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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
ccastillo
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
16-08-2024 - 15:57
Fecha de Fin
22-08-2024 - 10:19
Estado

Observaciones

Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Documentos del SICP
Situación
Porcentaje de contribución en los contratos suscriptos
Descripción
En la proforma del Contrato solicitamos actualizar el porcentaje de contribución sobre contratos suscriptos de acuerdo a la norma legal vigente.
Comentario
En el contrato y en las condiciones de pago, favor adecuar el porcentaje de la tasa de contribución del 0,5 conforme al art. 277 de la Ley 7228/2023.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Dictamen deficiente
Descripción
Se solicita ampliar las justificaciones del supuesto expuesto en el dictamen remitido.
Comentario
Solicitamos ampliar el Dictamen UOC, del supuesto de excepción, con su correspondiente acto administrativo que lo apruebe, aclarando que hechos han impedido el desarrollo de la elaboración de la convocatoria ordinaria durante el tiempo de la ejecución del contrato anterior, y a su vez, argumentar que la urgencia no se encuentre causada por la negligencia o imprevisión. Ya que, con la indicación de que el proceso es realizado por esta vía para acortar los plazos del proceso licitatorio, se estaría desnaturalizando el concepto de la contratación por urgencia impostergable, la cual debe ser probada, concreta, objetiva e inmediata y de tal naturaleza que no pudiera esperarse el resultado de un procedimiento de contratación ordinario o complementario, sino con grave perjuicio a los intereses públicos, conforme a lo establecido en la normativa vigente. Recordamos que; la figura de los procedimientos de contratación por excepción debe ser resguardada para casos de situaciones y/o eventos presentados de manera impredecibles y que pudieran escapar de una planificación ordinaria y no como un mecanismo para reducir los plazos de contratación. Además, de especificar qué hecho/s ha sido la causa de la urgencia en atención a que la necesidad de un servicio no es una urgencia impostergable por sí mismo. Solicitamos acompañar mayores datos, respecto a la urgencia invocada: (informes técnicos, notas de solicitudes, memorándum, etc.) como antecedentes de hechos que impidieron realizar una convocatoria ordinaria durante la ejecución del contrato anterior.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.