Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Unidad solicitante: DEPARTAMENTO DE CARDIOLOGIA HOSPITAL DE CLINICAS.
Justificación de la necesidad: El mismo a fin de satisfacer las necesidades de insumos para el tratamiento y procedimientos de las afecciones Cardiológicas de los pacientes del Hospital de Clínicas.
Justificación de la planificación: Dicho llamado se realiza de manera anual y cuyas especificaciones técnicas se adecuan al Dpto. Solicitante.
Justificación de las especificaciones técnicas: Las especificaciones técnicas son realizadas en base a las necesidades del Dpto. según los procedimientos a ser realizados.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Lote | Item | Codigo del catalogo | Descripción del bien | Especificaciones Tecnicas | Unidad de Medida | Presentacion |
ALAMBRES GUIAS | ||||||
1 | 1 | 42221513-001 | Alambre guía | ALAMBRE guía 0,035" de 140 a 180 cm. Punta "J". Esteril descartable hidrofilica. | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
1 | 2 | 42221513-001 | Alambre guía | ALAMBRE guía 0,014 de tipo intermedio de 180 cm (+/-2 cm) . Recubrimiento hidrofilico. | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
INTRODUCTORES ARTERIALES | ||||||
2 | 1 | 42203403-003 | Introductor arterial | INTRODUCTOR ARTERIAL de 6 F (femoral). Con aguja de puncion arterial (kit). | UNIDAD | KIT |
2 | 2 | 42203403-003 | Introductor arterial | INTRODUCTOR ARTERIAL de 7 F (femoral). Con aguja de puncion arterial (kit) | UNIDAD | KIT |
2 | 3 | 42203403-003 | Introductor arterial | INTRODUCTOR ARTERIAL de 6 F (radial). Con aguja de puncion arterial (kit) | UNIDAD | KIT |
CATETERES DE DIAGNOSTICO (tipo SOFT TIP) | ||||||
3 | 1 | 42221504-006 | Catéter de diagnostico | Catéter de diagnostico AL 1 de 6 F. Esteril descartable | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
3 | 2 | 42221504-006 | Catéter de diagnostico | Catéter de diagnostico AL 2 de 6 F. Esteril descartable | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
3 | 3 | 42221504-006 | Catéter de diagnostico | Catéter de diagnostico AR 1 de 6 F. Esteril descartable | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
3 | 4 | 42221504-006 | Catéter de diagnostico | Catéter de diagnostico AR 2 de 6 F. Esteril descartable | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
3 | 5 | 42221504-006 | Catéter de diagnostico | Catéter de diagnostico JL 3,5 de 6 F. Esteril descartable | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
3 | 6 | 42221504-006 | Catéter de diagnostico | Catéter de diagnostico JL 4 de 6 F. Esteril descartable | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
3 | 7 | 42221504-006 | Catéter de diagnostico | Catéter de diagnostico JL 5 de 6 F. Esteril descartable | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
3 | 8 | 42221504-006 | Catéter de diagnostico | Catéter de diagnostico JR 3,5 de 6 F. | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
3 | 9 | 42221504-006 | Catéter de diagnostico | Catéter de diagnostico JR 4 de 6 F. Esteril descartable | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
3 | 10 | 42221504-006 | Catéter de diagnostico | Catéter de diagnostico PIGTAIL 6 F. Esteril descartable | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
3 | 11 | 42221504-006 | Catéter de diagnostico | Catéter de diagnostico coronario 6 F con curva especifica para tecnica radial. Esteril descartable | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
CATETERES BALONES DE INTERCAMBIO RAPIDO | ||||||
4 | 1 | 42221504-007 | Catéter balon | Catéteres balones con rango de diamétro de 1,5mm a 4mm y rango de longuitud de 12 (+/-2mm) a 20 (+/-2mm). | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
ACCESORIOS | ||||||
5 | 1 | 42203405-9998 | Dispositivo de Insuflacion para Balon de Angioplastia | Insuflador para angioplastia con KIT de: Conector en Y provisto de válvula hemostática y accesorios de insercion de guía y rotador. Paquete individual, estéril | UNIDAD | KIT |
