Datos de la Verificación
Usuario Verificador
gbarreto
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
27-08-2024 - 14:48
Fecha de Fin
29-08-2024 - 17:40
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Discrepancia en los requisitos y/o las condiciones establecidas en las cláusulas del pliego/carta de invitación.
Descripción
Se verifican discrepancias en cuanto a los requisitos y/o las condiciones establecidas en las cláusulas del Pliego de Bases y Condiciones/Carta de Invitación, se solicita subsanar.
Comentario
En el apartado de formas y condiciones de pago la convocante indica que El pago se realizará en guaraníes, dentro de los 60 (sesenta) días calendarios, después de la fecha de presentación de la factura correspondiente en PETROPAR, sin embargo en los demas puntos del pliego y las documentaciones remitidas mencionan dolares.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Cotización en moneda extranjera
Descripción
En el contenido de las documentaciones se observan montos expresados en dólares, y el proceso no se enmarca en la clasificación
de un proceso de carácter internacional, en razón a los casos indicados como tal en la normativa vigente.
Comentario
1 ) Tanto en el dictamen de estimación de costos, el Pliego de Bases y Condiciones y otras documentaciones remitidas establecieron que la moneda de cotización y de pago serían en moneda extranjera (dólares), sin embargo NO se acreditó el amparo legal para establecer una moneda diferente al nacional tal como determina el art. 39 del Decreto 9823.(inc. q) Indicación de la moneda en que se cotizará y de la moneda de pago: i) En caso de bienes, servicios u obras que se provean desde el territorio nacional, la moneda de oferta y pago será la moneda nacional; ii) En caso de bienes, servicios u obras que se provean fuera del territorio nacional, podrán aceptarse, con amparo legal, cotización y pago en moneda extranjera; iii) En caso de que los bienes, servicios u obras sean proveídos por proveedores o contratistas no domiciliados en Paraguay, podrán aceptarse, con amparo legal, cotización y pago en moneda extranjera.).// 2 ) Considerando la observación que antecede solicitamos a la convocante replantear lo indicado en la planilla de precios del SICP y el dictamen de estimación de costo.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No se previo Objeto de Gasto
Descripción
Se solicita incluir en el PAC el objeto de gasto correspondiente y necesario para todos los bienes/servicios requeridos a fin de realizar una correcta imputación y remitir el CDP.
Comentario
Teniendo en cuenta el Objeto del llamado "Servicio de Flete de Gas Licuado" y lo establecido en el Clasificador Presupuestario el Objeto de Gasto indicado por la Convocante 440 no corresponde.
Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución,
es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34
inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo.
Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante.
Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio,
debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Comentario
se deja constancia que la modalidad seleccionada por la Convocante en la planificación ( SBE ) no corresponde a la presente licitación.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.