidencia concluyente que demuestre que una mayor cilindrada sea el único factor que garantice estas capacidades, sino más bien una combinación de características tecnológicas.
4. Valor por el dinero en compras públicas: En todo proceso de licitación pública, uno de los objetivos fundamentales es asegurar que los recursos del Estado sean utilizados de la manera más eficiente posible, maximizando el valor por el dinero invertido. La exigencia de una cilindrada mínima elevada limita el número de ofertas potenciales, lo que puede resultar en costos más altos sin necesariamente mejorar las prestaciones o el rendimiento del vehículo. Al permitir la participación de vehículos con motores a partir de 1.960 cc, la institución estaría fomentando una mayor competitividad entre oferentes, lo cual, a su vez, facilitaría la obtención de propuestas más económicas sin sacrificar calidad o eficiencia. Este enfoque garantiza un uso óptimo de los fondos públicos, promoviendo una compra responsable y sostenible que se ajusta a las mejores prácticas en gestión de compras públicas.
5. Mayor competitividad y mejor uso de los recursos públicos: Mantener la exigencia de una cilindrada mínima de 2.499 cc reduce significativamente la cantidad de potenciales oferentes y modelos en el mercado que podrían cumplir con este requerimiento, limitando la competitividad y, posiblemente, impactando negativamente en los precios de las ofertas. Al permitir la participación de vehículos con motores desde 1.960 cc, se abriría el mercado a opciones más eficientes y tecnológicamente avanzadas, favoreciendo una competencia más amplia y asegurando un mejor uso de los recursos públicos, con vehículos que ofrecen el mismo o mejor rendimiento a un costo más razonable.
Por lo tanto, solicitamos nuevamente reconsiderar la especificación de cilindrada mínima establecida en el PBC, permitiendo que se acepten vehículos con motores a partir de 1.960 cc. Esta modificación no solo contribuiría a fomentar una mayor participación de oferentes, sino que también garantizaría la adquisición de vehículos de alta eficiencia y rendimiento, en línea con los avances tecnológicos actuales, y respetando los principios de eficiencia en el uso del dinero público.
Con el mayor respeto y atención al proceso que están llevando adelante, me permito presentar una solicitud de reconsideración en relación a la especificación técnica del motor solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) para el llamado en cuestión, particularmente la cilindrada mínima de 2.499 cc.
Entendemos la preocupación de la institución respecto a la necesidad de camionetas doble cabina de gran capacidad, adecuadas para soportar grandes distancias, transportar cargas logísticas y pasajeros, y operar tanto en Asunción como en el interior del país. Sin embargo, es necesario destacar que el requerimiento de una cilindrada mayor no necesariamente garantiza un mejor rendimiento, potencia o capacidad de trabajo en los vehículos modernos. A continuación, exponemos los argumentos que respaldan nuestra solicitud de flexibilización de la cilindrada mínima:
1. Tecnología avanzada en motores de menor cilindrada: Los avances en tecnología automotriz han permitido desarrollar motores de menor cilindrada con alta eficiencia y rendimiento. Las camionetas con motores entre 1.960 cc no solo ofrecen potencia comparable, sino que, en muchos casos, superan en eficiencia a los motores de mayor cilindrada, gracias a la incorporación de tecnologías como turbocompresores, sistemas de inyección directa de combustible y optimización de la relación peso-potencia. Estas mejoras permiten obtener un desempeño sobresaliente tanto en términos de potencia como de consumo de combustible, con una menor huella ambiental.
2. Eficiencia y potencia en motores modernos: La cilindrada por sí sola no determina la potencia de un motor. En la actualidad, muchos vehículos con motores de menor cilindrada alcanzan o incluso superan las especificaciones de potencia y torque que tradicionalmente requerían motores más grandes. La ingeniería moderna ha permitido que motores más pequeños entreguen prestaciones superiores en situaciones de alta exigencia, como largos recorridos y transporte de cargas, sin sacrificar eficiencia energética. De hecho, motores de menor cilindrada con turbo y tecnología avanzada pueden ofrecer mejores ratios de potencia, aceleración y eficiencia, reduciendo también los costos operativos a largo plazo.
3. Cumplimiento de las necesidades operativas: Las camionetas con motores de menor cilindrada, adecuadamente diseñadas, pueden cumplir con todas las exigencias operativas que la institución ha planteado. A través de configuraciones adecuadas y la incorporación de tecnologías de última generación, estos vehículos son completamente capaces de cubrir grandes distancias, transportar cargas y pasajeros, y operar en diversas condiciones geográficas del país. No existe evidencia concluyente que demuestre que una mayor cilindrada sea el único factor que garantice estas capacidades, sino más bien una combinación de características tecnológicas.
4. Valor por el dinero en compras públicas: En todo proceso de licitación pública, uno de los objetivos fundamentales es asegurar que los recursos del Estado sean utilizados de la manera más eficiente posible, maximizando el valor por el dinero invertido. La exigencia de una cilindrada mínima elevada limita el número de ofertas potenciales, lo que puede resultar en costos más altos sin necesariamente mejorar las prestaciones o el rendimiento del vehículo. Al permitir la participación de vehículos con motores a partir de 1.960 cc, la institución estaría fomentando una mayor competitividad entre oferentes, lo cual, a su vez, facilitaría la obtención de propuestas más económicas sin sacrificar calidad o eficiencia. Este enfoque garantiza un uso óptimo de los fondos públicos, promoviendo una compra responsable y sostenible que se ajusta a las mejores prácticas en gestión de compras públicas.
