Contribuyentes de IRE GENERAL: Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
Donde dice: Endeudamiento: pasivo total / activo total. No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los tres (3) ejercicios fiscales requeridos. (2021, 2022, 2023)
Solicitamos:
Son criterios que no pueden ser visto de manera aislada, ya que es importante considerar la identificación de los estándares de Endeudamiento del sector en el que se desempeña, así como también las inversiones para desarrollar de nuestro sector. Estos puntos puede ser parámetro importante para determinados tipos de procesos licitatorios que requieren fuertes cantidades de inversión inicial y/o la entrega de anticipos por parte del Estado para el inicio de obras. Ante lo mencionado, solicitamos la consideración de disminuir el "Nivel de Endeudamiento mayor o igual a 0,93".
Si bien entendemos que los números de ratios financieros, son estándares establecidos por la DNCP, y en varias consultas realizadas a la DNCP nos mencionan que son solo niveles "sugeridos" por la misma y por ende cambiarlos queda a cargo de la convocante.
A nuestro criterio, realizar esta modificación dará la oportunidad de participar en esta Licitación a más oferentes, con beneficio directo para la Entidad ya que garantizará la posibilidad de obtener los mejores precios y calidad de servicio.
Contribuyentes de IRE GENERAL: Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
Donde dice: Endeudamiento: pasivo total / activo total. No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los tres (3) ejercicios fiscales requeridos. (2021, 2022, 2023)
Solicitamos:
Son criterios que no pueden ser visto de manera aislada, ya que es importante considerar la identificación de los estándares de Endeudamiento del sector en el que se desempeña, así como también las inversiones para desarrollar de nuestro sector. Estos puntos puede ser parámetro importante para determinados tipos de procesos licitatorios que requieren fuertes cantidades de inversión inicial y/o la entrega de anticipos por parte del Estado para el inicio de obras. Ante lo mencionado, solicitamos la consideración de disminuir el "Nivel de Endeudamiento mayor o igual a 0,93".
Si bien entendemos que los números de ratios financieros, son estándares establecidos por la DNCP, y en varias consultas realizadas a la DNCP nos mencionan que son solo niveles "sugeridos" por la misma y por ende cambiarlos queda a cargo de la convocante.
A nuestro criterio, realizar esta modificación dará la oportunidad de participar en esta Licitación a más oferentes, con beneficio directo para la Entidad ya que garantizará la posibilidad de obtener los mejores precios y calidad de servicio.
Se sugiere ajustarse a lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones.
Esta convocante considera que el requerimiento de endeudamiento establecido en el Pliego de Bases y Condiciones es razonable, ya que exige que los oferentes acrediten en forma fehaciente su capacidad financiera a fin de ejecutar el contrato requerido.
2
Autorización del Fabricante
En el PBC en la pag. 10 manifiesta que "NO SE APLICA" la el documento de Autorización del Fabricante, entendemos que esto no es un requisito fundamental ya que lo que la contratante solicita es un servicio y no un bien. Pero en la pag. 25 del PBC textualmente dice: "Estos equipamientos propios de la institución son equipos FORTIGATE, del fabricante Fortinet, por lo que el oferente deberá contar con el mas alto nivel de partner para con el fabricante, presentando la Carta de Autorización indicando el nivel de asociación (partner) con el fabricante, que será exigida en la presentación de ofertas con referencia al llamado en proceso.
Adicional el Oferente deberá contar con 2(dos) técnicos NSE4 y al menos un técnico NSE7."
Claramente expresa que el oferente deberá contar con un" Alto Nivel" de partner con el fabricante, "presentando la Carta de Autorización indicando en nivel de Asociación", debido a la naturaleza de lo solicitado en el PBC, esto NO implica ningún suministro de un BIEN, sino un SERVICIO. Por favor sírvanse aclarar este punto.
En el PBC en la pag. 10 manifiesta que "NO SE APLICA" la el documento de Autorización del Fabricante, entendemos que esto no es un requisito fundamental ya que lo que la contratante solicita es un servicio y no un bien. Pero en la pag. 25 del PBC textualmente dice: "Estos equipamientos propios de la institución son equipos FORTIGATE, del fabricante Fortinet, por lo que el oferente deberá contar con el mas alto nivel de partner para con el fabricante, presentando la Carta de Autorización indicando el nivel de asociación (partner) con el fabricante, que será exigida en la presentación de ofertas con referencia al llamado en proceso.
Adicional el Oferente deberá contar con 2(dos) técnicos NSE4 y al menos un técnico NSE7."
