Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Vigencia solicitada Favor confirmar vigencia solicitada. 23-08-2024 02-09-2024
2 REQUISITOS DE PARTICIPACION Y CRITERIO DE EVALUACIÓN - Capacidad Financiera Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices: 2. Calificación de la aseguradora: "AA-" al cierre de los tres últimos ejercicios financieros, siendo este último al 30 de junio 2023 publicado por la Superintendencia de Seguros del Banco Central del Paraguay. Adjuntar copia de los indicadores financieros y calificación de riesgos. 3. Patrimonio propio no comprometido: Cien mil millones de guaraníes (Gs. 100.000.000.000.-) al 30 de junio de 2023. 4. Fondo de garantía: treinta mil millones de guaraníes (Gs. 30.000.000.000.-) al 30 de junio de 2023.- 8. Capital Social: Al 30/06/2021: Gs. 50.000.000.000.- (Guaraníes, cincuenta mil millones); Al 30/06/2022: Gs. 60.000.000.000.- (Guaraníes, sesenta mil millones); Al 30/06/2023: Gs. 70.000.000.000.- (Guaraníes, setenta mil millones). Solicitamos que se considerada la calificación A+ al cierre del 30/06/2023, atendiendo los informes publicados por la Superintendencia de Seguros, así también cabe mencionar que la nomenclatura (+) y (-) solo indica la tendencia de las principales categorías, no representando la solvencia de la compañía. ¿Cuál es el criterio en sentido técnico-financiero de exigir dichos montos para el Patrimonio propio no comprometido, el Fondo de Garantía y Capital Social ?, para lo que solicitamos que lo consideren Gs. 34.000.000.000.- en adelante para el año mencionado de Patrimonio Propio no Comprometido y Gs. 10.000.000.000 en adelante para el año mencionado de Fondo de Garantía, de Gs. 40.000.000.000.- en adelante para el Capital Social. Pedimos respetuosamente a la convocante que estos requisitos de capacidad financiera sean reducidos de manera a no limitar la participación de potenciales oferentes lo cual no beneficiaria a la institución, así también en concordancia a lo dispuesto en la Ley Nº 7021 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS. Es importante mencionar que las Compañías Aseguradoras están Reguladas por la Superintendencia de Seguros, entidad que ejerce un estricto control sobre el funcionamiento de las Aseguradoras, considerando para ello indicadores tales como: capital mínimo exigible, márgenes de solvencia, provisiones y reservas, fondos de garantía entre otros, requisitos que garantizan el cumplimiento de los contratos o pólizas de seguros de cada entidad. 10-09-2024 12-09-2024
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