Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
CAPITAL DE COBERTURA
DESCRIPCIÓN |
JERARQUÍA |
MONTO a ASEGURAR |
SEGURO DE VIDA COLECTIVO PARA EL PERSONAL MILITAR DE LAS FFAA DE LA NACIÓN. |
SSOO GENERALES |
70.000.000 |
SSOO SUPERIORES |
65.000.000 |
|
SSOO SUBALTERNOS |
60.000.000 |
|
SUB OFICIALES |
60.000.000 |
|
SARGENTOS |
55.000.000 |
|
CADETES |
40.000.000 |
|
SARGENTO SEGUNDO |
35.000.000 |
Los montos a asegurar, corresponde individualmente a cada personal militar, según la jerarquía.
El Sistema de Adjudicación de la presente LPN es: TOTAL, en la modalidad de CONTRATO ABIERTO (PLURIANUAL 2024- 2025)
Monto Máximo: Gs 4.848.873.617
Monto Mínimo: Gs 2.424.436.809
Nro. |
Nro. De Ítem/Lote |
Descripción del Servicio |
Unidad de Medida |
Cantidad |
Presentación |
Precio Unitario (IVA incluido) |
1 |
SSOO GENERALES |
Seguro de vida |
Mes |
1 |
Evento |
|
2 |
SSOO SUPERIORES |
Seguro de vida |
Mes |
1 |
Evento |
|
3 |
SSOO SUBALTERNOS |
Seguro de vida |
Mes |
1 |
Evento |
|
4 |
SUB OFICIALES |
Seguro de vida |
Mes |
1 |
Evento |
|
5 |
SARGENTOS |
Seguro de vida |
Mes |
1 |
Evento |
|
6 |
CADETES |
Seguro de vida |
Mes |
1 |
Evento |
|
7 |
SARGENTO SEGUNDO |
Seguro de vida |
Mes |
1 |
Evento |
|
|
Precio total: |
|
El servicio será cotizado por mes para cada ítem, conforme a la cobertura asegurada solicitada. Por tanto, se podrá solicitar la cobertura desde un mes o más conforme a la necesidad y tiempo de permanencia en la Jerarquía, de modo a ir cubriendo a los personales militares conforme a la disponibilidad presupuestaria y a los montos mínimos y máximos.
MONTO A SER PAGADO EN CONCEPTO DE INDEMNIZACIÓN POR FALLECIMIENTO |
|
|||
ITEM |
Jerarquía |
Cantidad de personal Aproximada |
Monto a pagar en Gs. por Persona |
Suma Asegurada global aproximada Gs. |
1 |
SSOO GENERALES (Gral. ) / Equivalente |
55 |
70.000.000 |
3.850.000.000 |
2 |
SSOO SUPERIORES (Cnel, Tcnel, My)/ Equivalente |
1.103 |
65.000.000 |
71.695.000.000 |
3 |
SSOO SUBALTERNOS (Cap, Tte1º, Tte, Stte)/ Equivalente |
1.857 |
60.000.000 |
120.060.000.000 |
4 |
SUB OFICIALES (SOP, SOM Y SO) |
2.648 |
60.000.000 |
158.880.000.000 |
5 |
SARGENTOS (Sgto A, Sgto 1º y V sgto 1º)/ Equivalente |
9.437 |
55.000.000 |
559.845.000.000 |
6 |
CADETES / Equivalente |
1.112 |
40.000.000 |
44.480.000.000 |
7 |
SARGENTO SEGUNDO / Equivalente |
727 |
35.000.000 |
27.720.000.000 |
TOTAL Aproximado |
17.890 |
|
986.530.000.000 |
Observación: Su equivalente para la Armada.
La cantidad del personal militar es aproximada y de referencia para los potenciales oferentes a modo de poder realizar sus ofertas, ya que está sujeta a los asensos, retiros, bajas e incorporaciones que se dan durante el año y por ende durante la vigencia del contrato.
