Condición de Participación

Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.

Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".

 

Sucursales

En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.

Requisitos de Calificación

Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.    

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

  1. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas, la declaración jurada de no estar comprendido en las prohibiciones y limitaciones para presentar propuesta y contratar, y además las constancias de registro de estructura jurídica y de beneficiarios finales.
  2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22.
  3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos, aparecen en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL.
  4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
  5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Personas, debidamente firmado, conforme a los estándares establecidos,  y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de “Sanciones a Proveedores” del SICP. Con el objeto de verificar si los directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se encuentren dentro de los criterios contemplados en los incisos g), h), i), y j) de la Ley 7021/22.
  6. El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente y las obrantes en el registro de inhabilitados de la DNCP.
  7. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos en virtud a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 7021/22, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la DNCP para los fines pertinentes.

 

Metodo de Evaluación

Basado únicamente en precio

Análisis de precios ofertados

La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:

    1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

 

Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro dispuesto en el presente apartado.

Composición de Precios

La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:

  • Costo de Producción: gastos por importación / arancel aduanero.
  • Gastos Administrativos: salario del personal, carga social.
  • Gastos de Distribución y/o Comercialización: flete, papelería.
  • Otros Gastos
  • Impuestos
  • Ganancia

Margen de preferencia en procedimientos de contratación de carácter internacional

En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:

  1. El empleo de los recursos humanos del país.
  2. La adquisición y locación de bienes producidos en la República del Paraguay.

Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.

Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación.

        1. Formulario de Oferta (*)

[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.

En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]

        1. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) 

La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.

        1. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social (**)
        1. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**)
        1. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**)
        1. Patente comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento del oferente. (**)
        1. Declaración Jurada de “Declaración de Personas”,   de conformidad con el formulario estándar  - Sección Formularios (**)
        2.  Documentos legales .Oferentes.

8.1. Personas Físicas.

      1. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta. (*)
      1. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes – RUC (*)
      1. En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia simple del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el poder esté inscripto en el Registro de Poderes. (*)

8.2. Personas Jurídicas.

  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos. (*)
  2. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes. (*)
  3. Fotocopia simple de los documentos de identidad de los representantes o apoderados de la sociedad. (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*)
  1.  

8.3. Oferentes en Consorcio.

  1. Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes Individuales. Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*)
  1. Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
      1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
      2. Los documentos societarios de cada miembro del consorcio, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
    1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la Empresa Líder del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
    2. Los documentos societarios de la Empresa Líder, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

 

 

En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

Contribuyente de IRE GENERAL

Deberán cumplir con el siguiente parámetro:

  • Ratio de Liquidez (activo corriente / pasivo corriente): Deberá ser igual o mayor que 1,15 en promedio, en los años 2021, 2022 y 2023.
  • Endeudamiento (pasivo total / activo total): No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, de los años 2021, 2022 y 2023
  • Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida no deberá ser negativo en promedio de los años 2021, 2022 y 2023
  • Capital Operativo (activo corriente pasivo corriente): El oferente, deberá poseer un capital positivo y no inferior al 15 % (quince por ciento) del monto total de la oferta (en caso de contrato abierto por monto mínimo y monto máximo, deberá ser por el monto máximo del llamado), lo cual será corroborado por medio del Balance General del último año (2023) pudiendo completar dicho porcentaje con la presentación de certificado de una entidad financiera calificada que demuestre la disponibilidad de línea de crédito suficiente para justificar el porcentaje mencionado

Contribuyentes de IRE SIMPLE

Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso): Deberá ser igual o mayor que 1,15 el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos,2021, 2022 y 2023.

Oferente en consorcio:

Requisitos Mínimos

Socio Líder

Cada Socio

Todas las partes Combinadas

Ratio de Liquidez (activo corriente / pasivo corriente): Deberá ser igual o mayor que 1,15 en promedio, en los años 2021, 2022 y 2023.

Debe cumplir con el Requisito

Debe cumplir con el Requisito

No Aplica

Endeudamiento (pasivo total / activo total): No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, de los años 2021, 2022 y 2023

Debe cumplir con el Requisito

Debe cumplir con el Requisito

No Aplica

Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida no deberá ser negativo en promedio de los años 2021, 2022 y 2023

Debe cumplir con el Requisito

Debe cumplir con el Requisito

No Aplica

Capital Operativo (activo corriente pasivo corriente): El oferente, deberá poseer un capital positivo y no inferior al 15 % (quince por ciento) del monto total de la oferta (en caso de contrato abierto por monto mínimo y monto máximo, deberá ser por el monto máximo del llamado), lo cual será corroborado por medio del Balance General del último año (2023) pudiendo completar dicho porcentaje con la presentación de certificado de una entidad financiera calificada que demuestre la disponibilidad de línea de crédito suficiente para justificar el porcentaje mencionado.