5. Mayor competitividad y mejor uso de los recursos públicos: Mantener la exigencia de una cilindrada mínima de 2.499 cc reduce significativamente la cantidad de potenciales oferentes y modelos en el mercado que podrían cumplir con este requerimiento, limitando la competitividad y, posiblemente, impactando negativamente en los precios de las ofertas. Al permitir la participación de vehículos con motores desde 1.960 cc, se abriría el mercado a opciones más eficientes y tecnológicamente avanzadas, favoreciendo una competencia más amplia y asegurando un mejor uso de los recursos públicos, con vehículos que ofrecen el mismo o mejor rendimiento a un costo más razonable.
Por lo tanto, solicitamos nuevamente reconsiderar la especificación de cilindrada mínima establecida en el PBC, permitiendo que se acepten vehículos con motores a partir de 1.960 cc. Esta modificación no solo contribuiría a fomentar una mayor participación de oferentes, sino que también garantizaría la adquisición de vehículos de alta eficiencia y rendimiento, en línea con los avances tecnológicos actuales, y respetando los principios de eficiencia en el uso del dinero público.
La convocante mantiene el criterio establecido en la respuesta a la consulta Nro. 1, así mismo, creemos que la modificación requerida en cuanto a la disminución de la cilindrada del motor correspondería a una variación significativa de las características inicialmente establecidas. Así mismo, creemos que, en caso de efectuar la modificación solicitada en la consulta se estaría reduciendo el número de competidores, lo cual afectaría la competencia en igualdad de condiciones perjudicando a los potenciales oferentes cuyas propuestas se adecuen a las condiciones inicialmente establecidas. Las Especificaciones Técnicas de la presente convocatoria han sido elaboradas con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato y con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, puesto que actualmente en el mercado existe una amplia variedad de camionetas que podrían competir bajo las condiciones y requerimientos establecidos en el PBC. Remitirse al PBC.
Artículo 48 Ley N° 7021/2022.- Modificaciones a la convocatoria y a los pliegos de bases y condiciones. "La autoridad competente de la convocante podrá modificar aspectos establecidos en la convocatoria o en los pliegos de bases y condiciones utilizados en los procedimientos de contratación, a partir de la fecha en que sea publicada la convocatoria, siempre que las modificaciones: ... "c) No consistan en la sustitución de los bienes, servicios, consultorías y obras públicas convocados originalmente, en la adición de otros de distintos rubros o en la variación significativa de sus características".
Artículo 132 Resolución DNCP N° 4401/23 POR LA CUAL SE REGLAMENTAN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN REGIDOS POR LA LEY N" 7027/22 "DE SUMINISTRO Y CONTRATACION ES PÚBLICAS. Modificaciones a las bases. "En ningún caso las modificaciones realizadas a las bases de la contratación podrán consistir en la sustitución de los bienes y/o servicios solicitados originalmente, en la adición de otros de distintos rubros o en la variación significativa de sus características".
3
Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia
Donde dice:
2. El oferente deberá acreditar a través de documentos originales la conformidad de clientes públicos y/o privados con contratos concluidos, en la venta de Camionetas y/o Minibuses, de al menos con 2 (dos) clientes a partir del año 2021 en adelante.
Solicitamos acepten: documentos originales o copias autenticadas por escribania de la conformidad de clientes públicos y/o privados con contratos concluidos, en la venta de Camionetas y/o Minibuses, de al menos con 2 (dos) clientes a partir del año 2021 en adelante.
01-10-2024
08-10-2024
Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia
Donde dice:
2. El oferente deberá acreditar a través de documentos originales la conformidad de clientes públicos y/o privados con contratos concluidos, en la venta de Camionetas y/o Minibuses, de al menos con 2 (dos) clientes a partir del año 2021 en adelante.
Solicitamos acepten: documentos originales o copias autenticadas por escribania de la conformidad de clientes públicos y/o privados con contratos concluidos, en la venta de Camionetas y/o Minibuses, de al menos con 2 (dos) clientes a partir del año 2021 en adelante.
La convocante establece ajustar las Especificaciones Técnicas de la presente convocatoria, permitiendo documentos originales o copias autenticadas por escribanía que demuestren conformidad de clientes con contratos concluidos. Remitirse a la Adenda 1.
Item 1 -CAMIONETA DOBLE CABINA
donde dice: Neumáticos Radiales a partir de 245/70 R17 como mínimo
Solicitamos acepten: Neumáticos Radiales a partir de 245/70 R17 a 255/65/R17
La convocante establece ajustar las Especificaciones Técnicas de la presente convocatoria, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes. Remitirse a la Adenda 1.
La convocante establece ajustar las Especificaciones Técnicas de la presente convocatoria, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes. Remitirse a la Adenda 1.