Buenos días, ante su consulta se aclara que la convocante tomara los recaudos pertinentes para adjuntar al presente proceso mediante el SICP los datos solicitados.
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Muestras
Se consulta amablemente a la Convocante si es requerido la muestra de consumibles, cableado, ducteado el día de la oferta considerando que son componentes inherentes a los dispositivos principales.
Se consulta amablemente a la Convocante si es requerido la muestra de consumibles, cableado, ducteado el día de la oferta considerando que son componentes inherentes a los dispositivos principales.
Buenos días, ante su consulta la convocante realizara las modificaciones al PBC mediante una adenda a modo de incluir el requerimiento mencionado para un mejor análisis de las ofertas.
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Planos y Proyecto
1. Se solicita la provision de planos para poder entender la magnitud del proyecto
2. Existe un proyecto elaborado o corre por cuenta del contratista?
3. Quien se encarga de la aprobaciones municipales?
1. Se solicita la provision de planos para poder entender la magnitud del proyecto
2. Existe un proyecto elaborado o corre por cuenta del contratista?
3. Quien se encarga de la aprobaciones municipales?
1. Se aclara que la convocante tomará los recaudos pertinentes para adjuntar al presente proceso mediante el SICP los planos solicitados.
2. En dichos planos, se encuentra los dispositivos a instalar por sector.
3. El alcance de este llamado no contempla la presentación municipal del expediente. Sin embargo, se aclara que para la recepción correcta de la obra; la Empresa Adjudicada deberá entregar a la Convocante, una vez finalizada la instalación, todos los planos conforme a obra en formato Autocad y pdf resultantes del presente proceso, verificándose la instalación con la fiscalización.
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Visita tecnica
Se solicita a la convocante extender el plazo para la visita técnica.
Remitirse a los datos del llamado publicados en fecha 06-09-2024 y cuya visita ya fue realizada en fecha 17-09-2024.
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CAPACIDAD TECNICA.
Solicitamos respetuosamente con la Ley de Respaldo, que la convocante, en uso de sus atribuciones y en cumplimiento con las leyes vigentes, solicite a los oferentes demostrar la capacidad técnica, de estar debidamente habilitados, como empresa de Seguridad Electrónica.
Para lo cual, es requerido el requisito documental de presentar la Habilitación como Empresa de Seguridad Electrónica, vigente al momento de la presentación documental de ofertas, ya que al ser una ley vigente desde el año 2015, no puede obviarse la vigencia de la misma, puesto que toda empresa que trabaja legalmente en el rubro de la seguridad electrónica, debe habilitarse previamente al ofrecimiento de una propuesta o de un servicio en el marco de la misma.
Hacemos esta solicitud, considerando que entendemos que la Convocante debe honrar y cumplir lo establecido en las leyes vigentes, y ha de respetar su cumplimiento tal y como establece la Ley Nº 5424/15 la cual regula la prestación de servicios de vigilancia y seguridad de las personas y de bienes patrimoniales en el ámbito de la Seguridad estableciendo con Claridad cuanto sigue.
SECCION VI
DE LA CLASIFICACIÓN Y TIPOS DE SISTEMAS DE SEGURIDAD
Artículo 32.- Clasificación de sistemas electrónicos de seguridad.
a) Sistemas de detención y alarmas:
1. Intrusos
2. Robo
3. Asalto
4. Incendio
b) Sistema de control de accesos.
c) Sistemas de vigilancia por circuito cerrado de televisión (CCTV).
d) Sistema de anti-hurto.
