Debido a la magnitud de la propuesta a presentar, la cantidad de consultas que fueron enviadas al portal y que faltan responder, y la cantidad de profesionales que se necesita conseguir para este trabajo, solicitamos una prórroga de 30 días para la fecha de entrega de ofertas, con el objetivo de conformar una oferta de la calidad.
Debido a la magnitud de la propuesta a presentar, la cantidad de consultas que fueron enviadas al portal y que faltan responder, y la cantidad de profesionales que se necesita conseguir para este trabajo, solicitamos una prórroga de 30 días para la fecha de entrega de ofertas, con el objetivo de conformar una oferta de la calidad.
En la respuesta a la consulta 4, se indica que para la exigencia redactada en el PBC de demostrar participación en servicio de consultoría de diseño y fiscalización de obras, se admitirá presentar en contratos por separado, pero si o sí conforme a lo indicado en el criterio. Indica posteriormente que no se realizará la modificación al criterio. Al respecto, resulta IMPRESCINDIBLE modificar por ADENDA la redacción a efectos de transparentar la evaluación posterior. Es DIAMETRALMENTE OPUESTO solicitar dos servicios de diseño y fiscalización de al menos 2 obras, que aceptar servicios separados de diseño y de fiscalización de al menos 2 obras diferentes. FAVOR CORREGIR EL PBC DE MANERA INMEDIATA CON UNA REDACCIÓN QUE NO SE PRESTE A INTERPRETACIONES ERRADAS.
En la respuesta a la consulta 4, se indica que para la exigencia redactada en el PBC de demostrar participación en servicio de consultoría de diseño y fiscalización de obras, se admitirá presentar en contratos por separado, pero si o sí conforme a lo indicado en el criterio. Indica posteriormente que no se realizará la modificación al criterio. Al respecto, resulta IMPRESCINDIBLE modificar por ADENDA la redacción a efectos de transparentar la evaluación posterior. Es DIAMETRALMENTE OPUESTO solicitar dos servicios de diseño y fiscalización de al menos 2 obras, que aceptar servicios separados de diseño y de fiscalización de al menos 2 obras diferentes. FAVOR CORREGIR EL PBC DE MANERA INMEDIATA CON UNA REDACCIÓN QUE NO SE PRESTE A INTERPRETACIONES ERRADAS.
En la respuesta 6, se indica que se pueden demostrar en contrato por separados los servicios de consultoría de diseño y fiscalización de obra de agua y/o Saneamiento Urbano de al menos 2 contratos de obras. Asimismo, si el criterio va a ser modificado por adenda, se solicita aclarar si lo que puede ser por separado serían: opción 1) dos contratos de diseño y fiscalización de obras de agua y/o de saneamiento urbano; opción 2) un contrato de diseño de obras de agua y/o de saneamiento urbano más un contrato de fiscalización de obras de agua y/o de saneamiento urbano; opción 3) dos contratos de diseño de obras de agua y/o de saneamiento urbano más dos contratos de fiscalización de obras de agua y/o de saneamiento urbano. La redacción de la respuesta 6 genera más dudas al cumplimiento del requerimiento que es eliminativo, y no corresponde realizar esta aseveración en una respuesta a consulta, sino debería ser modificado el requerimiento eliminativo en una ADENDA, y además implicaría ampliación de plazo ya que es motivo de eliminación su interpretación y aplicación errada, y su aplicabilidad daría o no posibilidad de participación a empresas que con la redacción actual no pueden participar (la mayoría de las interesadas)
En la respuesta 6, se indica que se pueden demostrar en contrato por separados los servicios de consultoría de diseño y fiscalización de obra de agua y/o Saneamiento Urbano de al menos 2 contratos de obras. Asimismo, si el criterio va a ser modificado por adenda, se solicita aclarar si lo que puede ser por separado serían: opción 1) dos contratos de diseño y fiscalización de obras de agua y/o de saneamiento urbano; opción 2) un contrato de diseño de obras de agua y/o de saneamiento urbano más un contrato de fiscalización de obras de agua y/o de saneamiento urbano; opción 3) dos contratos de diseño de obras de agua y/o de saneamiento urbano más dos contratos de fiscalización de obras de agua y/o de saneamiento urbano. La redacción de la respuesta 6 genera más dudas al cumplimiento del requerimiento que es eliminativo, y no corresponde realizar esta aseveración en una respuesta a consulta, sino debería ser modificado el requerimiento eliminativo en una ADENDA, y además implicaría ampliación de plazo ya que es motivo de eliminación su interpretación y aplicación errada, y su aplicabilidad daría o no posibilidad de participación a empresas que con la redacción actual no pueden participar (la mayoría de las interesadas)
Al igual que la respuesta 6, la manera de aplicabilidad del criterio es diametralmente opuesta a la determinada en el PBC, por lo que para poder cumplirse debería ser objeto de una ADENDA que modifique el criterio e indique la forma correcta de consideración de las experiencias, defina la cantidad requerida y el monto total a cumplir entre ellas. Se solicita la ADENDA con la redacción que deje clara la manera de aplicación del criterio que es de carácter CUMPLE / NO CUMPLE
Al igual que la respuesta 6, la manera de aplicabilidad del criterio es diametralmente opuesta a la determinada en el PBC, por lo que para poder cumplirse debería ser objeto de una ADENDA que modifique el criterio e indique la forma correcta de consideración de las experiencias, defina la cantidad requerida y el monto total a cumplir entre ellas. Se solicita la ADENDA con la redacción que deje clara la manera de aplicación del criterio que es de carácter CUMPLE / NO CUMPLE
La respuesta indica que se pueden sumar la cantidad de contratos que resulten necesarios para llegar al valor del requerimiento, que es el 50% del monto total del presupuesto, y que pueden ser experiencias en contratos por separado, sin aclarar si la separación es en diseño y/o fiscalización. Cualquiera sea la respuesta, esta es diametralmente opuesta a lo determinado por el PBC, por lo que se solicita la ADENDA que ajuste la redacción y no se preste a las varias interpretaciones de las múltiples respuestas sobre este tema.
