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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
leruiz
Tipo de Verificación
Comunicación de Adenda
Fecha de Solicitud
13-11-2024 - 12:37
Fecha de Fin
14-11-2024 - 14:48
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Discrepancia entre SICP y PBC/Carta de Invitación
Descripción
Se verifica la existencia de discrepancia entre condiciones/requisitos establecidos en el PBC/Carta de Invitación y datos cargados en el SICP. Se solicita subsanar.
Comentario
La adenda no coincide íntegramente con el proyecto remitido en el marco del proceso de impugnación, en lo que respecta al ítem 4 "Especificaciones Técnicas - Switch 24 puertos" apartado "actualizaciones" en el proyecto de adenda se indica: Mientras dure la garantía, se deberán proveer todas actualizaciones que libere el fabricante, sin embargo, en la adenda si indica: Mientras dure la garantía, se deberán proveer todas actualizaciones que libere el fabricante que libere el fabricante durante el periodo de garantía, las cuales introduzcan nuevas funcionalidades como también la resolución de bugs de software y seguridad.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Separar en items o lotes distintos
Descripción
De la verificación de los (bienes/ servicios) requeridos en el Pliego de Bases y Condiciones se desprende que los mismos podrían ser ofertados por distintos oferentes, por lo que se solicita su separación en (ítems o lotes según el caso) a los efectos de lograr la mayor participación de oferentes, o en su caso la justificación suficiente de la convocante bajo su exclusiva responsabilidad en la que se indique técnicamente porque resulta necesaria su agrupación
Comentario
Item 7 NVR Y VIDEO MANAGEMENT SYSTEM (LICENCIAS VMS) - Donde dice Software debe ir separado en otro item.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Discrepancia en la numeración u orden de ítem/lote.
Descripción
Se verifica discrepancia en la numeración u orden de ítem/lote establecida entre la Sección de Suministros Requeridos y la planilla de precios, o entre varias secciones del PBC o Carta de Invitación. se solicita subsanar según sea el caso.
Comentario
Se verifica que en el PBC han consignado 2 veces el ítem 1 (ver pag 44), así también en el mismo ítem se verifica discrepancia entre la cantidad requerida en el PBC (32) y SICP (6) pag 45 del PBC

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.