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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
dareco
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
30-06-2024 - 15:56
Fecha de Fin
04-07-2024 - 14:08
Estado

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
No establece criterio para el documento establecido
Descripción
Se solicita establecer el criterio de evaluación de la documentación solicitada.
Comentario
Criterio Experiencia, parámetro de "Certificación de calidad en los procesos de distribución de alimentos para consumo humano, avalada por entidad acreditada conforme al Decreto 3900/10 que reglamenta la Ley 2279/03 y amplía la Ley 1028/97" consultamos con qué documento exactamente deberá acreditar dicha certificación el oferente.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1) Sistema de adjudicación utilizado no corresponde, teniendo en cuenta los Lineamientos establecidos por el CONAE y aprobados por Res. 01/2024 recordamos a la convocante: "A los efectos de generar economía de escala, optimización logística y previsibilidad en los precios se deberá dividir por zonas de provisión y en cada una de estas zonas deberá contar con un lote especifico de establecimientos educativos a los efectos de licitar los servicios de manera integral" (Apartado de la provisión organizada por Lotes).// 2) Plazo de Validez de la Garantía indicado en el SICP (90) difiere de lo indicado en el PBC, clausula de periodo de validez de la garantía, página 9 se ha indicado (120).// 3) Clausula de Visita Técnica en el PBC, se ha indicado "documento que deberá de ser presentado al momento de la apertura de ofertas. La no presentación del mismo será motivo de descalificación" recordamos a la convocante que el acta si bien es una condición de participación no constituye un requisito sustancial al momento de la presentación y apertura de ofertas.// 4) Teniendo en cuenta que el proceso reviste de carácter Plurianual, se deberá indicar en la proforma de contrato, específicamente en cláusula que hace referencia a la vigencia del contrato y en el pliego referente a pagos que la validez o continuidad de la contratación quedará supeditada a la disponibilidad de créditos presupuestarios aprobados y asignación del Plan Financiero en los Ejercicios Fiscales siguientes (Artículo 44 de la Ley N° 7021/22).// 5) Clausula de Multiplicidad de criterios del PBC: teniendo en cuenta que para la evaluación se tomará como criterio aspectos de sostenibilidad social consultamos a la convocante cómo los siguientes parámetros "Mínimo del cincuenta por ciento (50 %) del total del plantel inscripto en el IPS integrado por mujeres", "Mínimo de una (1) persona con discapacidad inscripta en el IPS", "Programa de responsabilidad social" otorgarán la mayor relación de valor por dinero para la convocante y determinarán una mejor oferta de acuerdo a la naturaleza del llamado.// 6) Ponderación de criterios de evaluación, teniendo en cuenta que se determina un porcentaje de ponderación para cada criterio consultamos cómo se realizará la evaluación de los mismos o como se analizaría dicha clausula a fin de garantizar las mejores condiciones de participación.// OBSERVACIÓN PARA LA CONVOCANTE: Los documentos tildados como CORRECTOS ya no son precisos de remitir nuevamente con el reparo, solo aquellos que fueran tildados como INCORRECTOS.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No realiza la combinación de precios/ o no utiliza 3 precios. Precios referenciales
Descripción
Se recuerda que las Convocantes deberán seleccionar al menos tres precios obtenidos, de la combinación de dos o más de las opciones disponibles en el anexo de la reglamentación, sin embargo, en el Dictamen remitido no se observa la fundamentación del porqué no se puede utilizar la combinacion de fuentes para la obtencion del precio referencial o no se cuenta con la cantidad minima requerida. Se solicita subsanar.
Comentario
1) No se verifica la combinación de fuentes para desayuno/merienda: solo se visualiza que se ha utilizado una sola fuente "potenciales oferentes".// 2) No se adjuntan las respuestas de solicitud de presupuesto de los oferentes: Empresa Altair S.A. y Mony S.A.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones
Descripción
Falta acompañar los antecedentes tales como: notas, normativas, informes técnicos, fotos, artículos periodísticos, etc.
Comentario
1) No se remite Resolución CONAE por la cual se aprueban las transferencias de créditos para el proyecto.// 2) Favor remitir el dictamen técnico de EETT (Inciso a) del Art. 40 de la res. 4401/23). Recordamos que la finalidad del dictamen es realizar argumentaciones e indicar las razones o motivos técnicos por los cuales solicitan los requerimientos que componen su base licitatoria. (Circular DNCP 27/24).//

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.