40 % como mínimo del porcentaje solicitado

10 % como mínimo del porcentaje solicitado

El consorcio en su conjunto deberá cumplir con el 100 % del porcentaje solicitado.

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

a Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los tres últimos años (2021, 2022 y 2023) para contribuyente de IRE GENERAL
b Formulario 106 de los tres últimos años (2021, 2022 y 2023) para contribuyentes del IRE SIMPLE

 

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

 

Haber facturado en conjunto prestaciones de servicios de la misma naturaleza al objeto del llamado (servicios de limpieza general) a instituciones públicas o privadas durante los 5 (cinco) últimos años (2019, 2020, 2021, 2022 y 2023), un volumen de negocio equivalente en sumatoria al 50% (cincuenta por ciento) como mínimo del valor de su oferta (Presentar Fotocopia de contratos y/o facturas).

Oferente en consorcio:

Requisitos Mínimos

Socio Líder

Cada Socio

Todas las partes Combinadas

Haber facturado en conjunto prestaciones de servicios de la misma naturaleza al objeto del llamado (servicios de limpieza general) a instituciones públicas o privadas durante los 5 (Cinco) últimos años (2019,2020,2021,2022,2023), un volumen de negocio equivalente en  sumatoria al 50% (cincuenta por ciento) como mínimo del valor de su oferta (Presentar Fotocopia de contratos y/o facturas).

40 % como mínimo del porcentaje solicitado

10 % como mínimo del porcentaje solicitado

El consorcio en su conjunto deberá cumplir con el 100% del porcentaje solicitado.

Para la evaluación deberán ajustarse a los requerimientos solicitados para todos los lotes 

Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia

1. Copia de facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida.

2. Con el objeto de corroborar experiencia especifica el oferente deberá presentar como mínimo de 1 (un) Certificado o Acta de Recepción Final de Servicios similares, expedidos por Instituciones Públicas o Privadas dentro de los últimos 05 (cinco) años (2019, 2020, 2021, 2022, 2023), que avalen el buen desempeño del oferente en la prestación del servicio.

Para el Hospital Central, el Hospital de Especialidades Quirúrgicas Ingavi, los oferentes deberán presentar certificados, por los menos 1 (un) dentro de los 5 cinco últimos años (2019-2020-2021-2022 y 2023) de haber realizado trabajos de limpieza e higienización en hospitales con servicios de Unidades de Cuidados Intensivos, Intermedios y quirófanos (la falta de dicho documento descalifica automáticamente al oferente para estos Lotes específicos). Dicho documento deberá estar debidamente sellado y firmado por el funcionario competente.

 

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

Empresas o Sociedades Privadas:

