Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
11 CAPACIDAD TECNICA Solicitamos a la convocante ampliar los requisitos de la capacidad técnica y unificar a lo solicitado en los Requisitos documentales para evaluar el criterio de la capacidad técnica quedando de la siguiente manera: 1) Detalles se observan en las EEETT, además deben incluir mantenimientos preventivos y correctivos por un año. 2) Los mantenimientos según los estándares de la marca y del equipo ofertado, presentar el protocolo de mantenimiento. 3) Curso de entrenamiento, capacitación y familiarización del equipo y sus programas, por parte del personal de servicio técnico del oferente, autorizado por el fabricante para la realización de la asistencia técnica durante la vigencia de la garantía 4) Asistencia técnica según necesidad, sea mantenimiento preventivo o correctivo, en un periodo menor a 48 hs posterior a la notificación recibida por el oferente. Provisión de repuesto en caso de necesidad en un plazo de 15 días hábiles, para repuesto que no pueden ser almacenados 5) Si el producto es de origen nacional deberá presentar Título de Marca expedido por la Dirección de la Propiedad Industrial del Ministerio de Industria y Comercio. En caso de que la empresa oferente sea fabricante de el/los producto/s ofertado/s deberá presentar Título de Marca expedido por la Dirección de la Propiedad Industrial del Ministerio de Industria y Comercio. 6) Habilitación vigente expedida por la DNVS, como fabricante Importador, o representante o distribuidor de dispositivos médicos. 7) Habilitación vigente del Servicio Técnico de Equipos Médicos 8) Presentar certificados y/o constancias de haber participado en cursos de entrenamiento, capacitación y familiarización del equipo ofertado y sus programas del personal técnico de la empresa emitida por el fabricante de la marca ofertada. 9) Declaración Jurada que los Equipos Ofertados son nuevos y no re manufacturados 10) Registro Sanitario expedido por la DNVS vigente del producto ofertado y a nombre del oferente. 11) Certificado de Buenas Practicas de Fabricación y Control, si es de Fabricación Nacional, y Buenas Prácticas y Almacenamiento y Deposito, para los Importados, Expedido por DNVS, vigente. 12) Autorización de la empresa oferente como empresa IMPORTADOR/EXPORTADOR de fuentes de radiación ionizante, emitida por la Autoridad Reguladora Radiológica Nuclear (ARRN) creada por Ley 5169/2014. Para el Item 1 13) AUTORIZACIÓN INDIVIDUAL DE TRABAJADOR OCUPACIONALMENTE EXPUESTO (TOE) según lo establece la LEY 5169/14 Reglamentada por la Resolución -D-ARRN Nº 26/2016 - AUTORIDAD REGULADORA RADIOLOGICA Y NUCLEAR. PARA EL ITEM 1 14) Lista del personal técnico que realizará los servicios técnicos durante el periodo de garantía. Dicho personal debe contar con la Autorización de Trabajador Ocupacionalmente Expuesto (TOE) otorgado por la Autoridad Reguladora Radiológica Nuclear (ARRN) creada por Ley 5169/2014. Lo solicitado obedece a dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes en el Paraguay. Para el item 1 15) Autorización de la empresa para realizar servicio técnico de reparación y mantenimiento a equipos generadores de radiación ionizantes de categoría IV, para el Item 1 08-10-2024 21-10-2024
12 Requisitos documentales para evaluar el criterio de la capacidad técnica En el punto 6 solicitan la presentación del Registro Sanitario expedido por la DNVS Al Respecto solicitamos a la convocante modificar este requisito de la siguiente manera: Registro Sanitario expedido por la DNVS vigente del producto ofertado y a nombre del oferente 08-10-2024 21-10-2024
13 Requisitos documentales para evaluar el criterio de la capacidad técnica Solicitamos a la convocante incluir el siguiente requisito: Autorización de la empresa oferente como empresa IMPORTADOR/EXPORTADOR de fuentes de radiación ionizante, emitida por la Autoridad Reguladora Radiológica Nuclear (ARRN) creada por Ley 5169/2014. Para el Item 1 08-10-2024 21-10-2024
14 Requisitos documentales para evaluar el criterio de la capacidad técnica Solicitamos a la convocante incluir el siguiente requisito: AUTORIZACIÓN INDIVIDUAL DE TRABAJADOR OCUPACIONALMENTE EXPUESTO (TOE) según lo establece la LEY 5169/14 Reglamentada por la Resolución -D-ARRN Nº 26/2016 - AUTORIDAD REGULADORA RADIOLOGICA Y NUCLEAR. PARA EL ITEM 1 08-10-2024 21-10-2024
15 Requisitos documentales para evaluar el criterio de la capacidad técnica Solicitamos a la convocante incluir el siguiente requisito: Autorización de la empresa para realizar servicio técnico de reparación y mantenimiento a equipos generadores de radiación ionizantes de categoría IV, para el Item 1 08-10-2024 21-10-2024