Claramente expresa que el oferente deberá contar con un" Alto Nivel" de partner con el fabricante, "presentando la Carta de Autorización indicando en nivel de Asociación", debido a la naturaleza de lo solicitado en el PBC, esto NO implica ningún suministro de un BIEN, sino un SERVICIO. Por favor sírvanse aclarar este punto.
La solicitud de la Carta de Autorización del fabricante Fortinet y la exigencia de que el oferente cuente con un alto nivel de asociación (partner) con Fortinet se fundamenta en la necesidad de garantizar la integridad y seguridad de la infraestructura existente del Ministerio de Educación y Ciencias (MEC). Los equipos FortiGate, propiedad del MEC, son componentes críticos para la seguridad y conectividad de la red institucional.
El nivel de partner con Fortinet asegura que el proveedor tiene acceso directo a soporte técnico avanzado, recursos, y las mejores prácticas del fabricante, lo cual es esencial para el mantenimiento y configuración adecuada de estos equipos. La correcta implementación y gestión de los dispositivos FortiGate requieren conocimientos especializados y certificación que validen la capacidad técnica del oferente para manejar la infraestructura del MEC sin comprometer su seguridad.
Por lo tanto, la Carta de Autorización es un requisito necesario para garantizar que el proveedor está oficialmente respaldado por Fortinet y que cuenta con la capacidad técnica y el soporte necesario para brindar un servicio que cumpla con los estándares requeridos. Se sugiere a los oferentes ajustarse a lo especificado en el Pliego de Bases y Condiciones.
Además, cabe mencionar que toda la infraestructura de red y seguridad del MEC están sobre los equipos Fortinet firewall 1200 D y 1100E y el proveedor del servicio deberá de configurar en esos equipos obligatoriamente todo lo relacionado a Internet, VPN e IPP como 10 menciona en el PBC.
3
Carta de Autorización indicando
Carta de Autorización indicando en nivel de Asociación (pag. 25): este tipo de exigencias no tiene ninguna relevancia con el servicio solicitado, esto tendría relevancia en caso de suministrar equipos de la marca Fortinet. Lo solicitado en el PBC es "Suministro de Servicios de INTERNET y VPN de Respaldo", con servicios de configuración de equipos Fortinet que posee la institución, para este punto, el PBC exige 2 disponer 2(dos) técnicos NSE4 y al menos un técnico NSE7, entendemos que la exigencia de disponer de 1 técnico con Certificación NSE7 (el nivel mas Alto de Certificación de la marca Fortinet) es una exigencia que tiende a eliminar a muchos potenciales oferentes (Proveedoras de Servicios de Internet) que puedan presentar sus ofertas y que estan calificados para satisfacer los servicios requeridos. Para la configuración de la VPN de respaldo no es necesario exigir Certificación NSE7, y también las Certificaciones (NSE4), esto lo pueden realizar técnicos de la empresa oferente, que conocen del rubro y que están calificados y certificados para realizar este tipo de servicio. Solicitamos re-considerar este punto a fin de que mas oferentes puedan presentar sus ofertas.
Carta de Autorización indicando en nivel de Asociación (pag. 25): este tipo de exigencias no tiene ninguna relevancia con el servicio solicitado, esto tendría relevancia en caso de suministrar equipos de la marca Fortinet. Lo solicitado en el PBC es "Suministro de Servicios de INTERNET y VPN de Respaldo", con servicios de configuración de equipos Fortinet que posee la institución, para este punto, el PBC exige 2 disponer 2(dos) técnicos NSE4 y al menos un técnico NSE7, entendemos que la exigencia de disponer de 1 técnico con Certificación NSE7 (el nivel mas Alto de Certificación de la marca Fortinet) es una exigencia que tiende a eliminar a muchos potenciales oferentes (Proveedoras de Servicios de Internet) que puedan presentar sus ofertas y que estan calificados para satisfacer los servicios requeridos. Para la configuración de la VPN de respaldo no es necesario exigir Certificación NSE7, y también las Certificaciones (NSE4), esto lo pueden realizar técnicos de la empresa oferente, que conocen del rubro y que están calificados y certificados para realizar este tipo de servicio. Solicitamos re-considerar este punto a fin de que mas oferentes puedan presentar sus ofertas.
La exigencia de contar con técnicos certificados NSE4 y NSE7 por Fortinet está directamente relacionada con la complejidad y criticidad de la infraestructura de red del Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), la cual depende de equipos FortiGate para garantizar la seguridad y conectividad continua.
Certificación NSE4: Los técnicos con certificación NSE4 están capacitados para configurar, operar y solucionar problemas en dispositivos FortiGate. Esto es fundamental para asegurar que los equipos del MEC sean gestionados de acuerdo con las mejores prácticas del fabricante, evitando configuraciones inseguras que podrían comprometer la red.