  1. Las empresas o sociedades privadas de limpieza e higienización, deben tener una antigüedad como mínimo de 36 (treinta y seis) meses en el mercado nacional en la prestación remunerada de servicios de limpieza e higienización, demostrados en la Constancia del RUC (inscripción en el rubro de limpieza), Actas de Asambleas, Actas de Directorios, vigente a la fecha del acta de apertura del sobre oferta.
  2. Presentar una Declaración jurada en la que garantice realizar la provisión de Equipos de protección personal para el personal (cascos, guantes, gafas, botas, zapatones, etc.) y uniforme adecuado e identificación visible.
  3. Cenificado de Cumplimiento con el Seguro Social.
  4. Demostrar experiencia en el manejo de al menos 25% de personal solicitado por cada lote ofertado, mediante presentación de Planilla de Asegurados en el Instituto de Previsión Social del mes anterior al acta de apertura del sobre oferta.
  5. Declaración Jurada donde manifieste que la Empresa y sus Directivos, se encuentra plenamente habilitados a participar de este Ilamado, como así también que el desarrollo de sus actividades están plenamente ajustados a derecho, y dando estricto cumplimiento a las normas y leyes que regulan el funcionamiento del servicio ofertado.
  6. Haber facturado en prestaciones de servicios de la misma naturaleza al objeto del Ilamado (servicios de limpieza general) a instituciones públicas o privadas dentro de los últimos 5 (años) años 2019, 2020, 2021,2022 y 2023 un volumen de negocio equivalente en sumatoria al 50% (Cincuenta por ciento) como mínimo del valor de su oferta (Presentar Fotocopia de contratos y/o facturas).
  7. Declaración jurada del Oferente de poseer la capacidad de suministrar equipamiento e insumos en tiempo y forma de lo solicitado.
  8. Certificado de haber realizado la Visita Técnica, o en su defecto, todo Oferente que no efectué dicha visita, deberá presentar una declaración jurada en su oferta de que se hallan plenamente conformes de todo cuanto se relaciona con la naturaleza del servicio y la localización y zona, para preparar la oferta y celebrar el contrato.
  9. Declaración Jurada de conocer y aceptar el Pliego de Bases y Condiciones y las Adendas.
  10. Planilla de Precios en planilla Excel en medios magnéticos, versión 2003 o posterior.
  11. Presentación como mínimo de 3 (tres) Certificados o Actas de Recepción Final de Servicios similares, expedidos por Instituciones Públicas o Privadas dentro de los últimos 05 (cinco) años, que avalen el buen desempeño del oferente en la prestación del servicio.
  12. Para el Hospital Central, el Hospital de Especialidades Quirúrgicas lngavi, los oferentes deberán presentar certificados, por los menos 1 (uno) (dentro de los 5 cinco últimos años) de haber realizado trabajos de limpieza e higienización en hospitales con servicios de Unidades de Cuidados Intensivos, Intermedios y quirófanos (la falta de dicho documento descalifica automáticamente al oferente para ese Lote especifico). Dicho documento deberá estar debidamente sellado y firmado por el funcionario competente.
  13. Las empresas o sociedades privadas de limpieza e higienización, deberán proveer de todas las facturas o documentos que demuestren la tenencia y/o propiedad de por los menos 50% de los equipos, herramientas y maquinarias indispensables para la limpieza del Hospital Central y el Hospital de Especialidades Quirúrgicas Ingavi (Lote N° 2 todos los ítems, Lote 3 ítem 9.)
  14. Constancia de Inscripción en el Registro de Prestadores de Servicios, emitido por el Ministerio de Industria y Comercio. Conforme lo establece la ley 4558/11 y el Decreto N° 9649/12 que reglamenta la aplicación del Margen de Preferencia.
  15. Reglamento interno de la empresa de condiciones de trabajo, homologado, legalizado y registrado por el Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social
  16. Certificado Laboral vigente a la fecha del Acta de Apertura del sobre oferta expedida por la Dirección de Registro Obrero Patronal del MTESS.
  17. Certificados de capacitación de gestión de residuos generados en establecimientos de salud y afines, expedidos por la Dirección General de Salud Ambiental DIGESA en virtud a la Ley N° 3361/07 y su Decreto Reglamentario N° 6238/11, para el Hospital Central y el Hospital de Especialidades Quirúrgicas Ingavi (Lote N° 2 todos los Ítems, Lote 3 Ítem 9.). El contratista deberá contar mínimamente con el 10% de la cantidad exigida en cada lote ofertado.
  18. Las empresas oferentes deberán presentar Certificación Ambiental ISO 14001:2015, a modo de demostrar que posee un sistema de gestión ambiental. (PARA LOS LOTES 2 Y 3).
  19. Las empresas oferentes deberán presentar Certificación de Calidad ISO 9001:2015, a modo de demostrar que posee un sistema de medición de calidad de su gestión.
  20. Las empresas oferentes deberán contar en su plantel con un Técnico profesional en Seguridad y Salud Ocupacional categoría A, habilitado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, con antigüedad mínima de 6 (seis) meses anteriores  a la fecha del acta de apertura de sobre oferta, la cual deberá demostrar con planilla de Seguro Social o con contrato laboral en carácter homologado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
  21. Las empresas oferentes deberán contar con Comisiones Internas de Prevención de Accidentes (CIPA) debidamente reconocida y homologada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
  22. Certificado Laboral expedido por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social vigente a la fecha del acta de apertura del sobre oferta.
  23. Para todos los lotes, las empresas oferentes deberán presentar con su oferta muestras, registros sanitarios vigentes y ensayos del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) de los siguientes productos: Detergente, Desodorante líquido de piso, jabón para manos, alcohol desinfectante de superficies al 70%, desinfectante para pisos, limpia vidrio y cera liquida. Para el Lote 2 Hospital Central los oferentes deberán presentar registros sanitarios vigentes y ensayos del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) del hipoclorito de sodio al 8,5% para el LOTE 3 y 5 hipoclorito de sodio al 8%, además deberán presentar registros sanitarios vigentes, ficha técnica del detergente multiuso limpiador aromatizante y desinfectante con efecto residual a base de amonio cuaternario. (Cuyo listado (marca/procedencia/presentación) deberá estar expresamente acompañado con la declaración jurada que formara parte del Contrato para la recepción de los bienes por parte del Administrador).
  24. Las empresas oferentes deberán contar máquinas aplicador de Vapor y Aspirador Industrial para desinfección con capacidad de aplicación en seco y húmedo que permita aspirar en una sola pasada, con una presión mínima de aplicación de 5 Bar y una temperatura en caldera de por lo menos 160º C., los cuales deben reunir las especificaciones mencionadas demostrables mediante: Factura de compra a nombre del oferente, como mínimo con 02 (dos) para uso en el Hospital Central - Lote N° 2 todos los Ítems, y 02 (dos) en el Hospital de Especialidades Quirúrgicas Ingavi ( Lote 3 Ítem 9.).
  25. El oferente deberá presentar su Patente Comercial, la cual deberá estar acorde a la dirección declarada en el formulario de ofertas.
  26. Las empresas oferentes deberán contar como mínimo con 02 (dos) vehículos de tracción sencilla del tipo utilitario de por lo menos de 1000 kg de capacidad de carga con logo de la Empresa, para uso en el Hospital Central y el Hospital de Especialidades Quirúrgicas Ingavi (Lote N° 2 todos los Ítems, Lote 3 Ítem 9.) debiendo demostrar su propiedad con la 4/5 presentación de copia autenticada de la Cedula Verde a nombre del oferente. En el caso de no demostrar la propiedad de los vehículos adjuntar copia del contrato privado y/o contrato de alquiler. En caso de consorcio cualquiera de los miembros puede cumplir con este requisito.
  27. Declaración Jurada de que los insumos a utilizarse contarán con los registros sanitarios y ensayos del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) al momento de la ejecución contractual.