16 Requisitos documentales para evaluar el criterio de la capacidad técnica Solicitamos a la convocante incluir el siguiente requisito: Lista del personal técnico que realizará los servicios técnicos durante el periodo de garantía. Dicho personal debe contar con la Autorización de Trabajador Ocupacionalmente Expuesto (TOE) otorgado por la Autoridad Reguladora Radiológica Nuclear (ARRN) creada por Ley 5169/2014. Lo solicitado obedece a dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes en el Paraguay. Para el item 1 08-10-2024 21-10-2024
17 Requisitos documentales para evaluar el criterio de la capacidad técnica Solicitamos a la convocante incluir requisitos detallados más abajo y unificar según lo solicitado en la Capacidad técnica 1) Planilla de EEETT, además deben incluir mantenimientos preventivos y correctivos por un año. 2) Presentar el protocolo de mantenimiento del fabricante 3) Certificados de curso de entrenamiento, capacitación y familiarización del equipo y sus programas, entrenamiento , por parte del personal de servicio técnico del oferente, autorizado por el fabricante para la realización de la asistencia técnica durante la vigencia de la garantía 4) Asistencia técnica según necesidad, sea mantenimiento preventivo o correctivo, en un periodo menor a 48 hs., posterior a la notificación recibida por el oferente. Provisión de repuesto en caso de necesidad en un plazo de 15 días hábiles, para repuesto que no pueden ser almacenados 5) Si el producto es de origen nacional deberá presentar Título de Marca expedido por la Dirección de la Propiedad Industrial del Ministerio de Industria y Comercio. En caso de que la empresa oferente sea fabricante de el/los productos/s ofertado/s deberá presentar Título de Marca expedido por la Dirección de la Propiedad Industrial del Ministerio de Industria y Comercio. 6) Habilitación vigente expedida por la DNVS, como fabricante Importador, o representante o distribuidor de dispositivos médicos. 7) Habilitación vigente del Servicio Técnico de Equipos Médicos 8) Presentar certificados y/o constancias de haber participado en cursos de entrenamiento, capacitación y familiarización del equipo ofertado y sus programas del personal técnico de la empresa emitida por el fabricante de la marca ofertada. 9) Declaración Jurada que los Equipos Ofertados son nuevos y no re manufacturados 10) Registro Sanitario expedido por la DNVS vigente del producto ofertado y a nombre del oferente. 11) Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación y Control, si es de Fabricación Nacional, y Buenas Prácticas y Almacenamiento y Deposito, para los Importados, Expedido por DNVS, vigente 12) Autorización de la empresa oferente como empresa IMPORTADOR/EXPORTADOR de fuentes de radiación ionizante, emitida por la Autoridad Reguladora Radiológica Nuclear (ARRN) creada por Ley 5169/2014. Para el Item 1 13) AUTORIZACIÓN INDIVIDUAL DE TRABAJADOR OCUPACIONALMENTE EXPUESTO (TOE) según lo establece la LEY 5169/14 Reglamentada por la Resolución -D-ARRN Nº 26/2016 - AUTORIDAD REGULADORA RADIOLOGICA Y NUCLEAR. PARA EL ITEM 1 14) Lista del personal técnico que realizará los servicios técnicos durante el periodo de garantía. Dicho personal debe contar con la Autorización de Trabajador Ocupacionalmente Expuesto (TOE) otorgado por la Autoridad Reguladora Radiológica Nuclear (ARRN) creada por Ley 5169/2014. Lo solicitado obedece a dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes en el Paraguay. Para el Item 1 15) Autorizacion de la empresa para realizar servicio técnico de reparación y mantenimiento a equipos generadores de radiación ionizantes de categoría IV, para el Item 1 08-10-2024 21-10-2024
18 ESPECIFICACIONES TECNICAS Ítem 1 Equipo de rayos X portátil. Solicitamos a la convocante incluir las EETT del equipo solicitado ya que no se visualiza en el Pbc, conforme a la planilla de precio publicado. 08-10-2024 21-10-2024
19 ESPECIFICACIONES TECNICAS Item 1 Equipo de rayos X portátil Solicitamos a la convocante que el periodo de garantía del bien requerido para el item 1 sea de 1 año conforme al periodo de mantenimiento preventivo y correctivo solicitado en la capacidad técnica. Garantía escrita valida por 1 año contra toda falla de diseño y/o fabricación contada a partir de la fecha de entrega y puesta en marcha del equipo. 08-10-2024 21-10-2024
20 Indicadores de Cumplimiento Indicadores de Cumplimiento Solicitamos a la convocante que el acta de conformidad sea emitida una vez recepcionado el equipo 10-10-2024 21-10-2024
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