5 | 2 | 42221616-002 | Prolongador de vía | Prolongador de vía periférica PT 12. Envase individual estéril, tubo de PVC s 3x4,1 mm, conexion Luer Lock (macho/hembra). | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
5 | 3 | 42221612-9998 | Llave Manifold de tres vías | Llave Manifold de plástico, tres vías, con conectores para monitoreo de PA invasiva, contraste y perfusion. | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
5 | 4 | 42142802-9999 | Brazalete arterial | Brazalete de compresión de plástico, transparente con jeringa de inyección de aire | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
STENT CORONARIO medicado | ||||||
6 | 1 | 42221513-9999 | Stent Medicado | Stent medicado con rango de diametro de 2,0 mm a 4.5 mm y rango de longitud de 12(+/-2mm) a 35 (+/- 2mm) montado sobre balon Aprobado por FDA. | UNIDAD | UNIDAD |
MATERIAL DE CONTRASTE RADIOLOGICO | ||||||
7 | 1 | 51212308-001 | Iopamidol Inyectable | Medio de contraste radiológisco con 300mg de iodo, hidrodoluble, no iónico, de baja densidad, para exámenes radiológicos. | UNIDAD | VIAL |
LOTE 1 ALAMBRES GUIAS | |
Min 2024 | 7.861.361 |
Max 2024 | 15.722.721 |
Min 2025 | 8.070.694 |
Max 2025 | 16.141.388 |
LOTE 2 INTRODUCTORES ARTERIALES | |
Min 2024 | 23.959.987 |
Max 2024 | 47.919.973 |
Min 2025 | 23.959.987 |
Max 2025 | 47.919.973 |
LOTE 3 CATETERES DE DIAGNOSTICO (tipo SOFT TIP) | |
Min 2024 | 54.456.343 |
Max 2024 | 108.912.686 |
Min 2025 | 54.247.010 |
Max 2025 | 108.494.019 |
LOTE 4 CATETERES BALONES DE INTERCAMBIO RAPIDO | |
Min 2024 | 14.536.669 |
Max 2024 | 29.073.338 |
Min 2025 | 14.536.669 |
Max 2025 | 29.073.338 |
LOTE 5 ACCESORIOS | |
Min 2024 | 21.302.637 |
Max 2024 | 42.605.275 |
Min 2025 | 21.302.637 |
Max 2025 | 42.605.275 |
LOTE 6 STENT CORONARIO medicado | |
Min 2024 | 64.501.336 |
Max 2024 | 129.002.672 |
Min 2025 | 64.501.336 |
Max 2025 | 129.002.672 |
LOTE 7 MATERIAL DE CONTRASTE RADIOLOGICO | |
Min 2024 | 881.667 |
Max 2024 | 1.763.335 |
Min 2025 | 881.667 |
Max 2025 | 1.763.335 |
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
Lote | Item | Codigo del catalogo | Descripción del bien | Especificaciones Tecnicas | Unidad de Medida | Presentacion |
ALAMBRES GUIAS | ||||||
1 | 1 | 42221513-001 | Alambre guía | ALAMBRE guía 0,035" de 140 a 180 cm. Punta "J". Esteril descartable hidrofilica. | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
1 | 2 | 42221513-001 | Alambre guía | ALAMBRE guía 0,014 de tipo intermedio de 180 cm (+/-2 cm) . Recubrimiento hidrofilico. | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
INTRODUCTORES ARTERIALES | ||||||
2 | 1 | 42203403-003 | Introductor arterial | INTRODUCTOR ARTERIAL de 6 F (femoral). Con aguja de puncion arterial (kit). | UNIDAD | KIT |
2 | 2 | 42203403-003 | Introductor arterial | INTRODUCTOR ARTERIAL de 7 F (femoral). Con aguja de puncion arterial (kit) | UNIDAD | KIT |
2 | 3 | 42203403-003 | Introductor arterial | INTRODUCTOR ARTERIAL de 6 F (radial). Con aguja de puncion arterial (kit) | UNIDAD | KIT |
CATETERES DE DIAGNOSTICO (tipo SOFT TIP) | ||||||
3 | 1 | 42221504-006 | Catéter de diagnostico | Catéter de diagnostico AL 1 de 6 F. Esteril descartable | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
3 | 2 | 42221504-006 | Catéter de diagnostico | Catéter de diagnostico AL 2 de 6 F. Esteril descartable | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
3 | 3 | 42221504-006 | Catéter de diagnostico | Catéter de diagnostico AR 1 de 6 F. Esteril descartable | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
3 | 4 | 42221504-006 | Catéter de diagnostico | Catéter de diagnostico AR 2 de 6 F. Esteril descartable | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
3 | 5 | 42221504-006 | Catéter de diagnostico | Catéter de diagnostico JL 3,5 de 6 F. Esteril descartable | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
3 | 6 | 42221504-006 | Catéter de diagnostico | Catéter de diagnostico JL 4 de 6 F. Esteril descartable | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
