ESPECIFICCIONES TÉCNICAS POR RUBRO
El cartel se construirá con una estructura de caños metálicos y chapa, montado sobre soportes metálicos, sobre el cual se colocará una lona vinílica impresa con los datos correspondientes. Se ubicará dentro del inmueble, en el lugar que indique la fiscalización. El color de la pintura y los datos a incluir en cartel y su diseño deberán ser propuestos por el Contratista y aprobados por el Fiscal de Obras. Este letrero deberá permanecer durante todo el tiempo que duren las obras y será de exclusiva responsabilidad del Contratista el resguardar, mantener y reponer en caso de deterioro y sustracción de los mismos. Si la fiscalización dejara constancia de la permanencia parcial o en condiciones no adecuadas según lo previsto, podrá disponer del pago parcial del rubro, en forma proporcional
Consiste en dejar limpio de basura y/o cualquier otro elemento que obstaculice el lugar donde se hará la construcción, así como la nivelación de la base para la ejecución de las cunetas y el empedrado.
Se procederá al despeje de maleza y acumulación de tierra en la zona de trabajo. Las plantas y/o árboles que se conservan deberán ser protegidas para que no se corten o estropeen accidentalmente. Se procederá también a realizar con la maquinaria vial apropiada la canalización a los costados del camino, fuera del área a enripiar propiamente, a fin de evacuar las aguas pluviales hacia los niveles de desagüe natural.
El replanteo lo efectuará la Empresa Contratista y será verificado por la Fiscalización de Obras antes de dar comienzo a los trabajos. Consiste en la determinación de la ubicación en el terreno de los distintos elementos señalados en los planos, los ejes de la calle y los niveles correspondientes. Para el efecto, el contratista deberá disponer del personal idóneo que guíe los trabajos. La Fiscalización de Obras ratificará los niveles adecuados, durante la construcción, mediante órdenes de servicios y planos parciales adicionales de detalles, cuando fuera necesario.
El rubro incluye la provisión del ripio, incluyendo el transporte y la colocación en montículos en el trayecto a enripiar. Contratista se hará cargo de la compra del ripio en la zona, debiendo asegurar que sea apropiado.
En caso de emplearse materiales en los que, por su naturaleza, no exista suficiente experiencia sobre su comportamiento, debe hacerse un estudio que demuestre la aptitud del mismo para ser empleado, que debe ser aprobado por el Supervisor de Obra.
Los agregados deben ser de origen natural y deben cumplir las exigencias establecidas en la presente especificación técnica. Los agregados deben tener trazabilidad, debe llevarse un registro de la procedencia de los mismos. Deben provenir de rocas o material sano y no deben ser susceptibles de ningún tipo de meteorización o alteración físico-química.
Los agregados a emplear en la ejecución del enripiado no deben contener sustancias que afecten la resistencia y durabilidad del mismo, en cantidades mayores a las establecidas en la presente especificación. Los agregados no deben dar origen, con el agua, a disoluciones que causen daños a estructuras u otras capas del paquete estructural o contaminar corrientes de agua.
Los agregados se deben producir o suministrar en fracciones granulométricas diferenciadas, que se deben acopiar y manejar por separado hasta su introducción en las tolvas. Cada fracción debe ser suficientemente homogénea y se debe poder acopiar y manejar sin que se verifique segregación.
El rubro consiste en la distribución uniforme del material en el tramo a enripiar. Dicho esparcido del ripio se hará con maquinaria a cargo del Contratista. Se ejecutará de forma uniforme asegurando un espesor final, después de la compactación, de 15 cm. cómo mínimo.
El Contratista deberá utilizar compactadoras mecánicas o aplanadoras de manera a asegurar una adecuada compactación, Los compactadores neumáticos deben tener ruedas lisas, en número, tamaño y configuración tales que permitan el solape de las huellas delanteras, de las traseras. Los compactadores deben poder invertir la marcha mediante una acción suave; también deben poder obtener una superficie homogénea, sin marcas o desprendimientos. El peso mínimo del equipo debe ser de quince toneladas (15 t). Compactadores metálicos Los compactadores metálicos no deben presentar surcos ni irregularidades en las superficies cilíndricas. Los compactadores vibratorios y los oscilatorios deben tener dispositivos automáticos para eliminar la vibración/oscilación cuando se lo desee. Los compactadores deben poder invertir la marcha mediante una acción suave, en este proceso se debe suspender el vibrado u oscilado. Los compactadores deben, además, poder obtener una superficie homogénea, sin marcas o desprendimientos. El peso mínimo del equipo debe ser de doce toneladas (12 t). No deberá quedar restos de ripios o cascallos de dimensiones importantes sueltos, debiendo todo el material integrarse a la capa de transito vehicular. . El tamaño mínimo de la partícula a triturar respecto de la partícula resultante de mayor tamaño debe ser mayor o igual que 3 (tres).
