Datos de la Verificación
Usuario Verificador
gbarreto
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
25-09-2024 - 20:14
Fecha de Fin
01-10-2024 - 16:53
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
Solicitamos a la convocante completar conforme al instructivo que se encuentra en el pliego estándar los puntos que hace referencia a “Identificación de la unidad solicitante y justificaciones (en este apartado indican datos que no corresponden al proceso"mantenimiento y reparación de espacios publicos " )Procedencia de los suministros, equipos, enseres, materiales y productos (favor ajustarse a lo dispuesto en el ART. 191 de la Ley 7228/2023).//Fondo de reparo: En este apartado la convocante debe indicar si se admite la sustitución del 5% en concepto de fondo de reparo por una póliza de seguros, y en caso afirmativo, deberá indicar la vigencia de la misma y el documento comprobatorio que será utilizado para la deducción.//Periodo de construcción, lugar y otros datos: indicar a partir de qué acto o hecho se computaría el plazo en el mencionado apartado. //Teniendo en cuenta el Metodo de Evaluación seleccionado (Basado únicamente en precio)solicitamos excluir del pliego particular los siguientes apartados :Evaluación basada en multiplicidad de criterios y Ponderación de criterios de evaluación - Multiplicidad de criterios.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Forma de pago cuando el proceso es pluri
Descripción
Teniendo en cuenta que el proceso reviste de carácter Plurianual, se deberá indicar en la cláusula referente a pagos que los pagos realizados en ejercicios próximos se encuentran supeditados a la aprobación del presupuesto.
Comentario
Teniendo en cuenta que el proceso reviste de carácter Plurianual, se deberá indicar en la proforma de contrato, específicamente en cláusula que hace referencia a la vigencia del contrato y en el pliego referente a pagos que la validez o continuidad de la contratación quedará supeditada a la disponibilidad de créditos presupuestarios aprobados y asignación del Plan Financiero en los Ejercicios Fiscales siguientes (Artículo 44 de la Ley N° 7021/22)].
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Documentos sin firma/ aclaración de firma
Descripción
Se solicita a la convocante remitir el documento firmado y/o con las aclaraciones de firmas correspondientes.
Comentario
En el plano remitido no se visualiza la aclaración de firma del firmante.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Precios Referenciales
Descripción
Se solicita remitir los documentos respaldatorios, conforme lo requiere la reglamentacion vigente.
Comentario
No han remitido la totalidad de los documentos respaldatorios referente a la estimación de costo, notas de pedidos de presupuestos, ademas solicitamos a la convocante unificar criterios referente a la metodología adoptada considerando que en una parte mencionan que optaron por el precio promedio, sin embargo en la planilla de comparación precios indican que optaron por el precio mas bajo, constatamos también que hay combinación de fuentes conforme lo establece la normativa vigente.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No remite constancia A Referendum
Descripción
Se solicita remitir la Constancia Ad Referéndum, conforme a la reglamentación vigente.
Comentario
En la constancia ad referéndum que han remitido no se visualiza el objeto del gasto a ser utilizado en la presente licitación (522).//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Los montos consignados en la constancia plurianual no cubren el monto a ejecutar.
Descripción
Atendiendo a las disposiciones legales del Decreto reglamentario de presupuesto vigente,
se solicita remitir la constancia expresa de autorización emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas.
Comentario
Constatamos que, el monto indicado en el documento de plurianualidad específicamente para el ejercicio fiscal 2025 (gs.760.000.000) no cubre el monto que la convocante pretende ejecutar en el ejercicio fiscal mencionado (gs1.000.000.000). Se solicita remitir la constancia plurianual con la disponibilidad requerida o en su defecto,remitir la constancia expresa de AUTORIZACIÓN EMITIDA por el Ministerio de Economía y Finanzas.//
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