LA ASEGURADORA DEBERÁ CUBRIR:
La aseguradora garantiza que, en caso del fallecimiento del asegurado, cualquiera sea la causa (ejemplo: fallecimiento por suicidio, paro cardiaco, pandemia, epidemia etc.) que la produzca, deberá realizar el pago del capital estipulado (Monto a pagar en Gs. por Persona) a los beneficiarios designados por el mismo.
Los ejemplos citados son solamente enunciativos y no limitativos, con alcance Nacional e Internacional las 24 horas, y hasta la vigencia del contrato.
La aseguradora garantiza que en caso de que el asegurado, quedara afectado por una incapacidad total o parcial, deberá realizar el pago del capital estipulado al asegurado y/o a los beneficiarios designados por el mismo, con alcance Nacional e Internacional las 24 hs, y hasta la vigencia del contrato.
SERVICIO CONEXO:
La aseguradora garantiza que, en caso de fallecimiento del asegurado, cubrirá los gastos por servicio de velatorio y sepelio, hasta un monto máximo de Gs. 16.000.000 (Guaranies dieciséis millones), el mismo incluye el servicio de velatorio, cajón y traslado hasta el cementerio.
Para asegurar el buen cumplimiento de este criterio, la aseguradora deberá presentar con su oferta un listado cerrado de empresas a contratar para dicho servicio, las cuales deberán ser reconocidas en el rubro, con experiencia mínima de 10 años, tener salones velatorios propios (tres como mínimo), así mismo las empresas contratadas por la aseguradora deberán tener capacidad comprobada de prestación del servicio en todo el Territorio Nacional, que será demostrada con un listado de convenios de dicha empresa con entidades públicas y privadas con certificados de buen cumplimiento con las mismas (veinte convenios como mínimo).
La aseguradora proveerá al asegurado la o las empresas a contactar y si esta/s no cumple/n con los criterios solicitados será motivo de descalificación, así el nombre de la/s empresa/s encargadas del servicio de velatorio y sepelio formaran parte del contrato a ser suscripto.
La aseguradora deberá cubrir al Asegurado los gastos médicos que hayan sido ocasionados por accidentes (fracturas, traumatismo de cráneo y/o perforación de órganos) hasta un monto máximo de Gs. 10.000.000 (diez millones), no así por reposo médico.
MODALIDAD OPERATIVA:
El Asegurador proporcionará al Asegurado un Formulario de Beneficiario, a fin de proporcionar información para indemnización por fallecimiento.
Para la liquidación y pago que corresponde en el caso de deceso del asegurado, solamente serán necesarias la presentación de los siguientes documentos: 1) Formulario Individual del Beneficiario, suscripto por el Asegurado, 2) Fotocopia de Cedula del Asegurado y de los Beneficiarios señalados en el formulario.
Asimismo, estos documentos serán remitidos por Nota a la Aseguradora en la brevedad posible, acompañado de un Informe del Departamento de Moral, Justicia y Disciplina de la Dirección General del Personal (D-1) del Estado Mayor Conjunto.
En el caso de que no se cuente con el Formulario de Beneficiario firmado y completado por el Asegurado, los interesados deberán presentar la fotocopia autenticada de la Sentencia Declaratoria de Herederos, acompañado de la Fotocopia de Cédula de Identidad de los mismos. Una vez completada esta parte, el Departamento de Moral, Justicia y Disciplina de la Dirección General del Personal (D-1) del Estado Mayor Conjunto deberá realizar un Informe que será remitido por Nota a la Empresa Aseguradora.
La Aseguradora abonará en concepto de asistencia por invalidez hasta el 100% del monto a pagar en concepto de indemnización.
El porcentaje tomado para el pago en concepto de asistencia por invalidez, será proporcional al porcentaje de la invalidez contraída. Ej.: en caso de invalidez del 20%, corresponde el pago del 20% del monto a pagar en concepto de indemnización.
La comprobación de la invalidez y el porcentaje de la misma serán determinados por la Junta de Reconocimiento Médico de las Fuerzas Armadas de la Nación.