Oferentes Consorciados:

a. Haber facturado en conjunto prestaciones de servicios de la misma naturaleza al objeto del llamado (servicios de limpieza general) a instituciones públicas o privadas durante los 5 (cinco) últimos años (2019, 2.020, 2.021,  2.022 y 2023), un volumen de negocio equivalente a la sumatoria del 50% (cincuenta por ciento) como mínimo del valor de su oferta (Presentar Fotocopia de contratos y/o facturas).

b. Las partes en su conjunto que conformen un consorcio, deben tener una antigüedad como mínimo de 36 (treinta y seis) meses en el mercado nacional en la prestación remunerada de servicios de limpieza e higienización, y estar inscriptos en el rubro de referencia en el Registro Único de Contribuyente (RUC).

c. Todas las partes que lo conforman un consorcio son solidariamente responsables frente a la Contratante por el cumplimiento de las disposiciones del Contrato, debiendo designar como gestor a la parte de mayor participación para que esta actué como único responsable y representante, con autoridad para comprometer al Consorcio, de conformidad al Artículo 25 de la Ley 2051/03. La composición o constitución del Consorcio, no podrá ser alterada sin el previo consentimiento de la Contratante.

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

Empresas o Sociedades Privadas:

  1. Las empresas o sociedades privadas de limpieza e higienización, deben tener una antigüedad como mínimo de 36 (treinta y seis) meses en el mercado nacional en la prestación remunerada de servicios de limpieza e higienización, demostrados en la Constancia del RUC (inscripción en el rubro de limpieza), Actas de Asambleas, Actas de Directorios, vigente a la fecha del acta de apertura del sobre oferta.
  2. Presentar una Declaración jurada en la que garantice realizar la provisión de Equipos de protección personal para el personal (cascos, guantes, gafas, botas, zapatones, etc.) y uniforme adecuado e identificación visible.
  3. Cenificado de Cumplimiento con el Seguro Social.
  4. Demostrar experiencia en el manejo de al menos 25% de personal solicitado por cada lote ofertado, mediante presentación de Planilla de Asegurados en el Instituto de Previsión Social del mes anterior al acta de apertura del sobre oferta.
  5. Declaración Jurada donde manifieste que la Empresa y sus Directivos, se encuentra plenamente habilitados a participar de este Ilamado, como así también que el desarrollo de sus actividades están plenamente ajustados a derecho, y dando estricto cumplimiento a las normas y leyes que regulan el funcionamiento del servicio ofertado.
  6. Haber facturado en prestaciones de servicios de la misma naturaleza al objeto del Ilamado (servicios de limpieza general) a instituciones públicas o privadas dentro de los últimos 5 (años) años 2019, 2020, 2021,2022 y 2023 un volumen de negocio equivalente en sumatoria al 50% (Cincuenta por ciento) como mínimo del valor de su oferta (Presentar Fotocopia de contratos y/o facturas).
  7. Declaración jurada del Oferente de poseer la capacidad de suministrar equipamiento e insumos en tiempo y forma de lo solicitado.
  8. Certificado de haber realizado la Visita Técnica, o en su defecto, todo Oferente que no efectué dicha visita, deberá presentar una declaración jurada en su oferta de que se hallan plenamente conformes de todo cuanto se relaciona con la naturaleza del servicio y la localización y zona, para preparar la oferta y celebrar el contrato.
  9. Declaración Jurada de conocer y aceptar el Pliego de Bases y Condiciones y las Adendas.
  10. Planilla de Precios en planilla Excel en medios magnéticos, versión 2003 o posterior.
  11. Presentación como mínimo de 3 (tres) Certificados o Actas de Recepción Final de Servicios similares, expedidos por Instituciones Públicas o Privadas dentro de los últimos 05 (cinco) años, que avalen el buen desempeño del oferente en la prestación del servicio.
  12. Para el Hospital Central, el Hospital de Especialidades Quirúrgicas lngavi, los oferentes deberán presentar certificados, por los menos 1 (uno) (dentro de los 5 cinco últimos años) de haber realizado trabajos de limpieza e higienización en hospitales con servicios de Unidades de Cuidados Intensivos, Intermedios y quirófanos (la falta de dicho documento descalifica automáticamente al oferente para ese Lote especifico). Dicho documento deberá estar debidamente sellado y firmado por el funcionario competente.
  13. Las empresas o sociedades privadas de limpieza e higienización, deberán proveer de todas las facturas o documentos que demuestren la tenencia y/o propiedad de por los menos 50% de los equipos, herramientas y maquinarias indispensables para la limpieza del Hospital Central y el Hospital de Especialidades Quirúrgicas Ingavi (Lote N° 2 todos los ítems, Lote 3 ítem 9.)
