Solicitamos a la convocante, cambiar las fechas de las visitas, teniendo en cuenta la distancia y el corto tiempo que fue publicado la convocatoria, esto limitaría la participación de posibles oferentes. Además, la visita o inspección técnica debe fijarse al menos un (1) día hábil antes de la fecha tope de consulta.
Solicitamos a la convocante, cambiar las fechas de las visitas, teniendo en cuenta la distancia y el corto tiempo que fue publicado la convocatoria, esto limitaría la participación de posibles oferentes. Además, la visita o inspección técnica debe fijarse al menos un (1) día hábil antes de la fecha tope de consulta.
la Ley Hambre Cero es un paso importante hacia la garantía del derecho a la educación y la lucha contra la inseguridad alimentaria en las escuelas paraguayas, esto necesariamente nos obliga a establecer criterios que nos permitan garantizar que los potenciales oferentes, no solo conozcan los establecimientos educativos del departamento, sino también la peripecias que conllevan ser proveedor del Departamento de Alto Paraguay, por ello necesariamente indicamos que el oferente deberá ajustarse a lo indicado en el SICP.-
Así mismo aclaramos que esto fue efectuado en base a los criterios establecidos dentro de la normativa que regula las visitas o inspecciones técnicas, donde las mismas pueden ser fijadas hasta al menos un (1) día hábil antes de la fecha tope de consulta y no necesariamente el día hábil previo a la apertura.
Si bien el llamado fue publicado el 05/07/2024, hasta la visita técnica han transcurrido 4 días para la primera visita y 5 días para la segunda visita, lo cual consideramos es un tiempo prudencial para llegar a cualquier rincón del país, teniendo la movilidad acondicionada para el efecto, que para el chaco paraguayo es primordial, considerando que esta situación no limita la participación, sino necesariamente, nos demuestra cuales son las empresas que tienen el conocimiento, compromiso y la capacidad para proveer alimentos a tan difícil región.
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EJECUCION DEL CONTRATO
Como haría una empresa para realizar el servicio de cocina en la escuela, teniendo en cuenta que ya existe otra empresa utilizando el espacio?
Antes de tomar cualquier decisión, la empresa adjudicada en este proceso tendrá que realizar una evaluación exhaustiva. Esto incluye comprender las necesidades de la escuela y las expectativas de los usuarios (estudiantes, profesores y personal), dado que los chicos que serán beneficiados, están definidos en la autorización otorgada por el MDS.
Se aclara que la gran mayoria de las escuelas del Departamento cuenta con espacio físico suficiente para permitir la realización del servicio de manera independiente, pero igualmente la Gobernación de Alto Paraguay establecerá criterios que permitirán una comunicación abierta y transparente con la empresa que ya opera en la escuela. Esto incluira reuniones para discutir las situaciones y explorar soluciones, si es que se suscitará algún problema, priorizando siempre el bienestar de los estudiantes y la calidad de la alimentación.
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VISITA TECNICA
Según el Pliego de Bases y condiciones, Si la convocante la establece como requisito obligatorio la visita técnica, los oferentes que ya conocen el sitio pueden declarar bajo fe de juramento que están familiarizados con él y tienen la información necesaria para preparar la oferta y ejecutar el contrato.
Teniendo en cuenta esto la visita técnica no puede ser limitativa para el oferente interesado en participar de esta LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL, la DECLARACIÓN JURADA DE CONOCER EL SITIO DE EJECUCION DEL CONTRATO es más que suficiente para participar del llamado
Según el Pliego de Bases y condiciones, Si la convocante la establece como requisito obligatorio la visita técnica, los oferentes que ya conocen el sitio pueden declarar bajo fe de juramento que están familiarizados con él y tienen la información necesaria para preparar la oferta y ejecutar el contrato.