3 | 7 | 42221504-006 | Catéter de diagnostico | Catéter de diagnostico JL 5 de 6 F. Esteril descartable | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
3 | 8 | 42221504-006 | Catéter de diagnostico | Catéter de diagnostico JR 3,5 de 6 F. | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
3 | 9 | 42221504-006 | Catéter de diagnostico | Catéter de diagnostico JR 4 de 6 F. Esteril descartable | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
3 | 10 | 42221504-006 | Catéter de diagnostico | Catéter de diagnostico PIGTAIL 6 F. Esteril descartable | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
3 | 11 | 42221504-006 | Catéter de diagnostico | Catéter de diagnostico coronario 6 F con curva especifica para tecnica radial. Esteril descartable | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
CATETERES BALONES DE INTERCAMBIO RAPIDO | ||||||
4 | 1 | 42221504-007 | Catéter balon | Catéteres balones con rango de diamétro de 1,5mm a 4mm y rango de longuitud de 12 (+/-2mm) a 20 (+/-2mm). | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
ACCESORIOS | ||||||
5 | 1 | 42203405-9998 | Dispositivo de Insuflacion para Balon de Angioplastia | Insuflador para angioplastia con KIT de: Conector en Y provisto de válvula hemostática y accesorios de insercion de guía y rotador. Paquete individual, estéril | UNIDAD | KIT |
5 | 2 | 42221616-002 | Prolongador de vía | Prolongador de vía periférica PT 12. Envase individual estéril, tubo de PVC s 3x4,1 mm, conexion Luer Lock (macho/hembra). | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
5 | 3 | 42221612-9998 | Llave Manifold de tres vías | Llave Manifold de plástico, tres vías, con conectores para monitoreo de PA invasiva, contraste y perfusion. | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
5 | 4 | 42142802-9999 | Brazalete arterial | Brazalete de compresión de plástico, transparente con jeringa de inyección de aire | UNIDAD | ENVASE ESTERIL |
STENT CORONARIO medicado | ||||||
6 | 1 | 42221513-9999 | Stent Medicado | Stent medicado con rango de diametro de 2,0 mm a 4.5 mm y rango de longitud de 12(+/-2mm) a 35 (+/- 2mm) montado sobre balon Aprobado por FDA. | UNIDAD | UNIDAD |
MATERIAL DE CONTRASTE RADIOLOGICO | ||||||
7 | 1 | 51212308-001 | Iopamidol Inyectable | Medio de contraste radiológisco con 300mg de iodo, hidrodoluble, no iónico, de baja densidad, para exámenes radiológicos. | UNIDAD | VIAL |
LOTE 1 ALAMBRES GUIAS | |
Min 2024 | 7.861.361 |
Max 2024 | 15.722.721 |
Min 2025 | 8.070.694 |
Max 2025 | 16.141.388 |
LOTE 2 INTRODUCTORES ARTERIALES | |
Min 2024 | 23.959.987 |
Max 2024 | 47.919.973 |
Min 2025 | 23.959.987 |
Max 2025 | 47.919.973 |
LOTE 3 CATETERES DE DIAGNOSTICO (tipo SOFT TIP) | |
Min 2024 | 54.456.343 |
Max 2024 | 108.912.686 |
Min 2025 | 54.247.010 |
Max 2025 | 108.494.019 |
LOTE 4 CATETERES BALONES DE INTERCAMBIO RAPIDO | |
Min 2024 | 14.536.669 |
Max 2024 | 29.073.338 |
Min 2025 | 14.536.669 |
Max 2025 | 29.073.338 |
LOTE 5 ACCESORIOS | |
Min 2024 | 21.302.637 |
Max 2024 | 42.605.275 |
Min 2025 | 21.302.637 |
Max 2025 | 42.605.275 |
LOTE 6 STENT CORONARIO medicado | |
Min 2024 | 64.501.336 |
Max 2024 | 129.002.672 |
Min 2025 | 64.501.336 |
Max 2025 | 129.002.672 |
LOTE 7 MATERIAL DE CONTRASTE RADIOLOGICO | |
Min 2024 | 881.667 |
Max 2024 | 1.763.335 |
Min 2025 | 881.667 |
Max 2025 | 1.763.335 |
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Lote | Lugar de entrega de los bienes | Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
1 | Lugar de entrega de los insumos: Los insumos serán entregados en el Dpto. de Farmacia del Hospital de Clínicas San Lorenzo, en el horario de 7:00 a 13:00 horas, de lunes a viernes. | La Orden de Compra sera emitida una vez firmado el Contrato y la entrega de los insumos dentro de los 15 (quince) dias habiles una vez recepcionada la Orden de Compra por parte del proveedor. De acuerdo a las necesidades. |
