BUENAS TARDES. AL RESPECTO DE SU CONSULTA, SE EMITIRÁ UNA ADENDA.
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REQUISITOS DE PARTICIPACION Y CRITERIO DE EVALUACIÓN - Capacidad Financiera
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
2. Calificación de la aseguradora: "AA-" al cierre de los tres últimos ejercicios financieros, siendo este último al 30 de junio 2023 publicado por la Superintendencia de Seguros del Banco Central del Paraguay. Adjuntar copia de los indicadores financieros y calificación de riesgos.
3. Patrimonio propio no comprometido: Cien mil millones de guaraníes (Gs. 100.000.000.000.-) al 30 de junio de 2023.
4. Fondo de garantía: treinta mil millones de guaraníes (Gs. 30.000.000.000.-) al 30 de junio de 2023.-
8. Capital Social:
Al 30/06/2021: Gs. 50.000.000.000.- (Guaraníes, cincuenta mil millones);
Al 30/06/2022: Gs. 60.000.000.000.- (Guaraníes, sesenta mil millones);
Al 30/06/2023: Gs. 70.000.000.000.- (Guaraníes, setenta mil millones).
Solicitamos que se considerada la calificación A+ al cierre del 30/06/2023, atendiendo los informes publicados por la Superintendencia de Seguros, así también cabe mencionar que la nomenclatura (+) y (-) solo indica la tendencia de las principales categorías, no representando la solvencia de la compañía. ¿Cuál es el criterio en sentido técnico-financiero de exigir dichos montos para el Patrimonio propio no comprometido, el Fondo de Garantía y Capital Social ?, para lo que solicitamos que lo consideren Gs. 34.000.000.000.- en adelante para el año mencionado de Patrimonio Propio no Comprometido y Gs. 10.000.000.000 en adelante para el año mencionado de Fondo de Garantía, de Gs. 40.000.000.000.- en adelante para el Capital Social.
Pedimos respetuosamente a la convocante que estos requisitos de capacidad financiera sean reducidos de manera a no limitar la participación de potenciales oferentes lo cual no beneficiaria a la institución, así también en concordancia a lo dispuesto en la Ley Nº 7021 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS. Es importante mencionar que las Compañías Aseguradoras están Reguladas por la Superintendencia de Seguros, entidad que ejerce un estricto control sobre el funcionamiento de las Aseguradoras, considerando para ello indicadores tales como: capital mínimo exigible, márgenes de solvencia, provisiones y reservas, fondos de garantía entre otros, requisitos que garantizan el cumplimiento de los contratos o pólizas de seguros de cada entidad.
10-09-2024
12-09-2024
REQUISITOS DE PARTICIPACION Y CRITERIO DE EVALUACIÓN - Capacidad Financiera
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
2. Calificación de la aseguradora: "AA-" al cierre de los tres últimos ejercicios financieros, siendo este último al 30 de junio 2023 publicado por la Superintendencia de Seguros del Banco Central del Paraguay. Adjuntar copia de los indicadores financieros y calificación de riesgos.
3. Patrimonio propio no comprometido: Cien mil millones de guaraníes (Gs. 100.000.000.000.-) al 30 de junio de 2023.
4. Fondo de garantía: treinta mil millones de guaraníes (Gs. 30.000.000.000.-) al 30 de junio de 2023.-
8. Capital Social:
Al 30/06/2021: Gs. 50.000.000.000.- (Guaraníes, cincuenta mil millones);
Al 30/06/2022: Gs. 60.000.000.000.- (Guaraníes, sesenta mil millones);
Al 30/06/2023: Gs. 70.000.000.000.- (Guaraníes, setenta mil millones).
Solicitamos que se considerada la calificación A+ al cierre del 30/06/2023, atendiendo los informes publicados por la Superintendencia de Seguros, así también cabe mencionar que la nomenclatura (+) y (-) solo indica la tendencia de las principales categorías, no representando la solvencia de la compañía. ¿Cuál es el criterio en sentido técnico-financiero de exigir dichos montos para el Patrimonio propio no comprometido, el Fondo de Garantía y Capital Social ?, para lo que solicitamos que lo consideren Gs. 34.000.000.000.- en adelante para el año mencionado de Patrimonio Propio no Comprometido y Gs. 10.000.000.000 en adelante para el año mencionado de Fondo de Garantía, de Gs. 40.000.000.000.- en adelante para el Capital Social.
Pedimos respetuosamente a la convocante que estos requisitos de capacidad financiera sean reducidos de manera a no limitar la participación de potenciales oferentes lo cual no beneficiaria a la institución, así también en concordancia a lo dispuesto en la Ley Nº 7021 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS. Es importante mencionar que las Compañías Aseguradoras están Reguladas por la Superintendencia de Seguros, entidad que ejerce un estricto control sobre el funcionamiento de las Aseguradoras, considerando para ello indicadores tales como: capital mínimo exigible, márgenes de solvencia, provisiones y reservas, fondos de garantía entre otros, requisitos que garantizan el cumplimiento de los contratos o pólizas de seguros de cada entidad.
En relación a lo solicitado se informa lo siguiente: El Pliego de Bases y Condiciones fue elaborado sobre la base de las necesidades institucionales, y contempla requisitos que garanticen oferentes con capacidad suficiente para prestar el servicio. Los niveles de solvencia requeridos fueron establecidos de acuerdo con la cobertura solicitada en esta convocatoria y a la envergadura de los riesgos licitados. Teniendo en cuenta lo mencionado, nos mantenemos en las condiciones del PBC.
Es por eso que esta Convocante en atención al capital a ser asegurado, fijó los criterios de capacidad financiera, a fin de asegurarse la contratación de compañías con solidez económica que en caso de eventuales siniestros de gran magnitud pueda cumplir con los mismos en tiempo y forma. Esto considerando la naturaleza de nuestras actividades y permanente exposición al peligro en que el personal militar desarrolla sus tareas cotidianas.
La Ley 7021/22 DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS establece que se buscará satisfacer las necesidades públicas con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado paraguayo las mejores condiciones, la obtención de los mejores resultados y el logro de las metas propuestas, a través de la utilización adecuada de los recursos públicos. La Convocante no limita la participación de potenciales oferentes, ya que en el mercado nacional existen varias compañías del rubro que cumplen con las exigencias requeridas en el presente llamado.