Teniendo en cuenta esto la visita técnica no puede ser limitativa para el oferente interesado en participar de esta LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL, la DECLARACIÓN JURADA DE CONOCER EL SITIO DE EJECUCION DEL CONTRATO es más que suficiente para participar del llamado
La Ley Hambre Cero es un paso importante hacia la garantía del derecho a la educación y la lucha contra la inseguridad alimentaria en las escuelas paraguayas, esto necesariamente nos obliga a establecer criterios que nos permitan garantizar que los potenciales oferentes, no solo conozcan los establecimientos educativos del departamento, sino también la peripecias que conllevan ser proveedor del Departamento de Alto Paraguay, por ello necesariamente indicamos que el oferente deberá ajustarse a lo indicado en el SICP.-
la Ley Hambre Cero es un paso importante hacia la garantía del derecho a la educación y la lucha contra la inseguridad alimentaria en las escuelas paraguayas, esto necesariamente nos obliga a establecer criterios que nos permitan garantizar que los potenciales oferentes, no solo conozcan los establecimientos educativos del departamento, sino también la peripecias que conllevan ser proveedor del Departamento de Alto Paraguay, por ello necesariamente indicamos que el oferente deberá ajustarse a lo indicado en el SICP.-
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VISITA TECNICA
VISITA TECNICA
Teniendo en cuenta que la Visita Técnica es Obligatoria según el pliego de Bases y Condiciones, la Convocante no establece INFORMACION EXACTA Y COHERENTE de donde partirá el recorrido de dicha visita, no pudiendo determinar dónde estaría empezando. Esto pareciera estar direccionado para beneficio de alguna empresa proveedora del servicio.
VISITA TECNICA
Teniendo en cuenta que la Visita Técnica es Obligatoria según el pliego de Bases y Condiciones, la Convocante no establece INFORMACION EXACTA Y COHERENTE de donde partirá el recorrido de dicha visita, no pudiendo determinar dónde estaría empezando. Esto pareciera estar direccionado para beneficio de alguna empresa proveedora del servicio.
la Ley Hambre Cero es un paso importante hacia la garantía del derecho a la educación y la lucha contra la inseguridad alimentaria en las escuelas paraguayas, esto necesariamente nos obliga a establecer criterios que nos permitan garantizar que los potenciales oferentes, no solo conozcan los establecimientos educativos del departamento, sino también la peripecias que conllevan ser proveedor del Departamento de Alto Paraguay, y en ese sentido el procedimiento a sido indicado correctamente, similares a los adoptados en otros procedimientos convocados en el marco de la Ley Hambre Cero, por ello necesariamente indicamos que el oferente deberá ajustarse a lo indicado en el SICP.-
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VISITA TECNICA
Solicitamos a la Convocante, facilitar planos Georreferénciales de las Instituciones que deberán ser visitadas, además números telefónicos de los encargados de realizar la visita, teniendo en cuenta que dichas Instituciones son de difícil acceso.
Solicitamos a la Convocante, facilitar planos Georreferénciales de las Instituciones que deberán ser visitadas, además números telefónicos de los encargados de realizar la visita, teniendo en cuenta que dichas Instituciones son de difícil acceso.
Recordamos que en el SICP, en el apartado de DATOS DE LA CONVOCATORIA se establece el Dato del Contacto con numero telefono incluido.
Asi mismo esta convocante ha explicado suficientemente el procedimiento para la visita técnica, donde se ha fijado fecha, lugar, hora, responsable del acompañamiento de la misma y por sobre todo del procedimiento a ser adoptado, similares a los adoptados en otros procedimientos convocados en el marco de la Ley Hambre Cero y conforme se indica en el Art 41 de la Resolución DNCP N°4401/24 Cuando la convocante considere necesaria la realización de una visita o inspección técnica. Por ello necesariamente indicamos que el oferente deberá ajustarse a lo indicado en el SICP.-
6
Plan de Entregas
En la Pliego de Bases y Condiciones, específicamente en el apartado de Plan de entregas se observa que el inicio de las provisiones previstas de Almuerzo escolar, inician en Agosto 2024, para los alumnos de nivel medio 7mo al 9no grado, existiendo actualmente un contrato vigente de provisión de almuerzo escolar para los alumno de nivel inicial 1ro al 6to grado, consultamos, ante la falta de infraestructura edilicia y espacio físico de las cocinas que se encuentran siendo utilizadas para la provisión de almuerzo para el nivel inicial, donde serian instaladas las cocinas para la elaboración de los platos y raciones de alimentos del nivel medio (7mo al 9no grado)?