Certificación NSE7: La certificación NSE7 acredita a los técnicos con un nivel avanzado de competencia, necesario para abordar configuraciones complejas y resolver problemas críticos en la red del MEC. Este nivel de certificación garantiza que los técnicos puedan manejar situaciones avanzadas, asegurando la estabilidad y seguridad del servicio.
La exigencia de estos niveles de certificación es fundamental para asegurar que el servicio de soporte y configuración en los equipos Fortinet sea realizado por personal altamente calificado, garantizando así la continuidad y seguridad de la red del MEC. Se recomienda a los oferentes ajustarse a los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones.
Además, cabe mencionar que toda la infraestructura de red y seguridad del MEC están sobre los equipos Fortinet firewall 1200 D y 1100E y el proveedor del servicio deberá de configurar en esos equipos obligatoriamente todo lo relacionado a Internet, VPN e IPP como lo menciona en el PBC.
4
Solicitud de consideración - Nivel de Endeudamiento
Contribuyentes de IRE GENERAL: Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
Donde dice: Endeudamiento: pasivo total / activo total. No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los tres (3) ejercicios fiscales requeridos. (2021, 2022, 2023)
Solicitamos:
Son criterios que no pueden ser visto de manera aislada, ya que es importante considerar la identificación de los estándares de Endeudamiento del sector en el que se desempeña, así como también las inversiones para desarrollar de nuestro sector. Estos puntos puede ser parámetro importante para determinados tipos de procesos licitatorios que requieren fuertes cantidades de inversión inicial y/o la entrega de anticipos por parte del Estado para el inicio de obras. Ante lo mencionado, solicitamos la consideración de disminuir el "Nivel de Endeudamiento mayor o igual a 0,93".
Si bien entendemos que los números de ratios financieros, son estándares establecidos por la DNCP, y en varias consultas realizadas a la DNCP nos mencionan que son solo niveles "sugeridos" por la misma y por ende cambiarlos queda a cargo de la convocante.
A nuestro criterio, realizar esta modificación dará la oportunidad de participar en esta Licitación a más oferentes, con beneficio directo para la Entidad ya que garantizará la posibilidad de obtener los mejores precios y calidad de servicio.
Favor tener en cuenta que ya participamos y fuimos adjudicados en una licitación anterior, con los mismos ratios financieros:
419295 - CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONECTIVIDAD PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DEL MEC - PLURIANUAL.
Desde <https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/adjudicacion/419295-contratacion-servicios-conectividad-establecimientos-educativos-mec-plurianual-1/resumen-adjudicacion.html>
29-08-2024
05-09-2024
Solicitud de consideración - Nivel de Endeudamiento
Contribuyentes de IRE GENERAL: Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
Donde dice: Endeudamiento: pasivo total / activo total. No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los tres (3) ejercicios fiscales requeridos. (2021, 2022, 2023)
Solicitamos:
Son criterios que no pueden ser visto de manera aislada, ya que es importante considerar la identificación de los estándares de Endeudamiento del sector en el que se desempeña, así como también las inversiones para desarrollar de nuestro sector. Estos puntos puede ser parámetro importante para determinados tipos de procesos licitatorios que requieren fuertes cantidades de inversión inicial y/o la entrega de anticipos por parte del Estado para el inicio de obras. Ante lo mencionado, solicitamos la consideración de disminuir el "Nivel de Endeudamiento mayor o igual a 0,93".
Si bien entendemos que los números de ratios financieros, son estándares establecidos por la DNCP, y en varias consultas realizadas a la DNCP nos mencionan que son solo niveles "sugeridos" por la misma y por ende cambiarlos queda a cargo de la convocante.
A nuestro criterio, realizar esta modificación dará la oportunidad de participar en esta Licitación a más oferentes, con beneficio directo para la Entidad ya que garantizará la posibilidad de obtener los mejores precios y calidad de servicio.
Favor tener en cuenta que ya participamos y fuimos adjudicados en una licitación anterior, con los mismos ratios financieros:
419295 - CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONECTIVIDAD PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DEL MEC - PLURIANUAL.
Desde <https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/adjudicacion/419295-contratacion-servicios-conectividad-establecimientos-educativos-mec-plurianual-1/resumen-adjudicacion.html>
Se sugiere ajustarse a lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones.
Esta convocante considera que el requerimiento de endeudamiento establecido en el Pliego de Bases y Condiciones es razonable, ya que exige que los oferentes acrediten en forma fehaciente su capacidad financiera a fin de ejecutar el contrato requerido.