2 | Lugar de entrega de los insumos: Los insumos serán entregados en el Dpto. de Farmacia del Hospital de Clínicas San Lorenzo, en el horario de 7:00 a 13:00 horas, de lunes a viernes. | La Orden de Compra sera emitida una vez firmado el Contrato y la entrega de los insumos dentro de los 15 (quince) dias habiles una vez recepcionada la Orden de Compra por parte del proveedor. De acuerdo a las necesidades. |
3 | Lugar de entrega de los insumos: Los insumos serán entregados en el Dpto. de Farmacia del Hospital de Clínicas San Lorenzo, en el horario de 7:00 a 13:00 horas, de lunes a viernes. | La Orden de Compra sera emitida una vez firmado el Contrato y la entrega de los insumos dentro de los 15 (quince) dias habiles una vez recepcionada la Orden de Compra por parte del proveedor. De acuerdo a las necesidades. |
4 | Lugar de entrega de los insumos: Los insumos serán entregados en el Dpto. de Farmacia del Hospital de Clínicas San Lorenzo, en el horario de 7:00 a 13:00 horas, de lunes a viernes. | La Orden de Compra sera emitida una vez firmado el Contrato y la entrega de los insumos dentro de los 15 (quince) dias habiles una vez recepcionada la Orden de Compra por parte del proveedor. De acuerdo a las necesidades. |
5 | Lugar de entrega de los insumos: Los insumos serán entregados en el Dpto. de Farmacia del Hospital de Clínicas San Lorenzo, en el horario de 7:00 a 13:00 horas, de lunes a viernes. | La Orden de Compra sera emitida una vez firmado el Contrato y la entrega de los insumos dentro de los 15 (quince) dias habiles una vez recepcionada la Orden de Compra por parte del proveedor. De acuerdo a las necesidades. |
6 | Lugar de entrega de los insumos: Los insumos serán entregados en el Dpto. de Farmacia del Hospital de Clínicas San Lorenzo, en el horario de 7:00 a 13:00 horas, de lunes a viernes. | La Orden de Compra sera emitida una vez firmado el Contrato y la entrega de los insumos dentro de los 15 (quince) dias habiles una vez recepcionada la Orden de Compra por parte del proveedor. De acuerdo a las necesidades. |
7 | Lugar de entrega de los insumos: Los insumos serán entregados en el Dpto. de Farmacia del Hospital de Clínicas San Lorenzo, en el horario de 7:00 a 13:00 horas, de lunes a viernes. | La Orden de Compra sera emitida una vez firmado el Contrato y la entrega de los insumos dentro de los 15 (quince) dias habiles una vez recepcionada la Orden de Compra por parte del proveedor. De acuerdo a las necesidades. |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
Los envases de los productos suministrados deberán ser adecuados, de tal forma a que impida su deterioro y permita su conservación y protección de la humedad y cualquier otro agente del medio ambiente nocivo para el mismo. Los embalajes o envases deberán estar etiquetados con la misma información descripta para los productos, indicando cantidad máxima de apilamiento y la leyenda Frágil, deberán llevar con la siguiente leyenda: USO EXCLUSIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS MEDICAS - HOSPITAL DE CLINICASSU VENTA ESTÁ PROHIBIDA Y SERÁ PENADA"
Deberá contar con un color distintivo, a fin de dificultar o evitar su comercialización.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Al momento de la entrega de los bienes, se verificará que los mismos coincidan con lo adjudicado en cuanto a marca, presentación y especificaciones técnicas. En caso de observarse algún defecto, o discrepancia entre lo adjudicado y lo entregado se podrá rechazar y exigir el cambio de los suministros defectuosos o que no cumplan con las especificaciones técnicas. En caso de bienes con garantía escrita, se verificará la recepción de la misma.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será: Para bienes nota de remisión parcial | ||||
Frecuencia: Mensual | ||||
Planificación de indicadores de cumplimiento: | ||||
INDICADOR | TIPO | FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) | ||
Nota de Remisión | Nota de Remisión | dic-24 | ||
Nota de Remisión | Nota de Remisión | dic-25 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.