  14. Constancia de Inscripción en el Registro de Prestadores de Servicios, emitido por el Ministerio de Industria y Comercio. Conforme lo establece la ley 4558/11 y el Decreto N° 9649/12 que reglamenta la aplicación del Margen de Preferencia.
  15. Reglamento interno de la empresa de condiciones de trabajo, homologado, legalizado y registrado por el Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social
  16. Certificado Laboral vigente a la fecha del Acta de Apertura del sobre oferta expedida por la Dirección de Registro Obrero Patronal del MTESS.
  17. Certificados de capacitación de gestión de residuos generados en establecimientos de salud y afines, expedidos por la Dirección General de Salud Ambiental DIGESA en virtud a la Ley N° 3361/07 y su Decreto Reglamentario N° 6238/11, para el Hospital Central y el Hospital de Especialidades Quirúrgicas Ingavi (Lote N° 2 todos los Ítems, Lote 3 Ítem 9.). El contratista deberá contar mínimamente con el 10% de la cantidad exigida en cada lote ofertado.
  18. Las empresas oferentes deberán presentar Certificación Ambiental ISO 14001:2015, a modo de demostrar que posee un sistema de gestión ambiental. (PARA LOS LOTES 2 Y 3).
  19. Las empresas oferentes deberán presentar Certificación de Calidad ISO 9001:2015, a modo de demostrar que posee un sistema de medición de calidad de su gestión.
  20. Las empresas oferentes deberán contar en su plantel con un Técnico profesional en Seguridad y Salud Ocupacional categoría A, habilitado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, con antigüedad mínima de 6 (seis) meses anteriores  a la fecha del acta de apertura de sobre oferta, la cual deberá demostrar con planilla de Seguro Social o con contrato laboral en carácter homologado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
  21. Las empresas oferentes deberán contar con Comisiones Internas de Prevención de Accidentes (CIPA) debidamente reconocida y homologada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
  22. Certificado Laboral expedido por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social vigente a la fecha del acta de apertura del sobre oferta.
  23. Para todos los lotes, las empresas oferentes deberán presentar con su oferta muestras, registros sanitarios vigentes y ensayos del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) de los siguientes productos: Detergente, Desodorante líquido de piso, jabón para manos, alcohol desinfectante de superficies al 70%, desinfectante para pisos, limpia vidrio y cera liquida. Para el Lote 2 Hospital Central los oferentes deberán presentar registros sanitarios vigentes y ensayos del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) del hipoclorito de sodio al 8,5% para el LOTE 3 y 5 hipoclorito de sodio al 8%, además deberán presentar registros sanitarios vigentes, ficha técnica del detergente multiuso limpiador aromatizante y desinfectante con efecto residual a base de amonio cuaternario. (Cuyo listado (marca/procedencia/presentación) deberá estar expresamente acompañado con la declaración jurada que formara parte del Contrato para la recepción de los bienes por parte del Administrador).
  24. Las empresas oferentes deberán contar máquinas aplicador de Vapor y Aspirador Industrial para desinfección con capacidad de aplicación en seco y húmedo que permita aspirar en una sola pasada, con una presión mínima de aplicación de 5 Bar y una temperatura en caldera de por lo menos 160º C., los cuales deben reunir las especificaciones mencionadas demostrables mediante: Factura de compra a nombre del oferente, como mínimo con 02 (dos) para uso en el Hospital Central - Lote N° 2 todos los Ítems, y 02 (dos) en el Hospital de Especialidades Quirúrgicas Ingavi ( Lote 3 Ítem 9.).
  25. El oferente deberá presentar su Patente Comercial, la cual deberá estar acorde a la dirección declarada en el formulario de ofertas.
  26. Las empresas oferentes deberán contar como mínimo con 02 (dos) vehículos de tracción sencilla del tipo utilitario de por lo menos de 1000 kg de capacidad de carga con logo de la Empresa, para uso en el Hospital Central y el Hospital de Especialidades Quirúrgicas Ingavi (Lote N° 2 todos los Ítems, Lote 3 Ítem 9.) debiendo demostrar su propiedad con la 4/5 presentación de copia autenticada de la Cedula Verde a nombre del oferente. En el caso de no demostrar la propiedad de los vehículos adjuntar copia del contrato privado y/o contrato de alquiler. En caso de consorcio cualquiera de los miembros puede cumplir con este requisito.
  27. Declaración Jurada de que los insumos a utilizarse contarán con los registros sanitarios y ensayos del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) al momento de la ejecución contractual.

