Datos de la Verificación
Usuario Verificador
edboy
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
13-08-2024 - 18:06
Fecha de Fin
19-08-2024 - 07:56
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1) Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica: Solicitamos indicar copias simplres.//
2) PBC - FORMAS Y CONDICIONES DE PAGO: Considerando que el proceso se rige por la Ley 7021, favor suprimir (... Así también los contratos celebrados bajo la Ley Nº 2.051/2003 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, que se encuentren en ejecución, seguirán abonando el porcentaje establecido en el párrafo que antecede a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, Ministerio de la Defensa Pública y Ministerio de Justicia, hasta el pago total de los mismos"...).//
3) Modelo de Contrato- Administración del Contrato: Indican " LIC. CELESTE JUDITH ECHAGUE VELAZQUEZ" Recordamos a la convocante que entre las funciones de la UOC no está establecido ser administrador de contrato. A fin de evitar inconvenientes posteriores y por prudencia administrativa, sugerimos a la convocante replantear el departamento y/o dependencia encargada de administrar el contrato.//
4) Considerando el objeto de llamado "MANTENIMIENTO Y REPARACIONES VARIAS", el proceso debe ser por Contrato Abierto.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No realiza la combinación de precios/ o no utiliza 3 precios. Precios referenciales
Descripción
Se recuerda que las Convocantes deberán seleccionar al menos tres precios obtenidos, de la combinación de dos
o más de las opciones disponibles en el anexo de la reglamentación, sin embargo, en el Dictamen remitido no se
observa la fundamentación del porqué no se puede utilizar la combinacion de fuentes para la obtencion del
precio referencial o no se cuenta con la cantidad minima requerida. Se solicita subsanar.
Comentario
Se visualiza que no realiza la combinación de fuentes, asi como prevé la normativa vigente. Favor AMPLIAR la justificación y/o fundamentación indicando del porque no realizo la combinación de fuentes para la adquisicion de precios referenciales
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.