Así también parte del Artículo 54 de la Resolución Nº2. Reza;
El sentido de los programas de formación capacitación y adiestramiento del personal de seguridad privada, se orientará exclusivamente en el concepto de la prevención más que la reacción en ese contexto, el alcance de los programas se limitará a los siguientes temas:
a) Seguridad Privada
b) Normas legales aplicables a la seguridad privada (Constitución Nacional, Código Civil y Código Penal)
c) Ley Nro. 4036/10 de Armas de Fuego
d) Primeros Auxilios
e) Seguridad Personal y de Instalaciones
f) Conocimiento de Armas y tiro. Las implicancias de su uso
g) Ética profesional
h) Defensa Personal
i) Prevención y extinción de incendios
j) Instalación y manejo de equipos electrónicos
k) Instalación y manejo de equipos de detección y extinción de incendios
l) Funcionamiento y manejo de centrales de monitoreo
m) Normas mínimas de seguridad para el transporte de valores
Así como rezan los demás artículos que hacen referencia a dicha habilitación y obligatoriedad a toda empresa que desee comercializar o prestar servicios de seguridad electrónica en todo el territorio de la Republica del Paraguay, para lo cual debe estar debidamente habilitada para ofrecer o trabajar en dicho rubro, para asi también, dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Contrataciones Públicas vigente y la Constitución Nacional, en cuanto a la igualdad de condiciones, habiendo cumplido con los requerimientos que la ley establece. Sera Justicia.
Solicitamos respetuosamente con la Ley de Respaldo, que la convocante, en uso de sus atribuciones y en cumplimiento con las leyes vigentes, solicite a los oferentes demostrar la capacidad técnica, de estar debidamente habilitados, como empresa de Seguridad Electrónica.
Para lo cual, es requerido el requisito documental de presentar la Habilitación como Empresa de Seguridad Electrónica, vigente al momento de la presentación documental de ofertas, ya que al ser una ley vigente desde el año 2015, no puede obviarse la vigencia de la misma, puesto que toda empresa que trabaja legalmente en el rubro de la seguridad electrónica, debe habilitarse previamente al ofrecimiento de una propuesta o de un servicio en el marco de la misma.
Hacemos esta solicitud, considerando que entendemos que la Convocante debe honrar y cumplir lo establecido en las leyes vigentes, y ha de respetar su cumplimiento tal y como establece la Ley Nº 5424/15 la cual regula la prestación de servicios de vigilancia y seguridad de las personas y de bienes patrimoniales en el ámbito de la Seguridad estableciendo con Claridad cuanto sigue.
SECCION VI
DE LA CLASIFICACIÓN Y TIPOS DE SISTEMAS DE SEGURIDAD
Artículo 32.- Clasificación de sistemas electrónicos de seguridad.
a) Sistemas de detención y alarmas:
1. Intrusos
2. Robo
3. Asalto
4. Incendio
b) Sistema de control de accesos.
c) Sistemas de vigilancia por circuito cerrado de televisión (CCTV).
d) Sistema de anti-hurto.
Así también parte del Artículo 54 de la Resolución Nº2. Reza;
El sentido de los programas de formación capacitación y adiestramiento del personal de seguridad privada, se orientará exclusivamente en el concepto de la prevención más que la reacción en ese contexto, el alcance de los programas se limitará a los siguientes temas:
a) Seguridad Privada
b) Normas legales aplicables a la seguridad privada (Constitución Nacional, Código Civil y Código Penal)
c) Ley Nro. 4036/10 de Armas de Fuego
d) Primeros Auxilios
e) Seguridad Personal y de Instalaciones
f) Conocimiento de Armas y tiro. Las implicancias de su uso
g) Ética profesional
h) Defensa Personal
i) Prevención y extinción de incendios
j) Instalación y manejo de equipos electrónicos
k) Instalación y manejo de equipos de detección y extinción de incendios
l) Funcionamiento y manejo de centrales de monitoreo
m) Normas mínimas de seguridad para el transporte de valores
Así como rezan los demás artículos que hacen referencia a dicha habilitación y obligatoriedad a toda empresa que desee comercializar o prestar servicios de seguridad electrónica en todo el territorio de la Republica del Paraguay, para lo cual debe estar debidamente habilitada para ofrecer o trabajar en dicho rubro, para asi también, dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Contrataciones Públicas vigente y la Constitución Nacional, en cuanto a la igualdad de condiciones, habiendo cumplido con los requerimientos que la ley establece. Sera Justicia.
De acuerdo a lo indicado y atendiendo a la naturaleza del sistema a instalar, una vez adjudicada la empresa deberá presentar la Habilitación como Empresa de Seguridad Electrónica, vigente. Dicha habilitación será válida siempre y cuando se presente a nombre de la empresa Oferente y/o a nombre de empresa subcontratada o en consorcio, presentando una declaración jurada para la prestación de dicho servicio para los fines de este llamado.