DEFINICIÓN DE LA COBERTURA DE INVALIDEZ
Incapacidad total o parcial de una persona para andar, mover algún miembro del cuerpo o realizar determinadas actividades, debida a una discapacidad física o psíquica.
La invalidez será dictaminada por la Junta de Reconocimiento Médico de las Fuerzas Armadas de la Nación, el periodo de espera seria conforme a la gravedad de cada caso una vez ocurrido.
SERVICIO DE VELATORIO Y SEPELIO:
La Compañía Aseguradora realizará los trámites pertinentes ante la Empresa de Sepelio que cumpla con los requisitos exigidos y el cual previamente será establecido en el contrato, el servicio cubrirá hasta el monto máximo establecido. La Aseguradora proporcionará una línea telefónica con asistencia las 24 horas tanto con la empresa encargada del servicio como con la aseguradora, en caso producirse tal siniestro. En esa oportunidad el beneficiario comunicará a la Aseguradora y a la Empresa que realizará el Servicio de Velatorio y Sepelio del siniestro, el beneficiario podrá contratar todos los servicios hasta la suma asegurada.
Para la determinación de gastos médicos, el asegurado deberá demostrar con diagnósticos y estudios médicos, recetario firmado por el profesional tratante y la factura legal de la compra de materiales y/o medicamentos en que haya incurrido el Asegurado.
Observación: El Seguro de Vida brinda cobertura a todo personal militar que al momento de acontecer el siniestro se encuentre en Servicio Activo, entiéndase por ello el periodo comprendido entre el nombramiento o alta del personal hasta su expulsión de la lista de revista o baja (retiro).
La Aseguradora deberá informar mensualmente al Departamento de Moral, Justicia y Disciplina de la Dirección General del Personal (D-1) del Estado Mayor Conjunto y a la Unidad Operativa de Contrataciones N° 6 Ministerio de Defensa Nacional Fuerzas Militares, los estados de pagos realizados a los Asegurados y Beneficiarios.
EXCLUSIONES DE LA COBERTURA:
Siniestros ocurridos en la comisión de delitos o crímenes. Esta situación deberá determinarse con sentencia firme y ejecutoriada sobre la responsabilidad del afectado.
La cobertura de los seguros deberá ser como sigue:
La Cobertura de Seguro de Vida tendrá DESDE LA FIRMA DEL CONTRATO EL 12 DICIEMBRE 2024 HASTA EL 12 DE DICIEMBRE DE 2025 una vigencia 12 (doce) meses
Detalle del inicio de la vigencia de cobertura por cada ítem:
Seguro de vida colectivo Vigencia desde las 00:00 h. del / /2024 hasta las 23:59 horas del / /2025.
EDAD PROMEDIO DE ASEGURADOS
Ítem |
JERARQUIA |
AÑOS |
|
1 |
SSOO GENERALES |
50 |
65 |
2 |
SSOO SUPERIORES |
38 |
60 |
3 |
SSOO SUBALTERNOS |
22 |
46 |
4 |
SUB OFICIALES |
35 |
60 |
5 |
SARGENTOS |
20 |
40 |
6 |
CADETES |
15 |
26 |
7 |
SARGENTO SEGUNDO |
18 |
26 |
SINIESTRALIDAD DE LOS ULTIMOS 3 AÑOS
FALLECIDOS/SEPELIO 2024 |
GASTO MEDICOS 2024 |
|||||
JERARQUIA |
CANTIDAD |
MONTO |
|
JERARQUIA |
CANTIDAD |
MONTO |
SSOO (OFICIALES) |
0 |
|
|
SSOO (OFICIALES) |
0 |
|