En la Pliego de Bases y Condiciones, específicamente en el apartado de Plan de entregas se observa que el inicio de las provisiones previstas de Almuerzo escolar, inician en Agosto 2024, para los alumnos de nivel medio 7mo al 9no grado, existiendo actualmente un contrato vigente de provisión de almuerzo escolar para los alumno de nivel inicial 1ro al 6to grado, consultamos, ante la falta de infraestructura edilicia y espacio físico de las cocinas que se encuentran siendo utilizadas para la provisión de almuerzo para el nivel inicial, donde serian instaladas las cocinas para la elaboración de los platos y raciones de alimentos del nivel medio (7mo al 9no grado)?
Antes de tomar cualquier decisión, la empresa adjudicada en este proceso tendrá que realizar una evaluación exhaustiva. Esto incluye comprender las necesidades de la escuela y las expectativas de los usuarios (estudiantes, profesores y personal), dado que los chicos que serán beneficiados, están definidos en la autorización otorgada por el MDS. Se aclara que la gran mayoria de las escuelas del Departamento cuenta con espacio físico suficiente para permitir la realización del servicio de manera independiente, pero igualmente la Gobernación de Alto Paraguay establecerá criterios que permitirán una comunicación abierta y transparente con la empresa que ya opera en la escuela. Esto incluira reuniones para discutir las situaciones y explorar soluciones, si es que se suscitará algún problema, priorizando siempre el bienestar de los estudiantes y la calidad de la alimentación.
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Plan de Entregas
Según se observa en el Pliego de Bases y Condiciones, el inicio de la prestación de los servicios de provisión de almuerzo escolar esta previsto para agosto 2024 para los alumnos del 7mo al 9no grado, luego desde ano 2025 para los alumnos del 1ro al 9no grado, consultamos como se realizaría la ejecución prevista en el PBC, puesto que existe un contrato vigente de provisión del Almuerzo Escolar hasta el ano 2025, puesto que al encontrarse en plena ejecución de contrato la planificación del presente proceso licitatorio de contrapone al ya existente.
Según se observa en el Pliego de Bases y Condiciones, el inicio de la prestación de los servicios de provisión de almuerzo escolar esta previsto para agosto 2024 para los alumnos del 7mo al 9no grado, luego desde ano 2025 para los alumnos del 1ro al 9no grado, consultamos como se realizaría la ejecución prevista en el PBC, puesto que existe un contrato vigente de provisión del Almuerzo Escolar hasta el ano 2025, puesto que al encontrarse en plena ejecución de contrato la planificación del presente proceso licitatorio de contrapone al ya existente.
La sanción de la Ley HAMBRE CERO derogó el Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo (Fonacide) y creó el Fondo Nacional de Alimentación Escolar (Fonae). Esta ley busca garantizar la seguridad alimentaria y mejorar la nutrición, especialmente en el contexto escolar, donde su implementación es fundamental para promover una alimentación equitativa en nuestras escuelas y sistema educativo, estableciendo primordialmente que se llegue a la mayor cantidad de alumnos incluyendo los de nivel medio y no solo a los alumnos del nivel inicial.
Esta situación presupuestaria, nos obliga a reformular los procedimientos que permitan el cumplimiento de la Ley de HAMBRE CERO, donde los contratos plurianules indefectiblemente estan señalados en los pliegos de bases, que para la validez de su continuidad, la misma quedará sujeta a la aprobación de la partida presupuestaria correspondiente. Artículo 14.- Disponibilidad Presupuestaria. LEY 2051/03