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ENTREGA ESTIMADA DE LOS EQUIPOS.
Solicitamos respetuosamente a la convocante donde indica "Entrega de bienes, que se extienda de 60 a 90 días hábiles debido a que los equipos requeridos tendrán un proceso de importación."
Solicitamos respetuosamente a la convocante donde indica "Entrega de bienes, que se extienda de 60 a 90 días hábiles debido a que los equipos requeridos tendrán un proceso de importación."
remitirse al plazo de entrega de bienes indicado en el pliego. La empresa oferente debe tener capacidad de respuesta para asegurar el proceso de instalación requerido por la institución.
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Experiencia Requerida
El pbc solicita: Debe presentar copias de al menos 2 (dos) contratos de obra, a través del cual el oferente demuestre haber facturado específicamente en el rubro de SISTEMAS DE PROTECCIÓN PARA INCENDIOS INVOLUCRANDO, SISTEMA HIDRÁULICO Y SISTEMA DE DETECCIÓN ELECTRÓNICA, en instituciones públicas o privadas dentro de los últimos 5 (cinco) años (2019 al 2023), y que el volumen de negocios en esta obra sea superior al 50 % (cincuenta por ciento) del valor de su oferta.
Teniendo en cuenta las especificaciones técnicas del llamado, se solicita a la convocante sean aceptados contratos de sistemas de protección de incendios involucrando solamente SISTEMAS DE DETECCIÓN ELECTRÓNICA, ya que las especificaciones técnicas del presente llamado no incluye sistemas hidráulicos.
El pbc solicita: Debe presentar copias de al menos 2 (dos) contratos de obra, a través del cual el oferente demuestre haber facturado específicamente en el rubro de SISTEMAS DE PROTECCIÓN PARA INCENDIOS INVOLUCRANDO, SISTEMA HIDRÁULICO Y SISTEMA DE DETECCIÓN ELECTRÓNICA, en instituciones públicas o privadas dentro de los últimos 5 (cinco) años (2019 al 2023), y que el volumen de negocios en esta obra sea superior al 50 % (cincuenta por ciento) del valor de su oferta.
Teniendo en cuenta las especificaciones técnicas del llamado, se solicita a la convocante sean aceptados contratos de sistemas de protección de incendios involucrando solamente SISTEMAS DE DETECCIÓN ELECTRÓNICA, ya que las especificaciones técnicas del presente llamado no incluye sistemas hidráulicos.
Atendiendo a lo solicitado; la empresa oferente deberá presentar copias de al menos 2 (dos) contratos de obra, a través del cual demuestre haber facturado específicamente en el rubro de SISTEMAS DE PROTECCIÓN PARA INCENDIOS INVOLUCRANDO, SISTEMA HIDRÁULICO Y SISTEMA DE DETECCIÓN ELECTRÓNICA o SÓLO SISTEMA DE DETECCIÓN ELECTRÓNICA, en instituciones públicas o privadas dentro de los últimos 5 (cinco) años (2019 al 2023), y que el volumen de negocios en esta obra sea superior al 50 % (cincuenta por ciento) del valor de su oferta.
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Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Se solicita a la convocante que cumpla con las exigencias legales vigentes y solicite la HABILITACION COMO EMPRESA DE SEGURIDAD ELECTRONICA, en cumplimiento de lo exigido por la Ley 5424/15.
17-09-2024
02-10-2024
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Se solicita a la convocante que cumpla con las exigencias legales vigentes y solicite la HABILITACION COMO EMPRESA DE SEGURIDAD ELECTRONICA, en cumplimiento de lo exigido por la Ley 5424/15.
De acuerdo a lo indicado y atendiendo a la naturaleza del sistema a instalar, una vez adjudicada, la empresa deberá presentar la Habilitación como Empresa de Seguridad Electrónica, vigente.
Dicha habilitación será válida siempre y cuando se presente a nombre de la empresa Oferente y/o a nombre de empresa subcontratada o en consorcio, presentando una declaración jurada para la prestación de dicho servicio para los fines de este llamado.