Se colocará tubos de hormigón de 60 cm en los lugares indicados en el proyecto. Serán tubos con armadura metálica. Se colocarán en el tramo principal del camino y en las bocacalles. En la unión entre los tubos se tendrá especial cuidado que no quede espacio que permita el paso del suelo dentro del conducto. Se deberá asegurar una pendiente mínima de dos por ciento para el escurrimiento del agua. No se aceptarán tubos rotos o agrietados. Se asegurará un mínimo de 50 cm. de suelo sobre el tubo. Se colocarán 6 tubos en los cruces de la calle principal, y 4 tubos en los accesos a caminos o entradas a casas particulares existentes. Estos deberán asegurar el escurrimiento de agua de lluvia por los canales laterales del camino principal.
El rubro corresponde a la construcción de cabeceras de contención de hormigón armado tipo pantalla, conforme a los detalles del plano. Se deberá tener en cuenta todo lo indicado respecto a hormigón armado en las condiciones generales de estas especificaciones. La cantidad de hormigón certificada será la que efectivamente se ejecute, conforme a las mediciones hechas en la obra, considerando que las alturas pueden ser variables.
| ITEM | RUBRO | CANT. | UNIDAD |
| 1 | Cartel de obra 2,50 x 1,50 m | 1,0 | Unidad |
| 2 | Limpieza, preparación, despeje y canalización para ancho de 6 m. | 5,4 | Km |
| 3 | Provisión y colocación de ripio de 15 cm de espesor y 6 metros de ancho | 5,4 | km |
| 4 | Esparcido y perfilado de ripio | 5,4 | Km |
| 5 | Compactación mecánica de ripio | 5,4 | Km |
| 6 | Provisión y colocación de tubos de 0,60 | 102,0 | Unidad |
| 7 | Hormigón armado para pantallas de cabecera de tubos y baranda en puente existente. | 6,0 | m3 |
Estas Normas Paraguayas de Accesibilidad al Medio Físico fueron elaboradas por la CTN 45 ACCESIBILIDAD Subcomité Accesibilidad al Medio Físico, y aprobadas por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN). Se encuentran publicadas en el Portal de Contrataciones Públicas (www.contrataciones.gov.py), vínculo Marco Legal/Documentos de Interés, desde donde podrán ser descargadas.
Las normas de accesibilidad que serán aplicadas deben incluirse en la Lista de Cantidades (Cómputo métrico) del Formulario de Oferta para permitir su cotización en conjunto con las obras objeto del contrato.
En el marco de la política de Compras Públicas Sustentables, cuyo fundamento radica en la consideración de prevalencia del impacto ambiental y social al momento de llevar adelante una contratación pública, las contratantes deberán establecer la inclusión de las Normas Técnicas en los pliegos de bases y condiciones para las contrataciones que tengan por objeto una obra nueva (Ej.: construcción de edificios, hospitales, escuelas, plazas, calles, y todas las obras que comprendan espacios de uso público, etc.)
En las contrataciones de servicios de reparación y mantenimiento de edificios, así como en la restauración de edificios históricos podrán aplicarse las Normas de Accesibilidad en la medida que razonablemente puedan ser admitidas.
El cumplimiento de estas normas en la ejecución de los trabajos deberá ser exigido a los contratistas, y para el efecto, se tomarán como referencia las Normas de Accesibilidad de las Personas al Medio Físico elaboradas por el Comité Técnico de Normalización CTN 45 Accesibilidad, del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN).
La obra debe ser ejecutada por el contratista principal y los subcontratistas en su caso, teniendo en cuenta la legislación vigente en materia ambiental, y las evaluaciones, licencias, autorizaciones, permisos, según corresponda, con el fin de que la misma cause impacto negativo mínimo directo o indirecto al medio ambiente.
