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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
ldbenitez
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
18-09-2024 - 14:37
Fecha de Fin
23-09-2024 - 11:00
Estado

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Se requiere que el oferente cuente con un numero determinado de empleados en IPS y determinada antigüedad como condición de participación.
Descripción
El requerimiento establecido correspondiente a que la oferente cuente con cierta cantidad de personas inscriptas en IPS y con determinada antiguedad como condición de participación, se constituye en un requerimiento para la ejecución. Se solicita explicación del por qué el requisito resulta técnicamente indispensable para participar en el procedimiento de contratación
Comentario
Indican: ".... El oferente deberá presentar el listado de Recursos Humanos bajo Declaración Jurada indicando las funciones que cumplen y deberá adjuntar el Currículum Vitae de cada personal propuesto, acompañado de las documentaciones que respalden el perfil requerido y la experiencia tales como Certificados de trabajos u otros documentos que acrediten la experiencia y los trabajos similares realizados. Como mínimo el equipo de trabajo propuesto deberá estar integrado por: 10 (diez) empleados, todos inscriptos en IPS para la ejecución de los trabajos, con una antigüedad de por lo menos 6 meses antes de la apertura, validando con la presentación del Resumen de IPS..."

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Se requiere mas años de antigüedad de lo que se requiere para experiencia
Descripción
Se solicita justificar tecnicamente la antigüedad requerida, atendiendo a los años de experiencia a ser evaluados.
Comentario
Indican: "...Documentos que acrediten experiencia demostrable de por lo menos 8 años en el rubro publicitario, demostrable con la Constancia de RUC y/o el Estatuto Social, además de contar con experiencia demostrable en provisión e instalación de imagen corporativa a redes de estaciones de servicios, para lo cual deberá presentar contratos y/o facturaciones en los años 2021, 2022 y 2023, por un monto mínimo de Gs. 1.000.000.000 por año..."

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la experiencia podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
Indican: "... El oferente debe tener como actividad principal la Publicidad, con un mínimo de 8 años de antigüedad comprobable con la Constancia del RUC y/o Estatuto Social..."Se solicita que se justifique razonablemente el criterio en cuanto a la antigüedad mínima que deben cumplir los oferentes.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Prohibición de Servicios/bienes
Descripción
Atendiendo al objeto del llamado/ítems que lo componen, se recuerda la prohibición prevista en la Ley de Presupuesto/Decreto reglamentario, donde se indica que no podrán realizarse llamados y adjudicaciones para el bien/servicio pretendido.
Comentario
Se recuerda la prohibición prevista en el Decreto reglamentario 1092/24 Art.473, donde se indica que no podrán realizarse llamados y adjudicaciones para el bien/servicio pretendido.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta la remisión de la Autorización de la MITIC
Descripción
Verificado el llamado de referencia, se observa que se ha omitido la remisión de la Autorización de la MITIC, establecida en el Decreto Reglamentario de la Ley del Presupuesto General de la Nacional, como requisito para la difusión en el SICP, de procedimientos licitatorios vinculados a campañas de comunicación, informativas y de publicidad. Se solicita la remisión del mencionado documento
Comentario

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Monto de la Constancia Pluri no cubre conforme a lo previsto en el PAC.
Descripción
Se verifica que el monto indicado en el documento de plurianualidad no cubre el monto total estimado. Se solicita remitir el documento con la disponibilidad requerida.
Comentario
Se verifica que el monto indicado en el documento de plurianualidad no cubre el monto total estimado para el 2025. Se solicita remitir el documento con la disponibilidad requerida.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.