Oferentes Consorciados:

a. Haber facturado en conjunto prestaciones de servicios de la misma naturaleza al objeto del llamado (servicios de limpieza general) a instituciones públicas o privadas durante los 5 (cinco) últimos años (2019, 2.020, 2.021,  2.022 y 2023), un volumen de negocio equivalente a la sumatoria del 50% (cincuenta por ciento) como mínimo del valor de su oferta (Presentar Fotocopia de contratos y/o facturas).

b. Las partes en su conjunto que conformen un consorcio, deben tener una antigüedad como mínimo de 36 (treinta y seis) meses en el mercado nacional en la prestación remunerada de servicios de limpieza e higienización, y estar inscriptos en el rubro de referencia en el Registro Único de Contribuyente (RUC).

c. Todas las partes que lo conforman un consorcio son solidariamente responsables frente a la Contratante por el cumplimiento de las disposiciones del Contrato, debiendo designar como gestor a la parte de mayor participación para que esta actué como único responsable y representante, con autoridad para comprometer al Consorcio, de conformidad al Artículo 25 de la Ley 2051/03. La composición o constitución del Consorcio, no podrá ser alterada sin el previo consentimiento de la Contratante.

 

Otros documentos adicionales a la oferta que demuestren que los bienes o servicios ofertados cumplen con las especificaciones técnicas

NO APLICA.

Otros criterios que la convocante requiera

Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:

Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar, (**) conforme al Art 4° de la Ley 4558/11, Si la oferta evaluada como la más baja es una oferta de un bien importado, esta será comparada con la oferta más baja del bien nacional, agregándole al precio total del bien importado una suma equivalente al porcentaje establecido en el Artículo 2° y su modificación Ley 6575/20. Si en dicha comparación adicional, la oferta del bien producido en el Paraguay resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta del bien proveniente del extranjero.

Aclaración de las ofertas

Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.

A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.

Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.

No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.

Disconformidad, errores y omisiones

Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.

A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.

Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:

a)            Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.

b)           Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.

c)            En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.

Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.

Criterios de desempate de ofertas

En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.

Criterios de Adjudicación

De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.

La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.

En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.

En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.

En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.

La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.      

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.