Consultamos a la Convocante si la Visita Técnica es o no de carácter Obligatoria, debido que en el apartado de Datos de da Convocatoria, Visita al Sitio de la ejecución del Contrato no menciona si la visita es o no de carácter Obligatoria, pero en Requisitos Documentales para evaluar el Criterio de Capacidad Técnica solicitan en el punto 6.Constancia de Visita al Sitio de Ejecución del Contrato, sin dar opción a presentar una declaración jurada de conocer el sitio de ejecución de los servicios y de ser Obligatoria el tiempo es solo hasta el lunes 23 de septiembre a las 12:00 hs.
La incongruencia señalada generará un grave perjuicio a la regularidad de la licitación, pues con criterios contradictorios no se puede evaluar objetivamente a las ofertas que se presenten, es necesario dar claridad y certeza a los interesados en participar de manera a que preparemos adecuadamente la documentación que respalde el cumplimiento de las exigencias.
Consultamos a la Convocante si la Visita Técnica es o no de carácter Obligatoria, debido que en el apartado de Datos de da Convocatoria, Visita al Sitio de la ejecución del Contrato no menciona si la visita es o no de carácter Obligatoria, pero en Requisitos Documentales para evaluar el Criterio de Capacidad Técnica solicitan en el punto 6.Constancia de Visita al Sitio de Ejecución del Contrato, sin dar opción a presentar una declaración jurada de conocer el sitio de ejecución de los servicios y de ser Obligatoria el tiempo es solo hasta el lunes 23 de septiembre a las 12:00 hs.
La incongruencia señalada generará un grave perjuicio a la regularidad de la licitación, pues con criterios contradictorios no se puede evaluar objetivamente a las ofertas que se presenten, es necesario dar claridad y certeza a los interesados en participar de manera a que preparemos adecuadamente la documentación que respalde el cumplimiento de las exigencias.
AJUSTARSE AL PBC. EL PBC ES CLARO EN BASE AL PRESENTE REQUISITO. EL OFERENTE DEBERA PRESENTAR LA CONSTANCIA DE VISITA AL SITIO DE EJECUCION DE CONTRATO (ESTO TENIENDO EN CUENTA QUE SON HOSPITALES NUEVOS QUE AUN NO HAN SIDO NI INAUGURADAS), PARA LO CUAL, NECESARIAMENTE REALIZARA LA VISITA AL SITIO Y/O SITIOS DE EJECUCION DE CONTRATOS, CONFORME DIA Y HORA ESTABLECIDA. -
EL HORARIO QUEDA ESTABLECIDA DE 08:00 A 12:00 HORAS.
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Solicitar la exclusión del requisito limitante que estipula que el oferente deberá tener su local principal o sucursal, a un radio no superior de 20 km del establecimiento sanitario.
Se solicita amablemente a la Convocante, la exclusión de lo indicado en la Sección "Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación - Capacidad Técnica" del PBC, que expresa: "El Oferente deberá tener su local principal o sucursal, a un radio no superior de 20 kilómetros: del Hospital General de Coronel Oviedo, para el ITEM N°1; y del gran Hospital del Sur, para el ITEM N°4; que será utilizada para el almacenamiento de los productos, insumos y herramientas necesarios para la ejecución del trabajo. La misma deberá estar habilitada por la
Municipalidad y el MADES", en razón a que de permanecer la mencionada exigencia, el llamado se encontraría diseñado para favorecer a un determinado participante cuyo asiento principal de su negocio o sucursal, se encuentre en las adyacencias del Hospital General de Coronel Oviedo y del Gran Hospital del Sur.
Dicha condición limitante, evidentemente, no resulta un factor técnicamente indispensable para la correcta ejecución del contrato, puesto que la logística para el traslado oportuno de los insumos, equipos y materiales de limpieza, queda a cargo del oferente y no de la Convocante. Y además, contraviene notoriamente la disposición contenida en el Art. 45º de la Ley Nº 7021/22, motivo por el cual, se solicita la EXCLUSIÓN del referido requisito.
18-09-2024
29-11-2024
Solicitar la exclusión del requisito limitante que estipula que el oferente deberá tener su local principal o sucursal, a un radio no superior de 20 km del establecimiento sanitario.