La respuesta indica que se pueden sumar la cantidad de contratos que resulten necesarios para llegar al valor del requerimiento, que es el 50% del monto total del presupuesto, y que pueden ser experiencias en contratos por separado, sin aclarar si la separación es en diseño y/o fiscalización. Cualquiera sea la respuesta, esta es diametralmente opuesta a lo determinado por el PBC, por lo que se solicita la ADENDA que ajuste la redacción y no se preste a las varias interpretaciones de las múltiples respuestas sobre este tema.
El PBC indica que para el Cargo de Especialista Electromecánico, el profesional a ser propuesto debe cumplir, como calificaciones generales, ser profesional de Ingeniería Electromecánica. La respuesta 23 modifica la interpretación, indicando se admitirá que sea un Ingeniero Electricista con especialización electromecánica. Esta modificación deberá ser regularizada por una ADENDA para ser considerada. Entendemos que la respuesta a una consulta solo es a efectos de aclarar un requerimiento, pero no lo modifica. Favor confirmar esta interpretación y que acción se tomará para encauzar el proceso.
El PBC indica que para el Cargo de Especialista Electromecánico, el profesional a ser propuesto debe cumplir, como calificaciones generales, ser profesional de Ingeniería Electromecánica. La respuesta 23 modifica la interpretación, indicando se admitirá que sea un Ingeniero Electricista con especialización electromecánica. Esta modificación deberá ser regularizada por una ADENDA para ser considerada. Entendemos que la respuesta a una consulta solo es a efectos de aclarar un requerimiento, pero no lo modifica. Favor confirmar esta interpretación y que acción se tomará para encauzar el proceso.
Teniendo en cuenta la magnitud de la propuesta y los 23 profesionales que debemos conseguir , solicitamos una prorroga de 30 dias para poder cumplir con todas las exigencias.
Teniendo en cuenta la magnitud de la propuesta y los 23 profesionales que debemos conseguir , solicitamos una prorroga de 30 dias para poder cumplir con todas las exigencias.
En caso de “CONSORCIO, Algún socio debe cumplir con el 60% indicado como mínimo; Algún socio debe cumplir con el 20% como mínimo”. Entendemos que se calcula el 60% y el 20% del monto total del presupuesto estimado en la presente licitación. ¿Es correcta nuestra interpretación?
En caso de “CONSORCIO, Algún socio debe cumplir con el 60% indicado como mínimo; Algún socio debe cumplir con el 20% como mínimo”. Entendemos que se calcula el 60% y el 20% del monto total del presupuesto estimado en la presente licitación. ¿Es correcta nuestra interpretación?
Teniendo en cuenta la cantidad de Consultas realizadas, y que aún no se han respondido en su totalidad y que las mismas son de suma importancia para la preparación de la propuesta; solicitamos una ampliación de por lo menos a 30 días para la presentación de las ofertas.
Teniendo en cuenta la cantidad de Consultas realizadas, y que aún no se han respondido en su totalidad y que las mismas son de suma importancia para la preparación de la propuesta; solicitamos una ampliación de por lo menos a 30 días para la presentación de las ofertas.
INCONSISTENCIA - Requerimiento Experiencia General
Atendiendo a que el criterio de Experiencia General indica que las experiencias deben corresponder a un monto de al menos el 50% del monto total del presupuesto, y para el caso de Consorcio se admite que uno de los socios cumpla solo 60% del 50% del monto total del presupuesto (que corresponde al 30% del monto total del presupuesto) y otro el 20% del 50% del monto total del presupuesto (que corresponde al 10% del monto total del presupuesto), en el caso de Consorcio de dos empresas, el requerimiento del monto es solo del 40% del monto total del presupuesto. Favor aclarar esta INCONSISTENCIA.
07-08-2024
20-08-2024
INCONSISTENCIA - Requerimiento Experiencia General
Atendiendo a que el criterio de Experiencia General indica que las experiencias deben corresponder a un monto de al menos el 50% del monto total del presupuesto, y para el caso de Consorcio se admite que uno de los socios cumpla solo 60% del 50% del monto total del presupuesto (que corresponde al 30% del monto total del presupuesto) y otro el 20% del 50% del monto total del presupuesto (que corresponde al 10% del monto total del presupuesto), en el caso de Consorcio de dos empresas, el requerimiento del monto es solo del 40% del monto total del presupuesto. Favor aclarar esta INCONSISTENCIA.