SSOO (OFICIALES) SUBALTERNO |
0 |
|
|
SSOO (OFICIALES) SUBALTERNO |
1 |
71.818.182 |
SO (SUBOFICIALES) |
2 |
135.909.091 |
|
SO (SUBOFICIALES) |
6 |
164.051.112 |
SARGENTOS |
3 |
194.090.910 |
|
SARGENTOS |
18 |
491.106.347 |
CADETES |
0 |
|
|
CADETES |
1 |
54.545.455 |
SOLDADOS PROFESIONALES |
1 |
46.818.182 |
|
SOLDADOS PROFESIONALES |
3 |
97.080.520 |
TOTAL |
|
376.818.183 |
|
TOTAL |
|
878.601.616 |
FALLECIDOS/SEPELIO 2023 |
GASTO MEDICOS 2023 |
|||||
JERARQUIA |
CANTIDAD |
MONTO |
|
JERARQUIA |
CANTIDAD |
MONTO |
SSOO (OFICIALES) |
0 |
|
|
SSOO (OFICIALES) |
2 |
4.181.818 |
SSOO (OFICIALES) SUBALTERNO |
3 |
296.136.364 |
|
SSOO (OFICIALES) SUBALTERNO |
4 |
10.155.029 |
SO (SUBOFICIALES) |
5 |
355.786.364 |
|
SO (SUBOFICIALES) |
11 |
67.606.446 |
SARGENTOS |
22 |
1.439.618.181 |
|
SARGENTOS |
30 |
121.995.018 |
CADETES |
0 |
|
|
CADETES |
0 |
|
SOLDADOS PROFESIONALES |
2 |
57.363.636 |
|
SOLDADOS PROFESIONALES |
4 |
9.522.871 |
TOTAL |
|
2.148.904.545 |
|
TOTAL |
|
213.461.182 |
FALLECIDOS/SEPELIO 2022 |
GASTO MEDICOS 2022 |
|||||
JERARQUIA |
CANTIDAD |
MONTO |
|
JERARQUIA |
CANTIDAD |
MONTO |
SSOO (OFICIALES) |
0 |
|
|
SSOO (OFICIALES) |
0 |
|
SSOO (OFICIALES) SUBALTERNO |
1 |
75.000.000 |
|
SSOO (OFICIALES) SUBALTERNO |
2 |
1.973.890 |
SO (SUBOFICIALES) |
0 |
|
|
SO (SUBOFICIALES) |
0 |
|
SARGENTOS |
3 |
189.136.364 |
|
SARGENTOS |
0 |
|
CADETES |
0 |
|
|
CADETES |
0 |
|
SOLDADOS PROFESIONALES |
0 |
|
|
SOLDADOS PROFESIONALES |
0 |
|
TOTAL |
|
264.136.364 |
|
TOTAL |
|
1.973.890 |
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
No. De Artículo
[Insertar el N° del Artículo]
Nombre de los Bienes o Servicios
[Indicar nombre]
Especificaciones Técnicas y Normas
[indicar ET y Normas]
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
PLAN DE ENTREGA DE LA PÓLIZA DE SEGUROS:
Una vez recepcionada la Orden de Compra y/o Servicio por parte de la Aseguradora, la misma deberá entregar la póliza de seguro dentro del plazo de 05 (cinco) días corridos. La póliza de seguros será entregada en la Dirección General de Administración y Finanzas del Comando de las Fuerzas Militares sito en la Avda. Gral. Santos esquina Mcal. López. El horario de recepción es de 07:00hs a 12:00hs y de 14:00hs a 17:00hs de lunes a viernes.
En la póliza en ningún caso se establecerán condiciones que no se encuentren expresamente previstas en el Pliego de Bases y Condiciones del llamado o del Contrato; en el caso de que se establezcan términos que difieren a lo originalmente pactado, la misma será de ningún valor.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento: Por Facturas y póliza. Frecuencia: ANUAL
NDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
ORDEN DE SERVICIO |
Póliza / Endoso |
Dentro de los 5 (cinco) días calendarios de la firma del contrato correspondiente y conforme a la emisión de la Orden de servicio (5 (cinco) días calendarios) según necesidad durante la vigencia del contrato |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.