Se solicita amablemente a la Convocante, la exclusión de lo indicado en la Sección "Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación - Capacidad Técnica" del PBC, que expresa: "El Oferente deberá tener su local principal o sucursal, a un radio no superior de 20 kilómetros: del Hospital General de Coronel Oviedo, para el ITEM N°1; y del gran Hospital del Sur, para el ITEM N°4; que será utilizada para el almacenamiento de los productos, insumos y herramientas necesarios para la ejecución del trabajo. La misma deberá estar habilitada por la
Municipalidad y el MADES", en razón a que de permanecer la mencionada exigencia, el llamado se encontraría diseñado para favorecer a un determinado participante cuyo asiento principal de su negocio o sucursal, se encuentre en las adyacencias del Hospital General de Coronel Oviedo y del Gran Hospital del Sur.
Dicha condición limitante, evidentemente, no resulta un factor técnicamente indispensable para la correcta ejecución del contrato, puesto que la logística para el traslado oportuno de los insumos, equipos y materiales de limpieza, queda a cargo del oferente y no de la Convocante. Y además, contraviene notoriamente la disposición contenida en el Art. 45º de la Ley Nº 7021/22, motivo por el cual, se solicita la EXCLUSIÓN del referido requisito.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
1. Para contribuyentes de IRE GENERAL.
Deberá cumplir con el siguiente parámetro de los años (2020, 2021-2022 o 2021-2022-2023).
Solicitamos a la convocante definir cuál de los periodos será utilizado como parámetro para dar por cumplido los índices financieros y por ende, definir en los requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
1. Para contribuyentes de IRE GENERAL.
Deberá cumplir con el siguiente parámetro de los años (2020, 2021-2022 o 2021-2022-2023).
Solicitamos a la convocante definir cuál de los periodos será utilizado como parámetro para dar por cumplido los índices financieros y por ende, definir en los requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera.
El Oferente deberá tener su local principal o sucursal, a un radio no superior de 20 kilómetros: del Hospital General de Coronel Oviedo, para el ITEM N°1; y del gran Hospital del Sur, para el ITEM N°4; que será utilizada para el almacenamiento de los productos, insumos y herramientas necesarios para la ejecución del trabajo. La misma deberá estar habilitada por la Municipalidad y el MADES.-
Solicitamos a la convocante la exclusión de este requisito ya que el mismo atenta contra el Artículo 45 – Pliego de Bases y Condiciones de la Ley N° 7021/2022, que en uno de sus párrafos expresa “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante.
De mantener el requisito que es sumamente limitante se estaría evidenciando el direccionamiento del llamado a algún oferente cuya oficina central o sucursal se encuentra en las inmediaciones de los locales, objeto del presente llamado.
El Oferente deberá tener su local principal o sucursal, a un radio no superior de 20 kilómetros: del Hospital General de Coronel Oviedo, para el ITEM N°1; y del gran Hospital del Sur, para el ITEM N°4; que será utilizada para el almacenamiento de los productos, insumos y herramientas necesarios para la ejecución del trabajo. La misma deberá estar habilitada por la Municipalidad y el MADES.-
Solicitamos a la convocante la exclusión de este requisito ya que el mismo atenta contra el Artículo 45 – Pliego de Bases y Condiciones de la Ley N° 7021/2022, que en uno de sus párrafos expresa “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante.
De mantener el requisito que es sumamente limitante se estaría evidenciando el direccionamiento del llamado a algún oferente cuya oficina central o sucursal se encuentra en las inmediaciones de los locales, objeto del presente llamado.
En base a la envergadura de cada uno de los locales, objeto del presente llamado, solicitamos a la convocante establezca el sistema de medición de calidad de gestión que debe poseer el oferente para que garantice la calidad de la prestación del servicio.
En base a la envergadura de cada uno de los locales, objeto del presente llamado, solicitamos a la convocante establezca el sistema de medición de calidad de gestión que debe poseer el oferente para que garantice la calidad de la prestación del servicio.
