Entre la Corte Suprema de Justicia, domiciliada en ____________________, República del Paraguay, representada para este acto por________________________, con Cédula de Identidad N° ________, denominada en adelante LA CONTRATANTE, por una parte, y, por la otra, la firma ____________, domiciliada en ___________________________________, República del Paraguay, representada para este acto por _________________________________, con Cédula de Identidad N° ________________, denominada en adelante EL PROVEEDOR, identificadas en conjunto como "LAS PARTES" e, individualmente, "PARTE", acuerdan celebrar el presente Contrato de " ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE TRANSPORTE - PLURIANUAL - AD REFERÉNDUM ", el cual estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
El presente contrato tiene por objeto establecer las obligaciones que asumen LAS PARTES, en relación a la adjudicación de la convocatoria:
El presente contrato tiene por objeto establecer las obligaciones que asumen la CONTRATANTE y el PROVEEDOR, en relación al Llamado del Programa Anual de Contrataciones LMCN PAC N° 82/2024 ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE TRANSPORTE - PLURIANUAL - AD REFERÉNDUM. I.D. N° 453.126, adjudicada por Resolución de la Corte Suprema de Justicia S2 Nº...... de fecha de 20..... y que serán proveídos por el PROVEEDOR a la CONTRATANTE, de acuerdo a los documentos del presente contrato.
Los documentos contractuales, que forman parte integral del contrato, además de los documentos contractuales firmados por las partes, son los siguientes:
Los documentos que forman parte del contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o discrepancia entre los mismos, la prioridad se dará en el orden enunciado anteriormente.
Los documentos adicionales del contrato son:
Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente contrato está previsto conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria vinculado al Programa Anual de Contrataciones (PAC) con el ID Nº 453.126
El presente llamado es PLURIANUAL, por lo tanto, la validez de la contratación del Ejercicio fiscal 2025 estará sujeta a las previsiones presupuestarias establecidas para la operación.
El presente Contrato es el resultado del procedimiento a LMCN PAC N° 82/2024 ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE TRANSPORTE - PLURIANUAL - AD REFERÉNDUM. I.D. N° 453.126. convocado por la CONTRATANTE, según Resolución S2 N° _ de fecha __ de __
La adjudicación fue realizada según Resolución S2 N° __ de fecha __ de __
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Nro. De Orden |
Nro. De Ítem/Lote |
Descripción |
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Unidad de Medida |
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Precio Unitario |
Monto Total |
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Total: [sumatoria de columna de montos mínimos y sumatoria de columna de montos máximos]
El monto mínimo del presente contrato asciende a la suma de__________________________ y el monto máximo es de_______________
El Proveedor se compromete a proveer los Bienes a la Contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del Contrato.
La Contratante se compromete a pagar al Proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y/o servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en estas bases y condiciones.
RECIBO:
El proveedor se obliga a presentar Recibo de Dinero por las acreditaciones recibidas de la Corte Suprema de Justicia, al Departamento de Tesorería de la institución, dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles de recibida la acreditación.
MULTA:
Si el PROVEEDOR no diera cumplimiento en la entrega de los vehículos alquilados en el plazo estipulado en el contrato y sus eventuales prorrogas autorizadas por escrito en los casos fortuito o de fuerza mayor, será pasible de una multa equivalente del 0,1% (cero coma uno por ciento) del monto total del contrato por cada día hábil de atraso.
La contratante podrá deducir en concepto de multas una suma equivalente al porcentaje del precio de entrega de los bienes atrasados, por cada día de atraso indicado en este apartado.
La aplicación de multas no libera al proveedor del cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
TASA DE INTERES POR MORA:
En caso de que la contratante incurriera en mora en los pagos, se aplicará una tasa de interés por cada día de atraso, del: 0,01% (cero coma cero un por ciento).
La vigencia del presente contrato será:
Hasta el cumplimiento total de las obligaciones.
Los bienes y/o servicios deberán ser entregados y/o prestados dentro de los plazos establecidos en el Plan de Entregas y/o prestación de servicios del pliego de bases.
La administración de éste contrato estará a cargo de:
El ADMINISTRADOR DEL CONTRATO ABOG. NATALIA ALBERTINI - DIRECTORA DEL DPTO. DE SERVICIO GENERALES
El mismo deberá comunicar en tiempo y forma si el CONTRATISTA ha incumplido lo convenido, a fin de aplicar las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato.
La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Contractuales, la cual se presentará a más tardar dentro de los 10 (días) calendarios siguientes a la firma del contrato.
Las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato serán aplicadas conforme con lo establecido en el pliego de bases y condiciones. Superado el monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 97 del Decreto N° 9823/23 POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA LEY N° 7021/2022 "DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS”, caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan.
La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo 144 de la Ley N° 7021/22.
Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 7021/22, y en las Condiciones Contractuales de este pliego de bases y condiciones.
Cualquier diferencia que surja durante la ejecución de los contratos se dirimirá conforme las reglas establecidas en la legislación aplicable y en las Condiciones Contractuales.
Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la Contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el Contrato o la parte del mismo que sea afectada por la nulidad, quedará automáticamente sin efecto de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la DNCP, debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato.
El contrato, así como toda la correspondencia y documentos relativos al contrato, deberán ser escritos en idioma castellano. Los documentos de sustento y material impreso que formen parte del contrato, pueden estar redactados en otro idioma siempre que estén acompañados de una traducción realizada por traductor matriculado en la República del Paraguay, en sus partes pertinentes al idioma castellano y, en tal caso, dicha traducción prevalecerá para efectos de interpretación del contrato.
El proveedor correrá con todos los costos relativos a las traducciones, así como todos los riesgos derivados de la exactitud de dicha traducción.
En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato.
EN TESTIMONIO de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de ___________________ República del Paraguay al día___________ mes___________ y año_____________.
Firmado por: _____________________________ en nombre de la Contratante.
Firmado por: _____________________________ en nombre del Proveedor.