Se entiende por impacto negativo todo el conjunto de alteraciones directas e indirectas provocadas por las actividades humanas sobre el medio físico, biótico, socio-económico, cultural, histórico y antropológico y que resulten costos sociales para el Estado y una disminución de la calidad de vida de la población en la que se va a ejecutar la obra.
Descripción
Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental emitido por la Secretaría del Medio Ambiente (SEAM): NO APLICA.
Permisos de la ERSSAN: NO APLICA.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
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Lista de Planos o Diseños. Adjunto en pdf aprobado por la Muncipalidad. |
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Plano o Diseño N° |
Nombre del Plano o Diseño |
Propósito |
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Los planos de la obra con la respectiva aprobación municipal se encuentran publicados en el SICP junto con el expediente del llamado.
Se entregará al contratista en forma gratuita, un (1) ejemplar de los planos que a su vez será publicado en el SICP con la convocatoria de la contratación. El contratista se encargará de obtener, por su cuenta, todos los demás ejemplares que pudiese necesitar. El contratista no podrá utilizar para otros fines distintos a los del contrato, ni comunicar a terceros los planos, especificaciones y demás documentos presentados por la contratante, excepto si ello se considera estrictamente necesario para la ejecución del contrato.
La contratante es responsable por la obtención y entrega de los planos al contratista antes de la expedición de la orden de inicio de los trabajos, conforme a las disposiciones municipales vigentes y toda otra aprobación necesaria para el inicio de la ejecución de las obras.
El atraso de parte de la contratante en la entrega de los planos prorrogará en igual forma el inicio de la ejecución de las obras.
El contratista deberá tener en la zona de obras un (1) ejemplar de los planos, variaciones o cualquier otra comunicación que se realice en virtud del contrato, realizados por él de acuerdo con las condiciones previstas en los párrafos precedentes o recibidos de la contratante para que pueda ser verificado y utilizado por el fiscal de obra. Cuando la obra requiera medidas de mitigación de riesgo como resultado de la evaluación de impacto ambiental, el documento que las contenga deberá estar disponible en el sitio de obras.
La contratante tendrá derecho de acceder a cualquier documentación relacionada con la obra que se encuentre en la zona de obras.
El contratista deberá notificar al fiscal de obra por escrito, con copia a la contratante, cuando la planeación o ejecución de las obras pudiera retrasarse o interrumpirse, como consecuencia de que el fiscal de obra o la contratante no presentaran en un plazo razonable los planos que están obligados a enviar al contratista conforme al contrato. La notificación del contratista debe precisar las características y fechas de entrega de dichos planos.
Si los retrasos de la contratante o del fiscal de obra en la entrega de los planos o presentación de las instrucciones resultaran en perjuicio del contratista, este último tendrá derecho a indemnización por este perjuicio.
La obra a ser realizada será conforme a lo siguiente:
El periodo de construcción de la obra es de 90 (noventa) días calendario, desde la orden de inicio.
Lugar: Se ejecutará en la Calle camino a San Blas en frente a la Esc. Bas. Nº 6408 Lila M. de Florentin ubicada en el centro del Distrito de General Artigas.
El Contratista está obligado a habilitar libro de obras foliado y rubricado por la Administración Municipal, en ella deberá registrar desde el primer día todos los pormenores referentes a la ejecución de las obras objeto del Contrato. La orden de inicio se emitirá dentro de los 05 días de la firma del Contrato.
Las obras contratadas que requieran de la obtención de requisitos de carácter ambiental, no podrán iniciarse antes de la obtención y presentación a la contratante de dichos requisitos.
Las empresas contratistas encargadas de la construcción de obras de infraestructura y/o viales tendrán la obligación de exhibir gráficamente letreros o vallas en lugares visibles que identifiquen a la obra y deberá contener mínimamente cuanto sigue:
El código QR mencionado en la presente cláusula, es generado a través del SICP con la emisión del código de contratación, permitiendo que a través de aplicaciones móviles pueda ser corroborada la información disponible del contrato y la situación contractual del mismo.
La convocante puede incluir otros requisitos adicionales, como por ejemplo:
No aplica
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
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INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
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Certificado Nº 1 |
Certificado Nº 1 |
Setiembre 2.024.- |
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Certificado Nº 2 |
Certificado Nº 2 |
Octubre 2.024.- |
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Certificado Nº 3 |
Certificado Nº 3 |
Noviembre 2.024.- |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.