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
Declaración Jurada, copia de cedula y certificado de vida y residencia, de al menos 25 personales propuestos por cada lote ofertado, residentes en el Distrito de ubicación de los lugares de ejecución.-
Solicitamos a la convocante la exclusión de este requisito ya que el mismo atenta contra el Artículo 45 – Pliego de Bases y Condiciones de la Ley N° 7021/2022, que en uno de sus párrafos expresa “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante.
De mantener el requisito que es sumamente limitante se estaría evidenciando el direccionamiento del llamado a algún oferente cuya oficina central o sucursal, o la operativa de la misma se encuentra en las inmediaciones de los locales, objeto del presente llamado.
Técnicamente es un requisito no indispensable, ya que una vez adjudicado, el contratista deberá ejecutar el contrato con los recursos requeridos en el PBC.
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
Declaración Jurada, copia de cedula y certificado de vida y residencia, de al menos 25 personales propuestos por cada lote ofertado, residentes en el Distrito de ubicación de los lugares de ejecución.-
Solicitamos a la convocante la exclusión de este requisito ya que el mismo atenta contra el Artículo 45 – Pliego de Bases y Condiciones de la Ley N° 7021/2022, que en uno de sus párrafos expresa “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante.
De mantener el requisito que es sumamente limitante se estaría evidenciando el direccionamiento del llamado a algún oferente cuya oficina central o sucursal, o la operativa de la misma se encuentra en las inmediaciones de los locales, objeto del presente llamado.
Técnicamente es un requisito no indispensable, ya que una vez adjudicado, el contratista deberá ejecutar el contrato con los recursos requeridos en el PBC.
El Oferente deberá tener su local principal o sucursal, a un radio no superior de 20 kilómetros: del Hospital General de Coronel Oviedo, para el ITEM N°1; y del gran Hospital del Sur, para el ITEM N°4; que será utilizada para el almacenamiento de los productos, insumos y herramientas necesarios para la ejecución del trabajo. La misma deberá estar habilitada por la Municipalidad y el MADES.- Solicitamos a la convocante la exclusión de este requisito ya que el mismo atenta contra el Artículo 45 – Pliego de Bases y Condiciones de la Ley N° 7021/2022, que en uno de sus párrafos expresa “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante.
De mantener el requisito que es sumamente limitante se estaría evidenciando el direccionamiento del llamado a algún oferente cuya oficina central o sucursal se encuentra en las inmediaciones de los locales, objeto del presente llamado.
El Oferente deberá tener su local principal o sucursal, a un radio no superior de 20 kilómetros: del Hospital General de Coronel Oviedo, para el ITEM N°1; y del gran Hospital del Sur, para el ITEM N°4; que será utilizada para el almacenamiento de los productos, insumos y herramientas necesarios para la ejecución del trabajo. La misma deberá estar habilitada por la Municipalidad y el MADES.- Solicitamos a la convocante la exclusión de este requisito ya que el mismo atenta contra el Artículo 45 – Pliego de Bases y Condiciones de la Ley N° 7021/2022, que en uno de sus párrafos expresa “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante.
De mantener el requisito que es sumamente limitante se estaría evidenciando el direccionamiento del llamado a algún oferente cuya oficina central o sucursal se encuentra en las inmediaciones de los locales, objeto del presente llamado.
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán: Declaración Jurada, copia de cedula y certificado de vida y residencia, de al menos 25 personales propuestos por cada lote ofertado, residentes en el Distrito de ubicación de los lugares de ejecución.- Solicitamos a la convocante la exclusión de este requisito ya que el mismo atenta contra el Artículo 45 – Pliego de Bases y Condiciones de la Ley N° 7021/2022, que en uno de sus párrafos expresa “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante.
De mantener el requisito que es sumamente limitante se estaría evidenciando el direccionamiento del llamado a algún oferente cuya oficina central o sucursal, o la operativa de la misma se encuentra en las inmediaciones de los locales, objeto del presente llamado.
Técnicamente es un requisito no indispensable, ya que una vez adjudicado, el contratista deberá ejecutar el contrato con los recursos requeridos en el PBC.
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán: Declaración Jurada, copia de cedula y certificado de vida y residencia, de al menos 25 personales propuestos por cada lote ofertado, residentes en el Distrito de ubicación de los lugares de ejecución.- Solicitamos a la convocante la exclusión de este requisito ya que el mismo atenta contra el Artículo 45 – Pliego de Bases y Condiciones de la Ley N° 7021/2022, que en uno de sus párrafos expresa “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante.
De mantener el requisito que es sumamente limitante se estaría evidenciando el direccionamiento del llamado a algún oferente cuya oficina central o sucursal, o la operativa de la misma se encuentra en las inmediaciones de los locales, objeto del presente llamado.
Técnicamente es un requisito no indispensable, ya que una vez adjudicado, el contratista deberá ejecutar el contrato con los recursos requeridos en el PBC.
Capacidad Técnica - Solicitar inclusión de Certificación de Calidad
Solicitamos la inclusión de la siguiente exigencia técnica: Las empresas oferentes deberán presentar Certificación Ambiental ISO 14001:2015, a modo de demostrar que posee un sistema de gestión ambiental.
La Certificación es una norma internacional que permite a las empresas demostrar el compromiso asumido con la protección del medio ambiente. Ese compromiso se demuestra a través de la gestión de los riesgos medioambientales asociados a la actividad desarrollada. En el caso que nos ocupa, la licitación tiene por objeto la contratación de servicios de limpieza, por lo tanto, el servicio de prestación indefectiblemente debe considerar el impacto que en el ambiente, en cuanto al proceso de limpieza, y al depósito final de los residuos. En consecuencia, la Convocante debe aplicar los mejores estándares a los efectos de precautelar el ambiente en el que se prestarán los servicios de limpieza.
20-09-2024
29-11-2024
Capacidad Técnica - Solicitar inclusión de Certificación de Calidad
Solicitamos la inclusión de la siguiente exigencia técnica: Las empresas oferentes deberán presentar Certificación Ambiental ISO 14001:2015, a modo de demostrar que posee un sistema de gestión ambiental.
La Certificación es una norma internacional que permite a las empresas demostrar el compromiso asumido con la protección del medio ambiente. Ese compromiso se demuestra a través de la gestión de los riesgos medioambientales asociados a la actividad desarrollada. En el caso que nos ocupa, la licitación tiene por objeto la contratación de servicios de limpieza, por lo tanto, el servicio de prestación indefectiblemente debe considerar el impacto que en el ambiente, en cuanto al proceso de limpieza, y al depósito final de los residuos. En consecuencia, la Convocante debe aplicar los mejores estándares a los efectos de precautelar el ambiente en el que se prestarán los servicios de limpieza.
Capacidad Técnica - Solicitar inclusión de Certificación de Calidad
Solicitamos la inclusión de la siguiente exigencia técnica: Las empresas oferentes deberán presentar Certificación de Calidad ISO 9001:2015, a los efectos de demostrar que posee un sistema de medición de calidad de su gestión.
La exigencia del Certificado ISO 9001:2015: tiene por finalidad contratar a empresas, que implementen un Sistema de Gestión de Calidad, en la prestación de los servicios de limpieza. La importancia del Certificado radica en que el Cliente del servicio a ser prestado, en este caso la Convocante, tenga la garantía y seguridad que los servicios serán prestados cumpliendo estándares mínimos de calidad, en la técnica de limpieza, en la manipulación de las basuras, en la capacitación actualizada de las personas encargadas de la limpieza y supervisión de los trabajos.
20-09-2024
29-11-2024
Capacidad Técnica - Solicitar inclusión de Certificación de Calidad
Solicitamos la inclusión de la siguiente exigencia técnica: Las empresas oferentes deberán presentar Certificación de Calidad ISO 9001:2015, a los efectos de demostrar que posee un sistema de medición de calidad de su gestión.
La exigencia del Certificado ISO 9001:2015: tiene por finalidad contratar a empresas, que implementen un Sistema de Gestión de Calidad, en la prestación de los servicios de limpieza. La importancia del Certificado radica en que el Cliente del servicio a ser prestado, en este caso la Convocante, tenga la garantía y seguridad que los servicios serán prestados cumpliendo estándares mínimos de calidad, en la técnica de limpieza, en la manipulación de las basuras, en la capacitación actualizada de las personas encargadas de la limpieza y supervisión de los trabajos.